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en la época de su administración, a la educación de la juventud i a todos los medios de facilitarle la ilustración que debe adornarla cuando sea tiempo de que ella presida los destinos de su país. La Constitución necesita de ese elemento mas que de ningún otro para producir los bienes que deben nacer de su adopcion. Sin ilustración no puede haber amor ni verdadera adhesión a la lei, porque tampoco puede esperarse que los que la obedecen se sometan a sus mandatos por convicción i no por el hábito servil de ser mandados.
en la época de su administracion, a la educacion de la juventud i a todos los medios de facilitarle la ilustracion que debe adornarla cuando sea tiempo de que ella presida los destinos de su país. La Constitucion necesita de ese elemento mas que de ningun otro para producir los bienes que deben nacer de su adopcion. Sin ilustración no puede haber amor ni verdadera adhesion a la lei, porque tampoco puede esperarse que los que la obedecen se sometan a sus mandatos por conviccion i no por el hábito servil de ser mandados.
Asi es que el Congreso estaría siempre dispuesto a dispensar a todo establecimiento que conduzca al mismo objeto que el Liceo de Chile, igual protección que la que ahora acuerda a éste, mediante la buena acojída con que ha recibido el proyecto indicado. No espera menos del Gobierno, i persuadido deque es una de las nobles aspiraciones que mas lo ocupan, se congratula también de que el Instituto Nacional será reformado i continuará sintiendo, como hasta aquí, el influjo benéfico de su solicitud i eficaz anhelo.
Asi es que el Congreso estaria siempre dispuesto a dispensar a todo establecimiento que conduzca al mismo objeto que el Liceo de Chile, igual proteccion que la que ahora acuerda a éste, mediante la buena acojída con que ha recibido el proyecto indicado. No espera menos del Gobierno, i persuadido deque es una de las nobles aspiraciones que mas lo ocupan, se congratula tambien de que el Instituto Nacional será reformado i continuará sintiendo, como hasta aquí, el influjo benéfico de su solicitud i eficaz anhelo.
El Presidente de la Cámara de Senadores etc.
El Presidente de la Cámara de Senadores etc.
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Igualmente ha aprobado el proyecto de lei que sigue:
Igualmente ha aprobado el proyecto de lei que sigue:
ART. I.° Se recomienda al Poder Ejecutivo el pago de las sumas que el Tesoro Público adeuda al del Instituto Nacional.
{{May|Art. 1.º}} Se recomienda al Poder Ejecutivo el pago de las sumas que el Tesoro Público adeuda al del Instituto Nacional.
ART. 2.º Los recursos que tuviesen necesidad de instaurar los administradores de cualquier establecimiento piadoso o de educación, se harán en papel común i serán considerados en la secuela de ellos como de pobres.—
{{May|Art. 2.º}} Los recursos que tuviesen necesidad de instaurar los administradores de cualquier establecimiento piadoso o de educacion, se harán en papel comun i serán considerados en la secuela de ellos como de pobres.—
El Presidente del Senado lo comunica al de la Cámara de Diputados saludándole con las con
El Presidente del Senado lo comunica al de la Cámara de Diputados saludándole con las con
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=====SS. RR.=====
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La Comision de Hacienda ha considerado nuevamente los proyectos de leyes sobre estincion del Tribunal de Cuentas que han sido devueltos por la Cámara de Senadores, aprobados en los mismos términos que lo fueron por la Cámara de Diputados, a excepción de algunas pequeñas i accidentales diferencias que se notan.
La Comision de Hacienda ha considerado nuevamente los proyectos de leyes sobre estincion del Tribunal de Cuentas que han sido devueltos por la Cámara de Senadores, aprobados en los mismos términos que lo fueron por la Cámara de Diputados, a excepcion de algunas pequeñas i accidentales diferencias que se notan.
En el primer proyecto de lei, artículo 2.º, se ha variado el mes en que debe principiar el semestre, señalando el mes de Julio en lugar del de Junio. En el mismo artículo se ha suprimido la claúsula que dice: "principiando sus trabajos por las mas antiguas."
En el primer proyecto de lei, artículo 2.º, se ha variado el mes en que debe principiar el semestre, señalando el mes de Julio en lugar del de Junio. En el mismo artículo se ha suprimido la claúsula que dice: "principiando sus trabajos por las mas antiguas."
En el proyecto de lei número 2.º artículo 7.º, se nota la variación de ser la fianza a satisfacción del Ministro de Hacienda, i no del Superintendente Jeneral que indica el artículo.
En el proyecto de lei número 2.º artículo 7.º, se nota la variacion de ser la fianza a satisfaccion del Ministro de Hacienda, i no del Superintendente Jeneral que indica el artículo.
La Comision opina que son justas las reformas. La primera, sobre la variación del mes, fué una
La Comision opina que son justas las reformas. La primera, sobre la variacion del mes, fué una
equivocación que padeció la Comision i la Sala, no advirtiendo que si empezaba el semestre en
equivocacion que padeció la Comision i la Sala, no advirtiendo que si empezaba el semestre en
el mes de Junio, no seria semestre sino siete meses, i ademas se invertiría el órden de todas
el mes de Junio, no seria semestre sino siete meses, i ademas se invertiria el órden de todas
las oficinas que por la lei solo tienen señalados seis meses perentorios La segunda reforma que
las oficinas que por la lei solo tienen señalados seis meses perentorios La segunda reforma que
se nota en el citado artículo es puramente reglamentaria; por consiguiente, cree la Comision que
se nota en el citado artículo es puramente reglamentaria; por consiguiente, cree la Comision que
debió omitirse dicha cláusula.
debió omitirse dicha cláusula.
Cree igualmente justa la reforma en cuanto a la fianza, porque gravitando la responsabilidad de las rentas i administración sobre el Ministerio, por la Constitución, al Ministro i no al Presidente de la República toca examinar las garantías que rindan los enppleados. —Santiago, Noviembre 19 de 1828. —''Elizalde''. —''Barros''. —''Collao''. —''Muñoz de Bezanilla''.
Cree igualmente justa la reforma en cuanto a la fianza, porque gravitando la responsabilidad de las rentas i administracipn sobre el Ministerio, por la Constitucipn, al Ministro i no al Presidente de la República toca examinar las garantías que rindan los enppleados. —Santiago, Noviembre 19 de 1828. —''Elizalde''. —''Barros''. —''Collao''. —''Muñoz de Bezanilla''.


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La Comision de Hacienda en el presente proyecto, despues de haberlo considerado detenidamente, opina por su admisión, tal como se propone. —Santiago, Noviembre 19 de 1828. —''Collao''. —''Elizalde''. —''Barros. —''Muñoz de Bezanilla''.
La Comision de Hacienda en el presente proyecto, despues de haberlo considerado detenidamente, opina por su admisipn, tal como se propone. —Santiago, Noviembre 19 de 1828. —''Collao''.
—''Elizalde''. —''Barros. —''Muñoz de Bezanilla''.


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Secretaría del Cabildo Eclesiástico. —Santiago, Noviembre 19 de 1838.
Secretaría del Cabildo Eclesiástico. —Santiago, Noviembre 19 de 1838.
El Cabildo Eclesiástico, a consecuencia de la órden de la Cámara de Diputados sobre remisión de los títulos orijinales o en copia que obtuvo de
El Cabildo Eclesiástico, a consecuencia de la órden de la Cámara de Diputados sobre remision de los títulos orijinales o en copia que obtuvo de