Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/142»
Sin resumen de edición |
|||
Estado de la página | Estado de la página | ||
- | + | Validado | |
Cuerpo de la página (para ser transcluido): | Cuerpo de la página (para ser transcluido): | ||
Línea 1: | Línea 1: | ||
<Sectin begin="Justificación para no hacer elecciones libres de Tenientes-Gobernadores"/>—Dios guarde a V. E . muchos años. —Palacio Directorial de {{MarcaCL|L|Santiago}}Santiago, Diciembre 14 de 1818. — {{May|Bernardo O'Higgins}}.<Sectin end="Justificación para no hacer elecciones libres de Tenientes-Gobernadores"/> |
<Sectin begin="Justificación para no hacer elecciones libres de Tenientes-Gobernadores"/>—Dios guarde a V. E . muchos años. —Palacio Directorial de {{MarcaCL|L|Santiago}}Santiago, Diciembre 14 de 1818. — {{May|Bernardo O'Higgins}}.<Sectin end="Justificación para no hacer elecciones libres de Tenientes-Gobernadores"/> |
||
<Section begin="Rentas y gastos de la ciudad de San Felipe"/> |
|||
==== Núm. 186 ==== |
==== Núm. 186 ==== |
||
{{MarcaCL|RH|Economias|OK|Rentas y gastos de la ciudad de San Felipe}}{{MarcaCL|EC|Sueldos|Rentas y gastos de la ciudad de San Felipe}}{{MarcaCL|L|San Felipe|Rentas y gastos de la ciudad de San Felipe}} |
|||
Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado: |
Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado: |
||
Tengo el honor de remitir a V. E. el adjunto estado que manifiesta los fondos propios de esta villa que por oficio 2 del pasado se me ordena |
Tengo el honor de remitir a V. E. el adjunto estado que manifiesta los fondos propios de esta villa que por oficio 2 del pasado se me ordena |
||
por V. E. Para la inquisición de nuevos abitrios que en el mismo se me recomienda, me he valido unas veces de informes de hombres peritos e inteli- |
por V. E. Para la inquisición de nuevos abitrios que en el mismo se me recomienda, me he valido unas veces de informes de hombres peritos e inteli- |
||
jentes de este vecindario, i otras de este |
jentes de este vecindario, i otras de este Cabildo; i solo he encontrado por mas adaptables los que el procurador me presenta, que también tengo el |
||
honor de elevar a las superiores manos de V. E. para que en su vista resuelva lo que sea mas conforme a su superior agrado. Dios guarde a V. E . muchos años. —San Felipe de |
honor de elevar a las superiores manos de V. E. para que en su vista resuelva lo que sea mas conforme a su superior agrado. Dios guarde a V. E . muchos años. —San Felipe de Aconcagua, Diciembre 12 de 1818. — Excmo. Senado. —Jaime de la Guarda. —Señores del Excmo. Senado del Estado de Chile. |
||
==== Núm. 187 ==== |
==== Núm. 187 ==== |
||
{{MayGrande|Estado que manifiesta los fondos propios que tiene por entrada esta villa, capital de San Felipe, i su partido de |
{{MayGrande|Estado que manifiesta los fondos propios que tiene por entrada esta villa, capital de San Felipe, i su partido de Aconcagua; i lo que por razon de entrada anual produce: sus inversiones i deudas, a la cual procedo yo, el maestre de campo, ciudadano José Anjelo Jimenez, como Procurador Jeneral de dicha Villa, en cumplimiento de lo dispuesto por el Excmo. Senado del Estado Chileno en su oficio fecha 2 de Noviembre último, i decreto que, en su consecuencia, ha espedido con fecha 2 de Diciembre corriente el señor Teniente-Gobernador de este punto don Jaime de la Guarda}} |
||
Línea 101: | Línea 103: | ||
Item, cincuenta pesos que se le han |
Item, cincuenta pesos que se le han |
||
asignado al Escribano del |
asignado al Escribano del Cabildo |
||
para gastos de escritorio en causas |
para gastos de escritorio en causas |
||
Línea 157: | Línea 159: | ||
$ 631 |
$ 631 |
||
Suma, según la cuenta de inversiones que precede, la total de seiscientos treinta i un pesos; cu |
Suma, según la cuenta de inversiones que precede, la total de seiscientos treinta i un pesos; cu<Section begin="Rentas y gastos de la ciudad de San Felipe"/> |