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6.° Nombrar una comision compuesta de los señores Orgera i Larrain para que pase inmediatamente al Senado a recabar el pronto despacho del proyecto de ceremonial. (''V. sesiones del 4 de Diciembre de 1828 131 de Enero de 1829''.) |
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SESION DE 30 DE ENERO DE 1829 |
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7° Aprobar en la forma que en el acta consta, los artículos 2° i 3.º del proyecto de lei relativo al nombramiento de una Comision Permanente que funcione en lugar del Congreso. (''V. sesión del 29''.) |
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6.° Nombrar una comision compuesta de |
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los señores Orgera i Larrain para que pase |
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8.° Aprobar en la forma que en el acta consta, la mocion del señor Orgera relativa a que los Diputados sean ausiliados con viático. (''V. sesión del 31''.) |
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inmediatamente al Senado a recabar el pron- |
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9.° Comunicar en seguida al Poder Ejecutivo para los efectos consiguientes el ceremonial de clausura del Congreso, en atención a que acaba de ser aprobado por el Senado. |
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to despacho del proyecto de ceremonial. ( V. |
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sesiones del 4 de Diciembre |
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10.º Absolver al Gobernador local de Santiago de la acusación que le entabló el Intendente. (''V. sesión del 29''.) |
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de 1828 131 de |
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Enero de 1829.) |
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7° Aprobar en la forma que en el acta |
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consta, los artículos 2° i 3. |
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===ACTA=== |
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del proyecto de |
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lei relativo al nombramiento de una Comi- |
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sion Permanente que funcione en lugar del |
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Asistieron los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Bilbio, Campino, Castillo, Concha, Collao, Corté-, Elizalde, Escanilla, González, Larrain, Marin, Molina, Navarro, Orgera, Orihuela, Ramos, Reyes, Sotomayor, Ureta, Valdivieso, Valdés i Villar. Faltaron con licencia los señores Echeverría, Gana, Muñoz, Palacios i Urízar. |
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Congreso. < V. sesión del 29.) |
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8.° Aprobar en la forma que en el acta |
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Se aprobó el acta de la sesión anterior. |
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consta, la mocion del señor Orgera relativa |
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a que los Diputados sean ausiliados con viá- |
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Por indicación del señor Presidente, tomó la Sala en consideración la sanción del Senado sobre Reforma civil hecha en los mismos términos que la propuso el Gobierno, i se conformó con ella, siendo sus artículos los siguientes: |
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tico. (V. sesión del 31.) |
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g.° Comunicar en seguida al Poder Eje- |
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"ARTÍCULO PRIMERO. Los empleados que queden fuera del servicio, bien sea en virtud de imposibilidad física o de la Reforma, gozarán del retiro en la forma siguiente: |
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cutivo para los efectos consiguientes el ce- |
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remonial de clausura del Congreso, en aten- |
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De 5 a 15 años, la cuarta parte del sueldo que disfrutan; |
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ción a que acaba de ser aprobado por el |
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Senado. |
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De 15 a 25, la mitad; |
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10. Absolver al Gobernador local de San- |
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tiago de la acusación que le entabló el In- |
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De 25 a 35, las tres cuartas partes; |
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tendente. ( V. sesión del 29). |
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ACTA |
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De 40 arriba, el todo. |
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SESION DEL 30 DE ENEKO |
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Asistieron los señores Albano, Araos, Argo- |
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ART. 2.º Serán abonados los servicios en tiempo del Gobierno español, i no se considerarán como interrumpidos los prestados al Gobierno |
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medo, Argüelles, Barros, Bilbio, Campino, Cas- |
|||
patrio en la época intermedia en que Chile fué dominado por las armas enemigas. |
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tillo, Concha, Collao, Corté-, Elizalde, Escanilla, |
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González, Larrain, Marin, Molina, Navarro, Or |
|||
ART. 3.º Será asimismo abonado el tiempo que hayan durado las espatriaciones por causa de opiniones políticas. |
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gera, Orihuela, Ramos, Reyes, Sotomayor, Ure |
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ta, Valdivieso, Valdés i Villar. Faltaron con |
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ART. 4.º No se comprende en el tiempo de servicio el en que se haya servido a mérito. |
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licencia los señores Echeverría, Gana, Muñoz, |
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Palacios i Urízar. |
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ART. 5.º El tiempo de servicio se acreditará ante el Gobierno por el conducto del Ministro de quien el empleado tenga dependencia; para ello presentará los títulos, decretos o cualesquiera otros documentos que lo pongan de manifiesto. |
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Se aprobó el acta de la sesión anterior. |
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Por indicación del señor Presidente, tomó la |
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ART. 6.º Los retirados o jubilados que actualmente existen seguirán gozando de la parte del sueldo que se les haya anteriormente asignado." |
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Sala en consideración la sanción del Senado |
|||
sobre Reforma civil hecha en los mismos térmi |
|||
A consecuencia de esta sanción, se mandó comunicar inmediatamente a quienes corresponda. Por indicación del señor Secretario, se mandaron entregar las peticiones particulares, caso de pedirlas los interesados. |
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nos que la propuso el Gobierno, i se conformó |
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con ella, siendo sus artículos los siguientes: |
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Dióse cuenta de dos notas del Senado: La una relativa a aprobar el acuerdo de esta Cámara en la solicitud del señor Ureta. Se mandó archivar. |
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"ARTÍCULO PRIMERO. Los empleados queque- |
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den fuera del servicio, bien sea en virtud de |
|||
La otra en que se ha acordado se espida carta de ciudadanía a don José Joaquin de Mora; i a consecuencia de su lectura, se aprobó en los término- siguientes: |
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imposibilidad física o de la Reforma, gozarán del |
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retiro en la forma siguiente: |
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"ARTÍC ULO ÚNICO. Entiendase carta de ciudadanía a favor de don Jo é Joaquín de Mora" |
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De 5 a 15 años, la cuarta parte del sueldo que |
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disfrutan; |
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Inmediatamente se mandó comunicar este acuerdo a la Cámara de Senadores. |
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De r5 a 25, la mitad; |
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De 25 a 35, las tres cuartas partes; |
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Púdose en discusión jeneral un nuevo proyecto de ceremonial que detalla la forma en que las Cámaras deben cerrar sus sesiones; i despues de un considerable debate, se pasó a discutir su primer artículo, que fué aprobado, como asimismo el 2.º ,3.º i 4.º, del modo siguiente: |
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De 40 arriba, el todo. |
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ART. 2. |
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"ARTÍCULO PRIMERO: A las seis déla tarde del día de mañana las Cámaras reunidas en la sala del Senado con el Vice-Presidente de la República i demás autoridades nacionales, asistirán a la Iglesia Catedral, donde se cantará un solemne ''Te-Deum''; colocándose el Vice-Presidente de la |
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0 |
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República entre los dos Presidentes, los Diputados en los asientos colaterales mas inmediatos, i las demás autoridades en seguida por su órden. |
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Serán abonados los servicios en tiem- |
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po del Gobierno español, i no se considerarán |
|||
ART. 2.º Concluido el acto anterior, las Cámaras volverán a la sala del Senado acompañadas del Vice-Presi lente de la República, quien, tomando el lugar que designa el artículo precedente, cerrará las sesiones, previa la ap obacion del acta, que se redactará sobre tabla. |
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TOMO XVII |
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como interrumpidos los prestados al Gobierno |
|||
ART. 3.º Inmediatamente el Poder Ejecutivo se retirará de la sala con las corporaciones que le acompañen. |
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patrio en la época intermedia en que Chile fué |
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dominado por las armas enemigas. |
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ART. 4.º El Gobierno determinará lo conveniente a la mayor solemnidad de este caso. |
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ART. 3 |
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O |
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ART. 5.º Comuniquese a quien corresponda" |
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Será asimismo abonado el tiempo |
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que hayan durado 1 ts espatriaciones por causa de |
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A consecuencia de esta sanción, se mandó comunicar inmediatamente al Senado, i se nombró una Comision compuesta de los señores Or- |
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opiniones políticas. |
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ART. 4. |
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No se comprende en el tiempo de |
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servicio el en que se haya servido a mérito. |
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ART. 5. |
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El tiempo de servicio se acreditará |
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ante el Gobierno por el conducto del Ministro |
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de quien el empleado tenga dependencia; para |
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ello presentará los títulos, decretos o cualesquiera |
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otros documentos que lo pongan de manifiesto. |
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ART. 6 .° Los retirados o jubilados que actual- |
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mente existen seguirán gozando de la parte del |
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sueldo que se les haya anteriormente asignado." |
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A consecuencia de esta sanción, se mandó co- |
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municar inmediatamente a quienes corresponda. |
|||
Por indicación del señor Secretario, se man- |
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daron entregar las peticiones particulares, caso de |
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pedirlas los interesados. |
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Dióse cuenta de dos notas del Senado: La una |
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relativa a aprobar el acuerdo de esta Cámara en |
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la solicitud del señor Ureta. Se mandó archivar. |
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La otra en que se ha acordado se espida carta |
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de ciudadanía a don José Jo.iquin de Mora; i a |
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consecuencia de su lectura, se aprobó en los tér- |
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mino- siguientes: |
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"ARTÍC ULO ÚNICO. Iwiéndas^ c rtci de ciuda- |
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danía a favor de don Jo é Joaquín de M ra.n |
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Inmediatamente se mandó comunicar este |
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acuerdo a la Cámara de Senadores. |
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Púdose en discusión jeneral un nuevo proyecto |
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de ceremonial que detalla la forma en que las |
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Cámaras deben cerrar sus sesiones; i despues de |
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un considerable debate, se pasó a discutir su |
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primer artículo, que fué aprobado, como asimis- |
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moel2. |
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"ARTÍCULO PRIMERO. A las seis déla tarde del |
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día de mañana las Cámaras reunidas en la sala |
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del Senado con el Vice-Presidente de la Repú- |
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blica i demás autoridades nacionales, asistirán a |
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la Iglesia Catedral, donde se cantará un so'emne |
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Te-Deum; |
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colocándose el Vice-Presidente de la |
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República entre los dos Presidentes, los Diputa- |
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dos en los asientos colaterales mas inmediatos, i |
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las demás autoridades en seguida por su órden. |
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ART. 2 ° Concluido el acto anterior, las Cá- |
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maras volverán a la sala del Senado acompañadas |
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del Vice-Presi lente de la República, quien, to- |
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mando el lugar que designa el artículo preceden- |
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te, cerrará las sesiones, previa la ap obacion del |
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acta, que se redactará t,obre tabla. |
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ART. 3. |
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Inmediatamente el Poder Ejecutivo |
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se retirará de la sala con las corporaciones que |
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le acompañen. |
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ART. 4 |
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El Gobierno determinará lo conve- |
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niente a la mayor solemnidad de este caso. |
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ART. 5. |
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A consecuencia de esta sanción, se mandó |
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comunicar inmediatamente al Senado, i se nom- |
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bró una Comision compuesta de los señores Or. |
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