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—Dios guarde a V. E . muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Diciembre 14 de 1818. — {{May|Bernardo O'Higgins}}.
—Dios guarde a V. E . muchos años. —Palacio Directorial de {{MarcaCL|L|Santiago}}Santiago, Diciembre 14 de 1818. — {{May|Bernardo O'Higgins}}.


==== Núm. 186 ====
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por V. E. Para la inquisición de nuevos abitrios que en el mismo se me recomienda, me he valido unas veces de informes de hombres peritos e inteli-
por V. E. Para la inquisición de nuevos abitrios que en el mismo se me recomienda, me he valido unas veces de informes de hombres peritos e inteli-
jentes de este vecindario, i otras de este {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo; i solo he encontrado por mas adaptables los que el procurador me presenta, que también tengo el
jentes de este vecindario, i otras de este {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo; i solo he encontrado por mas adaptables los que el procurador me presenta, que también tengo el
honor de elevar a las superiores manos de V. E. para que en su vista resuelva lo que sea mas conforme a su superior agrado. Dios guarde a V. E . muchos años. —San Felipe de Aconcagua, Diciembre 12 de 1818. — Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado. —Jaime de la Guarda. —Señores del Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado del Estado de Chile.
honor de elevar a las superiores manos de V. E. para que en su vista resuelva lo que sea mas conforme a su superior agrado. Dios guarde a V. E . muchos años. —San Felipe de {{MarcaCL|L|Aconcagua}}Aconcagua, Diciembre 12 de 1818. — Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado. —Jaime de la Guarda. —Señores del Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado del Estado de Chile.


==== Núm. 187 ====
==== Núm. 187 ====
{{MayGrande|Estado que manifiesta los fondos propios que tiene por entrada esta villa, capital de San Felipe, i su partido de Aconcagua; i lo que por razon de entrada anual produce: sus inversiones i deudas, a la cual procedo yo, el maestre de campo, ciudadano José Anjelo Jimenez, como Procurador Jeneral de dicha Villa, en cumplimiento de lo dispuesto por el Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado del Estado Chileno en su oficio fecha 2 de Noviembre último, i decreto que, en su consecuencia, ha espedido con fecha 2 de Diciembre corriente el señor Teniente-Gobernador de este punto don Jaime de la Guarda}}
{{MayGrande|Estado que manifiesta los fondos propios que tiene por entrada esta villa, capital de San Felipe, i su partido de {{MarcaCL|L|Aconcagua}}Aconcagua; i lo que por razon de entrada anual produce: sus inversiones i deudas, a la cual procedo yo, el maestre de campo, ciudadano José Anjelo Jimenez, como Procurador Jeneral de dicha Villa, en cumplimiento de lo dispuesto por el Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado del Estado Chileno en su oficio fecha 2 de Noviembre último, i decreto que, en su consecuencia, ha espedido con fecha 2 de Diciembre corriente el señor Teniente-Gobernador de este punto don Jaime de la Guarda}}