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==== Núm. 367 ====
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Señores del Excmo. Senado:
Señores del Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado:


Don Martin Cobo, vecino i del comercio de esta capital, como mejor de derecho proceda, ante VV.EE. digo: que se me ha impuesto por el mui Ilustre {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo la contribucion mensual de diez pesos, que comenzó a contarse desde Julio último; i siendo absolutamente imposible su completo pago por la numerosa familia que tengo i penosa ruina que he sufrido en mis negocios, se ha de servir la bondad de VV.EE. decretar queden los espresados diez pesos en dos, los que contribuiré, economizando los gastos ordinarios i de absoluta necesidad, que así es de hacerse por lo siguiente:
Don Martin Cobo, vecino i del comercio de esta capital, como mejor de derecho proceda, ante VV.EE. digo: que se me ha impuesto por el mui Ilustre {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo la contribucion mensual de diez pesos, que comenzó a contarse desde Julio último; i siendo absolutamente imposible su completo pago por la numerosa familia que tengo i penosa ruina que he sufrido en mis negocios, se ha de servir la bondad de VV.EE. decretar queden los espresados diez pesos en dos, los que contribuiré, economizando los gastos ordinarios i de absoluta necesidad, que así es de hacerse por lo siguiente:
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==== Núm. 368 ====
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A la nota de Ud. del 7 del que rije, que ha dirijido al Excmo. Senado recomendando su mérito i servicios con la actual indijencia en que se halla, a fin de que se le haga asignacion de sueldo o se le admita la separacion del cargo de Teniente-Gobernador de esa provincia, me ha ordenado S.E. le conteste haciéndole ver que, teniendo despachada la consulta que sobre este punto le pasó el Excmo. Señor Supremo Director, debe ocurrir ante aquella Autoridad Suprema a instruirse de la resolucion que se haya dictado. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 9 de 1819. —Señor Teniente-Gobernador de la villa de los {{MarcaCL|L|Andes}}Andes.
A la nota de Ud. del 7 del que rije, que ha dirijido al Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado recomendando su mérito i servicios con la actual indijencia en que se halla, a fin de que se le haga asignacion de sueldo o se le admita la separacion del cargo de Teniente-Gobernador de esa provincia, me ha ordenado S.E. le conteste haciéndole ver que, teniendo despachada la consulta que sobre este punto le pasó el Excmo. Señor Supremo Director, debe ocurrir ante aquella Autoridad Suprema a instruirse de la resolucion que se haya dictado. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 9 de 1819. —Señor Teniente-Gobernador de la villa de los {{MarcaCL|L|Andes}}Andes.
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==== Núm. 369 ====
==== Núm. 369 ====
De órden del Excmo. Senado, se servirá Ud. pasar a la Secretaría de mi cargo la cédula de ereccion del Protomeditato con las posteriores de que hace mérito en su nota del 5 del corriente, relativas a cortar los abusos que se causan en la profesion de Ud.
De órden del Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado, se servirá Ud. pasar a la Secretaría de mi cargo la cédula de ereccion del Protomeditato con las posteriores de que hace mérito en su nota del 5 del corriente, relativas a cortar los abusos que se causan en la profesion de Ud.
Este Excmo. Cuerpo aspira a establecer el órden i Cortar los grandes males que se siguen de la trasgresion; i protestándole la devolucion pronta de estos documentos, luego que S.E. tome los conocimientos que necesite, espera le haga este servicio, que tanto interesa, para tomar prontísimas providencias. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 8 de 1819. —Señor Protomédico, Dr. don Eusebio Oliva.
Este Excmo. Cuerpo aspira a establecer el órden i Cortar los grandes males que se siguen de la trasgresion; i protestándole la devolucion pronta de estos documentos, luego que S.E. tome los conocimientos que necesite, espera le haga este servicio, que tanto interesa, para tomar prontísimas providencias. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 8 de 1819. —Señor Protomédico, Dr. don Eusebio Oliva.
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==== Núm. 370 ====
==== Núm. 370 ====
El Supremo Gobierno en el año próximo pasado comisionó al Ilustre {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo de esta capital para que distribuyese un mensual de veinte mil pesos entre todo este vecindario. La que practicó el {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo i se acompaña, solo ascendió a cinco mil i pico de pesos, i el Supremo Director la ha pasado al Excmo. Senado para su reforma i aumento en términos que pueda sufragar para las urjencias del Estado. Estas crecen a proporcion de sus atenciones, al paso que al público no se quiere gravar con contribuciones estraordinarias, sino que cada individuo concurra con una cantidad proporcionada para el sosten de la mas sagrada e importante causa de la libertad, que todos juraron sostener con sus intereses i la propia vida. La consideracion de los gravámenes que hasta hoi han sufrido los {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblos, ha tenido al Senado sin resolucion para tra
El Supremo Gobierno en el año próximo pasado comisionó al Ilustre {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo de esta capital para que distribuyese un mensual de veinte mil pesos entre todo este vecindario. La que practicó el {{MarcaCL|A|Cabildo}}Cabildo i se acompaña, solo ascendió a cinco mil i pico de pesos, i el Supremo Director la ha pasado al Excmo. {{MarcaCL|A|Senado}}Senado para su reforma i aumento en términos que pueda sufragar para las urjencias del Estado. Estas crecen a proporcion de sus atenciones, al paso que al público no se quiere gravar con contribuciones estraordinarias, sino que cada individuo concurra con una cantidad proporcionada para el sosten de la mas sagrada e importante causa de la libertad, que todos juraron sostener con sus intereses i la propia vida. La consideracion de los gravámenes que hasta hoi han sufrido los {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblos, ha tenido al {{MarcaCL|A|Senado}}Senado sin resolucion para tra