Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/419»

B1m-bot (Discusión | contribs.)
m Robot: Ingresando marcas para análisis
B1m-bot (Discusión | contribs.)
m Robot: Ingresando marcas para análisis
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 1: Línea 1:
o quiera estimarse árbitro de las fortunas i facultades de los de la provincia de {{MarcaCL|L|Petorca}}Petorca.
o quiera estimarse árbitro de las fortunas i {{MarcaCL|A|Facultades}}facultades de los de la provincia de {{MarcaCL|L|Petorca}}Petorca.
No hai que equivocarnos, señor: el hecho del Teniente-Gobernador es reprensible, i digno de la mas séria correccion, pues con él, o se intenta formar la anarquía destructora del órden, o se intenta la abrogacion de ajenos privilejios; i como ni en el uno ni en el otro caso puede subsistir su deliberacion, es indudable que debe revocarse i anularse el publicado bando. Pero acerquémonos al exámen de las causales que anuncia en su informe, i verá US., convencido, que el bando es injusto i el mas desarreglado.
No hai que equivocarnos, señor: el hecho del Teniente-Gobernador es reprensible, i digno de la mas séria correccion, pues con él, o se intenta formar la anarquía destructora del órden, o se intenta la abrogacion de ajenos privilejios; i como ni en el uno ni en el otro caso puede subsistir su deliberacion, es indudable que debe revocarse i anularse el publicado bando. Pero acerquémonos al exámen de las causales que anuncia en su informe, i verá US., convencido, que el bando es injusto i el mas desarreglado.
Dice que algunos hacendados de {{MarcaCL|L|Petorca}}Petorca i del Estado, al tiempo de arrendar sus terrenos, ponen a los inquilinos la precisa condicion de haber de pagar cierta cantidad de pesos, obligándoles, a mas de esto, a servir en la hacienda con su persona, caballos, bueyes, etc. Yo prescindo de la equivocacion que padece el Teniente-Gobernador asegurando obligaciones, pensiones i perjuicios de los inquilinos, que proyectan los hacendados, formando sus fortunas sobre las ruinas de los indijentes, i quiero convenir por un instante en que haya hombres tan inhumanos que la sangre del pobre sea su fomento principal ¿i es posible que cerciorado un juez de este procedimiento verdaderamente escandaloso, no le castiga i no le sujeta a su deber? ¿Podrá tolerarse que por castigar a esa clase de hombres que, si los hai, parece salen de la esfera de los demas, sufran igual pena los {{MarcaCL|RH|Vecinos}}vecinos pacíficos que, gobernándose por la justicia i por la lei, nada mas hacen que exijir de los inquilinos una remuneracion, aun escasa, respecto del beneficio posesorio que les conceden i de otros privilejios que les dispensan i sirven de alivio para ellos i para sus familias, sufran éstos, vuelvo a decir, igual pena que la que merecen los delincuentes?
Dice que algunos hacendados de {{MarcaCL|L|Petorca}}Petorca i del Estado, al tiempo de arrendar sus terrenos, ponen a los inquilinos la precisa condicion de haber de pagar cierta cantidad de pesos, obligándoles, a mas de esto, a servir en la hacienda con su persona, caballos, bueyes, etc. Yo prescindo de la equivocacion que padece el Teniente-Gobernador asegurando obligaciones, pensiones i perjuicios de los inquilinos, que proyectan los hacendados, formando sus fortunas sobre las ruinas de los indijentes, i quiero convenir por un instante en que haya hombres tan inhumanos que la sangre del pobre sea su fomento principal ¿i es posible que cerciorado un juez de este procedimiento verdaderamente escandaloso, no le castiga i no le sujeta a su deber? ¿Podrá tolerarse que por castigar a esa clase de hombres que, si los hai, parece salen de la esfera de los demas, sufran igual {{MarcaCL|A|Pena}}pena los {{MarcaCL|RH|Vecinos}}vecinos pacíficos que, gobernándose por la justicia i por la lei, nada mas hacen que exijir de los inquilinos una remuneracion, aun escasa, respecto del beneficio posesorio que les conceden i de otros privilejios que les dispensan i sirven de alivio para ellos i para sus familias, sufran éstos, vuelvo a decir, igual {{MarcaCL|A|Pena}}pena que la que merecen los delincuentes?
Hablo así porque, si hai hacendado que se oponga directamente a que el inquilino se contraiga con preferencia al servicio del Estado por dedicarlo a su singular i particular beneficio, debe el juez escarmentarle para que sirva de ejemplo a los demas; mas no por esto debe prohibir a los sirvientes e inquilinos que comparezcan al llamado que les haga el dueño de la hacienda a quien arriendan, como lo dice el primer artículo del bando, porque esto es introducir la insubordinacion, es alterar los pactos, i es dar márjen a la ruina i destruccion de las haciendas, que, si no tienen inquilinos subordinados, de ningun modo pueden beneficiarse.
Hablo así porque, si hai hacendado que se oponga directamente a que el inquilino se contraiga con preferencia al servicio del Estado por dedicarlo a su singular i particular beneficio, debe el juez escarmentarle para que sirva de ejemplo a los demas; mas no por esto debe prohibir a los sirvientes e inquilinos que comparezcan al llamado que les haga el dueño de la hacienda a quien arriendan, como lo dice el primer artículo del bando, porque esto es introducir la insubordinacion, es alterar los pactos, i es dar márjen a la ruina i destruccion de las haciendas, que, si no tienen inquilinos subordinados, de ningun modo pueden beneficiarse.