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=== Núm. 251 ===
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El Senado ha visto el espediente i recurso de nulidad sobre las elecciones de la Minería. Si la junta electora procedió al acto electivo en virtud del decreto de V. E. de 2 de Enero, i sin noticia de los posteriores de 4 del mismo, en que se mandaron suspender, no tiene vicio substancial de nulidad como lo tendrá notorio i de atentado si procedieron ciertos de aquella litis-pendencia i de la órden de suspension de V. E.
El Senado ha visto el espediente i recurso de nulidad sobre las elecciones de la Minería. Si la {{MarcaCL|A|Junta}}junta electora procedió al acto electivo en virtud del decreto de V. E. de 2 de Enero, i sin noticia de los posteriores de 4 del mismo, en que se mandaron suspender, no tiene vicio substancial de nulidad como lo tendrá notorio i de atentado si procedieron ciertos de aquella litis-pendencia i de la órden de suspension de V. E.


El espediente no manifiesta este hecho ni el Administrador se forma juicio sobre él. V. E., ante cuya autoridad se han movido los recursos, sabrá deslindarlos para dar la resolucion conforme a estos principios. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Enero 8 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
El espediente no manifiesta este hecho ni el Administrador se forma juicio sobre él. V. E., ante cuya autoridad se han movido los recursos, sabrá deslindarlos para dar la resolucion conforme a estos principios. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Enero 8 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.