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− | # Tiene derecho de elejir todo habitante libre del partido que sea natural o haya residido en él continuamente por cuatro años; que tenga veinticuatro años cumplidos de edad, o ántes, si fuere emancipado; que sepa leer i escribir, i que goce de su razón; si a mas de estos requisitos comunes para todos, tiene alguno de los siguientes: |
+ | #<li value="8"> Tiene derecho de elejir todo habitante libre del partido que sea natural o haya residido en él continuamente por cuatro años; que tenga veinticuatro años cumplidos de edad, o ántes, si fuere emancipado; que sepa leer i escribir, i que goce de su razón; si a mas de estos requisitos comunes para todos, tiene alguno de los siguientes: <br/>Una propiedad inmueble, cuyo valor no baje de dos mil pesos, sea suya, de sus hijos, mujer o padre. <br/>Un jiro de tres mil pesos para arriba. <br/>Cualquier grado literario en alguna facultad, o licencia pública para alguna profesion científica. <br/>Que sea eclesiástico secular, aunque solo esté iniciado en las primeras órdenes. <br/>Recibir un sueldo o pension del Estado que llegue a trescientos pesos. <br/>Obtener algún cargo o empleo honroso aunque sea sin sueldo. <br/>Haber ejercido algun empleo concejil. <br/>Tener un grado militar de milicias, de alférez inclusive para arriba. <br/>Ser maestro mayor de un oficio. |
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− | Una propiedad inmueble, cuyo valor no baje de dos mil pesos, sea suya, de sus hijos, mujer o padre. |
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− | Un jiro de tres mil pesos para arriba. |
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− | Cualquier grado literario en alguna facultad, o licencia pública para alguna profesion científica. |
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− | Que sea eclesiástico secular, aunque solo esté iniciado en las primeras órdenes. |
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− | Recibir un sueldo o pension del Estado que llegue a trescientos pesos. |
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− | Obtener algún cargo o empleo honroso aunque sea sin sueldo. |
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− | Haber ejercido algun empleo concejil. |
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− | Tener un grado militar de milicias, de alférez inclusive para arriba. |
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− | Ser maestro mayor de un oficio. |
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# puede ser electo todo ciudadano (sea o nó natural o vecino del partido que lo elije) mayor de veinticinco años, que sepa leer i escribir, que no haya sido condenado judicialmente por un delito, i que tenga con qué mantenerse decentemente. |
# puede ser electo todo ciudadano (sea o nó natural o vecino del partido que lo elije) mayor de veinticinco años, que sepa leer i escribir, que no haya sido condenado judicialmente por un delito, i que tenga con qué mantenerse decentemente. |
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# Inmediatamente que se reciba la convocatoria en cada partido, espedirá el Teniente-Gobernador un bando, citando a los habitantes de cada distrito para que, teniendo las calidades requeridas para ser elector, concurran a la villa cabecera en el dia señalado para la eleccion. En este bando se insertará el artículo 8.°, a fin de que todos sepan cuáles son estas calidades. |
# Inmediatamente que se reciba la convocatoria en cada partido, espedirá el Teniente-Gobernador un bando, citando a los habitantes de cada distrito para que, teniendo las calidades requeridas para ser elector, concurran a la villa cabecera en el dia señalado para la eleccion. En este bando se insertará el artículo 8.°, a fin de que todos sepan cuáles son estas calidades. |
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