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En la ciudad de Santiago de Chile, a veintiocho dias del mes de Mayo de mil ochocientos diezinueve años, hallándose el Excmo. Senado convocado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó que, por la ausencia del Supremo Director i su salida para {{MarcaCL|L|Valparaíso}}Valparaíso, se le dijera al Gobernador-Intendente que, para evitar el perjuicio que infiere la omision en el pago de la mensual contribucion, se hiciera publicar prontamente un bando advirtiendo al vecindario que, en el término de seis dias, debian los agraviados hacer sus reclamos ante el Gobierno-Intendencia i allí decidirse, segun los informes de la comision mandada reunir diariamente en una de las salas del Excmo. Senado; haciendo entender a los pensionados que, sin perjuicio de esta providencia, quedaban ligados con la obligacion de pagar por ahora sus respectivas asignaciones, llevándose a debido efecto la órden del Supremo Gobierno, preventiva de la satisfaccion i pena de su omision; que, recibiéndose en pago o en numerario o plata labrada al precio de siete pesos lo adeudado por cada uno de los pensionados, recibirian en los meses siguientes la rebaja proporcionada del exceso que por ahora entregasen. I quedando ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. ''—Fontecilla. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal'', secretario.
En la ciudad de {{MarcaCL|L|Santiago}}Santiago de Chile, a veintiocho dias del mes de Mayo de mil ochocientos diezinueve años, hallándose el Excmo. Senado convocado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó que, por la ausencia del Supremo Director i su salida para {{MarcaCL|L|Valparaíso}}Valparaíso, se le dijera al Gobernador-Intendente que, para evitar el perjuicio que infiere la omision en el pago de la mensual contribucion, se hiciera publicar prontamente un bando advirtiendo al vecindario que, en el término de seis dias, debian los agraviados hacer sus reclamos ante el Gobierno-Intendencia i allí decidirse, segun los informes de la comision mandada reunir diariamente en una de las salas del Excmo. Senado; haciendo entender a los pensionados que, sin perjuicio de esta providencia, quedaban ligados con la obligacion de pagar por ahora sus respectivas asignaciones, llevándose a debido efecto la órden del Supremo Gobierno, preventiva de la satisfaccion i pena de su omision; que, recibiéndose en pago o en numerario o plata labrada al precio de siete pesos lo adeudado por cada uno de los pensionados, recibirian en los meses siguientes la rebaja proporcionada del exceso que por ahora entregasen. I quedando ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. ''—Fontecilla. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal'', secretario.


=== ANEXOS ===
=== ANEXOS ===