Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/69»

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Será una satisfaccion para el Gobierno el cumplimiento de este artículo, i el {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblo sabrá que en todo caso hai un Tribunal a quien dirijir las quejas justas i racionales contra los empleados que por algun título terminen su carrera; i habiendo acordado el Cuerpo se ponga en noticia de V. E. esta resolucion para su publicacion en la {{May|Gaceta Ministerial}}, tengo el honor de comunicarlo. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Noviembre 13 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.
Será una satisfaccion para el Gobierno el cumplimiento de este artículo, i el {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblo sabrá que en todo caso hai un Tribunal a quien dirijir las quejas justas i racionales contra los empleados que por algun título terminen su carrera; i habiendo acordado el Cuerpo se ponga en noticia de V. E. esta resolucion para su publicacion en la {{May|Gaceta Ministerial}}, tengo el honor de comunicarlo. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Noviembre 13 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.
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=== Núm. 78. ===
=== Núm. 78. ===
Es de absoluta necesidad un portero para el servicio del Senado, i teniendo el Cuerpo un práctico conocimiento de la viveza i prontitud de don Pablo Serrano, que desempeñaba este destino en el Tribunal del Consulado con la dotacion de trescientos pesos, ha acordado su continuacion con ella misma, aumentándole solo cincuenta pesos para el pago de un sirviente que debe emplearse en conservar limpieza i aseada la casa; teniendo presente para este aumento que el Tribunal del Consulado pagaba noventa i seis pesos en cada un año con igual objeto.
Es de absoluta necesidad un portero para el servicio del Senado, i teniendo el Cuerpo un práctico conocimiento de la viveza i prontitud de don Pablo Serrano, que desempeñaba este destino en el Tribunal del Consulado con la dotacion de trescientos pesos, ha acordado su continuacion con ella misma, aumentándole solo cincuenta pesos para el pago de un sirviente que debe emplearse en conservar limpieza i aseada la casa; teniendo presente para este aumento que el Tribunal del Consulado pagaba noventa i seis pesos en cada un año con igual objeto.