Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/518»

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Se manda publicar i cumplir un reglamento escolar.
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Se impone a las provincias comprendidas entre Aconcagua i San Fernando un donativo de 600 caballos.
Se impone a las provincias comprendidas entre Aconcagua i {{MarcaCL|L|San Fernando}}San Fernando un donativo de 600 caballos.
Se declara que los indíjenas tienen los mismos derechos i obligaciones que los chilenos.
Se declara que los indíjenas tienen los mismos derechos i obligaciones que los chilenos.