Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/549»

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que ocasionen las que se proyectan para libertar a Méjico i Nueva Granada 137
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'''Espediciones Libertadoras.''' Se aprueban unos tratados entre Chile i las Provincias Unidas sobre la espedicion al Perú 335
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|que ocasionen las que se proyectan para libertar a Méjico i Nueva Granada.||align=right|137
— Se manda depositar en la Moneda los fondos destinados a la espedicion a Lima 398
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|'''Espediciones Libertadoras.''' Se aprueban unos tratados entre Chile i las Provincias Unidas sobre la espedicion al Perú.||align=right|335
— Se dispone que los ciudadanos de Buenos Aires i de Norte América, residentes en Chile, contribuyan, a semejanza de los ingleses, en los gastos de la espedicion a Lima 411
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|— Se manda depositar en la Moneda los fondos destinados a la espedicion a Lima.||align=right|398
'''Espósitos.''' Se manda aplicar a su sostenimiento algunas rentas de la Capital 192
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|— Se dispone que los ciudadanos de Buenos Aires i de Norte América, residentes en Chile, contribuyan, a semejanza de los ingleses, en los gastos de la espedicion a Lima.||align=right|411
— Se aplican mil pesos al fomento de la Casa destinada a recojerlos 201
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|'''Espósitos.''' Se manda aplicar a su sostenimiento algunas rentas de la Capital.||align=right|192
'''Estado Mayor.''' Se pregunta al Jeneral en Jefe cuántos oficiales deben componerlo 175
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|— Se aplican mil pesos al fomento de la Casa destinada a recojerlos.||align=right|201
— Razón de los individuos que lo componen 20
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|'''Estado Mayor.''' Se pregunta al Jeneral en Jefe cuántos oficiales deben componerlo.||align=right|175
— Se aprueba su planta 242
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|— Razón de los individuos que lo componen.||align=right|20
— Se dispone que se instale en la casa ocupada por la Comision Militar 378
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|— Se aprueba su planta.||align=right|242
'''Estafeta.''' Se permite a su capitan el desembarque de la carga de dicha nave 387
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|— Se dispone que se instale en la casa ocupada por la Comision Militar.||align=right|378
'''Estranjeros.''' Se establece que deben jestionar en papel sellado de segunda clase 85
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|'''Estafeta.''' Se permite a su capitan el desembarque de la carga de dicha nave.||align=right|387
— Se pide una lista de los que se han nacionalizado 317
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|'''Estranjeros.''' Se establece que deben jestionar en papel sellado de segunda clase.||align=right|85
— Se ordena que los nacionalizados deben pagar la contribución mensual 326
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|— Se pide una lista de los que se han nacionalizado.||align=right|317
— Se les prohibe comerciar en el interior de la RePública 369
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|— Se ordena que los nacionalizados deben pagar la contribución mensual.||align=right|326
'''Estrañamiento.''' Se reserva al Gobierno resolver si puede cesar el de don José Tomas Urra 467
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|— Se les prohibe comerciar en el interior de la RePública.||align=right|369
'''Eyzaguirre don Alejo.''' Se rechaza una revocatoria pedida por dicho señor 224
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|'''Estrañamiento.''' Se reserva al Gobierno resolver si puede cesar el de don José Tomas Urra.||align=right|467
'''Eyzaguirre don Domingo.''' Se dispone que una boca-toma del canal de Maipú se abra con su intervención 474
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|'''Eyzaguirre don Alejo.''' Se rechaza una revocatoria pedida por dicho señor.||align=right|224
'''Exacción.''' Se insta por la creación de una Junta de Auxilios des tinada a regularizarlas 229
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|'''Eyzaguirre don Domingo.''' Se dispone que una boca-toma del canal de Maipú se abra con su intervención.||align=right|474
— Se manda suspender la de derechos de pasaporte que cobra el Teniente-Gobernador de los {{MarcaCL|L|Andes}}Andes 442
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|'''Exacción.''' Se insta por la creación de una Junta de Auxilios des tinada a regularizarlas.||align=right|229
'''Exención.''' Se exime de pagar derechos a ciertos apresadores 232
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— Se fijan los derechos que comprende la otorgada a los captores 249
|— Se manda suspender la de derechos de pasaporte que cobra el Teniente-Gobernador de los {{MarcaCL|L|Andes}}Andes.||align=right|442
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|'''Exención.''' Se exime de pagar derechos a ciertos apresadores.||align=right|232
— Se niega a don José Manuel Barros la del descuento de su sueldo 312
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|— Se fijan los derechos que comprende la otorgada a los captores.||align=right|249
— Se concede a los habitantes de {{MarcaCL|L|Concepción}}Concepción la del pago de réditos de censos i capellanías 317
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— Se otorga a Trucíos i Vial del Rio la de ciertos derechos i no la de otros 421
|— Se niega a don José Manuel Barros la del descuento de su sueldo.||align=right|312
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|— Se concede a los habitantes de {{MarcaCL|L|Concepción}}Concepción la del pago de réditos de censos i capellanías.||align=right|317
— Se concede para ciertos efectos a don Ignacio Reyes i Saravia 463
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|— Se otorga a Trucíos i Vial del Rio la de ciertos derechos i no la de otros.||align=right|421
=== F ===
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'''Fernandez doña Dolores.''' Se le asigna una pensión 498
|— Se concede para ciertos efectos a don Ignacio Reyes i Saravia.||align=right|463

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'''Fernandez don Francisco.''' Se le nombra examinador de farmacia 436
|colspan=2 align=center|'''F'''

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'''Fianza.''' Se le exije a don Juan Agustin Luco para ponerlo en libertad 473
|'''Fernandez doña Dolores.''' Se le asigna una pensión.||align=right|498

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'''Fiel contraste.''' Se defiere al Cabildo una solicitud de este funcionario en que pide se le reúna el cargo de fiel ejecutor 164
|'''Fernandez don Francisco.''' Se le nombra examinador de farmacia.||align=right|436

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'''Fiel de la Moneda.''' Se declara que su asignación no está sujeta a descuento 322
|'''Fianza.''' Se le exije a don Juan Agustin Luco para ponerlo en libertad.||align=right|473

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'''Figueroa don Fermin.''' Se le manda ocurrir a la Junta de Hacienda en el recurso sobre nulidad de un contrato 498
|'''Fiel contraste.''' Se defiere al Cabildo una solicitud de este funcionario en que pide se le reúna el cargo de fiel ejecutor.||align=right|164

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'''Finca secuestrada.''' Se manda dar una a don Felipe Monasterio 178
|'''Fiel de la Moneda.''' Se declara que su asignación no está sujeta a descuento.||align=right|322

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'''Fiscal del Crimen.''' Se manda nombrar 40
|'''Figueroa don Fermin.''' Se le manda ocurrir a la Junta de Hacienda en el recurso sobre nulidad de un contrato.||align=right|498

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'''Fiscalía.''' No se concede la del crimen a don José Manuel Barros 312
|'''Finca secuestrada.''' Se manda dar una a don Felipe Monasterio.||align=right|178

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'''Fondo.''' Se manda formar uno de cien mil pesos en la Casa de Moneda 198
|'''Fiscal del Crimen.''' Se manda nombrar.||align=right|40

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'''Fondos públicos.''' Se declara que solo el Director Supremo puede disponer de ellos 163
|'''Fiscalía.''' No se concede la del crimen a don José Manuel Barros.||align=right|312

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— Se pide a los Ministros de la Tesorería Jeneral un estado de ellos 483
|'''Fondo.''' Se manda formar uno de cien mil pesos en la Casa de Moneda.||align=right|198

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'''Fontecilla don Francisco B.''' Se declara que el cargo que ejerce de Gobernador-Intendente es incompatible con el de senador 39
|'''Fondos públicos.''' Se declara que solo el Director Supremo puede disponer de ellos.||align=right|163

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— Se le permite abrir una boca-toma especial en el canal de Maipú 473
|— Se pide a los Ministros de la Tesorería Jeneral un estado de ellos.||align=right|483

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— Se indica al Director Supremo que el señor Fontecilla se halla desempeñando la Presidencia del Senado i se le pide lo haga publicar en la {{May|Gaceta Ministerial}} 481
|'''Fontecilla don Francisco B.''' Se declara que el cargo que ejerce de Gobernador-Intendente es incompatible con el de senador.||align=right|39

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'''Fuenzalida don Lorenzo.''' Se le nombra suplente de los jueces encargados de conocer de las causas de los senadores 405
|— Se le permite abrir una boca-toma especial en el canal de Maipú.||align=right|473

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'''Fundación.''' Se declara a quiénes incumbe la de las capellanías i cómo debe hacerse 101
|— Se indica al Director Supremo que el señor Fontecilla se halla desempeñando la Presidencia del Senado i se le pide lo haga publicar en la {{May|Gaceta Ministerial}}.||align=right|481

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=== G ===
'''Gandarillas don Joaquin.''' Se le nombra miembro de la Comision encargada de formar un Proyecto de Constitución 5
|'''Fuenzalida don Lorenzo.''' Se le nombra suplente de los jueces encargados de conocer de las causas de los senadores.||align=right|405
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'''Gastos.''' Se declara que al Estado corresponde pagar algunos de los del Octavario de Corpus 498
|'''Fundación.''' Se declara a quiénes incumbe la de las capellanías i cómo debe hacerse.||align=right|101
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|colspan=2 align=center|'''G'''
'''Gastos de secretaría.''' Se piden al Supremo Gobierno cincuenta pesos para atender a ellos 22
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|'''Gandarillas don Joaquin.''' Se le nombra miembro de la Comision encargada de formar un Proyecto de Constitución.||align=right|5
— Se dispone que los del Tribunal de Minería corran a cargo del asesor 146
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|'''Gastos.''' Se declara que al Estado corresponde pagar algunos de los del Octavario de Corpus.||align=right|498
'''Gobernador Eclesiástico.''' Se le cita a sesión 381
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|'''Gastos de secretaría.''' Se piden al Supremo Gobierno cincuenta pesos para atender a ellos.||align=right|22
— Se le pide una lista del clero 391
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|— Se dispone que los del Tribunal de Minería corran a cargo del asesor.||align=right|146
'''Godoy don Ignacio.''' Se separa por enfermo de la Cámara de Justicia 467
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|'''Gobernador Eclesiástico.''' Se le cita a sesión.||align=right|381
'''Graaner don Juan A. de.''' Se le concede trabajar minas bajo ciertas condiciones 329
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|— Se le pide una lista del clero.||align=right|391
'''Gracia.''' Se otorga a don José Vicente Cáeeres el privilejio de pagar ciertos derechos ccmo si fuese nacional 425
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|'''Godoy don Ignacio.''' Se separa por enfermo de la Cámara de Justicia.||align=right|467
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|'''Graaner don Juan A. de.''' Se le concede trabajar minas bajo ciertas condiciones.||align=right|329
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|'''Gracia.''' Se otorga a don José Vicente Cáeeres el privilejio de pagar ciertos derechos ccmo si fuese nacional.||align=right|425
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