Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/520»

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Se declara que las causas mercantiles son apelables solamente cuando importan mas de 500 pesos.
Se declara que las causas mercantiles son apelables solamente cuando importan mas de 500 pesos.
Se pide informe sobre una solicitud de don Juan José Ibieta para introducir mercaderías en Concepcion.
Se pide informe sobre una solicitud de don Juan José Ibieta para introducir mercaderías en {{MarcaCL|L|Concepción}}Concepcion.
Se nombran suplentes de los jueces encargados de entender en causas en que los senadores tengan parte.
Se nombran suplentes de los jueces encargados de entender en causas en que los senadores tengan parte.
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Se otorga a don José Vicente Cáceres cierta rebaja de derechos aduaneros.
Se otorga a don José Vicente Cáceres cierta rebaja de derechos aduaneros.
Se conceden a Concepcion ciertos privilejios comerciales concedidos a las provincias del Norte.
Se conceden a {{MarcaCL|L|Concepción}}Concepcion ciertos privilejios comerciales concedidos a las provincias del Norte.
{{MayGrande|Sesion en 19 de abril}}
{{MayGrande|Sesion en 19 de abril}}