Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/39»

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Ya se han circulado las órdenes oportunas para que los Gobernadores i Tenientes Gobernadores de las provincias ejecuten esa remision, i para tenerla de ese Gobierno-Intendencia, se servirá US. pedirla a las villas subalternas, con la prevencion de que deben proponer nuevos arbitrios benéficos para incrementar los de cada {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblo, instruyendo la entrada de cada ramo i su aplicacion; lo mismo que US. ejecutará por lo terminante a la ciudad de su mando inmediato.
Ya se han circulado las órdenes oportunas para que los Gobernadores i Tenientes Gobernadores de las provincias ejecuten esa remision, i para tenerla de ese Gobierno-Intendencia, se servirá US. pedirla a las villas subalternas, con la prevencion de que deben proponer nuevos arbitrios benéficos para incrementar los de cada {{MarcaCL|RH|Pueblo}}pueblo, instruyendo la entrada de cada ramo i su aplicacion; lo mismo que US. ejecutará por lo terminante a la ciudad de su mando inmediato.


Se lo aviso a US. de órden del Excmo. Cuerpo, como su secretario, para el exacto cumplimiento. —Dios guarde a US. —Santiago, 31 de Octubre de 1818. —Señor Gobernador-Intendente de Coquimbo.
Se lo aviso a US. de órden del Excmo. Cuerpo, como su secretario, para el exacto cumplimiento. —Dios guarde a US. —Santiago, 31 de Octubre de 1818. —Señor Gobernador-Intendente de {{MarcaCL|L|Coquimbo}}Coquimbo.
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=== Núm. 30 ===
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