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# De una representacion que el ajente fiscal del crímen i protector de indíjenas hace en demanda de que se mantenga a éstos en la posesion de los terrenos que ocupan.
SENADO CONSERVADOR
# De una representacion por la cual el presbítero don Francisco Ruiz i Ovalle reclama de que se le haya incluido en la lista de los seculares, cuando le corresponde pagar la contribucion mensual como miembro del clero, i debe, por tanto, ser incluido en la lista de los eclesiásticos.
6.° De una representacion que el ajente
fi scal del críme n i protector de indíjenas
===ACUERDOS ===
hace en demanda de que se mantenga a
éstos en la posesion de los terrenos que
ocupan.
7.° De una representacion por la cual el
presbítero don F rancisco Ruiz i Ovalle re-
clama d e que se le haya incluido en la li sta
de los seculares, cu ando le corresponde pa-
gar la contribucion mensual como miembro
del clero, i debe, por tanto, ser incluido en
la li st a de los eclesiásticos.
ACUERDO S
Se acuerda:
Se acuerda:

r .O Mante ner a los indíjenas e n posesion
# Mantener a los indíjenas en posesion de los terrenos que a la sazon ocupan miéntras el Supremo Gobierno puede proceder al repartimiento, en conformidad a la mensura que don Martin Ruiz de Arbulú practicó en 1813, i pasar al Supremo Majistrado el recurso entablado por el protector de indíjenas. ''(Anexo núm. 683.)''
de los terrenos que a la sazon ocupan mién-
# Pasar al mismo Majistrado, para que proceda a la recaudacion, la lista de artesanos rateados que ha remitido el Cabildo.
tras el Supremo Gobierno puede proceder
# Sobre el proyecto de organizacion del servicio de vacuna ''(V. cuenta de la sesion precedente)'', hacer presente al Supremo Gobierno la conveniencia de pedir a Grajales un plan de dicho servicio; i que, por haberse ausentado del país el físico doctor Marquicio, se nombre otro examinador en su lugar. ''(Anexo núm. 684.)''
al repartimiento, en conformidad a la men-
# Sobre el recurso del presbítero Ruiz i Ovalle, oficiar al Supremo Director encargándole que a este eclesiástico le cobre la mensualidad en conformidad a la lista del clero, que en breve se le pasará. ''(Anexo númmero 685.)''
s ura que don Martin Rui z de Arbulú prac-
ticó en 1813, i pasar al Supremo Majistrado
===ACTA ===
el recurso entablado por el protector de in-
En la ciudad de Santiago de Chile, a veintiun dias del mes de Mayo de mil ochocientos diezinueve, convocado el Excmo Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vió el recurso entablado por el Ajente Fiscal del Crímen i Protector de naturales; i mandándolo pasar al Supremo Director, acordó S. E. que, si, consultando el beneficio de los indios, declaró la igualdad de derechos i la calidad de ciudadanos, sacándoles del degradante estado de pupilaje en que les tenia el Gobierno Español, por una consecuencia de aquella resolucion, deben conservarse en la posesion de los terrenos que han retenido hasta aquí miéntras, teniendo por norte el Supremo Gobierno la mensura jeneral que de todos los pueblos del Estado se practicó por el agrimensor don Martin Ruiz de Arbulú en el año de 1813, pueda procederse al repartimiento, segun los arbitrios que ha ofrecido proponer el mismo Protector.
díjenas. (Anexo 1t7lm . 683 .)
2.0 Pasar al mismo Majistrado, para que
Con la lista de artesanos remitida por el Ilustre Cabildo con la designacion de las cantidades que deben satisfacer mensualmente, mandó S. E. se pasara al Supremo Director para que se sirviera decretar la recaudacion.
pl'oceda a la recaudacion, la li sta d e a rtesa-

nos rateados q ue h a remitido el Cabildo.
Examinado lo espuesto por el Tribunal del Protomedicato sobre la conservacion del fluido de la vacuna, i con lo espuesto por el promotor don Manuel Grajales, en cuanto a la necesidad de recomendar la propagacion de la envacunacion a un profesor de probidad i talento, con el nombramiento de una junta que conozca de este tan útil como interesante objeto; acordó S. E. se hiciera presente al Supremo Director que, para poner en planta un designio tan proficuo a la humanidad, seria útil prevenir a Grajales la presentacion del plano que manifieste el proyecto en toda su estension; i que, atendiendo a que el físico doctor Marquicio habia salido del país sin saber el nombramiento que se le hizo de examinador de medicina, se nombrara otro que le subrogara para reparar el defecto con que se hallaba el Tribunal.
3.0 Sobre el proyecto de organi zacion del

se r v icio de vacuna (V cuenta de la se sioll
Sobre la representacion del presbítero don Francisco Ruiz i OvaIle, anunciando se le exijia por la mensual contribucion en la lista de seculares cuando debia esperar su asignacion de la del clero que se estaba formando, decretó S. E. se dijera al Supremo Director se sirviera esperar aquella lista para exijir de este eclesiástico la mensualidad que se le señalare. I quedando todo ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —''Fontecilla. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal'', secretario.
jJrecedente), h ace r presente a l Supremo Go-

bi e rno la conveniencia de pedir a Grajales
===ANEXOS ===
un plan de dicho servicio; i que, por haberse
====Núm. 670 ====
ausentado del país el físico doctor Marq ui-
cio, se nombre otro examinador en su lugar.
( A nexo 1t7lm . 684.)
4.° Sobre el r ecurso d e l presbítero Ruiz
i O vall e, o fici a r al S upremo Director encar-
gándol e que a est e eclesiástico le cobre la
mensualidad en conformidad a la lista del
clero, que e n breve se le pasará. (A nexo 1l1't-
m ero 685.)
AC TA
En la ciudad de Santiago de Chile, a ve intiul1
di as del mes de Mayo de mil ochocientos die zi·
nu eve, convocado el Excmo Senado en su sala
de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vió el re-
curso entablad o por el Ajente Fiscal del Crímen
i Protector de naturales; i mandándolo pasar al
Supremo Dire ctor, aco rdó S. E . que, si, co nsul-
tando el b eneficio de los indios, decla ró la ig ual-
dad de derechos i la cal id ad de ciudadanos, sa-
cánd oles del degradante estado de pupilaje en
que les tenia el Gobierno Español, por una con-
sec uen cia de aquella reso lu cion, deben con se r-
varse en la posesion de los terrenos que han
retenido hasta aquí mi éntras , teni endo por norte
el Supremo Gobierno la mensura jeneral que
de tod os los pueblos del Estado se practicó po r
el ~grimensor do n Martin Rui z de Arbulú e n el
año d e 18 [3, pu eda procederse al repartimien-
to, segu n los ar bitrios que ha ofrec ido proponer
el mi smo Protec tor.
Con la li sta d e artesanos remitida por el Ilus-
tre C abildo co n la designacion de la s cantidades
que deben satis face r mensualmente, mandó S. E.
se pasara al S upremo Director para que se sir-
viera decretar la recaudacion.
Examinado lo es puesto por el Tribunal de!
Protomedicato sob re la conse rvacion del fluido
de la vac una, i con lo espuesto por el promotor
don Manuel Grajales , en cuanto a la nece sidad
de recomendar la propagac ion de la envacuna -
cion a un profes or de probidad i talento, co n el
nombramient o de una junta que cono zca de es t e
tan útil co mo interesante objeto; aco rdó S. E.
se hi ciera presente al Supremo Directo r que, para
poner en planta un des ignio tan profi cuo a la
huma nidad , ser ia útil prevenir a Grajales la pre-
sen tac ion de l pl a no que manifieste el proyecto
en toda su estension; ique, atendiendo a que el
fí sico doctor Marquicio habi a salido del país si n
saber el nom bram iento que se le hizo de exa mi -
nador de medici na, se nombrara otro que le sub-
rogara para reparar el defec to con que se halla-
ba el Tribunal.
Sobre la represen tac ion del presbíte ro d o n
Francisco Rui z i O vaIle, anun ciando se le ex iji a
por la mensual contribucion en la lista de sec u-
lares cuando debia espe~ar su asig na ciol1 d e la de l
clero que se es taba formando, decretó S. E. se
dij era al Supremo Di rector se sirvi era espe rar
aquella li sta para exijir de este eclesiástico la
mensualidad q ue se le se ñalare. 1 quedando todo
ejecutado, firmar on los se ño res se nad ores CO I1 e!
infra sc ri to secreta rio. -
FOil !ecilla. -
A Imlde. -
R ozas. - - Cie J/fll egos. - V illarreal, sec retario .
ANEXOS
Núm . 670
Excmo. Señor:
Excmo. Señor:

Al Director Supremo i a la s Corporaciones por
el órden de sus rangos, corresponde costear seis
Al Director Supremo i a las Corporaciones por el órden de sus rangos, corresponde costear seis dias de la festividad del octavario de Corpus. Acomodándome a las proporciones de cada corporacion i a las escaseces del erario, que no
dias de la festiv id ad del octava ri o de Corpus.
Acomodándom e a las proporc iones de cada cor-
poracion i a las escaseces del erari o, que no