Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/480»

B1m-bot (Discusión | contribs.)
Estado de la páginaEstado de la página
-
No corregido
+
Corregido
Cabecera (noinclude):Cabecera (noinclude):
Línea 1: Línea 1:

{{RH|478|SENADO CONSERVADOR|}}__NOTOC__
Cuerpo de la página (para ser transcluido):Cuerpo de la página (para ser transcluido):
Línea 1: Línea 1:
cuando reflexiono que este fluido, que hace tanto honor a su descubridor, se halla en manos de ninguna intelijencia, me es mui sensible, por resultar de ello que el remedio universal está espuesto a muchas mutaciones en razon del ningun conocimiento del individuo que lo injiere. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 12 de 1819. —''J. Manuel Grajales.'' —Señores del Excmo. Tribunal del Senado.
SENADO CONS ERVADOR
<hr/>
c uando reflexiono que este fluid o, que h ace tanto
===Núm. 657 ===
honor a su descubridor, se h~lla en manos de
ninguna intelij en cia, me es mui sensi bl e, por
resultar de ello que el remedio uni ve rs::l1 está
espuesto a muchas mutaciones en r:lZon del nin-
gun conocimiento del individuo que lo injierc. - -
Dios gUrl rde a V. E. muchos años.-Srlnti~go,
Mayo 1 2 de 1819.-
.1 lJIImllfelGrajales. -Sei10-
res del Excmo. Tribunal d el Se nad o.
Núm. 657
Excmo. Señor:
Excmo. Señor:

El contrau a ndo arruina nuest ro erario. Las ac-
El contrabando arruina nuestro erario. Las actuales introducciones exceden sin comparacion a las de los años anteriores, i las entradas de derechos son mucho menores. El Senado conoce cuánto se interesa V. E. en evitar el mal. El Reglamento del Libre Comercio pone cuantas trabas son imajinables, i solo su observancia i cumplimiento serian bastantes a conseguir el fin. Ya lo ha acordado i pedido a V. E. el Senado con el agregado que no se permita venta alguna a bordo. Propuso tambien, para evitar la suplantacion de efectos en el tránsito de Valparaiso, se marchamen los tercios i cajones. Si V. E. no estima bastante esta medida, conviene desde luego el Senado en que se abran i reconozcan en Valparaíso por el Vista, i que así vengan las guias a esta aduana principal. Ninguna traba es de mas en las circunstancias en que nos hallamos, i los comerciantes que, con la repeticion de sus delitos dan lugar a estas providencias, sufran medidas que, aunque perjudiciales , hace tomar la necesidad. Sin embargo de todo esto i de cuantas prevenciones haga V. E., si las manos auxiliares, esto es, la administracion de Valparaíso, en que V. E. deposita sus confianzas, no cumple con sus deberes, en vano nos fatigamos en dictar leyes i poner trabas al comercio. Allí está la raíz del mal. Repite el Senado que, si no hai malicia, hai omision i descuido punibles. Hai i ha habido induljencia en la ohservancia de la lei, i esto equivale a malicia i fraude.
tuales introdu ccion es exceden si n comparac ion a

bs de los años anteri ores, i las entradas de dere-
Hace dignos a los administradores i empleados a perder sus destinos; faltan ni cumplimiento de sus obligaciones respectivas i, sin mas proceso, deben sentir la pena. Esta lei sea inviolable. Con un castigo semejante tendrá V. E. subalternos i empleados fieles, se pondrá corriente la administracion i se logrará el fin que se propone V. E. de evitar el contrabando i asegurar los justos derechos que han de sostener i defender nuestra libertad. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Mayo 12 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
chos son mu cho menores. E l Senado conoce
cuánto se interesa V. E. en evitar el mal. El Re-
glam ento del Libre Comercio pone cuantas trabas
son im aj inabl es, i solo s u observancia i c umpli -
miento serian bastantes a co nsegu ir el fin. Ya lo
ha acordado i pedido a V. E . el Senado con el
agregado que no se permita ve nta alguna a bor-
do. Propuso tambi en, para evita r la suplantacion
de efectos e n el tránsito de Va lpara iso, se mar-
chamen los tercios i cajones. Si V. E. no es-
tim a bastante es ta medida, co nvi ene desde lu ego
el Senado en que se abran i reconozc an en Val-
paraíso por el Vista, i que así vengan las g uia s a
esta aduana prin c ipal. Nin guna traba es de mas
en las circunstancias en que nos hallamos, i los
comerciantes que, con la repeticion de sus d elitos
dan lugar a estas providenc ia s, sufran m eclidas
que, aunque perjudiciales , hace tom 1r la n ecesi-
dad. Sin embargo de todo esto i de cuantas pre-
venciones ha ga V . E., si la s manos auxiliares, es-
to es, la administracion de Val paraís o, en que
V . E . deposita sus conli::lI1zas, n o cumple co n sus
deberes, e n vano nos fati gamos en dictar leyes i
poner t rabas a l comercio. Allí está la raíz d el
mal. R epite el Senado que, si no hai malicia,
hai omision i descuido punibl es . Hai i ha h abido
in duljencia en la ohservanc ia de la lei, i esto
equivale a mali cia i fraud e.
H ace dignos a los administradores i empleados
a perd e r sus destinos; falt a n ni c umplimiento d e
sus ohligaciones r espectivas i, sin mas proceso,
deben sentir la pena. Esta lei sea inviolable. Con
un castigo semejante te ndrá V. E. subalte rn os i
empleados fie les, se pondrá corriente la admin is-
tracion i se logrará el fin que se propone V. E.
d e evitar el contrabando i as egurar los justos de
rechos que han de sostener i defender nuestra
libertad.-Dios g ua rde a V. E. muchos años-
Santiago, Mayo 12 de 1819.- Al Excmo. Señor
Supre mo Director.
-- ____
..~~. 4....-- -------