Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/373»
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:Comandancia Jeneral de Armas en Santiago i Marzo 17 de 1819. ''—Manuel Acosta.'' —V.º B.º ''Calderon.'' |
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====Núm. 490==== |
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Excmo. Señor: |
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Director. |
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====Núm. 491==== |
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Si a virtud de la comision conferida a la Cámara para la presidencia de las visitas de cárcel, se reasumieron en US. las facultades de la suprema potestad del Estado para solemnizar aquel acto, i el señor ministro encargado desempeña las funciones de un delegado de la primera autoridad, es sin disputa de su resorte residenciar a todos los jueces, escribanos, receptores i procuradores sobre la conducta que observan en la formacion de procesos i en la sustanciacion. El señor ministro comisionado debe compeler a que asista todo juez a las visitas pnra responder de sus reos i dar razon del cumplimiento de sus deberes. Si alguno falta, debe ser amonestado con seriedad; i si ni aun así concurre, se dará cuenta al Excmo. Señor Supremo Director para que le escarmiente. |
Si a virtud de la comision conferida a la Cámara para la presidencia de las visitas de cárcel, se reasumieron en US. las facultades de la suprema potestad del Estado para solemnizar aquel acto, i el señor ministro encargado desempeña las funciones de un delegado de la primera autoridad, es sin disputa de su resorte residenciar a todos los jueces, escribanos, receptores i procuradores sobre la conducta que observan en la formacion de procesos i en la sustanciacion. El señor ministro comisionado debe compeler a que asista todo juez a las visitas pnra responder de sus reos i dar razon del cumplimiento de sus deberes. Si alguno falta, debe ser amonestado con seriedad; i si ni aun así concurre, se dará cuenta al Excmo. Señor Supremo Director para que le escarmiente. |
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