Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/275»

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====Núm. 367====
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Señores del Excmo. Senado:
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Como dejo dicho, tengo acreedores, no subsisto mas que por la bondad i condescendencia de ellos; i el dia que se cansen de esperarme i quieran ejecutarme, se harán dueños de mis llaves i yo esperimentaré el mas inculpable i doloroso esterminio. Nada exajero en todo lo dicho; todo lo saben los comerciantes de esta plaza; i si fuese del agrado de VV.EE. (con su órden) documentaré los hechos i daré una prueba auténtica de cuanto se necesite. En el triste caso que me veo i de haber ocurrido sin lucro alguno a los señores de la Comision (los que providenciaron haber cesado ésta), espero de su paternal amparo i proteccion como vecino que jamas he sido tildado sobre mi conducta pública, se dignen contemplar que mi ruina arrastrará tras sí a los jóvenes patricios de quienes soi cabeza i a quienes estoi educando con el anhelo i esperanza de que en breve tiempo puedan ser útiles a su patria, como igualmente los ayes de mi triste esposa i de mis tiernas hijas, cuyo abatimiento previsto divide mi corazon. Así, a VV.EE. suplico decreten como dejo pedido, que es justicia. ''—Dr. Martinez de Luco. —Martin Cobo.'' —Santiago i Febrero 8 de 1819. —Téngase presente. ''—Perez.''
Como dejo dicho, tengo acreedores, no subsisto mas que por la bondad i condescendencia de ellos; i el dia que se cansen de esperarme i quieran ejecutarme, se harán dueños de mis llaves i yo esperimentaré el mas inculpable i doloroso esterminio. Nada exajero en todo lo dicho; todo lo saben los comerciantes de esta plaza; i si fuese del agrado de VV.EE. (con su órden) documentaré los hechos i daré una prueba auténtica de cuanto se necesite. En el triste caso que me veo i de haber ocurrido sin lucro alguno a los señores de la Comision (los que providenciaron haber cesado ésta), espero de su paternal amparo i proteccion como vecino que jamas he sido tildado sobre mi conducta pública, se dignen contemplar que mi ruina arrastrará tras sí a los jóvenes patricios de quienes soi cabeza i a quienes estoi educando con el anhelo i esperanza de que en breve tiempo puedan ser útiles a su patria, como igualmente los ayes de mi triste esposa i de mis tiernas hijas, cuyo abatimiento previsto divide mi corazon. Así, a VV.EE. suplico decreten como dejo pedido, que es justicia. ''—Dr. Martinez de Luco. —Martin Cobo.'' —Santiago i Febrero 8 de 1819. —Téngase presente. ''—Perez.''
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====Núm. 368====
==== Núm. 368 ====
A la nota de Ud. del 7 del que rije, que ha dirijido al Excmo. Senado recomendando su mérito i servicios con la actual indijencia en que se halla, a fin de que se le haga asignacion de sueldo o se le admita la separacion del cargo de Teniente-Gobernador de esa provincia, me ha ordenado S.E. le conteste haciéndole ver que, teniendo despachada la consulta que sobre este punto le pasó el Excmo. Señor Supremo Director, debe ocurrir ante aquella Autoridad Suprema a instruirse de la resolucion que se haya dictado. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 9 de 1819. —Señor Teniente-Gobernador de la villa de los Andes.
A la nota de Ud. del 7 del que rije, que ha dirijido al Excmo. Senado recomendando su mérito i servicios con la actual indijencia en que se halla, a fin de que se le haga asignacion de sueldo o se le admita la separacion del cargo de Teniente-Gobernador de esa provincia, me ha ordenado S.E. le conteste haciéndole ver que, teniendo despachada la consulta que sobre este punto le pasó el Excmo. Señor Supremo Director, debe ocurrir ante aquella Autoridad Suprema a instruirse de la resolucion que se haya dictado. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 9 de 1819. —Señor Teniente-Gobernador de la villa de los Andes.
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====Núm. 369====
==== Núm. 369 ====
De órden del Excmo. Senado, se servirá Ud. pasar a la Secretaría de mi cargo la cédula de ereccion del Protomeditato con las posteriores de que hace mérito en su nota del 5 del corriente, relativas a cortar los abusos que se causan en la profesion de Ud.
De órden del Excmo. Senado, se servirá Ud. pasar a la Secretaría de mi cargo la cédula de ereccion del Protomeditato con las posteriores de que hace mérito en su nota del 5 del corriente, relativas a cortar los abusos que se causan en la profesion de Ud.
Este Excmo. Cuerpo aspira a establecer el órden i Cortar los grandes males que se siguen de la trasgresion; i protestándole la devolucion pronta de estos documentos, luego que S.E. tome los conocimientos que necesite, espera le haga este servicio, que tanto interesa, para tomar prontísimas providencias. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 8 de 1819. —Señor Protomédico, Dr. don Eusebio Oliva.
Este Excmo. Cuerpo aspira a establecer el órden i Cortar los grandes males que se siguen de la trasgresion; i protestándole la devolucion pronta de estos documentos, luego que S.E. tome los conocimientos que necesite, espera le haga este servicio, que tanto interesa, para tomar prontísimas providencias. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 8 de 1819. —Señor Protomédico, Dr. don Eusebio Oliva.
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====Núm. 370====
==== Núm. 370 ====
El Supremo Gobierno en el año próximo pasado comisionó al Ilustre Cabildo de esta capital para que distribuyese un mensual de veinte mil pesos entre todo este vecindario. La que practicó el Cabildo i se acompaña, solo ascendió a cinco mil i pico de pesos, i el Supremo Director la ha pasado al Excmo. Senado para su reforma i aumento en términos que pueda sufragar para las urjencias del Estado. Estas crecen a proporcion de sus atenciones, al paso que al público no se quiere gravar con contribuciones estraordinarias, sino que cada individuo concurra con una cantidad proporcionada para el sosten de la mas sagrada e importante causa de la libertad, que todos juraron sostener con sus intereses i la propia vida. La consideracion de los gravámenes que hasta hoi han sufrido los pueblos, ha tenido al Senado sin resolucion para tra
El Supremo Gobierno en el año próximo pasado comisionó al Ilustre Cabildo de esta capital para que distribuyese un mensual de veinte mil pesos entre todo este vecindario. La que practicó el Cabildo i se acompaña, solo ascendió a cinco mil i pico de pesos, i el Supremo Director la ha pasado al Excmo. Senado para su reforma i aumento en términos que pueda sufragar para las urjencias del Estado. Estas crecen a proporcion de sus atenciones, al paso que al público no se quiere gravar con contribuciones estraordinarias, sino que cada individuo concurra con una cantidad proporcionada para el sosten de la mas sagrada e importante causa de la libertad, que todos juraron sostener con sus intereses i la propia vida. La consideracion de los gravámenes que hasta hoi han sufrido los pueblos, ha tenido al Senado sin resolucion para tra