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que haya embarazos que lo impidan. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Mayo 6 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director. |
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que haya embarazos que lo impida n.- Dios guaro |
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de a V . E. muchos años. -Santiago, Mayo 6 de |
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Excmo. Señor: |
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Examinadas en el Senado las tres solicitudes entabladas por el sobrecargo del bergantin ''Trinidad'', encuentra que la primera, relativa a que se le permita su retorno i regreso para Lima, es del todo inadmisible, como contraria al bloqueo de aquel puerto i opuesta a las miras políticas que debemos observar. La segunda, contraida a que se le conceda el tráfico de guano sin riesgo de ser incomodado por nuestra escuadra, es igualmente opuesta a nuestra actual situacion, i debe negarse. Pero en cuanto a la tercera, sobre pasavante para navegar en nuestros mares i puertos no bloqueados, puede V.E. resolver, teniendo presente lo decidido por el Senado con fecha 14 de Abril último i que se comunicó a V.E. contestando a otra solicitud del capitan del mismo bergantin. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Mayo 6 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director. |
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Examinadas en el Senado las tres solicitudes |
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entabladas por el sobrecargo del bergantin Tri- |
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nidad, encuentra que la primera, relativa a que |
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se le permita su retorno i regreso para Lima, es |
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Con lo espuesto por el señor Fiscal en el espediente de don Ignacio Reyes sobre la liberacion de derechos de los efectos que, como procedentes de Lima, ha introducido en nuestro Estado, se conforma el Senado con este dictámen, i puede V.E., si es de su aprobacion, espedir la declaracion, teniendo por norte su contenido. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Mayo 6 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director. |
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del todo inadmisible, como contraria al bloqueo |
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de aque l puerto i opuesta a las miras políti cas q ue |
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debemos observar. La segu nda, contraida a que |
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se le conceda el tráfi co de guano sin riesgo de |
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ser incomodado por nu es tra escuadra, es ig ual- |
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mente opu es ta a nuestra actual situacion, i d ehe |
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n egarse. Pero en Cllanto a la t ercera, sobre pa- |
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savante para navega r en nu es tros mares i puertos |
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no bloqueados, puede V. E. res olv e r, teni e ndo |
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presente lo decidido por el Senado con fecha r 4 |
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de Abril último' i que se co municó a V. E. con- |
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t estando a otra solicitud del capitan d e l mi smo |
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berga ntin. -Dios guarde a V. E. muchos años.- |
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Santiago, Mayo 6 de r8r9.- AI |
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Excmo. Señor |
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Supremo Director. |
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Excmo. Señor: |
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Con lo espuesto por e l señor Fiscal en el es- |
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pediente de don I gnacio Reyes sobre la libera· |
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cion de derechos de los efectos que, como pro- |
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cedentes de Lim a , ha introducido en nuestro |
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Estado, se co nforma e l Senado con este dictá- |
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men, i puede V. E., si es de su aprobacion, es- |
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pedi r la declaracion, teni endo por norte su con- |
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tenido. --Di os g uarde a V. E . muchos ai'ios. - |
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Santiago, :M ayo G de r 8 I9.- AI |
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Exc mo. Señor |
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Supremo Director. |