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do la razón pasada por el Excmo. Jeneral en Jefe de los individuos que componen el Estado Mayor de plaza, a fin de reducir el número en conformidad a dicha razón. ''(Anexo núm 280.)''
SESION DE 16 DE ENERO DE 1819
#Pedir al doctor don Juan Egaña, presidente de la Comision de Secuestros, una razón de todos los fundos rústicos i urbanos secuestrados en todo el Estado, de los compradores, de la forma del contrato, de los tenedores i de las especies semovientes o alhajas pertenecientes a este ramo. ''(Anexo núm. 281.)''
205
do la razón pasada por el Excmo. Jeneral
===ACTA===
en Jefe de los individuos que componen el
En la ciudad de Santiago de Chile, a dieciseis dias del mes de Enero del año de mil ochoientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, mandó que por Secretaría se pidiera al actual juez de comercio una razón de las deudas activas i pasivas con que se hallaba el Tribunal del Consulado en el acto de su suspensión, tomando las mejores providencias. El pretérito juez de comercio ha espuesto no haber podido ejecutar por la omision de la tesorería de aquel suspenso Tribunal. A la consulta del Excmo. Supremo Director sobre la solicitud de doña Bernarda Acedo-Rico, viuda del teniente-coronel don José de Samaniego, para que se le asignara pensión en su actual indijencia, acordó S.E. se pidiera al Supremo Director se sirviera mandar que en el espediente se pusiera la correspondiente constancia de la asignación que le estaba señalada a la reclamante, i si esta se pagaba por las cajas de Chile o por el Gobierno de Buenos Aires, a cuyo ejército pertenecía Samaniego. Ordenó igualmente S.E. se pasara al Supremo Director la razón remitida por el Excmo. Señor Jeneral en Jefe de los individuos de que se compone el Estado Mayor para que, con arreglo a ella, se sirviera S.E. rebajar de aquel número lo que fuese
Estado Mayor de plaza, a fin de reducir
compatible con el servicio i nuestras indijencias. Dispuso que el doctor don Juan Egaña, como
el número en conformidad a dicha razón.
Presidente de la Junta de Secuestros, instruyera al Excmo. Senado de los fundos rústicos i urbanos secuestrados en todo el Estado, con especificación de los vendidos i existentes, puntualizando los compradores, la forma del contrato i los sujetos que retienen fundos, especies, semovientes o alhajas correspondientes a este ramo; i quedando todo cumplido, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. ''—Cienfuegos. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal'', secretario.
(Anexo núm 280.)
4.
===ANEXOS===
0
====Núm. 276====
Pedir al doctor don Juan Egaña, pre-
Tengo el honor de dirijir a US. el informe pedido por el Excmo. Senado sobre amonedación de cobre, en vista de la representación de don Pedro José Ramírez; i asimismo acompaño el que produje sobre el particular en 11 de Diciembre del año próximo pasado. —Dios guarde a US. muchos años. —Casa de Moneda de Santiago i Enero 15 de 1819. ''—José Santiago Portales.'' —Señor don José María Villarreal, Secretario del Excmo. Senado.
sidente de la Comision de Secuestros, una
<hr/>
razón de todos los fundos rústicos i urbanos
====Núm. 277====
secuestrados en todo el Estado, de los com-
Excmo. Señor:
pradores, de la forma del contrato, de los
tenedores i de las especies semovientes o
Desde que V.E. se sirvió ordenarme remitiese una copia de las deudas activas i pasivas pertenecientes al Consulado, he practicado infinitas dilijencias a fin de que el contador de la Casa, que lo es don Pedro Palazuelos, facilitase la cuenta; i no habiendo cumplido dicho contador
alhajas pertenecientes a este ramo.
con este encargo, acompaño a V.E. las dilijencias obradas en el tiempo de mi judicatura, que en todo tiempo serán el garante de mis procedimientos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Enero 14 de 1819. —Excmo. Senado. (1)
(Anexo
<hr/>
núm 28r.)
====Núm. 278====
ACTA
Con fecha 15 del inmediato pasado Diciembre se pidió al antecesor de US. diera razón de las deudas activas i pasivas con que se hallaba el Tribunal del Consulado en el acto de su suspensión; i habiendo informado no haber ejecutado esta dilijencia por la omision del contador don Pedro Palazuelos, acompañando las dilijencias que le incluyo, ordena S.E. que, tomando las mejores providencias, se sirva ejecutar la remisión de esa razón, obligando por todos los trámites que le inspire su prudencia a que la forme el que debe rendirla. Se lo aviso de órden de S.E. para el debido efecto. —Dios guarde a US. —Santiago, Enero 16 de 1819. —Al señor Juez de Comercio, don Agustin de Eyzaguirre.
En la ciudad de Santiago de Chile, a dieci-
<hr/>
seis dias del mes de Enero del año de mil ocho-
====Núm. 279====
cientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado
Para contestar a la honorable nota de V.E. del 14 del que rije sobre la solicitud de doña Ber
en su sala de acuerdos i en sesiones estraor-

dinarias, mandó que por Secretaría se pidiera al
(1) En el orijinal no aparece firma ni rúbrica; pero el oficio perteneces don Miguel Ovalle. ''(Nota del recopilador.)''
actual juez de comercio una razón de las deudas
activas i pasivas con que se hallaba el Tribunal
del Consulado en el acto de su suspensión, to-
mando las mejores providencias. El pretérito juez
de comercio ha espuesto no haber podido eje-
cutar por la omision de la tesorería de aquel
suspenso Tribunal. A la consulta del Excmo.
Supremo Director sobre la solicitud de doña
Bernarda Acedo-Rico, viuda del teniente-coro-
nel don José de Samaniego, para que se le asig-
nara pensión en su actual indijencia, acordó S. E.
se pidiera al Supremo Director se sirviera mandar
que en el espediente se pusiera la correspondiente
constancia de la asignación que le estaba seña-
lada a la reclamante, i si esta se pagaba por las
cajas de Chile o por el Gobierno de Buenos Ai-
res, a cuyo ejército pertenecía Samaniego. Ordenó
igualmente S. E. se pasara al Supremo Director
la razón remitida por el Excmo. Señor Jeneral en
Jefe de los individuos de que se compone el
Estado Mayor para que, con arreglo a ella, se sir-
viera S. E. rebajar de aquel número lo que fuese
compatible con el servicio i nuestras indijencias.
Dispuso que el doctor don Juan Egaña, como
Presidente de la Junta de Secuestros, instruyera
al Excmo. Senado de los fundos rústicos i ur-
banos secuestrados en todo el Estado, con es-
pecificación de los vendidos i existentes, puntua-
lizando los compradores, la forma del contrato i
los sujetos que retienen fundos, especies, semo-
vientes o alhajas correspondientes a este ramo;
i quedando todo cumplido, firmaron los señores
senadores con el infrascrito secretario. — Cienfue-
gos.— Perez.— Alcalde.— Rozas. —
Villarreal, se-
cretario.
ANEXOS
Núm. 276
Tengo el honor de dirijir a US. el informe
pedido por el Excmo. Senado sobre amonedación
de cobre, en vista de la representación de don
Pedro José Ramírez; i asimismo acompaño el que
produje sobre el particular en 11 de Diciembre
del año próximo pasado.— Dios guarde a US.
muchos años. — Casa de Moneda de Santiago
i Enero 15 de 1819.—José Santiago
Portales. —
Señor don José María Villarreal, Secretario del
Excmo. Senado.
Núm. 277
Excmo. Señor:
Desde que V. E . se sirvió ordenarme remitiese
una copia de las deudas activas i pasivas perte-
necientes al Consulado, he practicado infinitas
dilijencias a fin de que el contador de la Casa,
que lo es don Pedro Palazuelos, facilitase la
cuenta; i no habiendo cumplido dicho contador
con este encargo, acompaño a Y. E. las dilijen-
cias obradas en el tiempo de mi judicatura, que
en todo tiempo serán el garante de mis procedi-
mientos.— Dios guarde a V. E. muchos años.—
Santiago i Enero 14 de 1819. — Excmo. Se-
nado. (1)
Núm. 278
Con fecha 15 del inmediato pasado Diciembre
se pidió al antecesor de US. diera razón de las
deudas activas i pasivas con que se hallaba el
Tribunal del Consulado en el acto de su suspen-
sión; i habiendo informado no haber ejecutado
esta dilijencia por la omision del contador don
Pedro Palazuelos, acompañando las dilijencias
que le incluyo, ordena S. E . que, tomando las
mejores providencias, se sirva ejecutar la remisión
de esa razón, obligando por todos los trámites
que le inspire su prudencia a que la forme el
que debe rendirla. Se lo aviso de órden de S. E .
para el debido efecto. — D ios guarde a US.—
Santiago, Enero 16 de 1819. —A l señor Juez de
Comercio, don Agustin de Eyzaguirre.
Núm. 279
Para contestar a la honorable nota de V. E.
del 14 del que rije sobre la solicitud de doña Ber-
(1) En el orijinal no aparece firma ni rúbrica; pero'el
oficio perteneces don Miguel Ovalle. (Nota del recopi-
lador. )