Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/72»

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Excmo. Señor:
Excmo. Señor:
He recibido el oficio de V.E. en que se digna hacerme el honor de conferirme la comísion sobre un reglamento provisorio para la distribucion de presas i comisos, en consorcio del doctor don José Gregorio Argomedo i de don Rafael Correa. Doi a V.E. las mas espresivas gracias por esta singular distincion; pero al mismo tiempo debo hacerle presente que mis cortos conocimientos i la poca versacion que tengo en la materia, así como el carecer de las ordenanzas de corso i otros requisitos indispensables para su formacion, me obligan a suplicar a V.E. se sirva exonerarme de este encargo, sín perder de vista que otro de los inconvenientes que me asisten es la imposibilidad en que actualmente me hallo de poder residir en esta capital, por la absoluta falta de habitacion en ella, como por verme reducido por mis notorios atrasos a vivir en el campo con toda mi familia, que en el dia es numerosa. Dios guarde a V.E. muchos años. Santiago i Noviembre 14 de 1818.
He recibido el oficio de V.E. en que se digna hacerme el honor de conferirme la comísion sobre un reglamento provisorio para la distribucion de presas i comisos, en consorcio del doctor don José Gregorio Argomedo i de don Rafael Correa. —Doi a V.E. las mas espresivas gracias por esta singular distincion; pero al mismo tiempo debo hacerle presente que mis cortos conocimientos i la poca versacion que tengo en la materia, así como el carecer de las ordenanzas de corso i otros requisitos indispensables para su formacion, me obligan a suplicar a V.E. se sirva exonerarme de este encargo, sín perder de vista que otro de los inconvenientes que me asisten es la imposibilidad en que actualmente me hallo de poder residir en esta capital, por la absoluta falta de habitacion en ella, como por verme reducido por mis notorios atrasos a vivir en el campo con toda mi familia, que en el dia es numerosa. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Noviembre 14 de 1818.
Excmo. Señor.''— Francisco de la Lastra''. Excmo. Senado.
Excmo. Señor.''— Francisco de la Lastra''. —Excmo. Senado.
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====Núm. 82====
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A este intento convendrá que V.E. se sirva reencargar con especialidad i bajo de responsabilidad al Comandante del Resguardo i Administradores de Aduana de la Capital i Valparaíso que, convencido de las ventajas que resultan al Estado de la observancia de los precitados artículos, no disimulen en caso alguno su infraccion.
A este intento convendrá que V.E. se sirva reencargar con especialidad i bajo de responsabilidad al Comandante del Resguardo i Administradores de Aduana de la Capital i Valparaíso que, convencido de las ventajas que resultan al Estado de la observancia de los precitados artículos, no disimulen en caso alguno su infraccion.
Instruyo a V.E. esta resolucion para el debido efecto. Dios guarde a V.E. Santiago, Noviembre 16 de 1818. Excmo. Señor Supremo Director.
Instruyo a V.E. esta resolucion para el debido efecto. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 16 de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.
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====Núm. 83====
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