Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/150»

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Excmo. Señor:
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Convencido el Senado de las resultas que pudiera tener una próxima i liberal eleccion de Gobernadores i Tenientes, conviene desde luego en que se suspenda por ahora. Los Supremos Gobiernos se ven muchas veces precisados a negar a los pueblos toda la autoridad i libertad que deben gozar, por evitar males a que la falta de virtud i algunos malintencionados pudieran arrastrarlos. Es preciso, pues, que V.E., por todos los medios que le inspire su prudencia, se interese en la ilustracion de los pueblos para infundirles las mejores ideas de union i patriotismo; i si esto se consigue por medio de sus Tenientes-Gobernadores, es consiguiente que los que tengan por negocio este cargo no pueden mantener contentos a unos lugares de que han de sacar su subsistencia formando i fomentando partidos, protejiendo a unos e incomodando a otros, siendo el resultado faltar a la justicia distributiva en cuanta ocurrencia se presenta, refluyendo todo esto contra la supremacía que les dió el empleo o los tolera. Los que haya de esta clase i aquellos con los que no estén avenidas algunas villas o ciudades, deberán removerse, como que su nombramiento ha sido interino, colocándose vecinos pudientes, i oblígueseles a admitir el cargo. Gobernados entónces con justicia i equidad, no estrañarán la falta de elecciones, i reunirán sus votos a la supremacía que los dirije por medio de subalternos virtuosos. Encarga a V.E. este Senado i pide ponga toda su atencion en este interesante objeto, de que resultará seguramente la union i tranquilidad que forma la base i felicidad de los Gobiernos. Dios guarde a V.E. Santiago, Diciembre 16 de 1818. Al Excmo. Señor Supremo Director.
Convencido el Senado de las resultas que pudiera tener una próxima i liberal eleccion de Gobernadores i Tenientes, conviene desde luego en que se suspenda por ahora. Los Supremos Gobiernos se ven muchas veces precisados a negar a los pueblos toda la autoridad i libertad que deben gozar, por evitar males a que la falta de virtud i algunos malintencionados pudieran arrastrarlos. Es preciso, pues, que V.E., por todos los medios que le inspire su prudencia, se interese en la ilustracion de los pueblos para infundirles las mejores ideas de union i patriotismo; i si esto se consigue por medio de sus Tenientes-Gobernadores, es consiguiente que los que tengan por negocio este cargo no pueden mantener contentos a unos lugares de que han de sacar su subsistencia formando i fomentando partidos, protejiendo a unos e incomodando a otros, siendo el resultado faltar a la justicia distributiva en cuanta ocurrencia se presenta, refluyendo todo esto contra la supremacía que les dió el empleo o los tolera. Los que haya de esta clase i aquellos con los que no estén avenidas algunas villas o ciudades, deberán removerse, como que su nombramiento ha sido interino, colocándose vecinos pudientes, i oblígueseles a admitir el cargo. Gobernados entónces con justicia i equidad, no estrañarán la falta de elecciones, i reunirán sus votos a la supremacía que los dirije por medio de subalternos virtuosos. Encarga a V.E. este Senado i pide ponga toda su atencion en este interesante objeto, de que resultará seguramente la union i tranquilidad que forma la base i felicidad de los Gobiernos. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Diciembre 16 de 1818. —Al Excmo. Señor Supremo Director.