Diferencia entre revisiones de «Reformas al Plan de Ayala (1913-05-30)»

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Línea 7:
Primero. Se reforma el artículo primero de este plan en los términos que en seguida se expresan:
 
Artículo 1°: Son aplicables, en lo conducente, los conceptos contenidos en este artículo AL USURPADOR DEL PODER PÚBLICO, GENERAL VICTORIANO HUERTA, cuya presenta en la Presidencia de la República acentúa cada día más y más su carácter contrastable con todo lo que significa la ley, la justicia, el derecho y la moral, hasta el grado de reputársele mucho peor que Madero; y en consecuencia la revolución continuará hasta obtener el derrocamiento del pseudopsesudo mandatario, por exigirlo la conveniencia pública nacional, de entero acuerdo con los principios consagrados en este Plan; principios que la misma revolución está dispuesta a sostener con la misma entereza y magnanimidad con que lo ha hecho hasta la fecha, basada en la confianza que le inspira la voluntad suprema nacional.
 
Segundo. Se reforma el artículo tercero de este Plan, en los términos siguientes: