Diferencia entre revisiones de «Gilda Acuña»

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Línea 1:
Acuña, Gilda Margarita
 
'''La Plata, 19 de Abril de 2000'''
 
DR. DURAN:.. en el día de la fecha, hoy 19 de Abril del año 2000, comparece ante el Tribunal integrado por los señores Jueces, doctores Julio Víctor Reboredo, y Alberto Ramón Duran, contando con la presencia del Fiscal General ante la Cámara, doctor Julio Amancio Piaggio, del señor Defensor Público Oficial ante la Cámara, doctor Ricardo Alberto Gonzalez, en representación por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata, la doctora Elizabeth Torres, en representación de la Asociación de ex-detenidos-desaparecidos, la doctora Mónica Gonzalez Vivero, contando con la asistencia de la Secretaria del Tribunal la Dra Florencia Alconada de Gigli, una persona a quién se le hace saber que debe producirse con veracidad respecto de todo lo que supiere o le fuese preguntado, ya que de lo contrario eventualmente podría ser condenada por el delito de Falso Testimonio de conformidad con lo normado en el artículo 275 del Código Penal. En primer término se le requiere que preste Legal Juramento o Promesa de decir verdad de acuerdo a sus creencias, ante lo cual responde?
 
==Declaración==
 
DR. DURAN:.. en el día de la fecha, hoy 19 de Abril del año 2000, comparece ante el Tribunal integrado por los señores Jueces, doctores Julio Víctor Reboredo, y Alberto Ramón Duran, contando con la presencia del Fiscal General ante la Cámara, doctor Julio Amancio Piaggio, del señor Defensor Público Oficial ante la Cámara, doctor Ricardo Alberto Gonzalez, en representación por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata, la doctora Elizabeth Torres, en representación de la Asociación de ex-detenidos-desaparecidos, la doctora Mónica Gonzalez Vivero, contando con la asistencia de la Secretaria del Tribunal la Dra Florencia Alconada de Gigli, una persona a quién se le hace saber que debe producirse con veracidad respecto de todo lo que supiere o le fuese preguntado, ya que de lo contrario eventualmente podría ser condenada por el delito de Falso Testimonio de conformidad con lo normado en el artículo 275 del Código Penal. En primer término se le requiere que preste Legal Juramento o Promesa de decir verdad de acuerdo a sus creencias, ante lo cual responde?
 
ACUÑA: Sí, juro. Sí, prometo.