Diferencia entre revisiones de «Constitución de la República de Cuba (1976)»

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Línea 6:
<p><i>Incluye modificaciones hasta 2002.</i></p>
 
== NotasNota ==
 
<div class=Parrafo>El anteproyecto de Constitución, durante 1975, fue sometido a discusión pública donde participaron más de seis millones de personas, y se formularon propuestas que llevaron a modificar 60 de los artículos propuestos.</div>
Línea 516:
El cumplimiento estricto de la Constitución y de las leyes es deber inexcusable de todos.</p>
 
==CAPITULO Capítulo VIII. Estado de emergencia.==
===ESTADO DE EMERGENCIA===
 
<p align=justify
><b>Artículo 67°-</b>
ARTICULO 67. En caso o ante la inminencia de desastres naturales o catástrofes u otras circunstancias que por su naturaleza, proporción o entidad afecten el orden interior, la seguridad del país o la estabilidad del Estado, el Presidente del Consejo de Estado puede declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional o en una parte de él, y durante su vigencia disponer la movilización de la población.
 
La ley regula la forma en que se declara el estado de emergencia, sus efectos y su terminación. Igualmente determina los derechos y deberes fundamentales reconocidos por la Constitución, cuyo ejercicio debe ser regulado de manera diferente durante la vigencia del estado de emergencia.</p>
ARTICULO 67. En caso o ante la inminencia de desastres naturales o catástrofes u otras circunstancias que por su naturaleza, proporción o entidad afecten el orden interior, la seguridad del país o la estabilidad del Estado, el Presidente del Consejo de Estado puede declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional o en una parte de él, y durante su vigencia disponer la movilización de la población.
La ley regula la forma en que se declara el estado de emergencia, sus efectos y su terminación. Igualmente determina los derechos y deberes fundamentales reconocidos por la Constitución, cuyo ejercicio debe ser regulado de manera diferente durante la vigencia del estado de emergencia.
 
 
== Capítulo IX. Principios de organización y funcionamiento de los órganos estatales.==
==CAPÍTULO IX==
===PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS ESTATALES===
 
<p align=justify
 
><b>Artículo 68°-</b>
ARTICULO 68. Los órganos del Estado se integran y desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la democracia socialista que se expresan en las reglas siguientes:<br />
:a) todos los órganos representativos de poder del Estado son electivos y renovables;
:b) las masas populares controlan la actividad de los órganos estatales, de los diputados, de los delegados y de los funcionarios;
c) los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación y pueden ser revocados de sus cargos en cualquier momento;
:c) los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación y pueden ser revocados de sus cargos en cualquier momento;
:ch) cada órgano estatal desarrolla ampliamente, dentro del marco de su competencia, la iniciativa encaminada al aprovechamiento de los recursos y posibilidades locales y a la incorporación de las organizaciones de masas y sociales a su actividad;
:d) las disposiciones de los órganos estatales superiores son obligatorias para los inferiores;
:e) los órganos estatales inferiores responden ante los superiores y les rinden cuenta de su gestión;
:f) la libertad de discusión, el ejercicio de la crítica y autocrítica y la subordinación de la minoría a la mayoría rigen en todos los órganos estatales colegiados.