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México
Plan de Iguala
 
Americanos, bajo cuyo nombre comprendo no sólo los nacidos en América, sino a los europeos, africanos y asiáticos que en ella residen: tened la bondad de oírme. Las naciones que se llaman grandes en la extensión del globo, fueron dominadas por otras, y hasta que sus luces no les permitieron fijar su propia opinión, no se emanciparon. Las europeas que llegaron a la mayor ilustración y policía, fueron esclavas de la romana; y este imperio, el mayor que reconoce la Historia, asemejó al padre de familia, que en su ancianidad mira separarse de su casa a los hijos y los nietos por estar ya en edad de formar otras y fijarse por sí, conservándole todo el respeto, veneración y amor como a su primitivo origen.
 
Trescientos años hace la América Septentrional de estar bajo la tutela de la nación más católica y piadosa, heroica y magnánima. La España la educó y engrandeció, formando esas ciudades opulentas, esos pueblos hermosos, esas provincias y reinos dilatados que en la historia del universo van a ocupar lugar muy distinguido. Aumentadas las poblaciones y las luces, conocidos todos los ramos de la natural opulencia del suelo, su riqueza metálica, las ventajas de su situación topográfica, los daños que origina la distancia del centro de su unidad, y que ya la rama es igual al tronco; la opinión pública y la general de todos los pueblos es la de la independencia absoluta de la España y de toda otra nación. Así piensa el europeo, así los americanos de todo origen.
Plan de Iguala
publicado el 24 de febrero de 1821
 
Esta misma voz que resonó en el pueblo de los Dolores, el año de 1810, y que tantas desgracias originó al bello país de las delicias, por el desorden, el abandono y otra multitud de vicios, fijó también la opinión pública de que la unión general entre europeos y americanos, indios e indígenas, es la única base sólida en que puede descansar nuestra común felicidad. ¿Y quién pondrá duda en que después de la experiencia horrorosa de tantos desastres, no haya uno siquiera que deje de prestarse a la unión para conseguir tanto bien? Españolas europeos: vuestra patria es la América, porque en ella vivís; en ella tenéis a vuestras amadas mujeres, a vuestros tiernos hijos, vuestras haciendas, comercio y bienes. Americanos: ¿quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved la cadena dulcísimo que nos une: añadid los otros lazos de la amistad, la dependencia de intereses, la educación e idioma y la conformidad de sentimientos, y veréis son tan estrechos y tan poderosos, que la felicidad común del reino es necesario la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz.
Plan e indicaciones para el Gobierno que debe instalarse provisionalmente con el objeto de asegurar nuestra sagrada religión y establecer la Independencia del Imperio Mexicano y tendrá el título de Junta Gubernativa de la América Septentrional, propuesto por el Sr. Coronel D. Agustín de Iturbide al Excelentísimo señor Virrey de Nueva España, Conde del Venadito.
 
Es llegando el momento en que manifestéis la uniformidad de sentimientos, y que nuestra unión sea la mano poderosa que emancipe a la América sin necesidad de auxilios extraños. Al frente de un ejército valiente y resuelto he proclamado la independencia de la América Septentrional. Es ya libre, es ya señora de sí misma, ya no reconoce ni depende de la España, ni de otra nación alguna. Saludadla todos como independiente, y sean nuestros corazones bizarros los que sostengan esta dulce voz, unidos con las tropas que han resuelto morir antes que separarse de tan heroica empresa.
1° La religión de la Nueva España es y será la católica, apostólica, romana, sin soberanía [tolerancia] de otra alguna.
 
No le anima otro deseo al ejército que el conservar pura la santa religión que profesamos y hacer la felicidad general. Oíd, escuchad las bases sólidas en que funda su resolución:
2° La Nueva España es independiente de la antigua y de toda otra potencia, aun de nuestro continente.
 
1°. La religión de la Nueva España es y será la católica, apostólica, romana, sin soberanía [tolerancia] de otra alguna.
3° Su gobierno será monarquía moderada, con arreglo a la constitución peculiar y adaptable del reino.
 
2. La absoluta independencia de este reino.
4° Será su emperador el señor don Fernando VII, y no presentándose personalmente en México dentro del término que las Cortes señalaren a prestar el juramento, serán llamados en su caso el serenísimo señor infante don Carlos, el señor don Francisco de Paula, el archiduque Carlos u otro individuo de casa reinante que estime por conveniente el Congreso.
 
3. Gobierno monárquico templado por una Constitución al país.
5° Interín las Cortes se reúnan, habrá una Junta que tendrá por objeto tal reunión y hacer que se cumpla con el Plan en toda su extensión.
 
4. Fernando VII, y en sus casos los de su dinastía o de otra reinante serán los emperadores, para hallarnos con un monarca ya hecho y precaver los atentados funestos de la ambición.
6° Dicha junta, que se denominará gubernativa, debe componerse de los vocales de que habla la carta oficial dirigida al excelentísimo señor Virrey.
 
5. Habrá una junta, ínterin se reúnen Cortes que hagan efectivo este plan.
7° Interín el señor don Fernando VII se presenta en México y hace el juramento, gobernará la junta a nombre de Su Majestad, en virtud del juramento de fidelidad que le tiene prestado la nación; sin embargo de que se suspenderán todas las órdenes que diese, interín no haya prestado dicho juramento.
 
6. Ésta se nombrará gubernativa y se compondrá de los vocales ya propuestos al señor Virrey.
8° Si el señor don Fernando VII no se dignare venir a México, interín se resuelve el emperador que debe coronarse, la junta o la regencia mandará en nombre de la nación.
 
7. Gobernará en virtud del juramento que tiene prestado al Rey, ínterin ésta se presenta en México y lo presta, y entonces se suspenderán todas las ulteriores órdenes.
9° Este gobierno será sostenido por el ejército de las Tres Garantías, de que se hablará después.
 
10°8. LasSi CortesFernando resolveránVII lano continuaciónse deresolviere a venir a México, la junta o sila deberegencia sustituirlamandará unaa regencianombre de la nación, interínmientras llegase resuelve la personatesta que debedeba coronarse.
 
9°. EsteSerá gobiernosostenido seráeste sostenidogobierno por el ejército de las Tres Garantías,. de que se hablará después.
11° Las Cortes establecerán en seguida la Constitución del imperio mexicano.
 
10. Las Cortes resolverán si ha de continuar esta junta o sustituirse por una regencia mientras llega el emperador.
12° Todos los habitantes de la Nueva España, sin distinción, alguna de europeos, africanos ni indios, son ciudadanos de esta monarquía con opción a todo empleo, según su mérito y virtudes.
 
11°. LasTrabajarán, Cortesluego estableceránque ense seguidareúnan, la Constitución del imperio mexicano.
13° Las personas de todo ciudadano y sus propiedades serán respetadas y protegidas por el gobierno.
 
12. Todos los habitantes de él, sin otra distinción que su mérito y virtudes, son ciudadanos idóneos para optar cualquier empleo.
14° El clero secular y regular será conservado en todos sus fueros y preeminencias.
 
13°. LasSus personas de todo ciudadano y sus propiedades serán respetadas y protegidas. por el gobierno.
15° La junta cuidará de que todos los ramos del Estado queden sin alteración alguna, y todos los empleados políticos, eclesiásticos, civiles y militares, en el estado mismo en qué existen en el día [Sólo serán removidos los que manifiesten no entrar en el plan substituyendo en su lugar los que más se distingan en virtud y mérito].
 
14°. El clero secular y regular será conservado en todos sus fueros y preeminenciaspropiedades.
16° Se formará, un ejército protector que se denominará de las Tres Garantías, porque bajo su protección toma, lo primero, la conservación de la religión católica, apostólica, romana, cooperando por todos los medios que estén a su alcance, para que no haya mezcla alguna de otra secta y se ataquen oportunamente los enemigos que puedan dañarla; lo segundo, la independencia bajo el sistema manifestado; lo tercero, la unión, íntima de americanos y europeos; pues garantizando bases tan fundamentales de la felicidad de Nueva España, antes que consentir la infracción de ellas, se sacrificará dando la vida del primero al último de sus individuos.
 
15. Todos los ramos del Estado y empleados públicos subsistirán como en el día, y sólo serán removidos los que se opongan a este plan, y sustituidos por los que más se distingan en su adhesión, virtud y mérito.
17° Las tropas del ejército observarán la más exacta disciplina a la letra de las ordenanzas, y los jefes y oficialidad continuarán bajo el pie en que están hoy; es, decir, en sus respectivas clases con opción a los empleos vacantes y que vacasen por los que no
 
16. Se formará un ejército protector que se denominará de las Tres Garantías, y que se sacrificará, del primero al último de sus individuos, antes que sufrir la más ligera infracción de ellas.
quisieren seguir sus banderas o cualquiera otra causa, y con, opción a los que se consideren de necesidad o conveniencia.
 
17. Este ejército observará a la letra la Ordenanza, y de sus jefes y oficialidad continúan en el pie en que están, con la expectativa no obstante a los empleos vacantes y a los que se estimen de necesidad o conveniencia.
18° Las tropas de dicho ejército se considerarán como de línea.
 
19°18. LoLas mismotropas sucederáde conque lasse quecomponga siganse luegoconsiderarán estecomo Plan.de Laslínea, que noy lo difieran,mismo las delque anteriorabracen sistemaluego deeste laplan; independencialas que selo unan inmediatamente a dicho ejército,difieran y los paisanos que intentenquieran alistarse, se consideraránmirarán como tropas de milicia nacional, y lael arreglo y forma de todas para la seguridad interior y exterior del reino lalo dictarán las Cortes.
 
20°19. Los empleos se concederándarán al verdadero mérito, aen virtud de informes de los respectivos jefes, y ena nombre de la nación provisionalmente.
 
21°20. InterínÍnterin lasse Cortesreúnen selas establecenCortes, se procederá en los delitos con total arreglo a la Constitución española.
 
22°21. En el de conspiración contra la independencia, se procederá a prisión, sin pasar a otra cosa hasta que las Cortes decidandicten la pena correspondiente al mayor de los delitos, después del de lesaLesa Majestad divina.
 
23°22. Se vigilará sobre los que intenten fomentarsembrar la desunión,división y se reputarán como conspiradores contra la independencia.
 
24°23. Como las Cortes que van a instalarsese han de serformar son constituyentes, sedeben hace necesario queser recibanelegidos los diputados losbajo podereseste bastantes para el efecto; y como a mayor abundamiento es de mucha importancia que los electores sepan que sus representantes han de ser para el Congreso de México y no de Madrid,concepto. laLa junta prescribirádeterminará las reglas justas para las elecciones y señalará el tiempo necesario para ellasel y para la apertura del Congresoefecto. Ya que no puedan verificarse las elecciones en marzo, se estrechará cuanto sea posible, el término.
 
24. Viva America Seteptrional, viva la santa virgen de Guadalupe.
Reproducido en Fase final de la guerra por la independencia. (Tomado del Mexicano Independiente número 2, publicado en Iguala el 17 de marzo de 1821.) México: Biblioteca Mínima Mexicana, 1955. 99-102. En las dos ocasiones que añadimos texto entre [corchetes], éste corresponde al texto del Plan publicado en La Abeja Poblana (Puebla) seis días después de su promulgación (1 de marzo de 1821). Edición digital de Marina Herbst.
 
Americanos: He aquí lo que ha jurado el ejército de las Tres Garantías, cuya voz lleva el que tiene el honor de dirigírosla. He aquí el objeto para cuya cooperación os incita. No os pide otra cosa que la que vosotros mismos debéis pedir y apetecer: unión, fraternidad, orden, quietud interior, vigilancia y horror a cualquier movimiento turbulento. Estos guerreros no quieren otra cosa que la felicidad común. Uníos con su valor, para llevar adelante una empresa que por todos aspectos (si no es por la pequeña parte que en ella he tenido) debo llamar heroica. No teniendo enemigos que batir, confiemos en el Dios de los ejércitos, que lo es también de la Paz, que cuantos componemos este cuerpo de fuerzas combinadas de europeos y americanos, de disidentes y realistas, seremos unos meros protectores, unos simples espectadores de la obra grande que hoy he trazado, y que retocarán y perfeccionarán los padres de la patria. Asombrad a las naciones de la culta Europa; vean que la América Septentrional se emancipó sin derramar una sola gota de sangre. En el transporte de vuestro júbilo decid: ¡Viva la religión santa que profesaos! ¡Viva la América Septentrional, independiente de todas las naciones del globo! ¡Viva la unión que hizo nuestra felicidad!
 
 
<div style='text-align:right'>Iguala, 24 de febrero de 1821</div>
<div style='text-align:right'>[[Agustín de Iturbide]]</div>
 
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