Diferencia entre revisiones de «Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo de las Naciones Unidas: 42»

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Revisión del 10:49 7 mar 2009

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD


Artículo 40. Conferencia de los Estados Partes

El Secretario General de las Naciones Unidas será el depositario de la presente Convención.