Diferencia entre revisiones de «Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur (2005)»

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Línea 112:
# A propuesta del Parlamento, el Consejo del Mercado Común establecerá el “Día del MERCOSUR Ciudadano”, para la elección de los parlamentarios, de forma simultánea en todos los Estados Partes, a través de sufragio directo, universal y secreto de los ciudadanos.
 
'''== Artículo 7''' ==
'''=== Participación de los Estados Asociados''' ===
'''Participación de los Estados Asociados'''
 
El Parlamento podrá invitar a los Estados Asociados del MERCOSUR a participar en sus sesiones públicas, a través de miembros de sus Parlamentos nacionales, los que participarán con derecho a voz y sin derecho a voto.
 
== Artículo 8 ==
'''=== Incorporación de nuevos miembros''' ===
 
1.# El Parlamento, de conformidad con el artículo 4, inciso 12, se expedirá sobre la adhesión de nuevos Estados Partes al MERCOSUR.
'''Artículo 8'''
2.# El instrumento jurídico que formalice la adhesión determinará las condiciones de la incorporación de los Parlamentarios del Estado adherente al Parlamento.
 
'''Incorporación de nuevos miembros'''
 
1. El Parlamento, de conformidad con el artículo 4, inciso 12, se expedirá sobre la adhesión de nuevos Estados Partes al MERCOSUR.
 
2. El instrumento jurídico que formalice la adhesión determinará las condiciones de la incorporación de los Parlamentarios del Estado adherente al Parlamento.
 
 
'''Artículo 9'''