Diferencia entre revisiones de «Registro Nacional: Libro II/123»

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Lingrey (Discusión | contribs.)
'''Página nueva''': {{encabezado RNRDP|II|7|1826}} == 162 == '''''Buenos Aires, 5 de mayo de 1826.''''' <center> DEPARTAMENTO DE HACIENDA. PRESCRIBIENDO LA FORMA Y PLAZOS EN QUE EL BANCO NACIO...
 
DannyS712 (Discusión | contribs.)
Línea 5:
'''''Buenos Aires, 5 de mayo de 1826.'''''
 
<center>{{Bloque centro| DEPARTAMENTO DE HACIENDA.
 
PRESCRIBIENDO LA FORMA Y PLAZOS EN QUE EL BANCO NACIONAL DEBE PAGAR SUS BILLETES.
 
LEY. </|alinear=center>}}
 
El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha sancionado la siguiente ley.
Línea 45:
Exmo. señor Presidente de la república.
 
<center>{{Bloque centro| DECRETO DEL GOBIERNO. </|alinear=center>}}
 
Buenos Aires mayo 8 de 1826.
Línea 59:
{| align=center style="width:250px; height:50px" border="1" cellpadding="0"
|-
! <center>{{Bloque centro| [[Registro Nacional: Índice Libro II|Ver el índice general del Libro II]] |alinear=center}}
</center>
|}
</div>