Diferencia entre revisiones de «Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/387»
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<section begin="Proyecto de ley relacionado con las divisas militares" |
<section begin="Proyecto de ley relacionado con las divisas militares"/>azul, blanco i grana, en cuatro triángulos, formándose el superior e inferior del blanco i los colaterales del azul i grana: en el medio, las armas de la nacion i en el triángulo azul una estrella blanca rodeada de ocho águilas de dos cabezas, que tengan en sus garras manojos de espigas de trigo, signo de las ocho provincias. |
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{{May|Art. 7.º}} Este pendon solo se enarbolará en el cuartel jeneral de los ejércitos de la República, plazas fuertes, capitales de provincia, buques de guerra, casas de los embajadores, cónsules i demas empleados diplomáticos fuera de esta República i cuerpos de tropa; debiendo tener dos cada batallon de infantería, i una en forma de estandarte, cada escuadron de caballería. |
{{May|Art. 7.º}} Este pendon solo se enarbolará en el cuartel jeneral de los ejércitos de la República, plazas fuertes, capitales de provincia, buques de guerra, casas de los embajadores, cónsules i demas empleados diplomáticos fuera de esta República i cuerpos de tropa; debiendo tener dos cada batallon de infantería, i una en forma de estandarte, cada escuadron de caballería. |
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{{May|Art. 9.º}} Esta lei principiará a cumplirse desde el dia de su publicacion; pero no se obligará a persona alguna a su estricta observancia hasta un año despues, contando desde dicha fecha. |
{{May|Art. 9.º}} Esta lei principiará a cumplirse desde el dia de su publicacion; pero no se obligará a persona alguna a su estricta observancia hasta un año despues, contando desde dicha fecha. |
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{{May|Art. 10.º}} Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento. —''{{MarcaCL|P|José Santiago Muñoz Bezanilla|OK|Proyecto de ley relacionado con las divisas militares}}[[:bcnbio:José Santiago Muñoz Bezanilla|Muñoz]]''.<section end="Proyecto de ley relacionado con las divisas militares" |
{{May|Art. 10.º}} Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento. —''{{MarcaCL|P|José Santiago Muñoz Bezanilla|OK|Proyecto de ley relacionado con las divisas militares}}[[:bcnbio:José Santiago Muñoz Bezanilla|Muñoz]]''. |
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<section end="Proyecto de ley relacionado con las divisas militares"/> |
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==== Núm. 132 ==== |
==== Núm. 132 ==== |
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<section begin="Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno" |
<section begin="Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno"/>Con fecha 18 del actual ha recibido el Jefe Supremo de la República del Presidente electo de la misma, la siguiente comunicacion: |
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{{MarcaCL|ND|Propuesta|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}"El que suscribe, ha recibido la honrosa comunicacion del Supremo Jefe de la República en la que se sirve avisarle que el {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}Congreso Nacional le ha promulgado Presidente de la República por mayoría absoluta de sufrajios. |
{{MarcaCL|ND|Propuesta|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}"El que suscribe, ha recibido la honrosa comunicacion del Supremo Jefe de la República en la que se sirve avisarle que el {{MarcaCL|C|Congreso Nacional|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}Congreso Nacional le ha promulgado Presidente de la República por mayoría absoluta de sufrajios. |
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El Gobierno, al trascribirlo a la {{MarcaCL|C|Representación Nacional|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}Representacion Nacional, no puede ménos de recomendarle encarecidamente su mas pronta resolucion, atendiendo al estado de incertidumbre i ansiedad en que se veria la República si se retardase algun tiempo la decisión de un punto del que juntamente pende la consecucion de sus deseos i sus mas caros intereses. |
El Gobierno, al trascribirlo a la {{MarcaCL|C|Representación Nacional|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}Representacion Nacional, no puede ménos de recomendarle encarecidamente su mas pronta resolucion, atendiendo al estado de incertidumbre i ansiedad en que se veria la República si se retardase algun tiempo la decisión de un punto del que juntamente pende la consecucion de sus deseos i sus mas caros intereses. |
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Con este motivo, el Jefe Supremo de la República tiene la honra de volver a saludar al Congreso Nacional con las consideraciones de su alto aprecio i respeto. — Valparaíso, 21 de Setiembre de 1829. —{{may|Francisco R. de Vicuña}}. —''{{MarcaCL|P|Melchor José De Ramos Font|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}[[: |
Con este motivo, el Jefe Supremo de la República tiene la honra de volver a saludar al Congreso Nacional con las consideraciones de su alto aprecio i respeto. — Valparaíso, 21 de Setiembre de 1829. —{{may|Francisco R. de Vicuña}}. —''{{MarcaCL|P|Melchor José De Ramos Font|OK|Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno}}[[:bcnbio:Melchor José De Ramos Font|Melchor José Ramos]]'', Pro-Secretario. —Al Congreso Nacional. |
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<section end="Oficio con que el Gobierno transcribe un proyecto de don F.A. Pinto, quien manifiesta la imposibilidad en que se encuentra para asumir el Gobierno"/> |
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==== Núm. 133 ==== |
==== Núm. 133 ==== |
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<section begin="Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados" |
<section begin="Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados"/>La {{MarcaCL|C|Cámara del Senado|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}Cámara de Senadores ha acordado que los señores Diputados que gusten concurrir a sus sesiones, ocupen los asientos que se hallan colocados dentro de la Sala, en el sitio opuesto al designado para el Presidente de este cuerpo. |
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Al comunicarlo al señor Presidente de la {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}Cámara de Diputados, tiene el que suscribe la honra de reiterarle los sentimientos de su alto aprecio. —Cámara de Senadores, Valparaíso, Setiembre 16 de 1829. —{{MarcaCL|P|Manuel Gormaz Lisperguer|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:Manuel Gormaz Lisperguer|{{may|Manuel Gormaz}}]] . —''{{MarcaCL|P|José Domingo Amunátegui Muñoz|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:José Domingo Amunátegui Muñoz|J. Domingo de Amunátegui]] '', Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados. |
Al comunicarlo al señor Presidente de la {{MarcaCL|C|Cámara de Diputados|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}Cámara de Diputados, tiene el que suscribe la honra de reiterarle los sentimientos de su alto aprecio. —Cámara de Senadores, Valparaíso, Setiembre 16 de 1829. —{{MarcaCL|P|Manuel Gormaz Lisperguer|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:Manuel Gormaz Lisperguer|{{may|Manuel Gormaz}}]] . —''{{MarcaCL|P|José Domingo Amunátegui Muñoz|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:José Domingo Amunátegui Muñoz|J. Domingo de Amunátegui]] '', Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados. |
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Setiembre 22 de 1829. —Archívese, contestándose haber tomado igual resolucion esta Cámara con respecto a los señores Senadores. —''{{MarcaCL|P|Diego Arriarán del Río|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:Diego Arriarán del Río|Arriarán]]'', Pro-Secretario.<section end="Se comunica al Senado haber señalado |
Setiembre 22 de 1829. —Archívese, contestándose haber tomado igual resolucion esta Cámara con respecto a los señores Senadores. —''{{MarcaCL|P|Diego Arriarán del Río|OK|Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados}}[[:bcnbio:Diego Arriarán del Río|Arriarán]]'', Pro-Secretario. |
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<section end="Se comunica al Senado haber señalado ciertos asientos dentro de una sala para diputados"/> |
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==== Núm. 134 ==== |
==== Núm. 134 ==== |
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<section begin="Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto" continua=si |
<section begin=""Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto" continua=si"/>La {{MarcaCL|C|Cámara del Senado|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}}Cámara de Senadores, a consecuencia de la nota del {{MarcaCL|RH|Poder Ejecutivo|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}}Poder Ejecutivo por la que solicita se le releve del cargo que ejerce de Supremo Jefe de la República, ha acordado lo siguiente: |
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{{MarcaCL|D|Decreto|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}} |
{{MarcaCL|D|Decreto|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}} |
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# Contéstese a S.E. el Jefe Supremo de la República, que como Presidente del Senado, segun la {{MarcaCL|RH|Constitución|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}}Constitucion, debe ejercer la Presiden<section end="Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto" /> |
# Contéstese a S.E. el Jefe Supremo de la República, que como Presidente del Senado, segun la {{MarcaCL|RH|Constitución|OK|Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto}}Constitucion, debe ejercer la Presiden<section end=""Relativo a decreto que ordena a F.R. Vicuña continuar en el mando, y a don F. A. Pinto que reasuma su puesto" continua=si"/> |