Embajador, Enviado, Plenipotenciario (SLC)

Nota: En esta transcripción se ha mantenido la ortografía original.

Embajador, Enviado, Plenipotenciario.


Unos y otros hablan siempre en nombre de su soberano, con la diferencia de que el embajador tiene una cualidad representativa anexa á su título, permaneciendo en una corte estraña cerca del soberano de ella. El enviado no se presenta en la misma corte sino como simple ministro, autorizado y no representante, para cierto ó ciertos negocios determinados, concluidos los cuales cesa su mision; y plenipotenciario es el ministro ó persona que como embajador estraordinario envian los reyes á los congresos ó cortes de otros soberanos.

Convienen al embajador la magnificencia, la perspicacia, el despejo y la política. Constituye el mérito del enviado la habilidad en la negociacion, y debe ser propio del plenipotenciario el don de la palabra y unos vastos conocimientos políticos.