Elementos de gramática castellana dispuestos para uso de la juventud/Parte segunda. De la sintaxis. Capítulo Séptimo. Del régimen
P. ¿Que es régimen?
R. La relacion de dependencia que tienen unas palabras respecto de otras, sin ninguna conformidad en sus variaciones: v. gr. Si se dice el vecino de Pedro compró castañas para los niños, la palabra Pedro depende de vecino, castañas de compró, y los niños de la prepo sicion para; pues sin estas dependencias ó complementos no formaran a narracion níngun sentido, y quedaría asi: el vecino de compró para.
P. ¿Cómo se distinguen entre si estas palabras?
R. Los gramaticos las distinguen, llamando regentes á las que dejan pendiente el sentido y regidas á las que lo completan. Asi es que en el caso propuesto, las palabras regentes son vecino, compró, para; y las regidas Pedro, eastañas y niños.
P. ¿Puede espresarse la palabra regida inmediatamente de la regente?
R. Algunas veces; pero en otras el régimen no se verifica sinó mediante una preposicion, como en las palabras el vecino de Pedro.
P. ¿Cuántas partes de la oracion pueden ser regentes?
R. Tres: el nombre, el verbo y la preposicion.
P. ¿Á cuántas palabras puede regir el nombre sustantivo?
R. A otro, sustantivo, ó á un infínitivo mediante una preposicion: v. gr. Comercio de quincalla, gana de hablar, gorro con plumas, libro sin escribir.
P. ¿Puede regir el nombre sustantivo al adjetivo?
R. De ningun modo; mas el adjetivo puede regir al sustantivo ó á un infinitivo, mediante tambien una preposicionz v. gr. bueno para todo, difícil de entender, Cercano al mar, contento con hablar, afable en el trato.
P. ¿Puede el sustantivo ser regido á la vez por dos ó mas adjetivos?
R. Esto podrá verificarse siempre que el régimen de los adjetivos sea mediante una misma preposicion: v. gr. bueno y apto para todo, ardiente y desgraciado en la pelea.
Pero si el régimen es mediante distintas preposiciones, cada adverbio regirá separadamente al sustantivo mediante la preposicion que le convenga: v. gr. bueno para la guerra y desgraciado en ella: apto para el Comercio, y puntual en las operaciones. P. ¿Hay reglas para conocer las diferentes proposiciones que convienen á los adjetivos?
R. No las hay en castellano; sin embargo en general pueden muy bien servir de norma las siguientes: [1]
I. Los adjetivos que espresan cualidades agradables y provechosas, ó sus contrarios, rigen mediante la preposicion la: v. gr. fiel à la amistal, molesto á todo el mundo perjudicial á los jóvenes.
II. ― Los adjetivos que indican afectos del animo, rigen mediante la preposición con: v. gr. contento con su suerte, humano con todos, ingrata con los bienhechores.
III. - Los adjetivos que indican estado y situacion y muchos de los participios, rigen mediante la preposicion de: v. gr. capaz de todo, absorto de lo presente, compadecido de tus desgracias.
IV. - Tambien rigen mediante la preposicion de los sustantivos que indican materia, origen, procedencia y permanencia, como mesa de mármol, natural de Francia, cartas de Pedro.
V. — Muchos de los adjetivos abstractos suelen regir mediante la preposicion en: v. gr. igual en riqueza, constante en loa estudios, puntual en la obligacion.
VI. - Todos los adjetivos que significan aptitud ó idoneidad, rigen mediante la preposicion para: v. gr. opta para los encargés, pronto para el trabajo, bueno para el estudio.
VII. — Igualmente rigen mediante esta preposicion los sustantivos que indican uso: v. gr. Caja para tabaco, mesa para comer.
VIII. — Los participios rigen mediante la preposicion por á los nombres que pueden ser móvil ó sujetos de la accion representada por el verbo: v. gr. comprado por mi, escrito por el amigo. IX. - Ultimamente, hay algunos adjetivos que rigen mediante dos preposiciones distintas, pero cada una en diverso sentido: v. gr. útil al joven para sus progresos, nocivo á la salud por sus propiedades.
P. ¿A cuántas palabras puede regir el verbo?
R. Aun sustantivo, à un pronombre, à un verbo ó preposicion entera que sea su complemento ó término de su accion; pero el verbo intransitivo, como no tiene complemento ninguno, solo puede regir á un nombre sustantivo ó á un infinitivo mediante una preposicíon.
P. ¿Cómo se verifica el regimen de los verbos transitivos?
R. Mediante la preposicíon a si el complemento es un nombre animado; v. gr. amo á Pedro, temo al leon; y sin ella si es inanimado [2] v. gr. amo la ciencia, temo los truenos.
P. ¿Cuántos complementos puede tener el verbo transitivo?
R. Dos complementos: directo é indirecto. Llàmase complemento directo el que esterxnino de la accion del verbo, é indirecto el que espresa el fin ú objeto con que se ejecuta la accion del verbo: v. gr. yo Cojo flores para mi hermana, donde se ve que el complemento directo son las flores, y el índirecto mi hermana.
P. ¿De que modo rige el verbo al complemento indirecto?
R. Mediante una de las preposiciones, ó, para, siempre que sea un nombre sustantivo como en el caso propuesto.
P. ¿Cómo rige el verbo transitivo á los pronombres?
R. Sin medíacion de ninguna palabra, sea ó no com plemento indirecto; v. gr. te enseña ó enséñote; los vi ó vilos, les decían la verdad, ó decianles la verdad [3].
P. ¿Cómo se distingue en este caso el complemento directo del indirecto?
R. En que el complemento directo se puede siempre poner en concordancia con el participio del verbo, y el indirecto no: v. gr. Si se dice te amo, os diré, el pronombre te del primer ejemplo es completamente directo, porque puede decirse tú eres amado, y el pronombre os del segundo es complemento indirecto, porque no puede decirse vosotros soís dichos.
P. ¿Y sí el complemento es un pronombre de la tercera
persona?
R. En este caso, para el complemento directo se usan las terminaciones le, la, lo, los y las, y para el indurecto, le y les de este modo: yo le cojo flores (esto es, yo cojo flores para él, para ella), yo les cojo flores (esto es, yo cojo flores para ellos, para ellas).
P. ¿Y si ambos complementos son pronombres de la tercera persona?
R. En este caso se espresa el indirecto por el pronombre se: v. gr. tratando de dar un libro à él, à ella, á ello, á ellos, á ellas, se dice yo se lo daré: si es una pluma, yo se la daré; si son unas plumas, yo se las daré; donde se verá que los pronombres le, la, lo y las, son el complemento directo que se refiere al libro, á la pluma, á los libros, á las plumas: y el pronombre se es el complemento indirecto que se refiere á él, á ella, á ellos, á ellas.
P. ¿Cómo ríge el verbo sustantivo á un verbo ú oracíon entera?
R. Mediante la conjuncion que, cuando el sujeto del verbo regente ó determinante no es el mismo que el del verbo regido ó determinado, en cuyo caso este se pone regularmente en subjuntivo, y pocas veces es indicativo: v. gr. el padre quería que sus htjos se ínstruyesen en todas las cíencias.
P. ¿Y sí el sujeto del verbo determinante es el mísmo que el verbo determinado?
R. En ese caso se pone siempre el verbo determinado en infinitivo; v. gr. el padre quería ínstruír á sus hijos en todas las ciencias. De donde se vé que el sujeto del verbo determinante quería es el padre, que lo es tambien del verbo determinado ínstruír.
P. ¿Requíeren algunos verbos determinantes preposícíones íntermedías para regír á un infinitivo?
R. I. — Los verbos acertar, acostumbrarse, adelantarse, aficionarse, allanarse, anhelar, anticiparse, apostar, arrecostarse, atreverse, avenirse, aventurarse, circunscribirse, darse prisa, determinarse, empezar, entremeterse, habituarse, meterse y resolverse, rigen al infinitivo mediante la preposicion á: v. gr. aventurarse á marchar.
II. — Los verbos abstenerse, acabar, acordarse, acusarse, alabarse, alegrarse, confesarse, cuidarse, desdeñarse, dejar, dígnarse, gloriarse, jactarse, servirse y tratar, rigen al infinitivo mediante la preposicion de v. gr. el rey se dígnó de acceder á mí súplica.
III. ― Los verbos aterrarse, consentir, convenirse, continuar, deleitarse, descabalazarse, empeñarse, emplearse, esforzarse ocuparse, y regordearse, rigen al infinitivo mediante la preposicion en: v. gr. consentí en escríbirlo solo. P. ¿Hay alguna regla para conocer bien estas diferencias?
R. Para esto han de tenerse presente las reglas dadas sobre el régimen de los adjetivos, análogamente à los verbos: v. gr. los verbos que indiquen oportunidad, como disponerse, rigen mediante la preposicion para; los que indican cualidades morales ó afectos del ánimo, como consolarse, alegrarse, rigen mediante la preposicíon con, etc.
P. ¿Hay alguna otra cosa que notar en este punto?
R. Debe tenerse presente que todos estos verbos adrniten sus respectivas preposiciones antes de la conjunción que cuando el verbo determinado va al subjuntivo ó indicativo: v. gr. yo apuesto a que mi padre no viene; tu madre se gloria de que tú bailes; el maestro se empenó en que yo leyese; tú te consuelas con que le venga, etc.
P. ¿Cómo puede regir el verbo intransitivo no teniendo ningun complemento?
R. Mediante una preposicion cualquiera; pero en rigor la preposicion es la verdadera palabra regente, pues forma con su complemento una espresion adverbial que modifica la accion del verbo intransitivo: v. gr. venir de caza, ir à comer, huir del ruido, morir en el campo, etc.
P. ¿Cuántas palabras puede regir la preposicion?
R. A un nombre, verbo, participio ó adjetivo que sean su complemento formando una espresion adverbial. Y tambien puede regir estas mismas palabras y un pronombre cuando van regidas en otra palabra mediante la preposicion.
P. ¿Hay reglas para conocer cuando la preposicion rige por si misma, y cuando sirve de intermedio para la regencia de otras palabras?
R. I. ― Siempre que la preposicion y su complemento modifiquen la significación de la palabra que antecede, la preposición rige por si misma: v. gr. Si se dice acá .. nómico sin cicateria, las palabras sin cicateria modifican al adjetivo económico como lo hiciera un adverbivo, y por tanto la preposicion sin rige por sí el sustantivo cicatćrla sin ninguna dependencia de la palabra económíco.
II. — Siempre que la preposicion y su complemento no modifiquen la significacion de la palabra que les antecede, la preposicion es un intermedio entre la palabra regente y la regida: v. gr. si se dice bueno para la guerra, las palabras para la guerra no modifican el adjetivo bueno, sinó que ambas san complemento suyo, y por tanto la preposicíon para solo sirve de intermedio para indicar la relacion entre la palabra regente bueno, y la regida la guerra
- ↑ Algunos grámaticos han hecho un estudio asaz prolijo y minucioso sobre este particular, y no han conseguido su objeto; pues son tantas las diferencias y escepiones con que se usan las preposiciones, que á veces dependen únicamente de la acepcion bajo la cual se quiera presentar la idea el mismo que la emite; y caso de que esta materia quisiera apurarse con aproximacion es mas objeto del diccionario que de la Gramática.
- ↑ Esceptúanse algunos verbos que requieren por régimen particular suyo la preposícion á: v. gr. atender á las obligaciones, anhelar á los riquezas, regir á los pueblos.
- ↑ No es indiferente la colocacion del pronombre complemento antes ó despues del verbo; pues únicamente se pospone cuando está al principio de la cláusula ó período: v. gr. acercóse á el, atáronle los manos; pero deben anteponerse cuando está espreso el sujeto del verbo: v. gr. en los mismos ejemplos se dirá: Pedro se acercó á él, los aguaciles le ataron las manos. Ademas tanto en el infinitivo como en el gerundio se puede colocar el pronombre complemento aun antes del verbo determinante: v. gr. me estaba lavando, ó estaba levandome; le voy á buscar, ó voy a buscarle, etc., pero ya no podría empezarse la locucion por el prombre complemento, caso de estar espreso el pronombre personal que sea sujeto del verbo; así es que no podría decirse me yo estaba lavando yo; sinó me estaba lavando yo, le voy a buscar yo.