Discusión:Diccionario de autoridades. Tomo I/A
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Abacero, ra
editarf.m.y f. La persóna que se obliga en las Villas, ò Lugáres à mantener la rienda de Abacería, ò la que ponen la Justicia, ò Alcaldes para cuidar de ella, y vale lo mismo que si dixéramos Abastecéro. Lat. Penuarius, vel penater.
Covarr. en la palábra Heder. Déxelo, que no le hiede la boca, dice la Abacéra, o Tendera quando no le dán por la cosa lo que ella pide.
(Opciones posibles)
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