Diccionario manual isleñoDiccionario manual isleño1921Francisco J. CavadaOImprenta YolandaSantiago
O
Obligación
f. Derecho. Ej.: «Tú no tienes ninguna obligación (derecho) de reprenderme. || Compadre. Ej.: «En este pueblo tengo una «obligación» muy estimada. Castizamente «obligaciones» significa «familia que cada uno debe mantener, en especial la mujer y los hijos»; pero es evidente que aquí no se comprenden los compadres.
Oca
f. Una clase de papa, si bien la «oca» es una oxalídea y se llama oxalis crenata. Es voz quechua.