Diario Oficial de El Salvador/Tomo 8/Número 10

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DIARIO OFICIAL.
REPÚBLICA DEL SALVADOR.AMÉRICA-CENTRAL.


TOMO 8. San Salvador, Domingo 11 de Enero de 1880. NUM. 10.


Sección Oficial editar

SECCION OFICIAL.

Ministerio de la Guerra editar

MINISTERIO DE LA GUERRA.
     

Código Militar editar

CÓDIGO MILITAR.

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Ministerio de Gobernación editar

MINISTERIO DE GOBERNACION.

Palacio Nacional:
San Salvador, Enero 8 de 1880.

Observándose que el vecindario de esta Capital se ve expuesto con frecuencia á perder sus edificios, á causa de los temblores que produce la localidad que ocupa: que esto sucede ya por la intensidad de aquellos, como porque los propietarios en su propósito de solo especular, no han cuidado de construir sus casas con toda la debida seguridad; y que es un deber del Gobierno dictar las medidas que crea convenientes para cortar en lo posible los estragos y consecuencias que producen aquellos accidentes, el Supremo Gobierno acuerda: 1º Nombrar una comision compuesta de personas competentes con el objeto de que hagan un reconocimiento especial de todos los edificios públicos y particulares é informen del estado bue- página 39 no ó malo en que se encuentren. 2º para que propongan el plan de construccion que crean mas apropiado para dar la seguridad posible à los habitantes de la Ciudad; y 3º todos los edificios que resulten en mal estado, la autoridad local ordenará su demolicion y que sean reconstruidos con arreglo al plan que haya merecido la aprobacion superior.

(Rubricado por el Señor Presidente.)

El Secretario de Estado en el
Departamento de Gobernacion,
López
   

Tribunal de Jurados editar

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Telegramas editar

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No Oficial editar

NO OFICIAL.

Nuevo Municipio editar

Consideraciones sobre el proyecto de Constitución últimamente publicado editar

página 40 ...



Hospital de Santa Tecla editar

Aviso Oficial editar

Sección Judicial editar