Diario Oficial de El Salvador/Tomo 74/Número 78
Sección Oficial
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Considerando. que es un deber de los pueblos cultos perpetuar la memoria de sus grandes hombres; y habiendo sido el doctor don Manuel Enrique Araujo, uno de los Gobernantes que más se han distinguido por su labor patriótica y honrada,
En uso de las facultades que la Constitución le confiere,
Decreta:
Artículo primero.—Eríjase por cuenta de la Nación un monumento suntuoso sobre la fosa que en el "Panteón de los Grandes Hombres" guarda los restos del eximio doctor Manuel E. Araujo, con la inscripción del último Decreto dictado por él, y un busto en el Parque Bolívar, sobre el propio lugar en que fue perpetuado el horrendo crímen que ocasionó su muerte.
Artículo segundo.—El Poder Ejecutivo llevará a su debido cumplimiento el presente Decreto, en el menor tiempo posible, erogando del Erario Nacional la cantidad necesaria para la realización de la obra, la que por su grandiosidad deberá corresponder a los altos méritos del extinto y a las aspiraciones del Pueblo Salvadoreño.
El presente Decreto tendrá fuerza de ley desde el día de su publicación.
Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, Palacio Nacional: San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos trece.
Vicepresidente
Claudio Ochoa,
1er. Secretario. |
1er. Prosecretario.
Palacio Nacional: San Salvador, 1º. de abril de 1913.
Cúmplase.
C. Meléndez.
Despàcho de Gobernación,