Diario Oficial de El Salvador/Tomo 28/Número 101

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República del Salvador.—Centro-América.

Diario Oficial.


Tomo 28Num. 101

San Salvador, jueves 1 de mayo de 1890.


Sección Oficial editar

Sección Oficial.

Poder Legislativo editar

Poder Legislativo.
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La Asamblea Nacional
de la República del Salvador,

Considerando:

 Que son justas las razones en que los señores doctores don Santiago Méndez y don Manuel Delgado fundan la dimisión del cargo de primero y tercer Designado que, respectivamente, se les confirió por esta Asamblea,

Decreta:

 Art. 1º—Admítese á los señores doctores Méndez y Delgado, la renuncia de que se ha hecho mérito.
 Art. 2º—Decláranse electos primer Designado al doctor don Rafael Ayala, y tercero al doctor don Carlos Bonilla, para ejercer el Poder Ejecutivo, en los casos determinados por la Constitución.
 Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional: San Salvador, abril veintidós de mil ochocientos noventa.

N. V. Figueroa,
Vice-Presidente.

 Jesús Romero,José I. Guerra,
 1er. Srio.2º Pro-Srio.

 Palacio del Ejecutivo: San Salvador, abril veinticuatro de mil ochocientos noventa.

 Por tanto: publíquese.

Francisco Menéndez.
El Secretario de Estado  
en el despacho de Gobernación; 
Gregorio Meléndez.
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Secretaría de la Asamblea Nacional de la República del Salvador: San Salvador, abril veintiséis de mil ochocientos noventa.

Señor:

 Habiéndose dirigido el señor Ministro de Hacienda á la honorable Asamblea Nacional manifestando, que retira todos los asuntos que ha sometido á su conocimiento en las presentes sesiones extraordinarias, el respetable Cuerpo de que somos órgano, en sesión de este día, acordó: clausurar hoy mismo sus sesiones extraordinarias, por no tener asuntos de qué ocuparse.
 Lo que comunicamos á U., suscribiéndonos sus atentos servidores,

 Jesús Romero,Rubén Rivera,
 1er. Srio.1er. Pro-Srio.

 Palacio del Ejecutivo: San Salvador, abril veintiocho de mil ochocientos noventa.

 Por tanto: publíquese.

Francisco Menéndez.
El Secretario de Estado  
en el despacho de Gobernación; 
Gregorio Meléndez.
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Poder Ejecutivo editar

Poder Ejecutivo.
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Secretaría de Gobernación editar

Secretaría de Gobernación.
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Cartera de Gobernación editar
Cartera de Gobernación.
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Palacio del Ejecutivo:
San Salvador, abril 29 de 1890.

 Vista la solicitud de la Municipalidad de Apastepeque, contraída á que se aprueben los arbitrios que propone, el Poder Ejecutivo, con presencia del informe del Gobernador del departamento de San Vicente, acuerda: aprobar los siguientes: un peso mensual por cada estanco de aguardiente que haya en la población: cincuenta centavos por la matrícula de cada arma de caza; veinticinco centavos por cada buhonero que llegue á expender mercaderías á la población; un peso por cada licencia para serenata; veinticinco centavos mensuales por cada pulpería, botiquín ó tienda en que se vendan mercaderías extranjeras al menudeo, y veinticinco centavos más sobre impuesto al destace de ganado vacuno á beneficio de la Municipalidad.—Comuníquese.
 (Rubricado por el señor Presidente.)

El Secretario del ramo;
Meléndez.