Diario Oficial de El Salvador/Tomo 18/Número 94


REPÚBLICA DEL SALVADOR EN CENTRO-AMÉRICA.501

DIARIO OFICIAL.


TOMO 18.

NUM. 94

San Salvador, Miércoles 22 de Abril de 1885.


Sección Oficial editar

SECCIÓN OFICIAL.

Poder Ejecutivo editar

Ministerio General editar

MINISTERIO GENERAL.

EL PODER EJECUTIVO
DE LA REPÚBLICA DEL SALVADOR,

Considerando: que grandes intereses de la nación demandan la reunión extraordinaria del Cuerpo Legislativo para que conozca: 1º de las operaciones de la guerra defensiva que ha sostenido el país: 2º de la renuncia del señor Presidente de la República: 3º de la elección de segundo designado para ejercer el Poder Ejecutivo, en virtud de haber fallecido el Senador don Teodoro Moreno que había sido electo; y 4º del establecimeinto de las costas judiciales, en uso de las atribuciones de que se halla investido,

 decreta:

Art. 1º— Convócase extraordinariamente al Cuerpo Legislativo de la República, para que conozca de los asuntos aludidos y de cualesquiera otros que tengan relación directa con ellos.

Art. 2º—El Ministerio de Hacienda expedirá las órdenes necesarias para el pago de los viáticos de ley á los señores Representantes.

Art. 3º—Las Cámaras se instalarán el tres de Mayo próximo entrante, y á este efecto el Ministro de lo Interior comunicará por telégrafo la convocatoria á los Gobernadores departamentales, á fin de que exciten, desde luego, á los Representantes electos, para que concurran dentro del término indicado.

Dado en el Palacio Nacional de San Salvador, á los 21 dias del mes de Abril de mil ochocientos ochenta y cinco.

Rafael Zaldívar.

El Ministro de Relaciones Exteriores:

 Salvador Gallegos.

El Ministro de lo Interior;
Domingo López.
El Ministro de Instrucción Pública:

 L. Hernández.

El Ministro de Hacienda y Marina;
Pedro Meléndez.
El Ministro de la Guerra y Fomento:

 Adán Mora.

El Ministro de Justicia y Beneficencia;
Antonio J. Castro.
         

Ministerio de Relaciones Exteriores editar

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

CIRCULAR.
San Salvador, Abrio 21 de 1885.
Señor Ministro de Relaciones Exteriores de ........

Restablecida la paz en las Repúblicas...

Agrego por recomendación especial...

Protesto á Vuestra Excelencia las seguridades de mi mas respetuosa consideración.—Salvador Gallegos.


RAFAEL ZALDIVAR,
Presidente Constitucional de la República del Salvador.
Por cuanto:

Habiéndoseme presentado la patente de Vice-Cónsul de Suecia y Noruega en Chalchuapa, expedida por el Gobierno de aquella Nación á favor del señor don Carlo Zino Thomsen, he tenido á bien conceder, como por las presentes letras concedo, permiso para que pueda ejercer libremente sus funciones consulares, quedando sujeto á las leyes y autoridades del país en todo lo relativo á sus negocios individuales y comerciales.

Por tanto:

Ordeno que el señor Zino Thomsen, sea habido y tenido como tal Vice-Cónsul de dicha Nación, guardándosele las prerogativas é inmunidades inherentes á su carácter.

Dado en San Salvador, á 20 de Abril de 1885.

 Rafael Zaldivar.

El Ministro de Relaciones Exteriores:
Salvador Gallegos.



...


...

   

Ministerio de Justicia editar

MINISTERIO DE JUSTICIA.

Palacio Nacional: 
San Salvador, Abril 21 de 1885.

Habiendo cesado las causas que motivaron el acuerdo supremo de 20 de Mar- página 502 zo anterior, que suspendió las Cortes de Apelación y los juzgados civiles de primera instancia; y deseando que no haya mas retardo en la administración de justicia, el Poder Ejecutivo, acuerda: que desde esta fecha se restablezcan dichos tribunales, en el ejercicio de sus funciones.—Comuníquese.

(Rubricado por el señor Presidente.)

Por ausencia del Sr. Ministro del ramo
 el de Relaciones Exteriores;

 


   

Ministerio de Instrucción Pública editar

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA.

Palacio Nacional: 
San Salvador, Abril 21 de 1885.

Habiendo terminado el estado de guerra en que la República se encontraba, y proclamádose la gloriosa paz conquistada por el ejército y pueblo salvadoreño, el Supremo Gobierno acuerda: que el 1º del mes entrante se ab ran al servicio público las escuelas profesionales, institutos, colegios y escuelas primarias.

(Rubricado por el señor Presidente.)

El Ministro de Instrucción Pública; 
Hernández. 

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