Diario Oficial de El Salvador/Tomo 136/Número 103

página 1361


REPUBLICA DE EL SALVADOR.—AMERICA CENTRAL.1361

Diario Oficial

Director: GUSTAVO ALVARADOAdministrador: ARTURO H. LARA



TOMO Nº 136 |||| NUMERO 103San Salvador, miércoles 10 de mayo de 1944


Sumario editar

SUMARIO

PODER LEGISLATIVO
Pag.
Se acepta la renuncia al señor General don Maximiliano Hernández Martínez, del cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército. (Decreto Nº 34)
1361
Se da posesión al Designado General Andrés Ignacio Menéndez, del cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército. (Decreto Nº 35)
1361
Concédese amplia e incondicional amnistía a todos los militares o civiles que tomaron parte en el reciente movimiento subversivo. (Decreto Nº 36)
1361
PODER EJECUTIVO
Secretaria de Gobernación
Se organiza el Gabinete de Gobierno que integrará el Poder Ejecutivo.
1362
Trasládase al Coronel José Eduardo Garay, Gobernador Político del Departamento de Cabañas, con igual cargo al Departamento de Cuscatlán. (Acuerdo Nº 844)
1362
Secretaria de Hacienda
Retifícase el nombramiento de Tesorero ad-honorem del Comité de Coordinacion Económica, conferido a don Luis Margerit. (Acuerdo Nº 317)
1362
Secretaria de Defensa Nacional
Nombramientos en los personales de la Maestranza del Ejército y de la Aviación Militar Salvadoreña (Acuerdos Nos. 234 y 235)
1362
Promuévense al grado de Capitán del Ejército, a varios Tenientes. (Acuerdos Nos. 237 y 238)
1362-1363
Se promueve al grado de Capitán Mayor del Ejército, a varios capitanes. (Acuerdos Nos. 236 y 239)
1363
Se cancela el nombramiento de escribiente de la Comandancia Departamental de San Vicente, al señor Bernabé de J. Flores (Acuerdo Nº 240)
1363
Nómbrase al Sargento Bernardo Linares Colindres, Comandante Local de Cuscatancingo.
1363
Se nombra al Cabo José Doroteo Torres, Sub-Comandante Local de Villa Delgado. (Acuerdo Nº 424)
1363
Nómbrase al señor José Antonio Cienfuegos, Escribiente y Secretario de la Comandancia y Capitanía del Puerto de Acajutla. (Acuerdo Nº 243)
1363
Se nombra al señor José Daniel Pacas, Escribiente de la Comandancia Departamental de Santa Ana. (Acuerdo Nº 244)
1363
Nómbrase al señor Manuel García López, Telefonista de la Escuela Militar. (Acuerdo Nº 245)
1363
Se nombra al Cabo Francisco Lozano, Sub-Comandante Local de San Sebastián, Departamento de San Vicente. (Acuerdo Nº 246)
1363
Secretaria de Fomento
Se traslada al Bachiller Eduardo Andreu, al puesto de Dibujante de Localización de la Dirección General de Obras Públicas. (Acuerdo Nº 144)
1363
Se nombra Inspector de Zona de la Dirección General de Carreteras, a don Víctor Bará. (Acuerdo No. 145)
1363


Poder Legislativo editar

PODER LEGISLATIVO

Decreto No. 34.
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de El Salvador,

Considerando: que habiendo interpuesto su renuncia del elevado cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército, el General don Maximiliano Hernández Martinez, y siendo atendibles las razones en que la funda, es del caso aceptarla,

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y de conformidad con el numeral once del Art. 75 de la Constitución Política,

DECRETA:

Art. 1º.—Aceptar la renuncia al señor General don Maximiliano Hernández Martínez del elevado cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército, y proceder inmediatamente al cumplimiento de lo que dispone el Art. 92 de la Constitución Política.

Art. 2º.—El presente decreto tendrá efecto desde este momento.

Dado en el Palacio Presidencial; San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Francisco A. Reyes,
Presidente.
Abdón Martinez, h.,
Primer Secretario
Miguel A. Soriano,
Secretario Interino.


Palacio Nacional: San Salvador, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Ejecútese,

A. I. Menéndez,
Presidente de la República.
Joaquin Parada A.,
Ministro de Gobernación.



Decreto Nº 35.
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de El Salvador,

Considerando: que por Decreto Legislativo de esta fecha se ha aceptado la renuncia al señor General don Maximiliano Hernández Martínez del elevado cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército, y habiendo cumplido con lo ordenado en la parte final del Art. 1º del referido decreto, según comunicación de esta fecha, en la que se manifiesta que los Ministros de Estado y los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia y de esta Asamblea, han electo para que ejerza el cargo, al señor General Andrés Ignacio Menéndez,

Por tanto,

en uso de sus facultades constitucionales y de conformidad con el numeral once del Art. 75 de la Constitución Política,

Decreta:

Art. 1º—Se da posesión al Designado General Andrés Ignacio Menéndez, del elevado cargo de Presidente de la República y Comandante General del Ejército, para que ejerza sus funciones de conformidad con el Art. 92 de la Constitución Política.

Art. 2º—El presente Decreto tendrá efecto de ley desde este momento.

Dado en el Palacio Presidencial; San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Francisco A. Reyes,
Presidente.
Abdón Martinez, h.,
Primer Secretario
Miguel A. Soriano,
Secretario Interino.


Palacio Nacional: San Salvador, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Ejecútese,

A. I. Menéndez,
Presidente de la República.
Joaquin Parada A.,
Ministro de Gobernación.



Decreto Nº 36
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de El Salvador,

CONSIDERANDO: que para afianzar la paz y la tranquilidad de la Nación, perturbadas con motivo de los acontecimientos políticos ocurridos en el país, e interpretando la voluntad del PUEBLO SALVADOREÑO, es conveniente decretar amnistía para todas aquellas personas que en alguna forma hubieren participado en los movimientos populares de sedición o rebelión cometidos hasta esta fecha;

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales, y a iniciativa del señor Presidente de la República General Andrés I. Menéndez, página 1362 DECRETA:

Art. 1º—Concédese amplia e incondicional amnistía a todos los militares o civiles, que como autores, cómplices o encubridores aparezcan complicados en actos de rebelión, sedición o cualquiera de los delitos comprendidos en los Títulos 1º a 3º del Libro Segundo del Código Penal, verificados antes de esta fecha. Quedan también comprendidos en esta disposición, los autores, cómplices o encubridores de los delitos de insubordinación, motín o desobediencia cometidos en el mismo tiempo.

Art. 2º—En cumplimiento de lo anterior deberán ser puestos inmediatamente en libertad los condenados por sentencia ejecutoriada y los detenidos o presos por delitos que comprende esta gracia, debiendo sobreseerse en las causas pendientes por las autoridades que conozcan de ellas, cualquiera que sea el estado en que se encuentren.

Art. 3º—Esta amnistía se entenderá concedida, como se ha dicho, a todos los culpables de los delitos enumerados, ya sean autores, cómplices o encubridores y aún a los que no se les hubiere iniciado proceso. Se extiende también a las mismas clases de culpables de delitos conexos o directamente relacionados con los que motivan esta gracia. En ningún caso podrá continuarse proceso contra personas que en alguna forma estuvieren sindicadas en los delitos a que se refiere esta amnistía.

Art. 4º—El presente Decreto entrará en vigor desde esta misma fecha.

Dado en el Palacio Presidencial: San Salvador, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Francisco A. Reyes,
Presidente.
Abdón Martinez, h.,
Primer Secretario
Miguel A. Soriano,
Secretario Interino.


Palacio Nacional: San Salvador, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

Ejecútese,

A. I. Menéndez,
Presidente de la República.
Julio E. Avila,
Ministro de Justicia.




Poder Ejecutivo editar

PODER EJECUTIVO

SECRETARIA DE GOBERNACION

Andrés Ignacio Menéndez,
Presidente Provisorio
de la República de El Salvador,
en uso de las facultades que la Constitución le confiere,

Decreta:

Artículo 1º—Organizase el Gabinete de Gobierno que integrará el Poder Ejecutivo, de la manera siguiente:

Ministro de Relaciones Exteriores y Justicia, Doctor Julio Enrique Avila;

Subsecretario de Relaciones Exteriores y justicia,

Ministro de Instrucción Pública, Doctor Hermógenes Alvarado;

Subsecretario de Instrucción Pública,

Ministro de Gobernación, Trabajo, Fomento, Agricultura y Asistencia Social, Doctor Joaquín Parada Aparicio;

Subsecretario de Gobernación, Trabajo y Asistencia Social, Doctor Napoleón Rodríguez Ruiz;

Subsecretario de Fomento y Agricultura, Ingeniero Simeón Angel Alfaro;

Ministro de Hacienda, Crédito Público, Industria y Comercio, Doctor Héctor Escobar Serrano;

Subsecretario de Hacienda, Crédito Pública, Industria y Comercio, Doctor Carlos Alberto Liévano;

Ministro de Defensa Nacional, General Fidel Crisanto Garay;

Subsecretario de Defensa Nacional, General José Guevara Martínez;

Art. 2º—Los nombrados protestarán ante el suscrito Presidente de la República, el fiel desempeño de sus cargos bajo su palabra de honor y sus sentimientos de patriotismo, inspirados en las legítimas necesidades del país.

Dado en el Palacio Nacional: San Salvador, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro.

A. I. Menéndez,
Presidente de la República
Joaquín Parada A.,
Ministro de Gobernación.



Nº 844