Diario Oficial de El Salvador/Tomo 110/Número 67
REPUBLICA DE EL SALVADOR, AMERICA CENTRAL577
DIARIO OFICIAL
TOMO 110San Salvador, viernes 20 de marzo de 1931NUM. 67
Sumario
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PODER LEGISLATIVO
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Actas.—Vigésima quinta y vigésima sexta sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional Legislativa, celebradas los días 17 y 18 del corriente, respectivamente |
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PODER EJECUTIVO
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MINISTERIO GENERAL
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Decreto.—Declárase que, estando en vigencia los decretos de 12 de agosto y 30 de octubre de 1930, que se refieren a la prohibición de reuniones o manifestaciones comunistas o bolsheviques y reglamentación de actividades políticas, deben cumplirse enérgicamente |
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SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
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Acuerdo.— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdos.— |
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SECRETARÍA DE JUSTICIA
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Acuerdo.— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdo."— |
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Acuerdos.— |
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SECRETARÍA DE SANIDAD
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Acuerdo.— |
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Pagos que hará la Tesorería General de la República
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Poder Legislativo
editarPODER LEGISLATIVO
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Poder Ejecutivo
editarPODER EJECUTIVO
MINISTERIO GENERAL
El Poder Ejecutivo de la República de El Salvador,
En vista de algunas dudas expresadas con respecto a la vigencia de los decretos de este Poder, de fecha 12 de agosto y 30 de octubre de 1930;
En uso de las facultades que la ley le confiere y en Consejo de Ministros,
Decreta:
Artículo único.—Se declara que dichas disposiciones, por las cuales respectivamente se prohíben las reuniones, propagandas o manifestaciones de tendencias comunistas o bolsheviques y se reglamentan las actividades de carácter político, están en vigencia y deberán cumplirse enérgicamente.
Dado en el Palacio Nacional: San Salvador, a los diecinueve días del mes de marzo de mil novecientos treinta y uno.
Artúro Araujo.
El Ministro de Gobernación, Fomento,
Agricultura, Trabajo y Sanidad, J. Novoa. |
El Ministro de Relaciones Exteriores, Justicia,
Instrucción Pública y Beneficencia,
Héctor David Castro.
Instrucción Pública y Beneficencia,
Héctor David Castro.
El Ministro de Hacienda, Crédito Público,
Industria y Comercio, Franco. J. Espinosa. |
El Ministerio de Guerra, Marina y Aviación,
Maximiliano H. Martínez.
Maximiliano H. Martínez.
SECRETARIA DE GOBERNACION