Diario Oficial de El Salvador/Tomo 105/Número 265

página 2233

REPUBLICA DE EL SALVADOR, AMERICA CENTRAL2233

DIARIO OFICIAL

TOMO 105San Salvador, martes 20 de noviembre de 1928NUM. 265

Sumario editar

SUMARIO

Pagos en la Tesorería General de la República editar

Pagos en la Tesorería General de la República, correspondientes al mes de octubre de 1928


Poder Ejecutivo editar

PODER EJECUTIVO

Secretaría de Relaciones Exteriores editar

SECRETARIA DE RELACIONES
EXTERIORES

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Secretaría de Gobernación editar

SECRETARIA DE GOBERNACION

... página 2234 ...


Secretaría de Hacienda editar

SECRETARIA DE HACIENDA

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Secretaría de Instrucción Pública editar

SECRETARIA DE INSTRUCCION PUBLICA

El Poder Ejecutivo,

considerando: que es de suma importancia la creación de un Departamento de Historia dependiente del Ministerio de Instrucción Pública, para el estudio, fomento y conservación de los documentos y objetos históricos que ilustren la vida de la República de El Salvador en todas sus épocas y en los diversos ramos de civilización y cultura,}}

por tanto, decreta:

I.—Establécese un Departamento de Historia, dependiente del Ministerio de Instrucción Pública, cuyas atribuciones serán:

1o. Custodiar bajo su responsabilidad el Archivo Histórico de El Salvador, formando sus series y catálogos y publicando los documentos de interés histórico nacional, en forma metódica;

2o. Encargarse de las investigaciones, adquisiciones y conservación de libros, manuscritos y demás monumentos históricos;

3o. Promover viajes de estudio al interior de la República para reconocimiento de archivos, bibliotecas y sitios célebres por sus antigüedades o interés histórico;

4o. Establecer relaciones con bibliotecas y archivos extranjeros y obtener copias autenticadas de documentos que tuvieran enlace con la Historia de El Salvador;

5o. Promover trabajos literarios encaminados a la difusión de la buena crítica histórica; y

6o. Hacer el estudio y clasificación de las antigüedades existentes y la adquisición y guarda de otras para formar la arqueología nacional.

II.—Para los fines de la organización de este Departamento, se considera el país dividido en tres zonas: Centro, Oriente y Occidente, a cada una de las cuales corresponderá un Delegado del Departamento de Historia, que estará a cargo de un Director y los colaboradores que fueren menester.

III.—El Director Presentará dentro de los treinta días de su nombramiento al Ministerio de Instrucción Pública, el Reglamento del Departamento de Historia.

Dado en el Palacio Nacional: San Salvador, a los doce días de noviembre de 1928.

P. Romero Bosque.

El Subsecretario de Instrucción Pública,
J. Max. Claro.



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Secretaría de Beneficencia y Sanidad editar

SECRETARIA DE BENEFICENCIA
Y SANIDAD

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