Descripción Geográfico-Moral de la Diócesis de Goathemala/Testimonio 1

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Año de 1771
N.º 1.º


Testim. de las Respuestas dadas
por los Curas Seculares al Arzobispado de
Guathem.a en la Vizita Canonica q.e de Sus Bene-
ficios hizo el Yl.mo S.or D.n Pedro Cortes y Larraz del
Consejo de S. M. Arzpo. de dho Arzobispado.


Vino con carta del Arzobispo de 1º de Mayo de 1771. página página 1

Catedral editar

Yllmo señor.= Señor: Satisfacemos á la Pastoral de V. S. I. que recivimos el veinte y uno del proximo pasado, por la que se sirve V. S. I. partisiparnos la determinacion en que se halla, de hacer quanto antes la visita canonica de la Parroquial de esta Metropolitana, que es á nuestro cargo. Cuya noticia á la verdad no es de gran complacencia pues tenemos fiada en ella la felicidad de la misma Parroquia, y el sociego, y quietud nuestro: esperando que podremos decir que con la venida de V. S. I. Nos ha embiado Dios un Angel, como dixo San Carlos en una de sus homilias, hablando con los Milaneses en ocasion de haver la Santidad de Gregorio XIII. enviado un visitador Apostolico á aquella Metropoli.= Y por que para la mas pronta expedicion de esta visita quiere V. S. Y. que quanto antes le informemos con claridad, y sencillez sobre los puntos que en su citada se contienen al primero decimos.= Que la renta de este curato consiste en la corta cantidad que de la masa de diezmos se nos contribuye: en lo que deducidos los gravamenes de varias capellanias nos queda libre: y en lo que rinden las funciones regulares de una Parroquial de Ciudad. No podemos expresar á quanto asciende el todo de lo que el curato produce: pues como sabe mui bien V. S. I. no es á cargo nuestro la página percepcion, y distribusion de los derechos parroquiales, y que aunque pedimos, y V. S. I. hecho cargo de nuestra justicia mandó que por el Administrador, que lo es el teniente de sacristan mayor, se llevasse libro con cargo y data como que administra hazienda agena, y que las distribusiones se hisiessen con nuestra intervension; para que á lo menos supieramos entre quienes, y porque se distribuyen los derechos, que con nuestro sudor, y trabajo se adquieren; el se excusó de hacerlo aunque no hay dho que para esto lo faboresca. Y assi si V. S. Yllma. quiere saber lo fixo sobre esto por aora solo él podrà dar razon de ello; y nosotros la daremos e lo que importan y montan las partidas que en unas octabas de papel nos manda cada semana.= Desde quinze de Septiembre de mil setecientos sesenta y nuebe, hasta otro tal de setenta en que con diferencia de dos, ó tres dias complimos el primer año despues de posecionados, las partidas del cura mas antiguo importan quinientos seis pesos uno, y medio Real, y las del menos antiguo quatro cientos noventa, y tres, y tres Reales. Del Ramo de diezmos percivimos cada uno al año noventa, y nueve pesos, y dos Reales. De capellanias, el Cura mas antiguo percive cada año e las que están corrientes sus reditos sesenta y ocho pesos, y el menos antiguo, por haverse moderadamente fundado unas, que le llama página 2 á su gose, le asciende este ramo á ciento cinquenta, y siete pesos.= De las cofradias que hay eregidas, assi en nuestra Yglesia como en las filiales de la Parroquia, que son la de Nra Señora del Carmen, Señor San Jph, y la Cruz del Milagro, que se goviernan por priostes nombrados por el Señor Ordinario estamos en la inteligencia que solas las de esta ultima no contribuyen cosa alguna aunque devieran hacerlo; y las otras aunque lo hacen, se entiende con el citado Teniente de Sacristan: lo que á nosotros toca de este ramo queda ya incluido en la porcion arriva expresada: y assi ignoramos qual es, y quanto contribuyen; excepto lo que ya diremos, aun de las tres que hay fundadas en el mismo sagrario y son.= La Archicofradia del SSmo. Sacramento, que se govierna por un rector, Diputados, y Mayordomo, todos seculares y que ellos msimos se eligen sin intervension alguna de los Curas. Este mayordomo recauda las rentas y limosnas que tocan al culto del Santissimo, y contribuye con un peso los Juebes, que no estan impedidos para cantar la misa de renovasion y, y esta limosna la percive el cura su Teniente ó el Sacerdote que canta la Missa.= La Hermandad de la Caridad igualmente corre sin intervension de los Curas, y se govierna por un Prioste Presbitero. Este entrega á cada uno anualmente la limosna de trece p.s y quatro Reales para que se digan dies y ocho misas rezadas por los alumnos de esta Herm- página y estas misas las encargamos dando lo mismo que recivimos, á algun sacerdote de los que suelen servir en la Parroquia.= Finalmente la de Animas, que solo tiene el titulo de cofradia, y un Prioste perpetuo que recoge, y destribuye las limosnas pertenecientes á los finados. De cuenta de esta cofradia se paga quasi todos los Lunes, misa, y se da por ella al cura semanero la limosna de doce Reales sea cantada, y con quatro responsos ó rezada, y sin responzos: y estos doze Reales los precibe el teniente de cura semanero, y toma seis por la misa, que se le encomienda, para que tenga este provento, y los otros seis se dan al mismo Teniente, ó al sacerdote que ha dicho la misa el Domingo antes, en que se hace la platica de doctrina; y esta misa la establecimos para atraher auditorio á la platica: con que no nos queda cosa alguna.= En los casamientos, que se celebran pagan los Parroquianos algunos derechos, que no entran en poder del Teniente de Sacristan: y son seis Reales por la publicasion de las proclamas, y estos se dan integramente al teniente de cura, que las lee. Y quando se desposan algunos, y no reciven imediatamente las bendiciones nupciales (que pocas veces sucede ya despues que nosotros estamos) en este caso, si son Españoles los desposados dan dos pesos, que se parten entre los dos curas; y si Pardos un peso= Al segundo punto decimos: que- página 3 las familias que hay en el distrito de la Parroquia, son mil trescientas treinta, y ocho, y componen el numero de dies mil, ochocientos, treinta y siete Personas. De estas son barones tres mil ciento cincuenta y nueve, mugeres cinco mil quatrocientas setenta y ocho, adultos ocho mil seiscientos treinta y siete, parbulas dos mil y doscientos. No incluyendose en este numero los militares de tropa arreglada, por no haver entregado hasta la fha la lista, ni tampoco se incluye el Palacio del Señor Precidente, ni los clerigos que viven en el distrito de la Parroquia.= Al tercero debemos decir: que los escandalos que hay en la Parroquia son muchos de personas de todos estados, y calidades: y especialmente en amancebamientos, y embriaguezes: y aunque por nuestra parte hemos procurado cortar ya valiendonos de los Juezes Reales, yá dando cuenta al señor Provizor; pero es tanto lo que hay de esto, que apenas se puede atajar: siendo los vicios mas dominantes la luxuria, la embriaguez, y los que de esto siguen, que son homicidios frequentes blasfemias, etª= Al quarto decimos: que como aparece del padron del año de setenta, los Parroquianos, que no hicieron constar su cumplimiento á los preceptos de confesar, y comulgar, fueron seiscientos treinta y nueve. Y aunque creemos que muchso de estos cumplirian; pero por haver mudado de havitacion, ó haverse ausentado, ó no dexadose encontrar al tiempo de recogerse las cedulas, no se puede averiguar página la realidad.= En quanto á la assistencia de los Parroquianos á la explicasion de doctrina, si hemos de hablar por la asistencia que dan a la Parroquia, es quassi ninguna; por que hay ocasiones que son tan pocos, que si pasan de treynta, no llegan á quarenta; y ven esto con tan poco aprecio que son raras las Personas, que vienen á ella por aplicasion: sino que lo regular es concurrir por el interés de oir misa, y por que se suspende esta, durante la platica, no tienen dificultad en lebantarse si llaman á misa en la otra sacristia, y tal vez aun sin este motivo; y volviendo la espalda al cura, le dexan con la palabra en la boca, y se van. Y aunque en el distrito de la Parroquia, en que se halla el convento de San Fran.co, se explica en los mismos dias á las tres de la tarde, y estamos informados, que concurren muchos; pero no los que corresponden y assi es grave el descuido é ignorancia sobre esta materia.= Por lo que mira á los consortes separados, no podemos dar razon respecto á que en esta ciudad el señor Provisor toma el conocimiento, y providencias sobre esta materia: aunque hay muchos separados, y algunos que siendo casados en otros Reynos se mantienen en este.= Al quinto decimos: que hay varias escuelas de Niños: una de que es Preceptor el B.r D.n Nicolas Balcarcel Presbit. página 4 de gran juicio, y edificasion, quien movido de ver á los Niños esparcidos en las tiendas de mercaderes, y en otras casas particulares, solicitó se le permitiera abrir escuela en donde la tenian los Regulares de la Compañía, y hoy tiene ochenta Disipulos, á los que se enseña la doctrina, leer, escrivir, y contar. Otra hay en el convento de Santo Domingo, y otra en casa de Joachin de Arebalo. Tercero de San Agustin hombre de buenas costumbres, y este enseña á treinta y cinco Niños los mismos rudimentos que arriva se expresan.= A la sexta decimos: Que hay tambien varias escuelas de Gramatica, unas en el seminario Tridentino, y otras en el de San Fran.co de Borja y en la casa que fue de los citados Regulares. De las del Tridentino son Preceptores D.n Joseph Fran.co Albares, y D.n Calisto Davila Presbiteros de mucho juicio. El primero enseña medianos, y mayores, y tiene catorce cursantes, seis colegiales y ocho estudiantes de capa. El segundo enseña minimos, y menores, y tiene quarenta, y tres cursantes, nueve colegiales, y los restantes de capa.= En el de San Borja se hán enseñado en una sola aula por D.n Mariano Gonsales Clerigo subiacono los cinco libros de Gramatica, y havia treinta cursantes entre colegiales, y de capa; hoy se ha nuevamnete abierto para solo minimos, y menores en donde la tenian los expresados Regulares, por haverse ofrecido página y dedicado á la enseñanza de ellos el B.r D.n Miguel Quiñones. Clerigo de quatro grados de conocido juicio y virtud, y tiene trece cursantes= Por no retardar mas la contestacion de lo que V. S. Yllma. pide suspendemos por aora y esperamos que quando V. S. Yllma fuere mui servido nos de aviso del dia que determinare baxar á abrir esta visita, que como tenemos dho, le aguardamos como á un Angel enviado de Dios, a quien Rogamos q.e a V. S. Yllma los muchos años que esta su Yglesia há menester. Guathemala á dies y ocho de Marzo de mil setecientos setenta, y uno.= Yllmo Señor.= Beso la Mano à V. S. Yllma sus mas rendidos subditos= Bernardo Muños, y Barba= Fran.co de Castilla, y Portugal.= Yllmo Señor Arzobispo D.r D.n Pedro Cortés y Larraz----

San Sebastián editar

Razon que expone el cura Rector del a Yglesia del Señor San Sevastian sobre los puntos que el Yllmo Sor. Arzobispo de esta Capital propone en su visita, y son los siguientes.----

1ª En que consiste la renta del curato, y á quanto asciende con inclusion de los derechos de bautismos, casamientos, entierros, otras fundaciones y obras pias.= Segunda, Quantas familias hay en el distrito de la Parroquia, y quantas personas componen, con distincion de hombres, y mugeres agultos, y parbulos.= Tercera. Que escandalos y abusos hay en la Parroquia de qualesquier genero que sean; que remedios se han aplicado; que efectos han producido estos, y quales son los vicios mas página 5 dominantes.= Quarta. Si todos los Parroquianos han cumplido los preceptos de confesar, y comulgar una vez al año como manda la Yglesia en la propia Parroquia. Si asisten puntualmente á la explicasion de la doctrina christiana, y al santo sacrificio de la misa en los dias de fiesta. Si hay algunos separados de sus consortes, ó que haygan contrahido matrimonio con impedimento sin ahver antes sido dispenzado.= Quinta si hay escuela de Niños publica en el distrito de la Parroquia, quantas, quien es el Maestro, y si es de buenas costumbres, y á proposito; que se les enseña, y quantos NIños regularmente concurren.= Sexta: Si hay escuela publica de Gramatica, y quantas, quienes son los Maestros y quantos asisten á ella comunmente.= Vltimamente me informará Utd en el mismo escrito de quantos puntos estimare combenientes el Zelo, y prudencia de Und. que lleguen á mi noticia, ó para establecer lo que sea conveniente á las felicidades de su Parroquia, ó para moderar en lo que yá establecido quanto impidiere su adelantamiento.= Al primero digo que para responder cathegoricamente á su contenido era necesario mucho mas tiempo por componerse este beneficio de muchos interezados, y demandar esta cuenta grande proligidad, para venir en conocimiento de lo liquido que á cada uno de todas corresponde pero para formar algun página página 6 página

Dolores editar

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Remedios editar

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Candelaria editar

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San Juan del Obispo editar

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Almolonga editar

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Jocothenango editar

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Petapa editar

Carta Res
puesta de
el Cura de
Petapa
 

Ylustrissimo Señor: ovedeciendo ciegamente todo quanto V. S. Yllmã se digna mandarme en su instruccion general de veinte y tres de Septiembre de el corriente año que dirigi original al Cura Subsequente comprehensiba de dies puntos que en cada curato han de estar evaquados al arrivo de V. S. Yllmã, para la vicita, devo decir en quanto al primero reducido á estos terminos: en que consiste la renta de este Curato y a quanto asciende con inclucion de todos los drõs de Baptismos, casamientos, entierros, cofradias, y de quantas obras pias perciba qualquier emolumento? Que de asentado y fixo tiene de recivo esta Parrochia como novecientos pesos y puede ascender con los áccidentes de Baptismos casamientos y demas, a mil y doscientos pesos. En quanto al segundo punto de que Idioma se habla generalmente en la Parrochia, y si hay alguno ordenado de este Titulo y en donde recide? Debo significar á V. S. Yllmã que el Castellano es el que hablan los Naturales corrrientemente: Pues aunque tienen propio, qual es el que se nombra Pokoman apenas usan de el; y solo tengo notizia de estar ordenado á Titulo de esta administracion el Bachiller página Don Joseph de Sarate que parece ayuda en Esquintla a aquel Parrocho, y supongo que sera con la licencia correspondiente. En quanto al tercero: de quantos Pueblos tiene anexos, quanto dista uno de ótro quantas leguas comprehende el distrito de la Parrochia, quantas Haciendas, Yngenios, Trapiches, y Pajuydes hay en el, y á que distancias de modo que pueda formar juicio claro de el terreno; y cosmografia de la Parrochia? Devo responder que tiene este Beneficio dos Pueblos anexos: el uno de Santa Ygnes, y el otro de la Villa de la Purissima Concepcion de Maria Santissima, aquel dista de la cabezera media legua, y este ultimo una. En tre si tienen ambos Pueblos como legua de distancia uno de otro. La area y extencion de este curato se dilata en alguna longitud, en este modo. Asia el Este, u óriente; quatro leguas, al oeste u occidente, legua y media, ál Norte y sur respectivamente media legua, esto es, atendido aquel computo bulgar de distancias. En esta dilatacion de territorio estar citados los Yngenios llamados de Bazzena, y de Arrevillaga, el un o se alexa de esta cavezera, legua y media, y este otro un quarto de legua; Tambien hay granjas, á Labores, y son página 26 página página 27 página página 28 página página 29

Cuajiniquilapa (Esclavos) editar

página página 30 página página 31

Conguaco editar

(Imágen 524)

Primeramente digo: que este curato con Cofradias, casamientos, entierros, y synodo produce âl año mil trescientos noventa y tres pesos y tres reales segun consta del quadrante, obra pia no hay ninguna. A la segunda pregunta digo que el Ydioma que se habla en este curato es una populuca peculiar en el y que ninguno hay ordenado â titulo- página -de ella, y que todos los Yndios saben muy bien la castilla, como constara â su Ylustriʃsima. A la tercera digo que son quatro Filiales con las distancias que consta de la quenta de sus familias, y que Haciendas, hay onze con distancia a la cavezera de seis leguas la mas lexos, y las mas cercanas de quatro de camino fraguoso, y que incluyen las familias que constan en su Padron que pongo presente. A la quarta digo: que hago demostracion de sus Padrones en las que consta el numero de familias con distincion de hombres, y mugeres, chicos y grandes. A la quinta digo que el vicio que predomina es la concupicencia, para lo que he puesto los remedios correspondientes, a su enmienda con la que por la docilidad de la gente ha corregido mucho. A la sexta digo: que todos los Parrochianos cumplen con los preceptos ânuales antes, o despues de el tiempo determinado por la Santa Yglesia segun les ayuda la suma pobreza que padecen y que la gente ladina de las Haciendas no aʃisten â Miʃsa, ni menos â la explicacion de la Doctrina Christiana de que di cuenta âl Muy Ylustre página 32 y venerable Señor Dean y Cabildo, que hay algunas Yndias separadas de sus maridos por haver estos huido y no haver podido conseguir noticia de ellos si lo he savido lo he traido y unido y que no me consta de ningun matrimonio que se haya contraido con impedimento dirimente. A la septima digo: que en esta cavezera mantengo en esquela a los Niños y que estos asisten con puntualidad y en los demas no, por motivos que hare presentes â V. Yllmâ. A la octava digo: que no he notado ninguna idolatria, ni supersticion solo si algunos abusos naturales en los Yndios los que por su docilidad he desterrado, y que al cumplimiento de los preceptos anuales lo hacen voluntariamente en los tiempos que llevo dichos en el capitulo sexto. Al noveno digo: que el autor que uso para la explicacion de la Doctrina christiana es el Padre Parra, por no haver hallado otro, y para resolver casos de conciencia, uso a la Zaga, Gallemar, y a Ubigandt, a quien mas me inclino y otros moralistas de que uso y para las sagradas rubricas me govierno por el Miʃsal Romano, por el página Manual de el Yllmô Señor Pallo, y por el quadernillo de el Maestro de ceremonias e este Arzobispado. A la decima digo: que los Yndios de nadie son vexados, ni castigados, (lo que no permitiera yo en los terminos que puedo) si no solamente de su suma miseria y pobresa. Todo lo qual he dicho con verdad (no se si con claridad) y sensilles y lo firmo= Ysidro Perez de Vega--

Ahuachapam editar

Ylustrissimo Señor, cumpliendo con el superior mandato de V. S. Y. satisfago á las preguntas que por su carta Pastoral mandada expedir en la Ciudad de Goathemala á los veinte y tres dias de el mes de septiembre de este presente año se dignò hacerme a las que respondo con la verdad y sensilles que me corresponde en la forma siguiente. A la primera digo que la página 33 Renta de este Beneficio curato consiste en veinte y una cofradias, que tienen los tres Pueblos que lo componen es a saver este de Ahuechapam de la Asumpcion de Nuestra Señora el de la Concepcion de Ataco, y el de Santa Maria Magdalena de Tacuba de las quales son dies y siete enteras y nueve medias cofradias y estas son de los Yndios por que los Ladinos solamente tienen tres y alguna Hermandades que son la de Charidad, la de Jesus, la de Santa Rosa, Dos de San Antonio, la de Animas, la de Señor San Miguel, la e la presiosisima Sangres de Nuestro Señor Jesuchristo, la de Nuestra Señora de Guadalupe, y la de el Señor de Esquipulas, y con inclusion de todos los Días de Baptismos Casamientos, entierros, Primicia y de una capellania de prál de quatrocientos pesos perteneciente a los curas de este Partido produce este beneficio Curato en cada un año un mil ochocientos quarenta pesos quatro reales y medio, como consta de la regulacion que por quinquenio se hizo mediante Despacho General de el Señor Ordinario librado en primera de Febrero de setecientso sesenta y cuatro años de los quales un mil ochocientos quaren- página ta pesos cuatro reales y medio se rebajan las penciones que tiene anexas. A la segunda digo; que los Yndios de los tres mencionados Pueblos assi grandes como chicos usan bien como es notorio el Ydioma Castellano en que se les enseña y explica la Doctrina Christiana, sin embargo de que entre ellos usan el Ydioma Mexicano el que no se necesita para la administracion de los Santos Sacramentos de la pnitencia, y matrimonio como es constante, y de los que se han ordenado á titulo de esta administracion desde mi regreso a ella ha sido solamente el Maestro Dn. Joseph Dias e el Castillo que oy obtiene el Beneficio Curato de San Jazinto de la Provincia de San Salvador. A la tercera digo: que esta Parrochia tiene dos Pueblos anexos que son el de Ataco que dista de ella dos leguas y media, y el de Tacuba que dista tres leguas escasas, y la misma distancia que hay de la cabezera de dhos pueblos hay de uno á otro y en ellos mantengo MInistro de asiento que lo es el Bachiller Don Bartholome de Ortega, y en esta Parrochia en mi compañia para la mejor administracion mantengo ótro MInistro que lo es el- página 34 Bachiller Don Francisco Melgar. Las leguas que comprehende la mayor distancia de esta Parrochia llega a tres y en el estan situadas veinte haciendas inclusive las de las cofradias, veinte y tres trapiches, y algunas tierras despobladas, y es de advertencia que en las tierras de las Haciendas de Tocolocoy y San Lazaro, que pertenecen a los herederos de Don Joseph Perez estan situadas varias casillas de gente forastera que no asiste á Missa ni a la enseñanza de la Doctrina Christiana de quienes no es conseguible averiguar quando se radican, ni quando se van de que se ha pedido por mi remedio a los Juezes Ordinarios de esta Provincia. Al quarto digo: que las familias que hay en la Cabezera de este Pueblo son doscientas y siete de Españoles, Negros, Mulatos y Mestizos, y en las Aldeas se cuentan ochenta y cinco familias, como consta de los Padrones de que hago manifestacion y en unas y otras se cuentan mil quatrocientas noventa y ócho perzonas en la forma siguiente. En el Pueblo viven quinientos ochenta y seis hombres, inclucibe los Adultos, quinientas cinquenta y dos Mugeres. En las Haziendas página y trapiches se hallan viento setenta y un hombres y ciento ochenta y nueve mugeres, y de unas y otras familias se han de confirmar siento sesenta Adultos y doscientos noventa y ocho parbulos, y el numero que componen la gente ladina, es el de un mil novecientos sesenta y cinco vezinos. Este Pueblo de Ahuechapan tiene mil setecientos cinquenta y dos Yndios en esta forma, quatrocientos ochenta y dos varones, otras tantas Yndias casadas doscientos quarenta y cinco Adultos, y quinientos ochenta y nuebe parbulos. El Pueblo de la Concepcion de Nuestra Señora de Ataco tiene setecientos ochenta y quatro Yndios en esta forma, ciento ochenta y ocho varones, otras tantas Yndias casadas, noventa y siete ciudos, deiz y ocho Yndias viudas, cien adultos, y ciento noventa y tres Parbulos. El Pueblo de Santa Maria Magdalena de Tacuba, tiene novecientos noventa y tres Yndios en esta forma. Doscientos ochenta y siete Yndios casados doscientas óchenta y siete Mugeres veinte Yndios viudos, quarenta y quatro viudas, ciento sesenta Adultos, y ciento noventa y cinco parbulos, reduciendose página 35 -dose el numero de la feligresia [...] de Ladinos como de Yndios á cinco mil quatro cientos noventa y quatro perzonas grandes y chicos. A la quinta respondo que los escandalos que han ocurrido de ilicitas amistades se han corregido con los remedios mas oportunos á exepcion de el Juego llamado de cacao que han usado las mugeres, mesclandose con los hombres, y que por haver pasado á Juego de monedas con deplorable perjuicio de sus maridos e hijos se prohibio por censuras desde la vicita que hizo de este Beneficio el Ylustriſimo Señor Doctor Don Juan Gomes de la Parada corroborandose hasta la penultima vicita que tambien se hizo de este curato pero en la actualidad son pocas las que lo suelen usar. A la sexta digo que entre los vicios ha sido aqui, el mal predominante el de embriaguez con la vevida que llaman chicha pero esto es por la mayor parte entre los Yndios. A la septima respondo: que todos los Parrochianos han cumplido con el precepto anual de confesar y comulgar aunque algunas vezes lo han executado pasada la Pasqua Florida, y es evidente que en el cumplimiento de este precepto he observado alguna tibieza especialmente entre página los Yndios. Por auto de vicita pasada esta mandado que el cura compela con sensuras (siendo necesario) a los Hacendados y demas que viben fuera de la Parrochia para que asistan á Missa en los dias festibos lo que generalmente no se ha podido conseguir por que unas vezes se escusan con el pretexto de enfermedad, y otras de ocupacion, y de estos se verifica que por los pretextos dichos, no asisten a la enseñanza y explicacion de la Doctrina Christiana. En este Pueblo se hallaba separadas en sus maridos Maria Corral Theodora Moran, Doña Petrona Pimentel las dos primeas de orden de el señor vicitador que hizo la ultima vicita de este curato por causas que justificaron, y la ultima por el grande maltrato que ha recibido de su marido desasistiendola y tradandola con continua discordia, á mas de que dho marido padece de accidente havitual contajioso, e immundo. En este Pueblo han contraido matrimonio con impedimento sin haver sido antes dispenzado Don Juan Joseph Borda con Andrea Bernal, es a saver, el haver tenido antes de contraher dho matrimonio copula ilicita con hermana de la contrahente y aunque el susodho ha solicitado dha dispenza, valiendose e que página 36 aunque el oculó dho impedimento con esperanza de conseguirla pero que la susodha lo contrajo bonafide por que lo ignoraba, y no haviendola alcanzado se ha ausentado, haviendose separado desde que por assi se le mandó en el mismo dia en que el expresado Borda se denuncio; Tambien contrajo matrimonio maliciosamente y con impedimento el sugeto de quien presentó una carta, que me ma[...]do, haciendomelo saver, y que el motivo de no expresarlo nominatin es oir kas curcybstabcuas que verbalm.te manifestarse a la altiſima prudencia de V. S. Yllma. Por olvido natural no se sentó en orden á Catharina de la sena Thorres que esta separada de Don Julian de Harrarte su marido, no por culpa y omicion de la dha Catharina sino por malicia de el expresado marido haviendo casado en su mocedad con la ya dha que se hallava en edad avanzada por interez del caudal que presumio tenia, y haviendo visto lo contrario despues de haverla maltratado muchas vezes se ausento de ella. Tambien estan separados Agustin Leado y Ana Thovar. A la octava digo: que en los tres Pueblos de este Curato hay escuela de Niños conforme á lo mandado por Rela Cedula y encargado en autos de vicita que los Maestros los enseñan a leer y a escribir dandoles buen exemplo por que son de página buenas constumbres, y en numero que en cada una de ellas se enseña es de veinte á treinta, y devo hacer presente á V. S. Yllma que la escuela de este Pueblo no ha podido extablecerse con el corriente devido por la repugnancia con que las Justicias pagan al Maestro á cauza de sus excaseses por lo que muchas vezes lo he soportado Yo de mi proprispeculio. A la nona digo que no he notado en estos Pueblos Ydolatrias, ni supersticiones, indicantes de no hallarse bien fundados en la Santa Ley de Jesuchristo; pues aunque en tiempo pasado, tube denuncia de que en este Pueblo tenian deputado a un Yndio principal para que a las criaturas que enfermaban de espanto, les llamase para sanarlas el espiritu que en su idioma llaman el Ytunal pero haviendolo reprehendido, y amonestado severamente parece, que se ha emmendado de esta supersticion, y por lo q.e he observado sin duda alguna se has epor todos un grande aprecio de los santos sacramentos reciviendolos sin indiferencia, ni repugnancia alguna, ni por themor de castigo, ó nota, y son puntualissimos en llamar en peligro de muerte. A la decima digo: que los LIbros de que uso, para la explicacion de la Doctrina Christiana, son los de el Señor Nuñez y Padre Parra, y para resolver los casos de conciencia uso, a Felix Portextas, el Padre Larraga, Torrecilla, Clique- página 37 Vuigant, y me inclino mas á Feliz Porestas al Padre Larraga, y a Vuigant en las opiniones mas seguras, y los libros que tengo para las sagradas rubricas son el Ritual Romano y el Miſal. A la undecima digo que los Yndios de este Curato no he savido que sean demaciadamente castigados, molestados ni vejados por perzona alguna. Que el quanto puedo decir en cumplimento de mi obediencia. y para que conste lo firme en este Pueblo de la Asumpcion de Nuestra Señora de Aguachapam en cinco dias de el mes de Noviembre de mil setecientos sesenta y ocho años=Ramon Joseph de Sierra

Apaneca editar

Yllmo Señor= Mi Señor Compliendo con lo que V. Yllma manda en su carta pastoral para mi tan venerada, con fecha en Goathemala de beinte y tres de septiembre de este año de mil setecientos sesenta y ocho respondo a los dies puntos en ella contenidos con toda ingenuidad, verdad, sensillez, claridad y arreglamiento a los Libros de Administracion a que me remito en la manera siguiente---

Sobre el primer punto respondo que consiste la renta de el curato con doze cofradias y dos Hermandades, como se vera por menudo en los accidentes de los tres Pueblos de Casamientos, Baptismos, entierros, Synodo, Xino, Primicias, dio.

Apaneca

1ª Primera cofradia de San Andres Apostol página

Titular, que el principal que tiene ella y los demas se vera en sus Libros paga doze misas meseras a dos pesos son veinte y cuatro p. 024„
Su festividad diez pesos 010„ 0„
Su Anibersario funeral seis pesos quatro reas 006„ 4„
Segunda Cofradia de el Santissimo Sacramento paga dose meseras veinte y quatro pesos 024„ 0„
Su festividad seis pesos quatro reales 006„ 4„
Su Aniversario seis pesos quatro reales 006„ 4„
Tercera Cofradia de Animas paga doce misas meseras veinte y quatro pesos 024„ 0„
Su funeral seis pesos quatro reales 006„ 4„
No tiene Aniversarios
Quarta Cofradia de la Vera Cruz paga doze meseras veinte y cuatro pesos 024„ 0„
Su festividad seis pesos quatro reales 006„ 4„
Quinta Cofradia de Natividad de Nuestra Señora paga doze meseras veinte y quatro pesos 024„ 0„
Su festividad seis pesos quatro reales 006„ 4„
Su Aniversario seis pesos quatro reales 006„ 4„
Sexta Cofradia de Nuestra Señora de los Dolores no tiene meseras pero paga novenario a dos pesos por cada Missa son dies y ocho pesos 018„ 0„
Su festividad seis pesos quatro reales 006„ 4„
Sus tres horas con sermon seis pesos 006„ 0„
Su Aniversario seis pesos quatro reales 006„ 4„
Septima Cofradia de San Joseph de Ladinos paga doze meseras veinte y quatro pesos 024„  0„
Otra el dia de el Trancito tres pesos 003„ 0„

página 38 página página 39 página página 40 página página 41 página página 42 página página 43 página página 44 página página 45 página página 46 página página 47 página página 48 página página 49

Sonsonate editar

Ylustrissimo Señor=Don Vicente de Cicilia y Montoya Cura Rector por el Real Patronato de esta Villa de la Santissima Trinidad de Sonsonate y sus anexos, respondiendo y satisfaciendo á los puntos que página V. S. Yllma. me expresa en su carta pastoral con la verdad, claridad, y sencilles que corresponde a mi ovediencia el superior mandato de V. S. Yllma. lo hago en la forma siguiente.
1„ Siendo Primero en que consiste la renta de este curato y a quanto asciende digo: que en lo que consiste es en las Capellanias, Cofradias, Sinodo, Mesa Capitular, Primicias, Derecho de baptismos, Casamientos y entierros, y a lo que asciende reputado un año con otro es a dos mil treinta pesos y dos reales en esta forma de veinte y cinco Capellanias, ú obras pias que tiene este curato, cuyos principales conponen la cantidad de siete mil novecientos cinco pesos que estan fincados en distintas causas y otaziendas de esta Cabezera se perciben de sus reditos trescientos noventa y cinco pesos seis reales. Del Synodo que goza en la Real Caxa ciento ochenta y tres pesos de la Mesa Capitular de Diezmos cinquenta pesos; catorze cofradias que tiene esta cabezera y su Pueblo anexo producen sus ovenciones cada un año quinientos ochenta y dos pesos; siete Devociones que hay que solamente tiene cada un año una Misa que llaman de Cuchatal y otra de Anibersario cinquenta y nueve pesos quatro reales; de primicia sesenta pesos, Los Derechos de Baptismos reputado un año con otro llegan á ciento y cinquenta pesos, los de casamientos en la misma conformidad á dos cientos y cinquenta, los de entierros á página 50 trescientos por que los mas se hacen de Limosnas que juntas estas partidas componen la dicha cantidad de dos mil treinta pesos y dos reales que es el todo de que se compone el recivo de este dho curato, sin haver otros emolumentos que percibir.
2„ Al Segundo el Idioma que generalmente se habla en esta Parrochia es el Castellano por que aun que tres Pueblos de los anexos son de Yndios lo entienden y hablan bien y claramente como los Ladinos, sin casarse otro ni entre ellos mismos. Ordenado á Titulo de esta Parrrochia solamente hay el Bachiller Don Pablo Valverde Pare que fue de el Yllmo. Señor Don Francisco Joseph de Figueredo y Victoria antesesor de V. S. Yllma. quien lo ordena á este Titulo, y teniendo yo Ministro de toda mi satisfaccion, por ser tan exacto en el cumplimiento de su obligacion que lo es el B.r D.n Miguel de Quixada Presbytero Domiciliario de este Arzobispado, no necesitando de el dho B.r D.n Pablo Valverde, se mantiene en el exercicio de Coadjutor de la Parrochial de Nuestra Señora de la Asumpcion de Ysalco de esta Provincia cumpliendo en todo con la obligacion de su Ministerio.
3„ Al tercero. Los Pueblos anexos que tiene este curato son quatro, tres de Yndios que son San Miguel Sonsacate, Santa Ysabel Mexicanos y San Antonio del Monte y el quarto que es de Ladinos San Francisco Taculcalco, y lo que dista uno de otro página solamente es un quarto de legua que esto mismo distan de esta Cavezera los dos de Yndios, y el de Ladinos por que el de Mexicanos no hay ninguna por estar contiguo á esta dha cabezera que solo lo divide un riachuelo que llaman de Tulupe, las leguas que comprehende el distrito de esta Parrochia por la mayor parte solo son siete Leguas, por que por la parte del Norte solo hay media legua por la de el oriente un quarto por la de el poniente una legua, y solo por el sur comprehende dhas siete leguas por algunas partes y por otras hasta seis, en cuyo distrito hay ocho haciendas que son la de Santa Clara que solo dista de esta Cabezera legua y media, la de la soledad que dista tres, la de San Diego quatro la de San Pedro Martir cinco, esta comprehende unas salinas que distan de esta Villa seis leguas, la de Santa Barbara que llaman el Sitio de el Puerto por estar junto ál Puerto de esta Villa, cuya distancia es de seis leguas, La de Tonala que dista cinco leguas, comprehendiendo tambien esta dha Hazienda unas salinas que llaman de Ayacachapa las quales distan de esta Cabezera siete leguas las mismas que dista la Hazienda que llaman de Mucado; y la ultima al cumplimiento de las ocho, que es la de Chiquigua, solo dista tres Leguas Yngencio no hay ninguno solamente hay siete de las que por aca llaman chacaras, que en las cinco de ellas hay trapiches pero muy cortos y en las otras dos solo se exercitan en página 51 siembras de mayzes, frixoles y otras [...]niestras, de estas de esta Cabezera no hay ninguna distancia por estar en su contorno y muy cercanas, y assi en las Haziendas dichas como en estas Chacaras, no hay ningunas familias, por que solo se mantienen en ellas aquellos mozos que son necesarios para sus trabajos que estos son de las mismas familias de esta cabezera.
4„ Al quarto las familias que hay en esta cabezera son seiscientos quarenta y quatro que de perzonas chicas y grandes en esta forma, hombres ochocientos sesenta y quatro, mugeres mil ciento cinquenta y nueve Parbulos trescientos y uno, Parbulas doscientas sesenta y ocho, Adultos ciento, y adultas ciento treinta y quatro. El Pueblo de San Miguel Sonsacate se compone de ochenta y dos familias, con el numero de trescientas y ochenta perzonas de hombre sciento y ocho, MUgeres ciento, Parbulos setenta y uno, Parbulas sesenta y ocho, adultos quinze, y adultas dies y ocho. El de Santa Ysabel MExicanos tiene, quarenta y una familia que de perzonas componen el numero de ciento sesent ay tres chicos y grandes en numero se hallan quarenta y tres hombres, cinquenta y nube mugeres, quarenta y dos Parbulos, y dies y nueve adultos. El de San Antonio de el página Monte tiene quarenta y nuebe familias con el numero de doscientas perzonas que se componen de quarenta y quatro hombres, sesenta y cinco Mugeres, quarenta y nueve Parbulos; y quarenta y dos adultos. El de San Francisco Tacuscalco que es de Ladunos tiene veinte y ocho familias con el numero de ciento quinze perzonas que se componen de treinta y nueve hombres; quarenta y nuebe mugeres onze Parbulos, deiz Parbulas, tres adultos y tres adultas, que reducidas a un numero las familias de esta Cabezera con las de los Pueblecitos anexos resultan ochocientas veinte y quatro familias, que se componen de tres mil seiscientas noventa y nueve perzonas chicas y grandes que son un mil ciento y ocho hombres, Mugeres mil quatrocientos veinte y seis, Parbulas trescientas noventa y quatro, Adultos ciento quarenta y cinco Adultas ciento ochenta y nueve, que es el todo de esta faligresia segun sos Padrones.
5„ Al quinto de escandalo y abusos digo: que escandalos no hay ningunos porque en los que ha havido he procurado con todo exfuerzo remediarlos reprehendiendolos severamente haciendo venir a mi casa aquellos que los cauzabam, dandoles la correpcion que correspondia verbalmente, y á los que con esta diligencia no se corregian con auxilio de la Real Jurisdiccion los mandaba página 52 poner en la carrel depocitando a las mugeres complices en dhos escandalos y lanzando de esta Villa a los que era conveniente hasta extirpar dhos escandalos; abusos en el tiempo que ha que soy cura de esta Parrochia no he notado ninguno, ni en esta cabezera ni en los Pueblecitos anexos, en materia alguna Por lo que son vicios no me consta haya alguno dominante pues en el de la Luxuria, que domina en la fragilidad humana he puesto y pongo todos aquellos remedios necesarios a contenerlo.
6„ Al sexto digo: que todos mis feligreses me consta han cumplido con el precepto anual de confesar y comulgar quando lo manda la Yglesia sin omicion alguna por que aunque algunos se dilatan a venir a dho cumplimiento, no es por renuencia sino por ser el tpo regular en que fabrican sal, y no dexan este trabajo hasta que entran las aguas, y entonces van llegando á cumplir con dho precepto, por cuya razon los espero caritativamente, hast la Pasqua de Espiritu Santo, ó despues pues para este efecto cada un año formo Padron de toda la feligresia y reparto cedulas para que cada uno con ella satisfaga la vez cumplido con el precepto llamandose por dicho padron, á la explicacion de la Doctrina Christiana asisten puntualmente y a Miſsa y a otros quales quiera exercicios espirituales página que se ofrecen separados de sus consortes se hallan en esta Cabezera Don Manuel de Cardenas y Doña Juana Teoboa, en lo que les he puesto todos aquellos medios cond ucentes para su union, por que dha Doña Juana alegando adulterio contra el dho Don Manuel de Cardenas su marido se presento solicitando diborcio, para lo que han seguido cauza, y tienen pendiente cuyos autos de pedimento de la referida Doña Juana se pidieron pro el Señor Provisor y Vicario General de este Arzobispado que es donde oy paran que no se en que estado se hallan dha cauza. Assi mismo Fernando Corleto esta separado de Josepha Sarmiento su lexitima muger, tambien alegando berbalmente, que ha adulterado la dha su muger con el referido Don Manuel de Cardenas, sin dar prueba alguna de ello, ni querer presentars en forma queriendo solo el que se este á lo que dise sin querer dar ninguna testificacion, y antes si p`retendiendo que unas cortas diligencias que se practicaron de se fin, se le entreguen para que marlas; con cuyas diligencias di cuenta a dho Señor Provisor, informandole el estado de este negosio por vocear el referido Corleto el que ya le havia faltado a la Justizia en no desterrar al enunciado Cardenas, y sobre no darle página 53 dhas diligencias ha formado nueva quexa por decir que solamente que mandolas se jutnan con la expresada su muger. Asimismo estan desunidos Joseph Curtata y Nicolasa Canizales, Seberino Moxica y Eusebia Gutierres con quienes tengo puestos todos los medios necesarios para que se unan y no se han conseguido sin que para ello se halle tengan cauza formal; estos solamente son los que en esta mi feligresia hay separados de sus consortes. En orden a que haya contraido alguno Matrimonio con impedimento sin haver sido antes dispenzado no lo ha hecho ninguno de mis feligreses, por que algunos que lo han contraido teniendolo primero han solicitado, la dispenza necesaria
7„ Al Septimo en esta Cabezera solo hay una escuela de Niños donde me consta ser bien educados ,por ser el Mtro. Idones, y de buena vida y costumbres y los enseña con mucha eficacia
8„ Al octavo en el distrito que comprehende esta Parrochia no he notado ningunas idolatrias ni supersticiones por que aunque luego que entre de Cura reconoci algunos embiestes en dos Yndios de uno de los Pueblecitos anexos promptamente di la providencia necesaria dando página cuenta al señor Provisor con las diligencias quien mandó se les diese la correspondiente correccion con la que se extirpo de dhos Yndios e nun todo dichos embustes sirviendo de exemplo a los demas, y por lo q.e se percibe todos mis feligreses estan bien fundados en la Santa Ley de Jesuchristo, Señor nuestro, manifestando grande aprecio á los Santos Sacrametnos reciviendolos con gran veneracion sin ninguna repugnacnia.
9„ Al noveno los libros que uso y á que tengo mayor inclinacion para explicar la Docrina Christiana son, Parra Señeris Dominica de Carabantes, y el Señor Nuñez, y para resolver casos de conciencia á Reyfenstuel, los Salmantincenses, Potestas, Fuero de la Conciencia añadido Practica de Paz y Silveira, y para las sagradas rubricas á Olaya
10„ A la decima digo: no me consta de que los Yndios hayan sido demaciadamente castigados, ni por que, ni que hayan sido molestados con ningunas vexaciones violentas por perzona alguna
En todo lo demas que V. S. Yllma., con arreglamiento a la Ynstruccion que se sirvio Despacharme página 54 Dios nuestro Señor que la Ymportante vida de V. S. Yllma. por muchos años. Sonzonate y Noviembre dies y nuebe de mil setecientos sesenta y ocho=Vicente de Cicilia y Montoya.

Caluco editar

página página 55 página página 56 página

Dolores Ysalco editar

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Asumpcion Ysalco editar

página página 60 página página 61

Guaymoco editar

página página 62 página página 63

Atheos editar

Ylustrissimo Señor: En cumplimiento de lo que V. S. Yllma me manda por la carta pastoral que recivi el dia quinze de octubre proximo pasado respondo a las preguntas que en ella se contienen por el miʃmo orden assi

1º„ La Renta de este Curato de San Antonio Atheos consiste en mil ciento y dose pesos segun el quadrante que tengo formado de libros de cofradias, debociones, ofrendas, baptismos casamientos, primicias y synodo, (por que de entierros no pagan en ninguno de los Pueblos) fuera de los maizes que pagan de primicia en esta cabezera los Ladinos, que regularmente suelen ser como dies fanegas

2º„ El Ydioma que suele hablarse en esta Parrochia y sus anexos es el de Mexicano página Pipil. Y ordenados â titulo de esta administracion solo se hay uno que es Don Joseph Joachin Castaneda quien recide en el Pueblo de Santa Anna donde se halla administrando de Coadjutor

3º„ Los Pueblos que tienen anexos esta Cabezera son seis, que son Talniquetepet, Comaʃagua, Tamanique, Chiltiupam, Xicalapa, y Tiotepeque, las distancias que hay son como se contienen en un diseño de Mapa que va adjunta â esta donde se señalan los citios

4º„ Las familias que hay en esta cabezera de mulatos son siete que hazen treinta y siete perzonas, siendo de estos ocho hombres diez Mugeres, cinco Adultos, ocho adultas do Parbulos, y catorze familias de Yndios que hazen cinquenta y cinco perzonas de estos son onze hombres, catorze mugeres, cinco adultos, diez adultas siete Parbulos y ocho Parbulas. El Pueblo de Talniquetepet anexo tiene quarenta familias de solo Yndios que hazen doscientos y veinte perzonas, ciendo de estas ochenta y dos hombres, dies y seis adultos, veinte y nuebe adultas, y quarenta y tres Parbulas. El Pueblo de Comasagua, anexo tiene ciento y veinte y tres familias de solo Yndios que hazen quinientas sesenta y una perzonas siendo de estas ciento treinta y seis hombres, veinte y ocho adultos y cien Parbulos y ciento sesenta y ocho mugeres treinta y tres adultas y ochenta y seis Parbulas. página 64 El Pueblo de Tamanique anexo tiene treinta y dos familias de solo Yndios que hazen ciento y sesenta perzonas, siendo de estas quarenta y tres hombres, dies adultos, y veinte y tres parbulos; y quarenta y ôcho mugeres, nueve âdultos, y veinte y siete parbulas=El Pueblo de Chiltiupan anexo tiene quarenta y siete familias de solo indios que hacen docientas, veinte y siete personas, siendo de estas ôchenta, y un hombre, siete adultos, y veitne y sinco párbulos; y ôchenta y tres Mugeres, seis âdultos y veinte y sinco parbulas=El Pueblo de Xicalapa ânexo tiene ciento veinte y seis familias de Yndios, y una de Ladinos que hazen, quienientas y trese perzonas, de estos son, ciento, veinte y ôcho hombres, sinquenta, y sinco âdultas; y sesenta, y una parbulas=El Pueblo de Tiotepeque anexo tiene sesenta y seis familias de solo Yndios, que hazen doscientas y ôchenta perzonas; siendo de estas, ôchenta hombres, veitne y quatro âdultos, y treinta y tres parbulos, y noventa y quatro Mugeres, quarenta âdultas, y veinte y tres parbulas=El citio del Punian ânexo â esta Cavesera, tiene diez familias, de Mulatos, que hazen, sesenta y ôcho perzonas, siendo de estas diez hombres; âdultos diez y ceite, y dose parbulos; y diez y ôcho Mugeres ôcho âdultas, y quatro parbulas=El citio de Bethlen ânexo, tiene sinco familias que hazen veinte y tres perzonas, siendo de estas quatro hombres, seis âdultos, y tres parbulos; y quatro Mugeres; tres âdultas, y tres parbulas=El citio de Cuiaguala, tiene una familia de tres per página sonas que son tres hombres Casados, con su familia, en Nexapa â San Salvador, y el citio del Potrero de Cabayos, que esta contiguo, tiene ôtros tres hombres solteros=5 En esta Parroquia, en el distrito de dos meses, que ha que tome pocecion de ella, no se ha notado escandalos, ni âbuzos. Y de los Vicios, que son mas dominantes, solo he savido sean la Luxuria; y embriagues. Los remedios, que tenga âplicados son la predica exortandoles, â âmar las virtudes, que se le ôponen, ignorando hasta la presente los êfectos, que haya producido=6 Todos los Parroquianos he savido, que han cumplido de confesar, y comulgar annualmente, y de âsistir â el Santo Sacrificio de la Miʃa, todos los dias festivos, âunque para esto son en dichos dias recogidosm por sus Justicias=Ceparados de sus conʃortes, solo hay uno Yndio en el Pueblo de Xicalapa por haver contraido Matrimonio, con impedimento dirimente de publica ônestidad, por Copula licita en segundo grado, sin haver cido ântes dispenzados=7 Escuela de Niños, no la hay en ninguno de todos estos Pueblos reusando los Yndios dha enseñanza por sus muchas indigencias=8 Ni Ydolatrias, ni superticiones he notado en estos dhos Pueblos, poco âprecio si de los Santos Sacramtos. lo que colixo de que rara vez piden confecion en leligro de muerte, por lo que regularmente, mueren sin ella, y sin los ôtros Sacramentos=Tambien lo colixo, en que retienen â las criaturas muchos dias, sin pedir el Baptismo, de que es factible pueda tenerse âlguna sin dho sacrametno=9 Los libros que huzo, para la es página 65 explicacion de la Doctrina Christía es uno intitulado Luz de la ley, y de la fee: para resolver cazos de Conciencia, son Feliz potestas, y Vuigandt, inclinandome mas â el segundo: y para las Sagradas Replicas â el Manual que mando sacar â luz el Yllustricimo, y Referendicimo Señor Don Fray Payo de Rivera=De los indios se, que no son demaciadamente castigados, por ninguna materia, y que no son molestados con alguna violenta separacion=Esta es la verdad Yllmô. Señor, la que Certifico en toda forma y la firmo yô el Cura propietario de este partido â veinte y seis de Noviembre del año de mil setecientos sesenta y ôcho=Joseph Antonio Mendez

Mexicanos editar

Respuestaſ que da el Padre Estevan Pedro de Robles Cura propio del Beneficio de Mexicanos segun lo mandado por el Yllmo. Señor Arzobispo de esta Diocesis Dn. Pedro Cortes, y Larraz en su carta vicita de veinte y tres de Septiembre de mil setecientos sesenta ôcho años=Primeramente, que la renta del curato consiste en Misas: y en estas; algunas de funcion, que tienen sermon, Procecion, y Visperas; y ôtras, vigilias y responsos: que tambien consiste en Baptismos, ôfrendas, y ârras de Casamientos, y en algunas ôtras ôfrendas que se hacen en las funciones de los Patrones de los Pueblos: y como no hay Ladinos no hay derechos de entierros, ni de Casamientos: ni se perciven primicias de ninguna especia, ni hay Capellanias, ni ôbras pias; y todos los êmolumentos, que producen las Misas, y demas referido âsien= página den â mil y dos cientos pesos=2 Que generalmente se habla la lengua castellana, en toda la Parroquia, y no hay ninguno ôrdenado â título de esta âdministracion=3 Que este Curato tiene quatro Pueblos, con la Cavezera, los que estan quasi en linea. Tiene todo el distrito como legua ô serca de ella. Esta la Cavesera quasi en medio Y tiene âl poniente un pueblo, y dos âl ôriente, y estos dos los divide una calle, y no hay trapiches, yngenios, ni Haciendas=4 Que tiene la Cavesera que es el Pueblo de Mexicanos mil setecientas, quarenta, y seis perzonas, el de Aculhuaca mil ciento y sinco, el de San Sebastian setecientas y sesenta, y el de Ayutastepeque, quatro cientas y quarenta, y todo el curato quatro mil sinquenta y una; con la distincion que el quadrante adjunto expresa=5 Que no hay escandalos, ni âbusos pûblicos en la Parroquia, y que los vicios dominantes son los comunes en el munod, y que los remedios que ha âplicado, son la predicacion continua en los Domingos, y Fiestas, y siempre que se proporciona coyuntura de haserlo.=6 Que cumplen los Parroquianos con los preceptos de Confesar, y comulgar, quando lo manda la Santa Yglecia. Que âsisten, (âunque como Yndios presisados de las diligencias que para esto se hacen) â la explicacion de la Doctrina Christiana; que no hay ninguno separado de su Consorte, ni que haya contraido con Ympedimento=7 Que el Pueblo de Aculhuaca ha havido Escuela hasta este mes de Noviembre en que se Murio el Maestro, que lo que se ense= página 66 ñaba era solo â ler y escrivir. Que el âprovechameitno no era mucho, porque el Maestro que enseñaba era Yndio; el estipendio que se le dava, corto, porque se le pagaba â razon de ps cada mes y no se le dava sustento. Que los Niños con que se puso la Escuela, eran diez y ôcho; que de estos se huyeron âlgunos dexando el Pueblo, y aunque se recogieron los que se pudieron encontrar, se estrabiaron sinco para siempre, y no se ha savido en donde paran, y âsi solo âsistian trese. Que en los ôtros Pueblos se formaron las Escuelas dos ô tres veses, pero por la pobresa de las comunidades, y âborrecimiento que tienen los Yndios â ellas; no tubieron subsistencia, y quando la tenian era con ningun âdelantamiento por la poca paga que se daba â los Maestros=Que no há notado ydolatrias, ni supersticiones, sino solo âquellos âbusos, ô simplicidades comunes â la gente rustica ê ignorante. Que se hase âprecio de los Santos Sacramentos, porque los piden y reciben en sus tiempos, con devocion, y son muy puntuales en llamar, en las enfermedades peligrosas=QUe los LIbros que tiene para explicar la Doctrina Christiana son el Cathecismo Romano, el de el Señor belarminio, el Padre Parra, y ôtros. Y que para resolver los casos de conciencia tiene â Barracina, â Lacroix, y ôtros; y que no tiene inclinacion particular â ninguno; que de sagradas rubricas tiene â Lonnex, âl Doctor Parra y a Lobera. Que no tiene noticia, que los yndios sean demaciadamente castigados ô molestados con bejaciones violentas; sino solo con áquellas publicas ô comunes â su miserable nacion=Assí lo firmo en este Pueblo de Mexicanos en treinta dias del mes de Noviembre de mil setecientos página sesenta y ôcho años=Estevan Pedro de Robles=

San Salvador editar

Yllustrissimo Señor= Señor: Contestando â los puntos que V. Señoria Yllma en la Carta Pastoral me ôrdena le responda, por lo que toca âl primero digo: que con el motivo, de no haver formado quadrantes, ni poder los Libros servirme de govierno por no constar en êllos las partidas que estan pagadas por los Entierros, Casamientos, y Baptismos siendo muchas las que en realidad no lo estan, no puedo con ingenuidad dar la razon qe. sobre este punto se me pide; pero procurare llevar quenta prolixa de lo que en este año produxere el Beneficio para darla â V. Yllustricima.= Al segundo: digo: que el idioma que en toda esta Parroquia se habla es el Castellano; porque aûnque hay sinco Pueblosde Yndios que vsan el Mexicano, estos hablan y entienden muy buen el Castellano y aunque en el de Nexapa, y Apopa, con tanta perfeccion como qualquiera Ladino en tal modo, que los Yndisuelos no solo no hablan ya el Mexicano que es su nacional pero ni lo entienden. En ôrden al ôtro miembro de esta pregunta totalmente lo ignoro.= Al tercero: digo: que tiene esta Ciudad seis Pueblos ânexos el de Cuscatansingo, Paleca, Apopa, Nexapa, Quezaltepeque, y Guazapa, los quales distan de esta Capital el primero un quarto de legua, el segundo media legua, el tercero, tres leguas, el quarto quatro y media leguas, el quinto seis leguas, y esto mismo el ultimo; y por lo que mira â la distancia de unos â ôtros el primero dista del segundo media legua del tercero página 67 tres leguas del quarto, quatro leguas del quarto sinco y media leguas, y del sexto seis leguas, el segundo dista del tercero dos, y media leguas el quarto quatro leguas del quinto sinco y media y lo mismo del sexto. El tercero dista del quarto, legua, y media del quinto tres leguas y lo mismo del sexto. El quarto dista, del quinto legua y media y del sexto tres y media. El quinto dista del sexto quatro leguas largas. De mas de estos Pueblos tiene esta Parroquia un Valle que se llama del Paxnal el que dista de esta Capital nueve y media leguas, y veinte y una haciendas, que son, la de Angel que dista de esta Capital tres y media leguas, la de San Nicolas que dsita quatro leguas, la de San Joseph de Lorenzana sinco leguas, la de Santa Barbara sinco leguas la de Mapilapa sinco leguas, la de los Innosentes, seis leguas, la de Atapasco siete leguas, la de Tacachico ôcho leguas, la de Tutultepepe, siete leguas, la de Santa Ynes sinco y media leguas, la de San Jph de Fernandez seis leguas, la de San Geronimo ôcho leguas, la de San Christoval nueve leguas, la de San Lucas nueve leguas, la de la Canaña deiz leguas, la de Rancho ônze leguas, la de la Consolacion deiz leguas, la de San Diego ônze leguas, la de Gueitiupan onze leguas, la de San Antonio ôtras tantas, que es la de distancia, en que esta comprehendido todo el territorio de este Curato= Al quarto digo: que por lo que mira página â esta Cabezera, tiene novecientas, y una familias las que se componen de ciete mil ciento, y deiz y ôcho perzonas de las que dos mil novecientas catorze son de hombres y quatro mil docientas quatro de mugeres, y en estas ây tres mil quinientas setenta de Adultas y seiscientas treinta y quatro de parbulas, y en los hombres dos mil docientos ôchenta y seis de Adultos y de parbulos seiscientas veinte y ôcho. Y por lo que toca â los anexos el Cura compañero como que lo ha estado administrando y esta encargado de ello dara razon=Al quinto digo: que el âbuzo que he notado, haci en esta Capital còmo en sus ânexos es el manejo de las cofradias porque las Capitales de estas se reparten entre los Cofrades quienes âl cavo del año, lo debuelben con âlgun âumento el que entre los Ladinos es un real por cada peso, y entre los Yndios dos rreales; y aun que he procurado hacerles capazes de las gravedad de la materia, y propuesto les ôtros ârbitrios con que pudieran âumentar los principales, y sin menoscabo de estos pagan los âbenciones, como âviendo trato de compañia entre la Cofradia y Cofrades, poniendo estos la industria, y aquella el principal pero entre los indios, es como inâacciquible por cer tan tenases en ôbsservar sus combres; y entre los Ladinos, comunmente ponen el reparo del riezgo â que quedan expuestos los principales pero de ciendo el peligro de estos ver de quenta de las cofradiaz su puesto dicho con página 68 trato facilmente se perderian porque regularmente no se enquentan sugetos á propocito para selebrarse; y lo que se encuentran no quieren avenirse. POr lo que mira, á los Yndios en este punto hago patente á V. Señoria Yllmâ, que esta usura qe. pagan la emplean en el adorno de sus Yglecias y estando êllos ôbligados â contribuirlo por no tener sus Yglecias otro ramo de donde sacarlo, V. Señoria Yllmâ, determinara si esto sera bastante motivo para salvar este principal con la concideraccion de que quando, estos se les quitase tomarian el arbitiro de señalarles pencion â cada indiviuo, conque contribullera para dicho âdorno. Tambien hay el âbizp en esta Capital y tal qual vez en los Pueblos de Apopa y Nexapa de velar los Difuntos parbulos con el âlboroto de mucicas y bailes de que resulta un grande concurso de âmbos sexos y de este graves perjuicios; porque precindiendo de la ôcacion que por si ministran los bailes y que es mayor la de los de la gente pleveya por temer los con mas desemboltura y acciones nada decentes, la venida que en estas velaciones nunca falta y la estreches de las casas que los ôbliga â estar los concurrentes unidos y rebueltos unos con ôtros en un grande insenivo para muchas ôfensas contra Dios. Para extripar estos daños me he valido ya de repetidas reprehensiones en el pulpito, ya de ir perzonalmente â las casas donde havia estas velaciones â procurar con razones el que se página daran ya de ver â los Juezes Reales para que por su parte coadyubaran â lo mismo; pero nada â sido bastante para que esto se extinga=Al sexto digo: que âunque he practicado cuantos medios he âdvertido para âveriguar lo que se quedan sin cumplir con la Yglecia para cuyo efecto entable el repartimiento de cedulas al tiempo de la comunion las que se recogen pasado el tiempo establecido por la Yglecia; pero como mucha parte de los Parroquianos varian sus recidencias yendose â otras partes sin saberse de ellos es moralmente imposible âveriguar si an cumplido con esta ôbligacion. Por lo que mira â la âsistencia de la feligrecia â la explicacion de la Doctrina, ya Abisa en los Pueblos âunque cuessta álgun trabajo y nunca se consigue el que la den prontamente pero tneiendo el ministro mucha espera se logra el que la den; esto se entiende en los pueblos de Ladinos y de Yndios, y Ladinos, que en los de solo Yndios son prontos en âsistir. En esta Ciudad, como hay varias Yglecias no puedo hacer juicio de la âsistencia â la Missa, aunque veo que concurren mucha gente â todas ellas; pero â la explicacion de la Doctirna no es tanta como corresponde y lo demas sensible es el que los niños que âsisten son muy pocos. En el punto de los Matrimonios separados, pro la lista qe. âcompaña tomara página 69 V Illmâ el informe que decea. Por lo que mira á si hay álgun matrimonio contraido con impedimento, lo ignoro= Al septimo digo: que no hay Escuela âlguna, ni en esta Capital ni en los Pueblos, y aunque en estos he procurado entablarlas, como no tienen como poder pagar âl Maestro su Trabajo ha sido inaccequible= Al octavo digo: que por el âprecio tan grande que haze la feligrecia de los Santos Sacramentos, peus los reciben con bastante devocion, y lo piden voluntariametne hago jucicio que esta bien fundada en nuestra santa ley, y âunque he notado âlgunas supersticiones, estas conocidamente son nacidas de Ygnorancia y no de falta de fe= Al nono digo: que para la explicacion de la Doctrina Christiana me balgo de la Biblioteca de Sohrres el Señor Barcia, y el Padre Parra: para las sagradas rubricas tengo el Thesoro de Gavanto, y para la resoluccion de los casos de Conciencia âl Padre Lacroix, Sanchez, los Salmanticenses, y ôtros; y âunque para lo especulativo, me inclina mucho â Lacroix y Sanchez pero lo practico âl qe. en el punto que se ôfrese habla mas conforme â mi razon=Al dezimo digo: que mayor castigo entre los Yndios, no lo he notado; y en ôrden â vexaciones reservo el comunicado, verblamente â su Señoria página Yllmâ, quedando â hacerlo por escrito con su nueba ôrden= Es quanto puedo decir sobre los puntos que V. Señoria Yllmâ. me ôrdena que contexto. San Salvador á sinco de Diziembre de mil setecientos y sesenta y ôcho años= Ysidro Cicilia.

San Jacinto editar

Cumpliendo como devo con el superior mandato de V. Señoria Yllma. Respondo á las preguntas que se contienen en la Pastoral, y digo ál primer punto: que la renta de este curato consiste en los derechos de Baptismos Casamientos y Missas de Cofradia, porque los indios no pagan derechos de los entierros, y aunque ay en este Pueblo, y el de Cuscatan álgunos Ladinos estos son pocos; y no podre dar razon á quant ásciende la renta por este titulo, lo primero porque no un álo que tengo este curato, lo segundo porque no he tenido quenta de sus óbenciones en el tiempo que he estado; Pero si V. Señoria Yllma. me mandare que la forme se hara desde el dia que me impuciere su precepto, tocante á las Miʃas de cofradia, festividades, y Doctrina, he regulado que ásciende á la cantidad de quineintos y mas pesos; esto es lo que tiene de pie de Altar, áy tambien ótro renglon que es de las primicias las que no son unas propias cada año, y esta se reduse, á Mais, sal, unas libras de tinta que cada óbra gero paga seis libras, y siendos, doce libras página 70 y ál respecto en las demas y aunque tengan Ganado no pagan de ello, contribullen tan bien tres vacas, frijoles, y trigo, áunque de todo esto no se puede dar regla fixa porque unos años son mas los Labradores que ótros, y sobre todo nunca pagan como se deve, pues haviendo sembrado este año trigo todo el Pueblo de Panchimalco no entrego la Justicia de primicia mas de dos fanegas y media, y á este tenor sigue todo lo demas de que estoy informado con los que han recaudado la primicia, este y los ántecedentes años; Agregase á la quenta de los quinientos ps. un Novenario de Misas de los Dolores que paga un Yndio particular el que luego se ácabara muerto el Devoto; No hay en este Curato ninguna Capellania, ni ótro émolumento que contribuiga

Al segundo punto, que es de ideoma se habla digo: que todos generalmente, hablan el castellano, y algunas Yndias de Panchimalco hablan el Mexicano, áunque para confesar se usan de la Castilla: á la segunda parte de la pregunta si ay álgun órdenado á este titulo, y donde recide digo: que con el motivo de estar recien entrado como llevo dicho, no he savido si hay, ó no=Al tercero punto que es quantos Pueblos, lugares, Haciendas y Trapiches comprehende el territorio, respondera el Mapa que tengo formado con sus distancias de leguas, el que divigamento página hago presente=Al quatro punto que contiene quantas familias áy en cada Pueblo con distincion de hombres, mugeres, ádultos, y parbulos, consta todo de los Padrones que con sus édades tengo formados lo que ásimismo ágo á V. Señoria Yllma precentes=Al quinto punto que contiene si ha notado en la Parroquia álgunos ábusos, hago presente á V. Señoria Yllma. que en el Pueblo de Guiscal se han descubierto seis Yndios y seis Yndias, que segun disen son brujos y me han confesado voluntariamente tener pacto y familiaridad con el Demonio, y dicen que se han buelto Tigres, Micos, y las Yndias, Cabras, y ótros ánimales, á quienes puede V. Señoria Yllma examinar por la duda que de ello tengo, por ser los Yndios embusteros; Por lo que descandalos de ótra especie, no he advertido que haya álguno publico, y los vicios son los comunes en el mundo, los remedios que para extirpar dichos vicios he puesto han cido explicarles la gravedad del pecado que cometen, á las Perzonas á quien ófenden en la trasgrecion de los preceptos, á donde los llevan los vicios, y sobre todo la continua predica, y no he excusado poner todos áquellos remedios que en cumplimiento de mi óbligacion me han parecido ál propocito

Al sesto punto si han cumplido con los preceptos de confesar y comulgar, á su tiempo, he puesto todo mi comito en que no se quede ningu página 71 no, y por los padrones que hize la quaresma de toda la Feligrecia estoy informado, y cierto que no se ha quedado ninguno sin cumplir dichos preceptos; Tocante hasí son puntuales en ásistir a la explicacion de la Doctrina Christiana digo: que como esta la explico en los dias festivos despues de dicha la Missa, y á esta concurren todos, áunque álgunos dias he óbservado poco áuditorio, particularmte. en Panchimalco los mas han venido; y tengo en este particular encargado á los Justicias de los Pueblos ronden y zelen que todos concurran á la Yglecia, y álgunos diaz los llamo por el Padron lo qual óbserva el Padre Coadjutor en los Pueblos de Vicita. A la segunda parte de la sexta pregunta, si hay álgunso casados separados de sus consortes, solo se que Feligres Ladino de este Pueblo de San Jazinto se ha ido, y dexado á su Muger la qual tengo entregada á sus Padres, dos Yndios que han àbandonado á sus Mugeres del uno se save, del ótro, no por haver mucho tiempo que sea ha ausentado; En el Pueblo de Cuscatan áy ótras dos Yndias qe. las han dexado sus Maridos, y no he podido conseguir que los Justicias de dicho Pueblo traigan á los dichos Yndios, y un Ladino que haviendo dicipado el principal de la Cofradia de el Santicimo se huyo; Acerca de si hay álgunos que áygan contraido impedimento, no se save=Al septimo página punto que se dirige á si hay Escuela de Niños y si los Maestros son de buenas costumbres; y á propocito para el ministerio qe. digo: que quando llegue á este Curato no hay en ninguno de los Pueblos Maestro que enseñase y como por áuto de vicita y cedula de su Magestad (que Dios Guarde) esta mandado y encargado á los Curas el que pongan Maestros, Celen, y cuiden con vigilancia sobre que los indios áprenan á Leer, y escrivir, dilar mas promptas y efectivas providencias á fin de que se cumpliese ási con lo mandado en los áutos de vicita, como con la mente de su Magestad, y aunque en los primeros pasos halle grandes dificultades de parte de los Yndios, quienes reusaban el establecimiento de las Escuelas, poniendo por motivo el que no tenian con que pagan los Maestros y ótros que por no cansar á V. Señoria Yllma. ómito siendo en estos quasi ignata áplicacion mas ál monte que á las Letras, me huve de valer del Justicia mayor de esta Ciudad, quien concurrio con el zelo que áconstumbra, y se hubo de establecer en los dos Pueblos de vicita Panchimalco y Guisucar, poniendo en ellos Maestros de mi Satisfaccion quien, cumplen, y desepeñen el cargo de su obligacion, y siendo el Pueblo de Guisucar álgo retirado, desapacible y caliente no hallando Maestro que quiciese esclavo página 72 nisarse ni desterrarse por seis pesos^de salario q.e da el Pueblo le adelante, dos pesos. mas de mi peculio en cada mes á fin de que se cumpla lo dicho, siendo de cargo de cada Maestro enseñar veinte y sinco Yndizuelos, los que ásisten áunque no todos los diaz por llevarselos sus Padres á el Monte á travajar=Al octavo punto combiene á saver si se an notado álgunos ábusos, ydolatrias, ó supersticiones que den indicio de no hallarse bien fundados en la Santa Ley, de JesuChisto, digo: que por la respuesta y relacion que ágo en el punto quinto, podra V. Señoria Yllma. conocerlo, y hacerse Juicio prudente áunque no general, y ábsolutamente en todos, por que no todos son brujos, áun que a mi parecen tienen álguna duda, pues siempre, que se les pregunta alguna cosa ácerca de nuestra religion responden diciendo quisas mi Padre y pocas ócaciones responden con áfirmativa firme y esta es cosa que hace perder el Juicio, pues es incompatible, esto con el aprecio que hasen de los Sacramentos, y de los Santos y de la puntualidad en llamar en peligro de muerte=A la pregunta nona que se reduse á que de que libros usa para la esplicacion de la Doctrina, digo: que del Cathecismo del Padre Murillo, de el de el Padre Ripalda y el Romano, para resolver los casos morales me árreglo siempre ál Autor que trae ópinion mas segura enqualquier manera, y en quan página to á la inclinacion digo: que me inclino a clericato, frullenho, Ubigandt, y ótros que con el motivo de su estilo, claridad, y curiosidad, son ápetecidos, como clericato; para las sagradas Rubricas uso de Lovera, y sigo las que en el Ritual Romano se órdenan=Al ultimo punto digo: que no he ádvertido que los Yndios sean castigados ni vejados en cosa alguna, todo lo qual es lo que en el particular siento y porque conste lo firmo=Joseph Diaz de el Castillo

Santo Thomas Tesaquangos editar

página 73 página página 74 página página 75 página página 76 página página 77 página página 78 página página 79 página

Oloquilta editar

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San Pedro Mazahuat editar

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Santiago Nonualco editar

Yllḿo. Señor: A la orden del interrogatorio que V. Señoria Yllḿa Nos hase á todos los Curas, áunque subinstamente, por causa de mis graves enfermedades Respondo lo siguiente.-
A la primera pregunta digo: que segun el quadrante que hize el primer año de mi ingreso á este Curato; su producto, poco, mas, ó menos, es el de mil, y quatrocientos pesos, de los que gana el ministro Coadjutor, quinientos pesos los uqe se veran rebajar; pues áunque el honerario que le tengo, ásignado es el de trecientos pesos: lo restante, que gana es segun las mas, ó menos Misas que dize. Asimismo se deven rebajar sinquenta pesos, que ánualmente contribuie de quarta, y Colegio, como tambien sien pesos que me ganan dos Ministros en las Semanas, Santas de los Pueblos ve árriba, por lo que quedan liquidos, setecientos, sinquenta pesos; con los que en este te página 86 rritorio tan excasos de viberes; ápenas, tengo conque mantenerme con mi Coadjutor, y Corta famillia que me hasiste= A la segunda digo: que tengo noticia estar órdenado á titulo de esta Administracion el Bachiller Don Nicolas, de Guerrero quien se haya ádministrando en el Curato de Mazahua y que en el ydeoma que se habla, en todos estos quatro Pueblos de mi ádministracion es el Ydioma Castellano pues la lengua Mexicana, que es la Materna, áun la tienen ólvidada.= A la tercera pregunta, y la quarta digo; que este Curato se compone de quatro Pueblos que son Santiago que es Cavezera; San Juan, San Pedro y Santa Maria, e este Pueblo de Santhiago á San Juan ay dos Leguas, de alli á San Pedro ay quatro, del dicho á Santa Maria ay una, y de Santa Maria á este Pueblo, de la Cavezera áy quatro. Santa Maria, y San Pedro estan á el Norte, el de San Juan, á el óriente, ál viento del Sur áy sinco Haciendas la mas distante esta tres Leguas: ál vientno del Poniente áy dos, la mas distante esta dos Leguas; á el viento del Norte, esta una Hacienda, y dista una Legua. En esta cavezera, hay quinientas veinte y nueve familias, en el Pueblo de San Juan áy, ciento y óchenta, y ócho. En el Pueblo de San Pedro ciento y sesenta; y en el de Santa Maria página ciento y veinte y dos, segun consta de los Padrones que Fecho hé, las familias de las Haciendas, estan incluidas en el Pueblo que le corresponde, á cada una de las dichas Haciendas= A la quinta pregunta digo: que los vicios que mas experimentan en estos territorios, es la embriaguez: de donde resultan Adultos, extrapos, y Amansebamientos, poco, ó ningun respecto, á su Cura, y a las Perzonas Ecleciasticas, y no haviendome sido bastante para destribuir este vicio, el continuo Predicarles, me he valido del Theneinte de este Territorio á fin de que frequente este Pueblo, para que con su respecto se contubiesen, lo que de facto, áun que no del todo, pero álgo se han menorado los escandalos que ántes experimentaba= A la sexta pregunta digo: que lo que mas me ha lastimado es, el poco cumplimiento con los preceptos de Nuestra Santa Madre Yglecia, pues el de la Missa quando suelo venir con segunda á este Pueblo, encuentro á Bandadas, Yndios y Ladinos que se ban sin élla con certeza de que la hay, y no vale el Pulpito; ni el ámenazarlos con los Juezes Reales, ni rebolverlos, como lo hacostumbro, ni cosa álguna; de modo que aun concibo estarian página 87 mas dociles los recien conquistados, y en quanto al cumplimiento, de la confecion, y comunion hasta la Fecha áun faltan álgunos por cumplirlo, y ni el tenerlos en la Carzel es Bastante para que lo cumplan, y en quanto ha vivir álgunos, zeparados de sus consortes, no me consta halla mas de dos, uno en el Pueblo de San Pedro A quien llaman Xtoval Goathemala, pa es repetidas ócaciones, lo he ámonestado, y á su Cura Propio que lo es Don Ygnacio Letona, le mande recaudo óbcurriese á el Theniente para que se lo remita; y ótros dos en este Pueblo, el huno llamado Juan Joseph Quchilla; y ótro Nombrado Estevan Zarco= A la Septima pregunta digo: que Escuela de Niños, no hay, porque dicen que no tienen con que mantener á el Maestro, ni con que pagarlo, y aúnque me hé exforsado Bastante hasta mantener á el maestro de mi bolza, no lo he podido con seguir= A la óctava pregunta digo: que los Libros que tengo pàra los casos que ócurran, con los uqe mas me ha vengo, y conformo; son el Padre Larraga, Machado, Mapa de Arcanos, Torrecilla y Señor Monte Negro, y para el Pulpito el Señor Barcia= A la Nona pregunta digo: que los Yndios spm castogadps con moderacion página pues áun por el Delito mas grave jamas, hé pasado de veinte y cinco Azotes, y eso por delitos Graves, como son los mas frequentes, que toquen á el Santo Óleo, y no paresca el Saxptan, Semanero, ú ótro de la Semejansa de este= Esto es quanto óbcurre en la actualidad, y si algo se ófreciere en lo de adelante, daré prompto avizo á V. Señoria Yllma, para su prompto remedio= Nonualco, y Diziembre, deiz y ócho, de mil setecientos sesenta y ócho= Ambrocio Andino y Arze-

Ozulatan editar

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Ereguayquin editar

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San Miguel editar

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Yallantique editar

Respuesta
del P.e Cura
de Yallan
tique
 

Yllmo Señor: En cumplimiento de la muy venerable carta pastoral en que V. Señoría Yllma me ordena tenga prontas las respuestas á los interrogantes que expresa dha carta para entregarselos á su Señoría Yllma ál punto que haya que llegar à vicitar este curato: hago esta con la rendida óbediencias que devo á V. Señoría Yllma, poniendo antes por caveza (por no faltar en un ápize ál Superior mandato) los diez, interrogantes que en su ágradable carta pastoral me expone; pues teniendo, á la vista lo que a uno se le pregunta, puede cer Señor que en la álta comprehencion de V. Señoria Yllmá tenga emnos yerros lo que he de responder, la primera pregunta de su muy ámable Pastoral es, esta=En que conciste la renta del curato y a quanto áſciende, con inclucion de todos los derechos, y de quantas óbras pias, perciva quales quiera emolumento. A lo que respondo: que la renta de este Curato con todas sus óbenciones cayreles, ó accidentes tan solamente, áſciende á la Cantidad de Un mil página 96 y quinientos pesos, poco mas ó menos, y es claro por que no llegando el Quadrante (el que estoy pronto á presentarlo cazo que sea nesesario á seiscientos pesos; á que mas podran subir lo áccidentes que á Novecientos pesos, quando estos los mas no se pagan en este Curato; lo que lo corrobora los quadrantes mesales que ádjuntos dados por el Cuadjutor en los meses que me hayo precisado á hacer áucencia de mi Curato por úna grave enfermedad, que me hacaécio, pareseme Señor haver satisfecho esta pregunta por lo que paso á la 2.ª que dire=Que Ydioma se habla generalmente en la Parrochia, y si hay alguno órdenado, á este titulo, y en donde recide? A lo que digo: que generalmente en esta Parrochia y sus ánexos, se habla la Lengua Castellana; y que á titulo de esta administracion, que no se necesita de la Lengua Pupuluca estan órdenados el Bachiller Don Carlos Muños, quien ha ádministrado desde que se ordenó, ócho años largos, pues demas de un año á esta parte; sezo, por sus enfermedades, áun que me hayuda ássi, sin extipendio en lo que puede; y el Bachiller Don Joachin de Echeverria quien ádministró, como cinco- página meses, y haora recide en la Ciudad de San Miguel; y en la actualidad administra (aunque no esta órdenado á titulo de esta Parrochia) el Bachiller DOn Bernardo Carranza, y respondo á la 3.ª que dice=Quantos Pueblos tiene ánexos quanto dista uno de ótro, quantas Leguas comprehende el distrito de la Parrochia, quantas Haciendas, Yngenios Trapiches, y Pajuides ay en el, y en que distancias de modo que pueda formar Juicio claro del terreno y coſnographia de la Parrochia? Respondo que por la clauzula que proveyo su Señoría Yllma, el Señor Doctor Don Francisco Joseph de Figueredo, y Victoria en el año de mil setecientos, cinquenta y ocho, que consta en el Libro de Baptismo de esta Parrochia, se le ágregaron á esta ádministracion los Pueblos de Anamoros, Poloros, y Liclic con la condicion de ágregarsele á este Curato, nunca jamasse executo la ágregacion de estos segundos, aun con el derecho de hayarse estos Pueblos en el sentro de esta ádministracion. Por lo que solamente son los ánexos tres, que son Conchagua, Amapala, y Yntipuca, dista pues la Cavezera ál anexo de Conchagua ócho leguas; al anexo de Amapala nueve leguas, y ál ane- página 97 co de Yntipula ócho y media leguas=El anexo de Conchagua ál de Amapala dista una legua ál de Yntipuca ócho leguas=El anexo de Amapala ál de Yntipuca, nueve leguas. El distrito del Curato comprehende del oriente ál sur ócho leguas, del sur para el Poniente ócho leguas, del Poniente para el Norte (inclusive los Pueblos de Uluazapa Yucuayquin, y Comacaran) ócho leguas: y del Norte para el Óriente ócho, leguas, de manera que todo el distrito de este Curato, comprehende en el contorno de treinta y dos Leguas. Las haciendas que se comprehenden en este distrito son diez, y nueve los Pajuides, ó aldeseas (por que Yngenios, ni Trapiches, no los hay en este Curato) son Catorze, las distancias de Haciendas, y Pajuides son de esta manera como mexor se verá en el Mapa que ádjunto presento. Del Óriente ál Sur ay ócho Haciendas, y dos Pajuides: la mas serca del Pueblo de Conchagua, que esta ál óriente? dista dos Leguas de dho Pueblo: de esta Hacienda para la segunda hay distancia de ótras dos leguas: e esta para la tercera en derechura cerca de la cima, tiene distancia de dos leguas; de esta tercera para la quarta, con el mismo rumbo, de Yntipuca, que esta al Sur, sin distancia quasi alguna; por lo que las ótras página página 98 página página 99 página página 100 página página 101 página página 102 página página 103

Osicala editar

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Gotera editar

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Titiguapa editar

Yllmo Señor: Don Pablo Jph Sa nchez de Guzmán, Cura proprio de la Villa de Titiguapa, de la Provincia de San Vicente de Austria: con el mas profundo rendimiento devo ynformar á V. Señoria Yllma, como el dia veinte, y quatro de Henero del año que espira de sesenta y ócho; me constituy á dho mi Curato; y tomando prolixa razon, y quenta del estado de las cosas de mi cargo, para el metodo, y arreglo en mi conducta, halle que las Cofradias de los dhos Pueblos de Yndios que lo son Sensumtepeque, y Guacotecti, sola una que es de mi Señora del Rosario tiene de principal veinte y cinco pesos, y las otras tres caresen de dho principal, y doze reales que contribuien cada una en el Messon producidos de las LImosnas; y tres de los Ladinos de la Puebla, que lo son del Santicimo Sacramento; con quatro sientos y sinquenta pesos de principal=La del Señor de la Caridad con quinientos pesos, y la de Nuestra Señora de Dolores Patrona de dha Puebla de Titiguapa con Vn mil, y ócho cientos pesos; ésto es quanto á Dinero, que áunque las expresadas cantidades, no constan de los Libros vino distinta menos pero he descubierto, lo que compone el Referido numero de cada una; teniendo cada una de dhas Cofradías sus vienes de campo que se componen de Ganado mayor, álgunas vestias mulares, y Caballares que de lo existente de dhos vienenpágina 107he tomado la Rason que he podido, para precaber las dicipaciones que por los cofrades se hacian, com de ello se me ha informado: y siendo uno de los puntos interesantes de Vicita á que deve Responder el Cura del estado de las cofradias, me precisa el cumplimiento de mi obligacion á preocupar la superior átencion de V. Señoría Yllma haciendole presente del estado calamitoso en que la decidia, malicia, y poca conciencia de mis Feligreses ha puesto a las Referidas, cofradias, de las quales haciendo áveriguacion del paradero de sus fondos principales en quanto á Dinero: halle estar todo Repratido entre los mismos vecinos que álternatibamente sirven otras Cofradias reteniendo en su poder ócho años, dhos principales por no haverles tomado quentas, y aún para contribuir los derechos haciendo prorrata éllos se les dificulta; y esto es tan sierto como á seguro su provanza; pues ya se deja ver en que seguro entraran las Cantidades que cada uno, deve; y porque éstos con la despotiques, que óperan en desprecio de lo que su Parrocho les manda me haucilie del braso secular para que entregasen cada uno lo que es de su cargo, pero aún con este esfuerso, no se consigue el intento, pues solo en una cortedad se ha verificado la entrega, porque el poder ábsoluto de estos vecinos, ynutilizan mi esfuerzo: Assi se me hace prec iso patentificarlo á V. Señoría Yllma, porque no se me sensure de ómiso=Entre los vienes de Campo que tienepágina la cofradia de Nuestra Señora de Dolores Patrona de la dha Puebla, hay doze Mulas; y advirtiendo que los oficiales, cada uno se servia de ellos para sus particulares negociaciones, mande recoger ócho, y ponerlas ál cuidado de Perzona de mi Satisfaccion, y que supuesto que para el aumento de la cofradia, mas útiles serian Yeguas, que Mulas se trocasen unas por otras con arreglo al valor de uno; y otro gremio, sin que esto se haya verificado por reservarlo hasta la venida de V. Señoría Yllma, y con superior órden verificar, ó no, la intencion; sobre cuia, óperacion, ó puesto uno de los Cofrades, se introdujo en mi casa reprehendiendome el écho, y porque su órgullo no ádmitia la satisfaccion, ni corressiones, concluyo la dispuesta ámenasandome de muerte con un cuchillo en la mano, cuyos impulsos contubo la misericordia Divina: esto se deja ver de unos áutos que me dicen le instruio el Juez del territorio=Porque se ádvierte que los vienes de campo de que gosan las citadas Cofradias; á paso largo las destruiran sus cofrades; me parese combeniente ponerlos ál cuidado de Hombres de mi confianza, temerosos del deplorable estado que les amenasa, teniendo presente que cada individuo de los cofrades tienen el mismo Dominio que el que los ri-página 108cos, por ser como llebo dho los Cofrades, gente que no reconoce vasallaxe=Ynterponen quexa los dhos Cofrades de la Puebla, que en el, ymbierno no les ministro Missa cada ócho dias en su Hermita, y este exemplar lo trasen porque procuro no queden extinguidas las cofradias; ciendo cierto que quando he concurrido en el ymbierno á darles la Misa he ádmirado el poco numero de gente que asiste, á óirla esto es en las m al con todas treinta familias que se hayan en el Lugar, cuias Poblasones, median tan largas distancias unas de otras que no es facil concurrir á pie de unos cortiros á otros, estando en mayor distancia de ellos la Hermita; y por tiempo del ymbierno queda decierto el lugar porque se reitran los mas con sus familias á servir las temporadas de Añil, que es para lo que de un año á otro entran empleados, estando la Hermita continuamente écha una yndecencia por que de la parte de adentro la Abitan inumerables Sabandixas; y por la de fuera lso Ganados, que á su sombra se apasentan, y por este motivo, y la injuria de los tiempos, esta tan demolida que su reparo solo fuera su nueba construccion, lo que hase dificultoso la insolvencia miserable de los pocos auitadores, y no tener ninguna conformidad, y quan-página do se facilitara, breve se arruinara su fabica, por careser de vecinos imediatos, que asistan al cuidado de su conservacion, y esto mismo me motivo, á trasportarlas alaxas de Plata de su Adorno, por asegurarlas de Perdidas, pero mis competidores en contraposicion desto se quexaron al Juez Exleciastico de la Villa de San Visente, pidiendo la reposicion, como asi se mando, y Yo lo execute; pero es cosa memorable que á poco tiempo robaron lo mas de las Alaxas, y temo no lo executen con Nuestra Señora de Dolores Patrona de dha Puebla, y para obiar dhos ynconvenientes, si a V. Señoría Yllma. le parese, y es muy servido mandar que dha Ymagen se trasporte al Pueblo de Sensumtepeque, que es donde recido, y en la actualidad estoy lebantando el Templo, cuyo lugar media las distancias de todo el Curato para estar prompto á la Administracion, lo que tambien se me anota por los Cofrades, sin atender, á que donde humanamente se puede vivir, es e ndonde estoy, pues en dha Puebla, á mas de entrar en confines del Curato, y la tierra sumamente caliente, absolutamente, no se hayan viveres, ni aun para los Animales; por cuio motivo se dificulta poner Ministro en dha Puebla como tambien, por que no se contentara con la Mesada correspondiente á la que ofrece el Curato como sepágina 109ha experimentado quando en lugar de cura ha havido Theniente; y solo han administrado por el todo=Menos estencivo pudiera Yo haver andado en este Ynforme con V. Señoría Yllma. porque no se me avise de difunto, pero assi, se le parese á mi proceder, mayormente en las materias de que la fecha mencion, que en caso necesario, lo haré ser calificado con Vuletos de Calidad, y verdad, vecinos de un Curato, que lo son Don Thomas, y Don Marcelo Escamilla, Don Juan, y Don Domingo Cheverria, y otros con quien se pudiera ynformar sobre el expecífico, y que Yo espero assi lo mandara hacer el Pastoral, selo de V. Señoría Yllma., para que entendido de la verdad, me ordene para mis asuntos, buen servicio de la Yglecia, y cumplimiento de mi obligacion, lo que devo hazer, estando pronto á dar por separado las quentas de lo Recaudado, y por CObrar de los principales de las cofradias; siendo quanto puedo informar á que me refeiere. Fecho en Sensumtepeque á veinte de Diziembre de mil setecientos sesenta, y ocho años: Beso la Mano á V. Señoría Yllma. Su mas rendido humilde Subdito Servidor, y Capellan=Pablo Jph Sancehsz de Guzman.


Razon de lo que Produce el Curato de Titiguapa que es á saver=La Cofradia de Nuestra Señora de Dolores, por doze Missas Mezeras á tres pesos; por las nueve Missaspágina

de la Novena festividad, Semana Santa, y La Miza de Aniversario, todo ymporta, ciento un pesos y quatro rreales 0101„
La del Señor de la Caridad, por doze Missas meseras á dos pesos, por la festividad del año, y selebridad de Semana Santa en el Viernes Santo, y la Missa de Aniversario pagan por todo sesenta y quatro pesos 0064„
La del Santisimo Sacramento por doze Misas, meseras, á tres pesos; por la Missa de Aniversario y por Solecnidad de Semana Santa, pagan sesenta, y tres pesos, y quatro reales 0063„
Alas, siete pesos, quatro reales por la Fiesta de Corpuz 0007„
La Hermandad de San Joseph, por su festividad, y Semana Santa, da diez y seis pesos 0016„
La Hermandad de Jesus en la Semana Santa, paga deiz, y seis pesos 0016„
La Hermandad de las Animas, paga en el Lunes Santo, diez y seis 0016„
La Hermandad de la Santicima Trinidad, paga por su festividad catorze pesos, quaatro reales 0014„
Las Cofradias de los Yndios, de los dos Pueblos, son quatro, dos de cada Pueblo, dan por las festividades de todo el año, veinte, y seis pesos 0026„
Por las Missas meseras, á doze rr.s cada una, son setenta, y dos pesos, pero de estas pagan como la mitad, que seran treinta y seis pesos 0036„
Las Primicias, ymportan, seis cientos, dos pesos, y dos rreales 0602„
Los Accidentes son poco, mas, ó menos trecientos pesos 0300„
„10263 p.s

página 110Suman todas estas partidas Vn mil, doscientos sesenta, y tres pesos, dos reales.

Tocante á los Capitulos que V. Señoría Yllma. pide que se le de, cuenta debo decir, en el segundo:

2.ª Que en los dos Pueblo s que corresponden á este Curato, que son de Guacoticti, y Sensumtepeque, no conosen ni hablar ninguna otra Ydioma sino el Castellano=3.ª No hay ninguno ordenado á titulo de esta administracion=4.ª No he allado entre mis feligreses ningunos escandalos ni abusos ni vicios que poderles corregir; solo si el no sre observantes del precepto de oyr Missa los Domingos, y Fiestas; la mayor parte de la Feligrecia; pero esto es por tener sus abitaciones en gran distancia de la Cabesera, pues seria necesario que se puciesen un dia ántes en camino.=6.ª Todos los dhos mis Feligreses son observantes del Precepto anual de confecion, y comunion eseptuando dos, q asta la presente no me consta que hayan cumplido con dho Precepto=7.ª Los separados de sus consortes son dos, los que no se save en que lugar se hayan=8.ª La Escuela que hay en este Pueblo de Sensumtepeque es para enseñar unicamente la Doctrina Christiana; y se govierna de este modo que á las tres de la tarde vienen á la Yglesia las Yndisuelas; que son veinte, y quatro: y á las seis de la tarde los Yndisuelos, que son veinte, y uno; y el Maestro es un Yndio del mismo Pueblo de buenas costumbres; y lo quepágina les enseña son los Misterios mas necesarios para la justificacion, que son los que pertenesen al principio, medio, y fin=En los Yndios no he esprimentando ninguna Ydolatra, ó supersticion; y no ha sido nesesario castigo para que cumplan con el precepto anual de confecion, y comunion; y son puntuales assi los Ladinos, como los Yndios en llamar impericulo mortis=9.ª Los Libros que Uso, para explicar la Doctrina Christiana, es el Padre Roverto Belarminio; y para resolver los casos de conciencia, Larriaga Ylustrada; para las Sagradas Rubricas; el Misal=10 Los Yndios, no son castigados, ni por su Justicia, ni por otra perzona, ni molestados en cosas mayores.

San Vizente editar

Respuesta del Padre Cura de la Villa de San Vizente

Respuesta de las preguntas que su Señoria Yllma. se ha dignado preguntar por su Carta Pastoral de veinte y tres de SEptiembre de mil setecientos sesenta y ocho años=A la primera digo: que el Curato árra cinco años por el quadrante, que medieron los dos Cuadjutores á juicio prudente, ymportava tres mil quatro cientos pesos poco mas ó menos, pero desde entonzes ácá se han perdido muchas Hermandades, á un mismo tiempo, la Hermita de Nuestra Señora del Pilar hacen en ella varias funciones, como es el Novenario del Patrozinio del Señor San Joseph, y otras que se hazian en la Parrochia: asimismo mandó el Vicitador, el Señor Doctor Don Fran.co Joseph depágina 111Palencia Dean de esta Metropolitana, que no se me pagasen las Missas, y funciones de Nuestra Señora del Pilar=2.ª A la segunda digo: que la Lengua Castellana se abla en todo mi curato por todas clases de jentes, y se hayan dos sazerdotes, uno del Obispado de Leon, que haze tres, ó quatro años, vino á este mi curato, ygnoro á que titulo estara ordenado llamado Don Antonio Guerrero, y el otro que es Don Joseph Espinoza, assimismo del Obispado de Leon que assimismo, ygnoro á que titulo esta ordenado. Y asimismo se halla en este mi Curato el Bachiller Don Francisco Salayandia oriundo de la Ciudad de San Miguel, sin que me conste á que titulo se ordeno=3.ª A la tercera digo: que este Curato tiene á mexor á la Cavezera dos Pueblos, el uno dista medio quarto de Legua, y el otro, un quarto, y de lonjitud, y latitud, tiene el Curato como tres y media Leguas. Y por lo que mira á las familias y haciendas en los Padrones consta=A la quarta digo: que el escandalo que haze ha algunos años con publica notoriedad, no solo en mi Curato, sino en el de San Salvador, y el de San Miguel, y hasta la Ciudad de Guathemala, es la entrada del Alferez Real de esta Villa Don Antonio Quintana en casa de Doña Margarita Merino, viuda, prima hermana por afinidad del expresado, á quien he amonestado quatro vezes, y á dha, señora, dos, y me consta por la muger de dho Don Antonio no haverse contenido; sin empágina página 112 página página 113 página

Cuxutepeque editar

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Chalatenango editar

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Texutla editar

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Tonacatepeque editar

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Opico editar

Yllmô Señôr: Señôr en concideracion, âl superior mandato de V. Señoria Yllmâ, y entero ôbedecimiento â la Carta Pastoral, librada en la Ciudad de Goathemala â los veinte y tres de Septiembre del año proximo pasado, de sesenta y òcho, con protesta de integra sinseridad de ânimo, y no preseder de Malicia; con âquella brevedad, sencilles, y rectitud que devo hablar ânte V. Señoria Yllmâ: respondiendo â las preguntas; digo: â la primera: que la renta de este Curato de San Juan Opico; por lo que tengo esperimentado, âsiende âsta dos mil pesos; la consistencia de esta cantidad, sesenta entre Capellanias, primicias, sinodo en la Real Caxa, Cofradias, y âlgunas Hermandades, derechos de Baptismos, entierros, y Casamientos: el principal e Capellanias, segun parese e las Escripturas, que manifiesto, importa la cantidad de quatro mil seiscientos, noventa y cinco pesos, cullos reditos âsen la de dos cientos treinta, y quatro pesos, quatro reales 0234 ps. 4„
El sinodo de la Real Caxa, siento, ôchenta y tres pesos 0183„ 0„
Las primicias: por consistir en Tinta y pasa â la buelta 0417„ 4„ página

suma a la buelta 0417„

âlgunas cavezas de Ganado vacuno (que llegaran á siete) no se puede reputar â punto fíxo, â causa de que su balor consiste en las sircunstancias del tiempo, y que âlgunos ôbraʃeros no quieren pagar la primicia segun constumbre de curato, y aun âl presente esprimento, que no han âcabado de pagar la primicia; por lo que hasiendo un tanteo, y prudente regulacion, llegara la importancia de primicia â la de quatro cientos pesos 0400„
Este Puebl otiene las cinco Cofradias que constan de sus Libros: hermandades que tienen, Libro, y no sean vicitado: la de la Santisima Trinidad, Concepcion de la Virgen Ntrâ Señôra, y San Antonio, por lo que respecta âl seguro de principales de Capellanias representare por separado, lo que tubiere que decir para no alargar esta diligencia: y tiene los Valles de Masaxapa, Sapullo, paso Jondo, y barranca Jonda=Los Pueblos de Jayaque, Tepecollo, Sacacollo, y Tacachico, tienen las Cofradias, que constan en la Vltima vicita; y entre las Cofradias de los cinco Pueblos, con insercion de los demas êmolumentos segun sus Libros, y los de âdministracion, tanteo prudente el producto de mil, y dos cientos

por la de emfrente. 0817 p.s 4

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por la de emfrente. 0817 p.s 4
Suma de emfrente. 0817 p.s 4

pesos10200„ 0„

2017_ 4

A la segunda pregunta digo: que Generalmente se habla en este Curato el Ydioma Castellano principalmente en esta cavezera, que es de Ladinos, y por lo que respecta â ministros ôrdenados â este Titulo lo Ygnoro: y si digo, que en el Territorio se hallan â Vencindados los Bachilleres Don Juan y D.n Franciʃco Farrisuris clerigos, por lo que tengo esperimentado de mucha Honrra, y vtilidad âl curato= A la Tercera pregunta, Pueblos ânexos tiene el de San Pablo Tacachico, âsi â el Norte con distancia de quatro leguas de esta Cavezera: en el Ynbierno; caminos fragusos: el Pueblo muy âtenuado, com ose verá por su Padron; por la parte del Sur, el Pueblo de Jayaque, Tepecollo, y Sacacollo, todos tres con distancia de siete leguas de la Cavezera, caminos malos, y en imbierno quasi impertransible, â causa de que con las Aguas, yobedisas tiene como dos leguas quasi laguna, en el Paraje, que llaman carriso; sus Naturales âvitadores Yndios Castellanos; en estos tres Pueblos, se haze presiso que recida el Ministro Coadjutor, tanto pro la distancia â la Cavezera, como y tambien por lo mucho, que se o= página frese que âser= A la quarta pregunta, darâ la respuesta, los Padrones de Confecion; porque con el poco, tiempo de curato, y mis muchas y graves enfermedades, no me â sido pocible instruirme en el todo de sus âvitadores= A la quinta pregunta, los âbusos introducidos en esta parroquia, con prinzipalmente que los Españoles, los dias de precepto, quieren Oir Missa dentro de la Sachristia, sin salir â la Yglecia de lo que se sigue, que âl tiempo de esplicar la Doctrina se juntan âdentro ârmar concersacion: que talves se llevan la âtencion la gente, comun del populacho, se queda en la puerta de la Yglecia la mayor parte de hombres, sin ser pocible por muchas deligencias, que sean practicado, ôbligarlos â que entren en la Yglecia, y por lo general este genero, de gente esta avituada â venir â la Yglecia con lo espadines desnudos, de tal manera, que mas parese entran prontos, â pleitos, y quimeras, que no â la âsistencia de los Santos, y piadosos ôficios: ôtros Abusos exdiametros ôpuestos âl primer precepto, como verví, y gracia crer en el Tecolote, no bañar- página 132 se, ni labrar en VIernes sean extirpado con la explicacion de la Doctrina: los vicios dominantes de publica notoriedad â sido la fabrica y Vso de la Aguardiente, y el Latrocinio, principalmente en los Viernes Muebles de las Cofradias, y tambien el de los Juegos Publicos; verdad, es que con la solicitud, y cuidado de los Alcaldes e este presente año, se ha puesto âlgun remedio: el vicio de incontinencia es el que mas domina y principalmente, son la sircunstancia mutante en especie de insexto, este vicio se ase cuasi incurable por saverse intra confecionem, y generalmente se hallan muchos Matrimonios impedidos, siendo lo peor que prometen impetrar dispenza sin que jamas se verifique su consecucion; los Concubinatos publicos se queda la notoriedad existente entre solos ellos (esto es entre los avitadores del Pueblo) y quando âlguno llega â noticia del cura, es por Pleito, ô disgusto que halla presedido, proque todos se cubren, unos, â ôtros= A la sexta pregunta, es cierto que toda la Parrochia a cumplido con el precepto ânual, pero con âdvertencia que forsados pues la mayoria parte, se hase nesesario esperarlos âsta por el página mes de Agosto, y principalmente, los que havitan en las Haciendas de Sapotitan, San Joseph, Sitio que llaman de Trigueros; pongo â estos por vervi y gracia; por que son los mas renuentes, y por un raro contingente se les ve la cara en este Pueblo; principalmente los de Sapotitan cullos Dueños que son Don Juan Jph Balcasar, y la viuda de su hermano, en todo el año no han comparecido en esta Parrochia, y siendo âssi que no tienen casa, ni vecindario en el Pueblo de Guaymoco á dho Pueblo, dan âsistencia la Semana Santa állâ cumplen con el precepto: para âsistir â Missa, es grande la repugnancia de todo este vecindario, pues pensionandome, yo en decir Missa los dias de precepto, como entre ôcho y nueve de la mañana, tanto los vecinos del Valle como la mayor parte de los de dentro el Pueblo, tantean el Tiempo de êvangelio: â resar la Doctrina, y óyr su esplicacion es la gente de este vecindario muy desâfecta, pues tomando, yo este Trabajo despues de cantado êl êvangelio, no es remedio bastante= A la septima pregunta: la escuela página 133 de este Pueblo muy âpenas llegará âl numero de siete Niños, â causa de la mala criatura de los Padres: el Maestro es de entera Satisfaccion= A la ôctava pregunta, me remito â las ântesedentes respuestas, â distincion de que en Articulo de Muerte, generalmente piden confecion â tiempo= A la novena pregunta: la Doctrina la enseño por el comun cathesismo del Padre Geronimo de Ripalda, su esplicacion âreglandome â la mas seria inteligencia de los Evangelios, cathesismo, del Señor Pio quinto, Tradiciones, husos, y constumbres de Nuestra Santa Madre Yglecia, claridad, y puresa de Noses: para resolver casos de duda, y conciencia, me gobierno por la raga Yllustrada, el Doctor Benjumea sobre Larraga, y el Padre Fray Jesús Potestas: las Sagradas Rubricas sigo las del Misal= A la decima pregunta: digo con sinseridad, de ânimo que siempre ê seguido el sistema de molestar, ni causar vejaciones â los Yndios, ni permitir que les sean y rogados por los coádjutores, ní otras, Perzonas âlgunas; esto es Yllmô Señor lo que puedo âseverar en el âsumpto, en el Pueblo de San Juan Opico, Fecha, Vt ʃupra= Maestro, Juan de Morales Betancurt página

Texistepeque editar

Yllmó Señor: Señor, en cumplimiento del superior mandato de V. Señoria Yllmá, respondiendo á los puntos uqe me manda en su carta Pastoral digo=Sobre el primero; que la renta de este Beneficio de San Estevan Texistepeque de donde soy Cura, ásiende con inducion de todos los derechos de Baptismos, Casamientos, Entierros, Cofradias, y áccidentes, como novecientos pesos, y las óbras pias, que tiene son dos, con nombre de Capellania, de la Vrra percivo, veinte, y cinco pesos, y de la ótra diez: y digo: por el estipendio de ámbas ónze Missas= Sobre el segundo punto digo: que el Ydioma que se habla en todo el Curato, es el castellano, y no se si alguno este órdenado, á titulo de esta Administracion= Sobre el Tercero digo: que los Pueblos que tiene ánexos son dos: el uno se nombra San Pedro Chicumquezal, el qual dista de esta cavezera como siete Leguas: el ótro dista como quatro de dha cavezera, y se nombra San Juan Atecpam Masagua: Tiene tambien un Valle que se llama de Santhiago, y una Hacienda que se nombra Honduras; el Valle dista de esta Cavezera seis leguas y la Hacienda dista de la referida cavezera quatro leguas, con que se página 134 gun parese comprehende, el distrito todo de la Parrochia veinte, y una leguas, y no tengo á mi cargo mas Haciendas ni Poblaciones= Sobre el quarto punto digo: que las familias que hay en la cavezera, son ciento, y diez, y nueve: el ánexo de Chicumquezal tiene quarenta y siete familias, y quinze el de Atecpam Masagua: el Valle de Santiago, tiene quarenta y tres familias, y catorze la Hacienda de Honduras: que todas parese componen el numero de doscientas treinta, y ócho, las familias, de todas las Parrochias: de estos son los hombres, doscientos y uno, las Mugeres son ásimismo, doscientas, y una, los Adultos, son doscientos sinquenta y dos, las Adultas, doscientas veinte y tres: los Parbulos, son ciento setenta, y dos: y las Parbulas, ciento sinquenta y ócho, las perzonas que componen todo la Feligrecia, son segun parese mil doscientas, y siete= Sobre el quinto digo: que no he notado especiales escandalos, ni ábusos en mi Parrochia, solo se hago patente á V. Señoria Yllmá la continua repeticion de insesxtos que he eprimentado se cometen ássi entre los casados página como entre los que no lo son; los remedios que he áplicado, han sido, unos publicos, y ótros secretos, segun los delictos; los éfectos que han producido, han sido poco menos que nada, pues he notado que áun las penitencias que les he impuesto á los del delicto publico haciendo pasado mas de tres Meses que les impuse que se confesasen, y llevasen una Cruz ál hombre, no lo han executado: Assimismo hago saver á V. Señoria Yllma que ótro de los vicios Dominantes que he ádvertido, es el de la Luxuria, y tambien, el de la continua murmuracion: los remedios que he áplicado para estos vicios han sido mandarles que se confiesen á menudo, y mediten álgun rato, en uno de los quatro Novissimos; pero creo han producido muy poco efecto, pues no he exprimentado especial enmeinda en el pecado= Sobre el sexto punto digo: que todos mis Parrochianos han cumplido con los preceptos de confesar, y comulgar, quando lo manda la yglecia, y tambien, ásisten puntualmente á la Doctrina Christiana, y á la Missa, y no me consta que álguno de todo el Territorio este separado de su consorte, ni que álguno haia contrahido Matrimonio con Ympedimento sin haver sido ántes dispenzado= Sobre el Septimo punto digo: que no hay escuela donde áprendan los página 135 Niños por la suma pobreza de estos Yndios_ Sobre el óctavo punto digo: que no he notado Ydolatrias álgnas, ni supersticion: y en órden á recurrir los Santos Sacramentos, se haze con gran áprecio, pues siempre clama con hancia por que se les ádministren: solo si en el Pueblo ánexo de CHicunquezal son álgo descuidados en llamar quando se hallan en peligro de Muerte, y creo por esta cauza que puede haver muerto álguno sin la perfeccion de los Santos Sacramentos= Sobre el nono punto digo: que tengo de uso para la explicacion de la Doctrina Christiana son los siguientes: la óbra del Padre Juan Martines de la Parra, el éminenticimo Cardenal Belarmino, y el Padre Fray Francisco Écheverzt: los que tengo para resolber los casos de conciencia, son como se sigue: toda la óbra de Bonacina, la del Padre Nicolas Mazzota, las Conferencias Morales, y practica del Padre Fray Jaime Corrella: la suma del Padre Fray Henrique Villalovos; la óbra de Fray Pedro de Ledesma, la de Fray Juan de la Cruz, la del Señor Montenegro, la del Padre Fray Valentin de la Madre de Dios, el Padre Fray Francisco Larraga, y ótros: de estos á los que mas me inclino son á los tres primeros, y ultimo: para las Sagradas Rubricas, áun que tengo á Gavanto, pero por quien me sigo es por el Misal Romano, y para la ádministracion de los Santos Sacramentos porquí: en me govierno es por el Manual que esta mandada guardar en este Arzobispado= Sobre el Decimo, y ulyimo punto digo: que no me consta que los Yndios sean demaciadamente castigados, Molestados, ni vejados de alguna perzona. Esto en todo lo que puedo, y devo responder á los puntos que V. Señoria Yllma, me manda. Nuestro Señor guarde la importante Vida de V. Señoria Yllmá, los años que sus Subditos nesecitan. Texistepeque y Febrero, catorze de mil setecientos sesenta, y nueve= Yllmó. Señor A los Piez de V. Señoria Yllmá, su mas humilde subdito= Joseph Miguel Ben Vezino

Santa Ana editar

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Chalchuapa editar

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Jutiapa editar

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Jalapa editar

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Mita editar

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Metapán editar

(Imágen 775)

Respuesta del
P.e Cura de
Metapan
 

El Cura propio de este Partido de San Pedro Metapas: Despues de haver êcho âveriguacion de las ôbenciones, y Derechos Parrochiales, en que consiste la renta de este Curato, y demas conserniente â su situacion, capacidad, vecindario, y âdministracion Parrochial, satisfase, â las preguntas, que se digna haser, en la Pastoral, que há corrido circularmente, en la presente vizita de este año de mil setecientos sesenta y nueve. El Yllmô. Señor Don Pedro Cortes y Larraz del consejo de su Magestad Dignisimo Arzobispo de este Arzobispado de Guathemala, y Verapaz N. Señor Cumpliendo, con la extrecha ôbligacion que la Magestad Divina ha puesto â mi cuidado, y con el mandato de V. Señoria Yllmâ con la verdad, sinceridad, y puresa, que corresponde â mi estado, pongo en su superior comprehencion, como la renta de este curato consiste presisamente en las ôbenciones ânuales, que el cura persive, y contribuyen, quinze cofradias, que se hallan eregidas en esta Yglecia Parrochial, con âuthoridad del Señor ôrdinario, cuyos principales existen en Dineros, y Ganados, de página 157 cuyo estado por separado, hago manifestacion en la âdjunta minuta; y cada una de dhas cofradias, paga treinta y quatro pesos de derechos ânnuales, y el gasto del vino, que todo âssiende, â quinientos pesos; Assimismo dose Hermandades, que selebra esta feligrecia entro del año, produsen treinta y cinco pesos= De Missas de Devocion, que tambien hasen decir, persive sinquenta pesos= de Baptismos percive doscientos, y sinquenta pesos, mas ô menos= De Entierros mas ô menos puede persevir el cura en el año Trescientos pesos= De Casamientos mas ô menos, quatro cientos pesos= De reditos de un mil setecientos pesos de capellanias servidera â el cura de esta Yglecia Parrochial ôchenta y cinco pesos= De Sinodo en las Caxas Reales, siento, ôchenta y tres pesos= De Primicias mas ô menos, siento, y sinquenta pesos: cuyas partidas montan un mil novecientos, quarenta y un pesos, de que poco mas ô menos concidero âssiende la renta total de este Beneficio, con ynolucion de todos sus emonumentos, y ôbras pias= El Ydioma que generalmente, se habla en este Territorio por Yndios, y por Ladinos; es el castellano, y como para la âdminsitracion de Sacramentos, no es nesesario Lengua particular, ha âdministrado de coadjutor en años página pasados en esta Parrochia el Bachiller Don Pasqual Ruiz Natural, y vesino de este Pueblo, con cuya âsignacion fue promovido â los sagrados ôrdenes, y al presente se haya careciendo de Licencias, para selebrar el Santo Sacrificio de la Missa, y para confesar; viviendo en su casa, sin exercer en cosa âlguna su ministerio= Por lo tocante â la conimografia de esta Parrochia: Tiene en Longitud catorze leguas castellanas, y en su Lactitud nueve: comprehende su sircumferencia, quatro Valles, muchos Hatos, Trapiches, y estancias, dentro de los quales vive la mayor parte de los Feligreses, no recidiendo en el Pueblo de pie, sino sesenta, ô setenta perzonas, las quales componen veinte, ô veinte y cinco familias, y por lo que resulta del Padron general que âcompaña â esta razon, salvo yerro de suma, se compone esta feligrecia de siento ôchenta y cinco familias inclusive trese de los Yndios, de las quales produce el Padron Vn mil, y seis cientas perzonas, mas ô menos, los setecientos hombres, y las restantes Mugeres, como doscientas de estas por confirmar, y ôtros tantos de los hombres= En quanto â los vicios, y escandalos, que he notado en los meses de mi exercicio, devo Ynformar â V. Señoria Yllmâ. que este miserable Territorio ge- página 158 neralmente se compone de Gente vagamunda y que por lo regular todos se exercitan âssi en los valles, como en este Pueblo, en Juegos y Diverciones âgrestes, y se publica vos, y fama el visio de Hurtar esta en este Paiz, muy ârraigado. Y con no menos Dolor se âdvierte, que con grande escandalo, viven de âsiento en concubinatos, siendo la mayor parte de esta Gente viciosa, hombres, y Mugeres, casados, y âlgunos de ellos sparientes, cauza porque el pecado de Ynsexto, es quasi frequente entre esta Gente. La decidia y peresa, es tanta que haviendo entablado salir cantando por las calles todos los dias Sabados el Rosario de Maria Santisima, tal ves no hé êncontrado en la Yglecia, un hombre que cargue las ândas de la Ymagen, ni las varas de Palio, y me ha sido forsoso, pagar con reales perzonas, que lo hagan. Contra estos vicios, no hê sesado, desde que me pocecione de este Beneficio, en los dias DOmingos, y dias festivos e Predicales, y rearduirles: Saliendo tambien por las calles publicas en todos los Domingos cantando la Doctrina Christiana con los Muchachos, y Muchachas, y en entrando en la Yglecia les explico un punto de Doctrina Christiana, â cuyo âcto no âsisten los grandes, porque disen se âverguenzan de que les la Doctrina Christiana y por lo que reconosco, assi Adultos, como Ynfantes, nesesitan de su explicacion sin página intermicion âlguna=Por lo que mira, â si esta Feligrecia â cumplido con los preceptos de confesar, y comulgar, lo ignoro, ues hasta el presente no se me ha dado lista, que lo âcredite, por el ministro mi ântesesor, y el Padron, que de nuevo he formado ha sido â costa de Yngenticimo trabajo. De todo el numero de esta Feligrecia, muy pocos son los que âsisten â la explicacion de la Doctrina Christiana, que âcostumbro en tiempo de Missa mayor prinzipalmente en el Ybierno, poniendo por pretexto no poder suvir de sus Hatos en los dias festivos, por lo fraguoso de los caminos. Se hayan tambien algunos casados disgustados entre si, que por lo regular traen querellas reciprocas, por sus naturales indociles, y genios Discolos. Una Muger casada vive en este Pueblo, y su Marido âusente, y sercano â esta Feligrecia, con gran renuencia para Juntarse con su Muger, y no haviendolo podido haver hê êxsortado, â la expresada, y me responde no estar de parte suya el vivir Divorciada, y segun lo que âlega parese ser âssi=Para plantar en este Pueblo Escuela de Niños, no encuentro capacidad, por defecto de casa, y de Maestro â propocito, y por la mucha decidia de estos Feligreses, los quales en la mayor parte del año, se retienen en sus trapiches, y Hatos, â sus hijos, privados de la Missa, y la Doctrina. página 159 En quanto â Ydolatrias, ô supersticiones êchiserias, ô malêficios no he êncontrado hasta la presente, yndicio, que lo manifieste, sin embargo de que es comun sentir, de que todos los Yndios que han âvitado este Therreno, se han muerto, unos â ôtros con êchisos, de que ha resultado tal Destruccion, que â la presente estan reducidos, â tres ô quatro Tributarios Naturales, de este Pueblo, los quales, con âlgunos forasteros âgregados, concurren sin repugnancia â la Yglecia, y â los demas ôficios de Piedad=Para explicar la Doctrina Christiana: Leo frequentemente en el Directorio Chatesistico, del êrudito DOctor Cantero, y en su Tratado de Vicita de ênfermos, y en un Apendix curiosa, que traê de casos ôcurrentes, â el ârticulo de la Mueret. Y para resolver casos de conciencia, Leo, en clericato, en reinfestuel, en corella, y en la Suma de Felis Potestas, â cuyas resoluciones, me inclino regularmente.=En quanto â los Yndios, y si estos son demaciadamente castigados ô molestados, con violencias vejaciones, no reconosco entre los poco de mi Feligrecia, que halla âlguno querelloso; pues en quanto â la racion, con que me acuen, las dan tan excasa, y â su contemplacion, que toda ella se reduse, â una Baca, cada mes, quinze Pollos, y el Viernes, y Sabado seis huebos, y seis Pescaditos, y con esto concurren quando quieren página y pueden, porque de ôrdinario me mantengo de mi peculio. Cuyo todo hago presente â V. Señoria Yllmâ, con la realidad, ê ingenuidad, que demanda esta materia, para que en su inteligencia y con Vista del expediente, que por separado presento â V. Señoria Yllmâ. sea muy srevido de terminar, en los puntos condusentes âl mexor regimen, estavilidad, y reformacion de este curato, quietud, y sociego de su Parrocho, lo que hayare mas conveniente, que sera como siempre lo mexor, como lo espera de la clemencia, y piedad de V. Señoria Yllmâ. los muchos años, que su Yglecia nesecita. En San Pedro Metapas, â trese de Febrero de mil setecientos sesenta y nueve: Mi Señor Beso la Mano de V. Señoria Yllmâ, su mas humilde hijo, y âpacionado Sierbo=Diego Joseph Lopez

Esquipulas editar

(Imágen 781)

Respuesta
del P.e Cura
de Esquipu
las
 
 Esquipulas Febrero diez y siete de mil setecientos sesenta y nueve años: Respuestas â las deis preguntas, que previene su Señoria Yllmâ en la Carta Pastoral de la Vicita Canonica en que âctual se haya=A la primera; respondo: que la renta del Curato consiste en las ôbenciones que ôfresen dies y seis cofradias; siete en Esquipulas; siete en Quesaltepeque, y dos en San Jasinto; las de Quesaltepeque, y San Jasinto con dose Missas, meseras, â dose reales cada ûna, festividad y Aniversario â trese tostones; las de Esquipulas, dos de Ladinos â

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 lo mismo; y las cinco de Yndios â dies Miſsas meseras de â doze reales festividad, y Aniversario; â esto se hagregan âlgunas hermandades, en los dos Pueblos grandes; tres ramos de Capellanias, el uno de Un mil doscientos pesos de principal, el ôtro de dos cientos pesos, y el ôtro de quatro cientos cinquenta pesos, y este ultimo esta quasi, perdido, y aunque he puesto, todos los medios pocibles no hè podido conseguir, ni los reditos, ni el todo del principal, como lo hare constar con los recaudos correspondientes; y incluyendo en esto los derechos de Baptismo, casamientos, y entierros âsiende la congrua â Un mil, y ôchocientos pesos, poco mas ô menos, Un año con ôtro; de este redito pago dos Coadjutores que son el que se mantiene en el Pueblo de Quesaltepeque, y en Esquipulas, cada uno, â tres cientos pesos, en cada un año, sin ôtros âccidentes que les âgrego; y ôtros dos Coadjutores que mantengo de pie, el uno en el Real de Minas de Alotepeque, sediendole todos los proventos, que âquel distrito produse; y el ôtro en los Valles contiguos, que son Jupilingo, y Sulay, que distan de este Pueblo ôcho leguas, y en uno de ellos hay ôratorio en que ôyen Missa todos los dias de fiesta; y prevencion de ôleo de enfermo; pago tambien, en el tiempo de quaresma, ôtro Ministro para que âyuden â confesar, âsi porque sede cumplimiento en el tiempo

página

 señalado; como porque si alguno, dalgunos de los Feligreses, se ruborisan de confesarse con su Cura, ô Coadjutores lo hagan con menos verguenza con ôtro. Pago tambien del Recivo dicho quarenta y seis pesos, seis reales ânnualmente de contribucion de Colegio Seminario, y treinta pesos, de quarta funeral como âsimismo de dho Recivo; soy ôbligado, â satisfaser los derechos, y costos de las vicitas canonicas; y de lo que queda liquido hago tres partes; la una para mi manutencion, y decencia; ôtra para socorrer las nesecidades de los Pobres, âssi en el vistuario, como en lo demas; ôtra para las indigencias de mis tres Yglecias, como conſta âl fin de los Ynventarios de dhas Yglesias=2.ªAl segundo respondo: que en los tres Pueblos, que componen este Beneficio; se habla un mismo Ydioma, que es Chorti, âunque los Naturales de ella, mas usan el Castellano, y en el se les enseña y explica la Doctrina Christiana, y Evangelio, y por la presente no hay ninguno ôrdenado â titulo de esta Ydioma=3.ªA la tercera respondo: que los Pueblos son tres. Esquipulas, que de poco años, â esta parte se ha hecho cavezera; Quesaltepeque, este dista de Esquipulas, quatro leguas; San Jasinto, que dista de Quesaltepeque, tres leguas; Esquipulas tiene dos Valles, que la ûltima Poblason dista del Pueblo, ô-

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 cho leguas, que es donde mantengo el Ministro, que ârriba cito; en estos dichos valles se hayan Noventa familias, que componen, quinientos treinta, y un, Yndividuos, no hay ninguna Hacienda formal, todos son Hatillos â esepcion de la de Don Ambrocio Lugo, que se puede nominar por Hacienda de Campo, y Trapiche respective â las demas. Quesaltepeque tiene cinco vallecitos en que se hayan, siento, y cinquenta familias, que componen mil, y un Yndividuos, no hay una Hacienda formal son Hatillos, ni Trapiche forma, âunque los mas tienen sus trapichitos, que se compone cada uno de quatro Matas de Caña, con mil êpidemias. Yngenios ninguno, â esepcion de los que estan de molidos en el Real de minas=4.ªA la quarta respondo: que en Esquipulas hay sinquenta y nueve familias de Ladinos; que incluyen Yndividuos 0360„
En sus valles hay noventa familias, sus Yndividuos 0331„
En el Pueblo de Quesaltepeque hay cinquenta y seis familias que componen 0246„
En sus Valles hay, ciento, y cinquenta familias que componen 1001„
Suma de la Gente Ladina 2138„
Suma de
las fami
lias 333
 
 Yndios del Pueblo de Esquipulas 2138„
Yndios del Pueblo de Quesaltepeque 0863„
Yndios del Pueblo de San Jasinto 0723„
Suma de los Yndios 3334„
De manera que segun parese por la figu-

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 rado, las dos partidas de suma, montan cinco mil, seis cientos, noventa, y dos Yndividuos, incluidos en estos, los de confirmacion, que son dos mil, ôchenta y uno, segun consta del Padron, ô matricula, que para este fin tengo êcha=5.ªA la quinta respondo: que con la âyuda de Dios Nuestro Señor, he conseguido âpartar â muchos de los concubinatos, solo con dos, no hê podido conseguirolo, por varias diligencias que he êcho, y de las correcciones fraternas hâ nacido el que se conjuren estos contra mi; se han criado âutos, los quales paran en poder del Vicario Provincial, el por no sean finalisado ignoro, y ellos se han quedado âun causando mas, nota en el lugar; el uno se llama Don Jph Samborayn, y el ôtro Don Ygnacio Gutierres, âmbos Êuropeos, selivatos y las concubinas tambien selibatas, el primero hâ mas de veinte y cinco años, el segundo ha mas de ôcho años. El primero de las dos expresados, tiene crianza de Ganado mayor, y siempre, se me quejan los Colectores del Diesmo de su mala paga; y lo verifico, por que las primicias tambien no las paga ha como diez años âbsolutamente. Ôtros vicios Dominaban, los hé hido, extinguiendo con la âlluda de Dios=6.ªA la sexta respondo: que â costa-

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 de algun trabaxo, y disgustos todos los Parrochianos, estan, en corriente, en confesar y comulgar, no solo ânnualmente quando les ôbliga el precepto, mas tambien entre año, en las fiestas Particulares, en los Jubileos, ê indulgencias plenarias; y tambien en ôyr Missa solo â la explicacion de la Doctrina Christiana son repugnantes, pues quando hay Missa resada, ântes ô despues de la Solemne la ôyen por escusarse de âsistir â la explicacion dicha; de todos los feligreses, solo dos familias, son reveldes, la una es de Mestisos llamados los Mojorques, que jamas me han querido ôbedeser en cosa âlguna, estos son ôriundos del Pueblo de Chiquimula de la Sierra, y tin su Hatillo, en este territorio, en donde viven lo mas de laño, pero ni se quieren matricular, quando pasan por su Casa, hasiendo el Padron para el presepto ânnual, ni han querido satisfacerme con certificacion de haver confesado y comulgado en ôtra parte; ni haser los Baptimsos, y casamientos ên mi territorio, ântes bien, haviendo puesto en Depocito â una Muchacha de esta familia, por haver tenido denuncia; con todo âtrevimiento la fueron â sacar de la Casa donde yo la tenia, y la llevaron â otra parte â casarla, y ni para esto me pidieron certificacion, ni proclamas, y â este respecto

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 ôtros desacatos que han tenido, sin poderlo yo remediar por falta de Justicia, estos fundaron una hermandad de San Antonio en el valle donde viven, y todos los años, cada individuo, da un Real para la Missa, y nunca he visto, medio real para la Missa, y nunca he visto, medio real ,y savido yo de esto, los mande â llamar para preguntarles con que licencia, havian levantado hermandad, y en que havian convertido las limosnas que los ôtros havian contribuido todos los años, y la reſpuesta fueron muchas ôsadias, y nunca comparecieron. El ôtro es Don Alexandro Vides, y todos sus dependientes, que viven en un Hato, que esta en el extremo de este territorio, y de su propia Autoridad y por su ântoxo, ha êlegido por Parrochia la de Xilotepeque, usurpandome â mi la jurisdicion, y derechos Parrochiales; no solo el, sino tambien sugiriendo â un êntenado suyo casado, que vive mas internado en êste territorio, y tambien sugiriendo â otras familias de los Mexias, que viven immediatos â el; le he reconvenido con varios papeles; me he valido de la Real Justicia, que de todo hare constar; y se mantiene en su contunancia, quiere que comparesca ânte V. Señoria Yllmâ para que de sus descargos, y me condene en lo que yo le huviere desservido, ôfuêre culpado. En este Curato havia una constumbre, ô coruptela introdusida

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 que â costa de algun trabaxo, y desvelo, la he hido destruyendo, y para âcavar de destruirla, necesito de la Authoridad de V. Señoria Yllmâ si le parese vien; y es que muchos de los que viven en los Hatos, celebraban los dias de sus Santos, ôtros algun Santo particular, de su devocion, ôtros, ô por mexor dexir los mas, se casaban en el Pueblo ê iban, ô haser su boda â los Hatos, âunque estubieran muy distantes del Pueblo, y con est emotivo, unos por parciales, ôtros por convidados, ôtros por Jugar, ô fandanguear, se quedaban sin ôyr Missa, los dias de fiesta, no solo los circunvecinos, sino tambien los de los Poblados, ântisipandose â la fiesta saliendo del Pueblo la Vispera de Missa; y en los tales concursos, no podia menos sino tener el Demonio, muchas gangerias como la experiencia me lo ha mostrado. Separados de sus Mugeres, ây varios por que sean âusentado, y no se save donde reciden; solo uno, seê, que esta en Guathemala, y su Muger âquí; â este por insestuoso les segui âutos, y di cuenta con ellos mas ha de quatro años, Penitenciado que fue se le havilito para que volbiera, â haser vida, con su consorte, y ruborado del êcho, no ha querido juntarse con la Muger, llamase, Alexandro Cordero, y la Muger Ysavel Alegria. En el mes de Noviembre, proximo pasado, se contra-

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 xo àqui un Matrimo con Ympedimento de âfinidad, por copula ylicita, el caso es como se sigue=Pedro Soltero, tubo que ver con Maria Casada; deste Adulterio, nacio Antonio, baxo de Matrimonio, muerta Maria y su Marido; reconocio Pedro, â Antonio por hijo, y lo recogio el dicho Anton io, se caso con Ysabel, la qual havia tenido, copula con un hermano de Pedro, Padre de Anyonio, y aunque en las Ynformaciones, no âparecio el tal Ynpedimento; depsues de contrahido el Matrimonio, vino de un viaje el hermano de Pedro, y me pregunto, si era cierto que Ysabel, se havia casado con Antonio, â quien reconocia el, por sobrino, hijo de su hermano Pedro; respondile que si, y que porque me lo preguntaba? dixome, entonses que para descargo de su conciencia me declarava, que el havia tenido copula con Ysavel, y que si ella no lo havia declarado seria por ignorar el parentesco, por haver nacido el dho Antonio baxo del Matrimonio, y aunuqe êra publico que Pedro nombraba â Antonio por hijo, y Antonio, le trataba, de Padre, pero se haria el Juicio Ysabel, de que seria por âdopsion, repreguntele, si el savia de cierto, que Antonio, hera hijo de Pedro su hermano, y que si se hatrevia, â Jurarlo? respondiome; que no se âtrevia â Jurarlo; pero que savia que êra hi-

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 jo de su hermano, porque el dho su hermano lo desia. Y haciendo Juicio de que los contrahentes estaban con buena feê, y el Ympedimento hêra ôculto, le dixe â el denunciante; que no se podia haser feê, siera, ô no, hijo e su hermano el tal Antonio, por haver nacio debaxo de Matrimonio; pero que, sin embargo; no publicara el, ni el Ympedimento si acaso lo havia, ni lo que me havia nenunciado, que Yo, âveriguaria la cosa, y lo remediaria. En este estado quedo, V. Señoria Yllmâ con su âcostumbrada caridad, y âlta comprehencion determinarla lo que fuere muy servido=7.ªA la septima respondo: que Escuela de NIños, Ladinos, no la ha, âvido solo de Yndios por el Rey. El Maestro es un buen hombre; pero los yndios no quieren âsistir, por mas que el Maestro, y Yo nos âpuramos=8.ªA la ôctava respondo: que ninguna partuclar de las que contiene la pregunta, he ha notado entre mis feligreses=9.ªA la nona respondo: que los Libros que uso, para explicar la Doctrina Christiana, son el cathesismo Romano, la practica de dho Cathesismo, su Autor el Padre Eusevio, Nierenberg, Luz de Verdades Catholicas por el Padre Parra. Para resolver los casos de conciencia, la Raga vieja, y la Yllustrada; fuero de Conciencias; Fray Manuel Rodriguez lusitano, Picler; Lacrois; Remigio Noydens; y el confesor

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 instruido. Para las sagradas Rubricas; el Missal, y el Manual=10.ªA la desima respondo: que no seê, hayan sido castigados demaciadamente los Yndios, y sin razon; solo si, estoy informado por los de Quesaletepque, y haviendo despachado, su corregidor â cargar Botixas de Bino, en el Lomo desde el Golfo, hasta Guathemala, solo les pagaron â la mitad, porque siendo corrientre entre los Arrieros, y Comerciantes, pagar de flete por cada Botixa, cinco pesos, â ellos se las pagaron â veinte reales, mas no seê de parte de quien ha estado el defrudo del trabaxo personal de estos miserables, de lo que me hé lastimado mucho como de ôtras varias cosas, que han padesido sin poderlo remediar. Hasta âqui, hê satisfecho â las preguntas de la carta pastoral; prosigo en el Cuaderno siguiente, l oque tengo que deducir en esta vicita, âsegurando, que uno, y ôtro, va sin dolo âlguno, solamente presisado de la ôbligacion=Juan Anyonio Gallardo, y Varaona

Jocotán editar

(Imágen 791) página 165 página página 166 página página 167 página página 168 página página 169

Chiquimula editar

(Imágen 800) página página 170 página página 171 página

Zacapa editar

(Imágen 805) página 172 página página 173 página página 174 página página 175 página página 176

Acasaguastlán editar

(Imágen 814) página página 177 página página 178 página página 179

San Agustín de la Real Corona editar

(Imágen 820) página página 180 página

Erratas editar

Entre renglones=el auxilio=tum=en esta Conformidad si cortó en un obraje paga=h=de Salario que dá el PUeblo le adelanté dos pesos=mil=cid=tapado=puntos=n=nio=Enmendado=o=s=nis=e=tres=veinte=ruta=n=x=e=e=d=j=reido=realidad=ve=de Yndios que=ran=S=en=evaba=noventa=a=adul=a=trescientos=ir=xos=b=ninguno=La=nu=e=arroba=a=o=tiempo=lío=esgo=Nicolas=cinquen=o=aba= página 181 y seis=los=sesenta=Colectoria=ont=bía=todo Vale=Festado=p=para muchos=p=acerca=ente=dos=no Vale

Cconcuerda con sus originales que se ayan en los autos de la Vicita Canonica hecha por el Yllustrissimo S.r Arzobispo de esta Diocesi de los Curatos de ella de que ha hecho mencion y por ahora paran en mi poder con que se corrigio a que me refiero y lo hize sacar de mandato verbal de su Señoría Ylustrissima par efecto de remitir á S. M. Dios le Gue. en su Real y Supremo Consejo de Yndias en Guathemala á dos de Abil de mil setecientos setenta y un años=

Los Notarios q.e aquí firmamos, certificamos, y damos fee, q.e Don Manuel Antonio Zacan [...] parese autoriſado el anteſedente Testimonio, el Notario Receptor del Tribunal Ede[...]co de este Arzobispado, y Oficial m.or de Su Secretaría de Camara, en actual exercicio, y como a[...]tal aſu[...] Semejantes, y demas dilig.s q.e ante el Susodho han paſado, y paſan, siemp[...] seles ha dado, y dá entera fee y credito, judicial, y extrajudicialm.te y para q.e [...] ponemos la preſe nte en Guathemala a dos de Abril de mil setez.tos setenta y un años. página página página