Deliberación del Consejo Real y Patrimonial de Valencia (20-10-1609)
Deliberacion acordada por el Consejo Real y Patrimonial de Valencia el dia 20 de octubre de 1609, segun se contiene en el libro 12 de Deliberaciones Patrimoniales, guardado en el archivo de la Bailía general de Valencia.
Traducido del catalán
El dia 20 de octubre del año 1609 - El Ilustrísimo y Excelentísimo Señor D. Luis Carrillo de Toledo, Marqués de Caracena, Señor de las villas de Pinto é Ines, Comendador de Triana, Virey y Capitan General por S.M. en la ciudad y reino de Valencia, con el voto y parecer de los oficios Reales patrimoniales D. Francisco Carroz Pardo de la Casta, Caballero del hábito de Alcántara, subdelegado de Baile general de la presente ciudad y reino de Valencia, D. Bernardino Zanoguera, Maestre Racional de la Régia Córte, el Doctor Baltasar Sans, Regente de la Asesoría de la Bailía general y Joseph Miguel Monraval, Procurador patrimonial de S.M. Atendiendo y considerando que por el Rey D. Felipe nuestro Señor y por su Real carta, ha mandado publicar bando en la presente ciudad y en los lugares acostumbrados de esta, mandando en él que todos los moros del presente reino se embarcasen y saliesen de él; y que con este motivo muchos de estos, obedeciendo á dicho bando, se han embarcado, y han dejado muchas tierras en el realengo del presente reino, sembradas de adaza, panizo y otros frutos, y muchas aceitunas en los olivos; y que dichos frutos y granos van á perderse y conviene se recojan y pongan en lugar seguro por el interés que en ellos tiene S.M., y que se hagan notas é inventarios de las tierras para que se sepa y conste cuales y cuantas tierras son las que dichos moriscos tenian y poseian en realengo fuera de los términos de los lugares de su habitacion. Por tanto proveyó que los Bailes de las villas y lugares del presente reino convoquen á los que dicen ser Señores de lugares de moriscos ó á sus Procuradores, y citados y con su asistencia hagan inventarios de todas las tierras que los morors de dichos lugares poseian en realengo: y con respecto á los frutos pendientes, así de aceitunas como de adaza, panizo y arroz, pasas, higos y otros, si los hay en realengo, que los arrienden, ó los den con la obligacion de partir como mejor puedan concertarse, y que tengan en su poder hasta que se provea otra cosa, el precio de dichos arriendos ó partes de frutos que procederán de dichas tierras de realengo. Y respecto de los frutos, para los cuales no hallarán arrendador ó quien los recoja con la obligacion de partirlos, que dichos Bailes con la misma asistencia de los referidos Señores ó Procuradores, los recojan y beneficien y los guarden en su poder, segun se dijo arriba.
Hecho en el Real Palacio [etc.]
Fueron testigos, Rafael Vilallop, portero de los Consejos, y Rodrigo Alvares, verguero, vecinos de Valencia.
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