Decreto legislativo de fundación de la Biblioteca de la Asamblea Nacional de El Salvador
(Decreto Legislativo No. 113, del 4 de julio de 1930, publicado en el Diario Oficial No. 167, Tomo No. 109, del 25 de julio de 1930)
República de El Salvador en la América Central
TEXTO:Decreto No. 113.
La Asamblea Nacional Legislativa de la República de El Salvador,
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad se carece de una biblioteca debidamente organizada que sirva de fuente de información y consulta para las labores legislativas, y que es de necesidad establecerla, para llenar este vacío,
DECRETA:
Art. 1º.–Créase la “Biblioteca de la Asamblea Nacional”, anexa al Archivo de la misma.
Art. 2º.–Destínase, para la compra inicial de las obras con que deberá comenzarse a formar la expresada Biblioteca, la cantidad de un mil colones, partida que se consignará en el nuevo Presupuesto Fiscal.
Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, Palacio Nacional: San Salvador, a los cuatro días del mes de julio de mil novecientos treinta.
Palacio Nacional: San Salvador, 10 de julio de 1930.
Publíquese,