Decreto de división administrativa de los Territorios Nacionales (1904)

Decreto de división administrativa de los Territorios Nacionales

Ministerio del Interior. Buenos Aires, Mayo 19 de 1904

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Octubre 25 de 1901 á los fines y por los mismos fundamentos del de Enero 29 de 1902, y en concordancia con su artículo 12; atenta la facultad contenida en la Ley de 16 de Octubre de 1884, art. 2°, y CONSIDERANDO:

1° Que el crecimiento de la población de los territorios nacionales hace necesaria su mejor subdivisión para atender á los diversos servicios administrativos que ellos reclaman, en particular á lo relativo á policía, justicia y régimen municipal;

2° Que es conveniente uniformar la nomenclatura de las divisiones políticas para evitar la incertidumbre originada por la diversidad de clasificaciones y salvar las dificultades de información que provienen del gran número de disposiciones diversas existentes sobre divisiones internas, límites y asientos de autoridades de los territorios, vistos los informes presentados por los gobernadores, de acuerdo con el artículos 1° del Decreto de 25 de Octubre de 1901, El Presidente de la República —

DECRETA: Art. 1° Los territorios nacionales tienen los límites externos que les fijan las Leyes de Octubre 16 de 1884 y Enero 9 de 1900, y son los siguientes:

I.— MISIONES

Norte — Río Iguazú, desde su desembocadura en el Río Paraná hasta su confluencia con el Río San Antonio Guazú, que lo divide del Brasil.
Este- Río San Antonio Guazú y Pepiry Guazú, hasta su desembocadura en el río Uruguay, que lo dividen del Brasil.
Sur— Río Uruguay, desde la desembocadura del Pepiry Guazú hasta la del arroyo Chimiray, que lo divide del Brasil.
Oeste — Arroyos Chimiray é Itaembé, que lo dividen de la provincia de Corrientes, y Río Paraná, desde la desembocadura del Itaembé hasta la del Iguazú, que lo divide de la República del Paraguay.

II.— FORMOSA

Norte — Paralelo 22°, desde el límite con Salta hasta el río Pilcomayo, y éste hasta su desembocadura en el río Paraguay, que lo divide de la república de este nombre.
Este— Río Paraguay, desde la desembocadura del Pilcomayo hasta la del río Bermejo.
Sur — Río Bermejo, seguido por el brazo llamado Teuco, hasta el Fuerte Belgrano.
Oeste — Una línea que partiendo de Fuerte Belgrano, en dirección al Norte, toque en el límite Norte con el paralelo 22.

III.— CHACO

Norte — Línea que partiendo del límite Sudoeste del Territorio de Formosa, cerca del Fuerte Belgrano, sobre el rio Bermejo siga este río por el brazo llamado Teuco, hasta su desembocaduia en el lío Paraguay, o sea el límite Sur del Territorio de Formosa.
Este — Ríos Paraguay y Paraná, desde la desembocadura del Bermejo en e) primero, hasta el paralelo 28, en el segundo; límite con Santa Fe.
Sur — Paralelo 28, límite con Santa Fe, desde el río Parana hasta el límite Norte Oeste de la Provincia de Santa Fe. Oeste— una linea recta hacia el Norte, que partiendo desde la intersección del paralelo 28, con la línea que forma el límite Oeste de Santa Fe, siga el meridiano que le corresponda, hasta encontrar el paralelo que pasa por San Miguel, sobre el río Salado, y desde este meridiano, hacia el Oeste el paralelo que pasa por San Miguel, hasta el lugar de ese nombre, sobre el río Salado y la provincia de Salta.

IV— LA PAMPA

Norte — Paralelo 36° desde el meridiano 10° de Buenos Aires hasta el limite Oeste de la Sección VII de la mensura de este Territorio y el paralelo 35°, desde el límite Oeste de la Sección VII de la mensura de este Territorio, hasta el meridiano 5° de Buenos Aires.
Este— Meridiano 5° de Buenos Aires, desde el paralelo 35° hasta el rio Colorado.
Sur — Río Colorado, desde el meridiano 5° hasta el meridiano 10° de Buenos Aires.
Oeste-Meridiano 10° de Buenos Aires, desde el río Colorado hasta el paralelo 26°.

V. — NEUQUEN

Norte — Provincia de Mendoza, río Barrancas, hasta el río Colorado, y éste hasta el meridiano 10° de Buenos Aires.
Este — Meridiano 10° de Buenos Aires, desde él río Colorado hasta el río Neuquen, y éste hasta su confluencia con el río Limay.
Sur — Río Limay y lago Nahuel-Huapí.
Oeste— Límites con Chile en la Cordillera de los Andes.

VI. — Río NEGRO

Norte — Río Colorado, desde el meridiano 10° hasta el meridiano 5° de Buenos Aires.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires, desde el río Colorado hasta el río Negro; éste hasta el Océano Atlántico, y éste hasta el paralelo 42°.
Sur — Paralelo 42°, desde el Océano Atlántico hasta el límite con Chile en la Cordillera de los Andes.
Oeste — Límite con Chile en la Cordillera de los Andes lago Nahuel-Huapí, río Limay, río Neuquen hasta el meridiano 10° de Buenos Aires, y éste hasta el río Colorado.


VH.--CHUBUT.

Norte — Paralelo 42°, límite con el Río Negro.
Este— Océano Atlántico.
Sur Paralelo 46°.
Oeste — Límite con Chile en la Cordillera de los Andes.

VIII.— SANTA CRUZ

Norte — Paralelo 46°, que lo divide del Chubut.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Paralelo 52° y límite con Chile.
Oeste — Límite con Chile.

IX. — TIERRA DEL FUEGO

Norte — Océano Atlántico.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Océano Atlántico y canal de Beagle.
Oeste — Límite con Chile.
A este territorio corresponden las islas del Océano Atlántico, que están bajo el dominio de derecho de la República Argentina.

X Los ANDES.

Norte — Limite con la República de Bilivia.
Este — Punto de intersección del paralelo veintitrés grados Sur con la sierra Incahuasi, Cerro de Pircas ó peñas Rio de las Burras (Punto á diez kilómetros próximamente de Susques) Abra Cortadera (camino de Susques á Cobre), Cerro Tranca, Abra del Pasto Chico, Cerro Negro, al Oriente del Cerro Tuler ó TugÜ, Abra de Chorrillos, Abra coloradi (camino de Pastos Grandes á San Antonio de los Cobres) Abra del Mojón, Abra de las Pircas (camino de Pastos Grandes á Poma) Cerro de la Capilla, Cerro Ciénaga Grande (al Norte del Nevado de Cachi), Abra de la Cortadera ó del Tolar (camino de Pastos Grandes á Molinos) Cerro Juere Grande, Abras de las Cuevas (camina Encrucijada), Abra del Cerro Blanco, Cerro Blanco, Cerro Jordo, Cerro de agua caliente, Nevado Diamante ó Mecara, (Cerro León Muerto), Portezuelo Vicuñorco, Nevado de Laguna Blanca, Portezuelo de Pasto de Ventura, Cerro de Curoto, Cerro Azul, Portezuelo de Robledo, Cerro de Robledo, Portezuelo de San Buenaventura, Nevado del Negro Muerto, Cono Bertrand, Dos Conos, Cerro Falso Azufre, Portezuelo de San Francisco.
Sur — Provincia de Catamarca.
Oeste — Desde la intersección del paralelo veintitrés grados, con el meridiano de sesenta y siete grados, una recta hasta la cima del Cerro del Rincón, otra recta desde la cima del Cerro del Rincón, hasta la cima del volcán Socompa. La línea divisoria seguirá corriendo desde la cima del volcán Socompa, hasta el lugar llamado Aguas Blancas, en los mapas argentinos, por los puntos y trechos llamados volcán Socompa; punto marcado con el número 29 en la proposición del perito argentino, que consta del acta levantada en Santiago de Chile el 1° de Septiembre de 1898, Cerro Sccompa Caipis, Cerro Tecar, punto principal del cordón de cerros entre Tecar y Cerro Inca, Cerro Inca, Cerro de la Zorra Vieja, Cerro Llullaillaco, Portezuelo de Llullaillaco, punto marcado con el núm. 39 en la proposición antedicha, Corrida de Cori, volcán Azufre ó Lastarria, Cordón del Azufre ó Lastarria hasta el Cerro Bayo, punto al Sur del cerro Bayo, núm. 48 de la proposición ya referida Cerro del Agua de la Falda, Cerro Aguas Blancas Como continuación de la línea divisoria; una recta que partiendo de la cima del Cerro de Aguas Blancas, llegue á la cima de los Cerros Colorados; enseguida otra recta desde la cima de los Cerros Colorados hasta la cima de los Cerros de Lagunas Bravas y otra recta desde la cima de los Cerros de Lagunas Bravas, hasta la cima de la llamada Sierra Nevada en el mapa argentino y calculada en el mismo mapa con la altura de 6400 metros. Finalmente una línea recta que, partiendo del último punto indicado, llegue hasta el que se fije en el paralelo veintiséis grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y cinco segundos por el Gobierno de Su Majestad Británica, cuyo fallo dice: — El límite en la región del Paso de San Francisco se formará por la línea divisoria de agrias que se extiende desde el hito ya erigido en ese paso, hasta la cumbre de la montaña llamada Tres Cruces.

Los territorios se dividirán en departamentos, cada uno de los cuales estará bajo la administración de un comisario de policía, como autoridad política administrativa y un juez de paz como autoridad judicial, pudiendo tener una ó más municipalidades siempre que existan poblaciones urbanas con el número de habitantes requeridos por la ley.

Art. 2° Los departamentos se subdivirán en distritos, cada uno de los cuales podrá tener un subcomisario y un juez de paz, ó teniente-juez, titulares ú honorarios.

Art. 3° Los distritos se subdivirán en cuarteles, que podrán tener tenientes-alcaldes y tenientes-jueces de paz, titulares ú honorarios.

Art. 4° Las designaciones geográficas se ajustarán á la siguiente nomenclatura:

1° Los departamentos se designarán con números ordinales, sin perjuicio del nombre que tengan ahora, ó que se les dé en lo sucesivo,

2° Los distritos se designarán con letras mayúsculas sin perjuicio del nombre, cuando lo tengan.

3° Los cuarteles se designarán con números sucesivos,

Art. 5° Las «secciones» á que se refiere el Art. 65 de la ley de Octubre 19 de 1879 y las menores divisiones en ella establecidas, formarán parte de los departamentos, distritos ó cuarteles á que respectivamente correspondan.

Art. 6° Las autoridades existentes en los territorios y las que se creen en lo sucesivo, ejercerán sus funciones únicamente dentro de los límites que le correspondan por este decreto ó el de su nombramiento, según lo sean de todo él (como los gobernadores y jueces letrados) ó de departamento, (comisarios y jueces de paz.) distritos tenientes-jueces ó cuartel (tenientes-alcaldes).

I- MISIONES editar

Art. 7° Queda dividido el territorio de Misiones en quince departamentos con los nombres y límites siguientes, según el plano construido por Francisco Fouilliand y Juan G. Sarejaunis en 1895:

I— POSADAS
Capital: ciudad de Posadas, que lo será también del Territorio.
Norte — Río Paraná desde la barra del arroyo Itaembé hasta la barra del arroyo Garupá.
Este — Arroyo Garupá hasta la confluencia con el arroyo Pindapoy Grande, y el arroyo Pindapoy Grande hasta su confluencia con el arroyo Pindapoy Chico.
Sur — Arroyo Pindapoy Chico y su brazo más hacia el Paraná que va á enfrentar á Santo Tomás.
Oeste — Limite de la provincia de Corrientes, desde ese brazo hasta las nacientes del arroyo Itaembé y éste en toda su extensión.

II — SAN CARLOS
Capital: pueblo San Carlos.
Norte — Arroyo Pindapoy Chico y su brazo más hacia el Paraná que va á enfrentar á Santo Tomás.
Este — Arroyo Pindapoy Grande, desde su confluencia con el Pindapoy Chico hasta sus nacientes y su prolongación hasta el mayor limite de la provincia de Corrientes que está en la punta del arroyo Angico.
Sur — provincia de Corrientes.
Oeste — provincia de Corrientes.

III. — APÓSTOLES
Capital: pueblo Apóstoles.
Norte— Límite Sur de los ejidos de San José, prolongado hacia el Oeste, hasta encontrar el arroyo Angico, y hacia e¡ Este, una línea que, partiendo del mojón esquinero de dichos ejidos, vaya hasta las puntas del Pesiguero.
Este — Una línea que de las puntas del arroyo Pesiguero, vaya á las puntas del arroyo Concepción en toda su extensión.
Sur — Río Uruguay desde la barra del arroyo Concepción hasta la barra del arroyo Chimiray.
Oeste — Arroyo Chimiray desde su baria en el Uruguay, hasta su confluencia con el arroyo Angico y este último hasta su intersección con el límite Norte de este departamento.
Este departamento queda subdividido en dos distritos:
A. Apóstoles, con los límites de la colonia de su nombre.
B. Félix Azara, con los límites de las colonias de su nombre.

IV.— CONCEPCIÓN
Capital: pueblo Concepción.
Norte — Departamento Cerro-Corá.
Este— Arroyo Santa María.
Sur --Río Uruguay, desde la barra del arroyo Santa María hasta la desembocadura del arroyo Concepción.
Oeste — Departamento Apóstoles.

V.— SAN JOSÉ
Capital: pueblo San José.
Norte — Arroyo Garupá, .desde su confluencia con el Pindapoy Grande hasta su confluencia con el brazo, que divide la colonia Candelaria de la propiedad Sciarrillo.
Este — Arroyo Garupá, desde su confluencia con dicho brazo, hasta su confluencia con el arroyo Lageado; este arroyo en toda su extensión y su prolongación hasta enfrentar las puntas del arroyo Pesiguero.
Sur — Límite Sur de los ejidos de San José, prolongado hacia al Oeste hasta encontrar el arroyo Angico y hacia el Este, una línea que partiendo del mojón esquinero de dicho ejidos, vaya hasta las puntas del arroyo Pesiguero.
Oeste — Arroyo Angico, desde su intersección con esta línea, hasta su naciente, su prolongación hasta las puntas del arroyo Pindapoy Grande, y este arroyo desde su naciente hasta su confluencia con el arroyo Garupá.

VI. — CERRO-CORÁ
Capital: pueblo Cerro-Corá.
Norte — Ei deslinde norte del Centro Agrícola de este mismo nombre, su prolongación hasta las nacientes del arroyo Santa Ana y el brazo del arroyo Garupá, que divide la propiedad Sciarrillo de terrenos fiscales.
Este — El deslinde Sudoeste de la Colonia Bompland, y una línea que partiendo del mojón esquinero Sur de dicha Colonia, vaya á las puntas del arroyo Itacaruaré.
Sur- -La parte de la línea límite Norte del departamento de Concepción, que de las puntas del arroyo Itacaruaré, vaya hasta el arroyo Lageado.
Oeste — El arroyo Lageado en toda su extensión y el arroyo Garupá, desde su confluencia con el arroyo Lageado hasta su confluencia con el brazo que limita la propiedad Sciarrillo.

VII. — CANDELARIA
Capital: pueblo Candelaria.
Norte — Río Paraná, desde la barra del arroyo Garupá hasta la barra del arroyo San Juan.
Este — Arroyo San Juan, desde su barra en el Paraná hasta encontrar el límite Norte de los ejidos de Cerro Cora.
Sur— El límite Norte de los ejidos de Cerro-Corá, desde su intersección con el arroyo San Juan, hacia el Oeste y el brazo del Garupá, que divide la propiedad Sciarrillo, de terrenos fiscales.
Oeste — Arroyo Garupá, desde su confluencia con su brazo últimamente citado hasta su barra en el Paraná.

VIII.— SANTA ANA
Capital: pueblo Santa Ana.
Norte — Río Paraná, desde la barra del arroyo San Juan, hasta la barra del arroyo Yabebiry, y la parte de este arroyo, desde su barra en el Paraná, hasta la vuelta conocida por Bonifacio.
Este — Arroyo Yabebiry, desde esta vuelta hasta sus nacientes.
Sur— Una línea que de las puntas del Yabebiry vaya á las puntas del arroyo Ytacaruaré y la parte del limite Norte del departamento de Cerro-Corá, desde su intersección con el arroyo San Juan, hacia el Este.
Oeste — Una línea que de las puntas del Ytacaruaré, vaya al mojón esquinero Sur de la Colonia Bonpland; el límite Sudoeste de esta Colonia y el arroyo San Juan, desde su intersección con el limite Norte de los ejidos de Cerro-Corá, hasta su barra en el Paraná.
Este departamento queda subdividido en dos distritos:
A. Santa Ana
B. Bonpland; éste comprenderá la colonia del mismo nombre y su futuro ensanche, y el primero, el resto del departamento.

IX.— SAN IGNACIO Y CORPUS
Capital: pueblo San Ignacio.
Norte —Río Paraná, desde la barra del arroyo Nacan-guazú, hasta la barra del arroyo Tabay.
Este — Arroyo Tabay, desde su barra en el Paraná, hasta su naciente y su prolongación hasta enfrentar las nacientes del arroyo Yabebiry.
Sur — Arroyo Yabebiry, desde su naciente hasta sus barra en el Paraná.
Oeste — Río Paraná, desde la barra del Yabebiry hasta la del Nacauguazú.
Este departamento queda subdivididc en dos distritos:
A. San Ignacio, con los límites de la colonia de su nombre.
B. Corpus, con los límites de las colonia de su nombre.

X. — SAN JAVIER.
Capital: pueblo San Javier.
Norte — Una línea que desde el punto de intersección del arroyo Pindaity con el límite Norte de la propiedad Arana, vaya hasta el deslinde Sud del departamento de Santa Ana y el deslinde Sud de este departamento.
Este — Arroyo Pindaity, desde el ¡imite Norte de la propiedad Arana, hasta su barra en el Uruguay.
Sur — Río Uruguay, desde la barra del arroyo Pindaity hasta la barra del arroyo Portera.
Oeste— Arroyo Portera, en toda su extensión y los departamentos de Santa Ana y Cerro-Corá.

XI. — CAMPO GRANDE.
Capital: Campo Grande.
Norte — Arroyo Paranay-Guazú, desde su barra en el Paraná, hasta su naciente, y su prolongación hasta las puntas del arroyo Soberbio.
Este — Una línea que de las puntas del arroyo Soberbio, vaya al límite Norte del departamento de San Javier.
Sur — La parte del deslinde Norte del departamento de San Javier, desde este punto hasta encontrar el deslinde Este del departamento de San Ignacio y Corpus.
Oeste — El límite Este del departamento de San Ignacio y Corpus, y el Rio Paraná, desde la barra del arroyo Tabay hasta la barra del arroyo Paranay Guazú.

XII.— SAN PEDRO.
Capital: San Pedro.
Norte — Arroyo Piray-Guazú, desde su barra en el Paraná, hasta la confluencia con su brazo que enfrenta, las puntas del arroyo Yaboty-Guazú de los indios.
Este — Dicho brazo y el arroyo Yaboty-Guazú de los Indios, desde las puntas hasta el deslinde de la propiedad Andrade.
Sur — Una línea que desde este punto vaya á las nacientes del arroyo Paranay-Guazú, y este arroyo desde su naciente hasta su barra en el Paraná.
Oeste— Rio Paraná, desde la barra del Paranay-Guazú, hasta la barra del Piray Guazú.

XIII. — MONTEAGUDO.
Capital; Paggi.
— Norte — Una línea que de las puntas del arroyo Soberbio, vaya al límite Norte del departamento de San Javier, -otra línea que de las puntas del arroyo Paranay-Guazú, vaya al punió de intersección del arroyo Yaboty-Guazú, de los indios, con el limite Norte de la propiedad Andrade, y el arroyo Piray-Guazú, desde la confluencia con su brazo que limita al Este el departamento de San Pedro, hasta, su naciente y su prolongación, hasta las puntas del arroyo Pepiry.
Este — Arroyo Pepiry, en toda su extensión hasta su desembocadura en el Rio Uruguay.
Sur — Río Uruguay desde la barra del Pepiry hasta la barra del Pindaity.
Oeste — Arroyo Pindaity, desde su barra en e! Paraná, hasta el limite Norte del departamento de San Javier y el limite Este del Departamento de San Pedro.

XIV— LA FRONTERA
Norte — Rio Iguazú desde su barra en el Paraná hasta su confluencia con el Arroyo San Antonio. Este — Arroyo San Antonio en toda su extensión y prolongación hasta las puntas del arroyo Pepiry.
Sur — Arroyo Piray-Guazú, desde, su barra en el Paraná hasta su naciente, y su prolongación hasta las cabeceras del Pepiry.
Oeste — Río Paraná desde la barra del arroyo Piray-Guazú hasta la barra del Río Iguazú.

XV— YTACARUARÉ

Norte — Una línea que partiendo de las puntas del arroyo Santa María, vaya al ángulo Sudeste del límite del Departamento Cerro-Corá, sigiendo el límite Este de dicho Departamento hasta el Arroyo Itacaruaré, brazo oriental, éste hasta su confluencia con el brazo occidental, y éste hasta una línea que, partiendo de las cabeceras de este arroyo, vaya hasta las cabeceras del arroyo Portera.
Este — Arroyo Portera.
Sur — Río Uruguay.
Oeste — Arroyo Santa María.

II. -FORMOSA editar

Art. 8 —Queda dividido el territorio de Formosa en doce departamentos con los nombres y límites siguientes:

I. — FORMOSA
Capital: pueblo de Formosa, que lo será del Territorio.
Norte — Riacho Pilagá,
Este — Río Paraguay.
Sur — Río Salarlo.
Oeste— -Meridiano 1° 10' al Oeste de Buenos Aires que lo divide del Departamento VI.

II. — MONTE LINDO
Norte— Riacho Inglés ó Araguay.
Este — Río Paraguay.
Sur— Riacho Pilagá. límite con el Departamento I,
Oeste — Meridiano 1° 10'.

III. — BOCA DEL PlLCOMAYO
Norte — Río Pilcoinayo.
Este — Río Paraguay.
Sur — Riacho Inglés.
Oeste — Meridiano 1° 10'.

IV.-- BOCA DEL BERMEJO
Norte — Río Salado.
Este — Río Paraguay.
Sur — Rio Bermejo.
Oeste — Meridiano 1° 10'.

V. — DEPARTAMENTO QUINTO
Norte— Paralelo 25° 30'.
Este— Meridiano l° 10'.
Sur — Río Bermejo.
Oeste — Río Teuco. desde su desembocadura en el Bermejo hasta el meridiano 2° 10' y éste hasta el paralelo 25° 30'.

VI. — DEPARTAMENTO SEXTO
Norte— Paralelo 24° 38'
Este — Meridiano 1° 10'
Sur— Paralelo 25° 30'
Oeste— Meridiano 2° 10'

VIL — DEPARTAMENTO SÉPTIMO
Norte — Río Pilcomayo.
Este— Meridiano 1° 10'
Sur— Paralelo 24° 30'
Oeste— Meridiano 2° 10'

VIII. — BOCA DEL TEUCO
Norte— Paralelo 24° 30' y el río Teuco hasta su desembocadura en el Bermejo.
Este— Meridiano 2° 10'
Sur — Río Bermejo.
Oeste— Meridiano 3° 10'

IX. — DEPARTAMENTO NOVENO
Norte — Trópico de Capricornio.
Este — Meridiano 2° 10'
Sur— Paralelo 24° 30'
Oeste— Meridiano 3° 10'

X. — DEPARTAMENTO DÉCIMO.
Norte — Rio Pilcomayo.
Este— Meridiano 2° 10'
Sur— Paralelo 23° 10'
Oeste— Meridiano 3° 10'

XI. — TEUCO ARRIBA
Norte — Trópico de Capricornio.
Este --Meridiano 3° 10'
Sur — Rio Bermejo.
Oeste— Límite con Salta.

XII.— DEPARTAMENTO DUODÉCIMO
Norte — Río Pilcomayo.
Este— Meridiano 3° 10'
Sur— Paralelo 23° 30'
Oeste — Limite con la Provincia de Salta.

III.— CHACO editar

Art. 9 — El Territorio del Chaco, cuya capital será el pueblo de Resistencia, queda dividido en seis departamentos con los nombres y limites siguientes:

I— MARTÍNEZ DE HOZ
Norte Río Bermejo, desde la intersección con el meridiano 2° 40' hasta su desembocadura en el río Paraguay.
Este — Río Paraguay.
Sur — Riacho de Oro; desde su desembocadura en el Paraguay hasta el meridiano 0° 40', éste hasta el paralelo 26° 37, y éste hasta el meridiano 2° 40'
Oeste— Meridiano 2° 40' desde el paralelo 26° 27' hasta el río Teuco.
Este departamento queda subdivido en tres distritos:
A — Puerto Bermejo
Capital: Puerto Bermejo.
Norte — Río Bermejo.
Este — Rio Paraguay,
Sur — Río Paraguay, Río de Oro y Río Canguí Grande.
Oeste— Límite Sudeste de la concesión Gandolfi.

B. — General Vedia:
Norte — Río Bermejo.
Este — La línea que divide al distrito Puerto Bermejo de la concesión Gandolfi hasta la intersección con el río Canguí Grande, y éste hasta su desembocadura en el Río de Oro.
Sur — El Río de Oro, desde su intersección con el meridiano O' 40 oeste hasta su desembocadura en el río Canguí Grande.
Oeste— El meridiano 0° 40° que lo divide del resto del departamento.

C. — Martínez de Hoz:
Norte — Ríos Teuco y Bermejo, que lo dividen del Territerio de Formosa.
Este — Distrito General Vedia.
Sur — Departamento Solalinde.
Oeste— Meridiano 2° 40'.

II.— SOLALINDE Norte — Departamento Martínez de Hoz.
Este — Río Paraguay.
Sur — Guaycurú desde el Rio Paraguay hasta el paralelo 26° 58" y éste hasta el meridiano 2° 40'.
Oeste — El meridiano 2° 40'.
Este departamento queda subdividido en dos distritos.

A. — Solalinde:
Norte — Departamento Martínez de Hoz.
Este — Meridiano 0° 40'.
Sur — Departamento Guaycurú.
Oeste— Meridiano 1° 40'.

B. — Las Palmas
Capital: Pueblo Las Palmas.
Norte — Río de Oro, desde el meridiano 0° 40' hasta el Río Paraguay.
Este — Río Paraguay.
Sur — Río Guaycurú.
Oeste— Meridiano 0° 40' desde el río Guaycurú hasta el Río de Oro.

III.— GUAYCURÚ
Norte — Departamento Solalinde.
Este — Río Paraná.
Sur — Una línea que partiendo desde el meridiano 2° 40', cuarenta kilómetros al Sur de la línea divisoria del departamento Solalinde siga al Este hasta encontrar el curso del arroyo conocido por río Salada, y desde este punto siguiendo la línea que divide la colonia Popular con la de Novare hasta encontrar el esquinero Norte de Resistencia, y la prolongación de esta línea hasta el río Tragadero y éste hasta su desembocadura en el Paraná.
Oeste — Meridiano 2° 40'.
Este Departamento queda subdividido en dos distritos.

A . — Guaycurú:
Norte — Departamento Solalinde.
Este — Límite Este de la colonia Margarita Belén.
Sur — Departamento Resistencia.
Oeste — Meridiano 2° 40'.

B.—Benitez:
Norte — Río Guaycurú.
Este — Río Paraná.
Sur — -Departamento Resistencia.
Oeste. — Límite Oeste de la colonia Margarita Belén.

IV.— RESISTENCIA
Capital: Pueblo Resistencia,
Norte —Departamento Guaycurú.
Este — Río Paraná.
Sur — Una línea que partiendo del Meridiano 2° 40', treinta y dos kilómetros próximamente al Sur de la línea divisoria del departamento Guaycurú, con rumbo al Este, termina treinta kilómetros antes de tocar el meridiano 0° 40' de cuyo punto siga con. rumbo al Sur hasta veinte kilómetros y de aquí continuará al Este hasta encontrar el ourso del arroyo Saladito, el que seguirá hasta su confluencia con el río Paraná.
Oeste— Meridiano 2° 40'.
Este departamento queda subdividido en tres distritos:

A. — Resistencia
Capital: pueblo de Resistencia.
Norte — Río Tragadero.
Este — Río Paraná.
Sur — Limite de Cate departamento.
Oeste — La colonia Popular y prolongación de su línea límite. Este hasta el fin del departamento.

B. — Colonia Popular
Norte — Departamento Gtiaycurú.
Este — Distrito Resistencia.
Sur — Límite del departamento.
Oeste — Límite Oeste de la colonia Popular y prolongación de su linea hasta el fin del departamento.

C. — Tercero
Norte — Distrito Guaycurú.
Este — Distrito Colonia Popular.
Sur — Límite del Departamento.
Oeste — Meridiano 2° 40'.

V.— LA SÁBANA (ANTES FLORENCIA)
Capital: estación la Sábana.
Norte — Departamento Resistencia.
E*te — Departamento Resistencia y Río Paraná.
Sur — Paralelo 28° límite con Santa Fe.
Oeste— Meridiano 2° 40'.
Este departamento queda subdividido en dos distritos:

A. — La Sábana
Capital: La Sábana.
Norte — Departamento Resistencia.
Este — Meridiano 1° 40'.
Sur — Paralelo 28, límite con Santa Fe.
Oeste— Meridiano 2° 40'.

B. — Basail
Capital: Basail.
Norte — Departamento Resistencia.
Este— Rio Paraná.
Sur — Paralelo 28, límite con Santa Fe.
Oeste— Meridiano 1° 40;

VI— CAAGUAZÚ
Norte — Río Teuco, que lo divide del territorio de Formosa, hasta el meridiano 2° 40;
Este — Meridiano 2° 40, hasta el paralelo 28° límite con Santa Fe.
Sur— Paralelo 28° límite con Santa Fe.
Oeste — Las provincias de Santiago del Estero y Salta.

IV— LA PAMPA editar

Art. 10. Queda dividido el territorio de la Pampa en diez y seis departamentos con los nombres y límites siguientes, según el plano publicado el 15 de Febrero de 1900 por la Dirección de Tierras y Colonias.
Su capital será el pueblo de Santa Rosa de Toay.

I. Primero. — Comprende la Sección I del plano, cuyos límites son:
Norte— Paralelo 15°, límite con la provincia de Córdoba.
Este — Meridiano 5° al Oeste de Buenos Aires, limite con esta provincia.
Sur — La linea paralela al paralelo 35° situada cien kilómetros al Sur de aquél, que complementa el cuadro de veinte leguas kilométricas por costado que forma cada una de las secciones de la mensura de dicho territorio según el plano indicado.
Oeste — Una línea paralela al meridiano 6° Oeste de Buenos Aires que corre á diez kilómetros al Oeste de dicho meridiano, que complementa el cuadro, de veinte leguas kilométricas por costado á que se refiere el límite señalado en el párrafo anterior.
Este departamento queda dividido en cuatro distritos que se denominarán con letras, cada uno de los cuales comprenderá la fracción de diez leguas por costado señaladas en el plano con las letras siguientes:
A. La fracción A. del plano.
B. La fracción B. del plano.
C. La fracción C. del plano.
D. La fracción D. del plano.

II. Segundo — Comprendiendo las fracciones A, B, C y los lotes 1 á 18, 24 y 25 y ángulo Nordeste del lote 19 con una superficie de 2380 hectáreas, 63 áreas y 7 centiáreas de la fracción D, sección 11 , cuyos límites son:
Norte— Departamento Primero.
Este — Meridiano 5°, de Buenos Aires.
Sur— La línea paralela al límite del departamento Primero que corre á cien kilómetros al Sur de aquella hasta tocar el lote N° 23 de la fracción D, continuará por el límite de dicho lote hasta el N° 18, seguirá al Oeste por el límite entre los lotes 23 y 18 hasta el lote 22, oblicuará en el ángulo Nordeste del 19 hasta tocar el 12 y seguirá por el límite Sur del 12 y 11 hasta tocar en la sección VII del plano.
Oeste — Prolongación al Sur del límite Oeste del departamento I.
Este departamento queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenderán:
A. La fracción A del plano.
B La fracción B del plano.
C. La fracción C del plano.
D. Los lotes 1 á 18, 24, 25 y ángulo Nordeste, del lote 19, con una superficie de 2380 hectáreas, 63 áreas 7 centiáreas, de la fracción D, con una superficie aproximada de ochenta y una leguas cuadradas.

III. Tercero — Comprendiendo los lotes N° i, á 7, 1.4 á 17, 24 y 25 de la fracción A, la fracción B, la fracción C, lotes Nos. 4, á 7, 14 á 17, 24, y 25 de la fracción D, todos de la sección III cuyos límites son:
Norte — Departamento II.
Este— Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — -La línea paralela del límite Sur del departamento II, que corre á cien kilómetros al Sur de aquélla.
Oeste — Línea paralela al meridiano 5° de Buenos Aires, que corre setenta kilómetros al Sur de éste.
Este Departamento, queda subdividido en dos distritos, que se denominarán y comprenderán:
B) Los lotes 4 á 7, 14 á 17, 24 y 25 de la fracción A y la fracción B.
C) Los lotes 4 á 7, 14 á 17, 24 y 25 de la fracción D y la fracción C.

IV. Cuarto Comprendiendo la sección IV del plano.
Norte — Departamento III.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Paralelo al límite Sur del Departamento III que corre á cien kilómetros al Oeste de aquél.
Oeste — Línea paralela al meridiano 5° de Buenos Aires, que corre á cien kilómetros al Oeste de aquél.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos, que se denominarán y comprenderán:
A) La fración A del plano.
B) La fracción B del plano.
C) La fracción C del plano.
D) La fracción D del plano.

V. Quinto — Comprende la sección V del plano.
Norte — Departamento IV.
Este -Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Rio Colorado.
Oeste — Linea paralela al meridiano 5° de Buenos Aires, que corre á cien kilómetros al Oeste de aquél.
Este departamento, queda subdividido en dos distritos, que se denominarán y comprenderán:
A) La fracción A del plano.
B) La fracción B del plano.

VI. Sexto— Comprendiendo la sección VII del plano.
Norte — Paralelo 35° límite con Córdoba.
Este — Departamento I.
Sur — Prolongación al Oeste del límite Sur del Departamento I.
Oeste — Provincia de San Luis.
Este Departamento, queda subdividido en dos distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
B) La fracción A y B del plano.
C) Las fracciones C y D del plano.

VII. Séptimo — Comprendiendo las fracciones A, B, y D de la sección VIII y toda la XIII del plano.
Norte — Paralelo 36° límite con la provincia de San Luis y departamento VI.
Este — Departamento II y la fracción C de la sección VIII del plano.
Sur— Prolongación al Oeste del límite Sur del departamento II.
Oeste — Sección XVIII del plano.
Este departamento queda subdividido en tres distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A) Las fracciones A de la sección VIII y la A de la sección XIII del plano.
B) La fracción B de la sección VIII del plano.
D) Las fracciones D de la sección VIII y D de la sección XIII del plano.

VII. A. Séptimo A — Comprendiendo los lotes 20 á 23 y 7 619 hectáreas, 36 áreas y 93 centiáreas del lote N° 19 de la fracción D sección II; la fracción C de la sección VIII, los lotes 1 á 10 de la fracción B, sección IX, y los lotes 1, 2, 3, 8, 9, y 10 de la tracción A, sección III.
Norte — Departamento VII.
Este — Departamentos II y III.
Sur — Una línea paralela al limite Sur del departamento I y VI que corra á ciento veinte kilómetros al Oeste de aquélla.
Oeste — Departamento VII.
Este departamento, queda subdividido en tres distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A. Los lotes 20 á 23, y 7.619 hectáreas, 36 áreas y 93 centiáreas, del lote 19 de la fracción D, sección II y los lotes 1, 2, 3, 8, 9 y 11 de la fracción A, sección III.
B. Los lotes 16 á 25 de la fracción C de la sección VIII y los lotes 1 al 10 déla fracción B de la sección IX.
C. Los lotes 1 al 15 de la fracción C de la sección VIII.

VIII. Octavo. — Comprendiendo la sección XIV, las fracciones A. C y D y los lotes 11 á 25 de la fracción B, sección IX; los lotes 11, 12 ,13, 18 á 23, de la fracción A, y los lotes 1, 2, 3, 8 á 13 y 18 á 23 de la fracción D de la sección III.
Norte — Departamento VII y VII A.
Este — Departamento III.
Sur — -Prolongación al Oeste del límite Sur del departamento III.
Oeste — Prolongación al Sur de la línea límite Oeste del departamento VII.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenderán:
A. La fracción A de la sección XIV, y los lotes 1 á 25 de la fracción A. sección IX.
B. Los lotes 11 á 23 de la fracción B, sección IX, y los lotes 11, 12, 13, 18 á 23, de la fracción A, sección 11.
C. Los lotes 1 á 25 de la fracción C, sección IX. y los lotes 1, 2, 3, 8 á 13, 18 á 23, de la fracción D, sección III.
D. Las fracciones D, sección XIV y D sección IX.

IX. Noveno.— Comprendiendo las secciones X y XV,
Norte — Departamento VIII.
Este— Departamento IV.
Sur — Prolongación al Oeste del límite Sur del Departamento IV.
Oeste — Prolongación al Sur del límite Oeste del Departamento VIII.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A. Las fracciones A, de las secciones XV, y la A de la X. B.
La fracción B de la sección X. C.
La fracción C de la sección X. D.
Las fracciones D, sección IX y D, sección XIV.

X. Décimo — Comprendiendo las fracciones E y F de la sección X, y la parte de las secciones XVI y XXI que está al Norte del río Colorado.
Norte — Departamento X.
Este — Departamento V.
Sur — Rio Colorado.
Oeste — Río Colorado.
Este departamento queda subdividido en dos distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A. Las fi acciones de las secciones XXI y XVI.
B. Las fracciones E y F de la sección X.

XI. Undécimo. — Comprendiendo la sección XX Norte — Prolongación al Oeste de la línea límite Sur del departamento IX.
Este — Departamento IX.
Sur — Departamento X y Río Colorado. Oeste — Línea paralela al límite Oeste del departamento IX, que corre á cien Kilómetros al Oeste de aquella.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A. La fracción A del plano.
B. La fracción B del plano.
C. La fracción C del plano.
D. La fracción D del plano.

XII — Duodécimo — Comprendiendo la sección XIX.
Norte — Prolongación del límite Sur del departamento VIII.
Este — Departamento VIII.
Sur — Departamento XI.
Oeste — Prolongación al Norte del límite Oeste del departamento XI.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos que se dominarán con letras y comprenderán.
A. La fracción A del plano.
B. La fracción B del plano.
C. La fracción C del plano.
D. La fracción D del plano.

XIII — Decimotercero — Comprendiendo la sección XVIII.
Norte — Paralelo 36° límite con las provincias de San Luis y Mendoza.
Este — Departamento VII.
Sur — Departamento XII.
Oes:e — Prolongación al Norte del límite Oeste del departamento XII.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos, que se denominarán con letras y comprenderán.
A. La fracción A del plano.
B. La fracción B del plano.
C. La fracción C del plano.
D. La fracción D del plano.

XIV. Decimocuarto — Comprendiendo la sección XXIII.
Norte — Paralelo 36° límite con la provincia de Mendoza.
Este — Departamento XIII.
Sur —Prolongación al Oeste del límite Sur del departamento XIII
Oeste — El meridiano 10° de Buenos Aires, que lo divide de la Provincia de Mendoza.
Este departamento, queda subdividido en cuatro distritos, que se denominarán con letras y comprenderán:
A. La fracción A del plano.
B. La fracción B del plano
C. La fracción C del plano
D. La fracción D del plano.

XV. Decimoquinto.— Comprendiendo las secciones XXIV y XXV.
Norte — Departamento XIV.
Este — Departamento XI y XII.
Sur — Río Colorado.
Oeste — El meridiano 10° de Buenos Aires, que lo divide de la provincia de Mendoza.
Este departamento, queda subdividido en cinco distritos, que se denominarán con letras y comprenderán,
A. La fracción A de la sección XXIV.
B. La fracción B de la sección XXIV.
C. La fracción C de la sección XXIV.
D. La fracción D de la sección XXIV.
E. La fracción A de la sección XXIV.

V.- NEUQUEN editar

Art. 11. Queda dividido el Territorio del Neuquen en doce departamentos, con los nombres y límites siguientes, según el plano publicado por el ingeniero don Carlos de Chapeaurrouge; debiendo considerarse el pueblo de Chos-Malal como su capital provisional, hasta que se establezca el asiento de sus autoridades en el pueblo de la Confluencia, que se erigirá en capital definitiva, con la denominación de Neuquen.

I.— CHOS-MALAL
Capital Chos-Malal.
Norte — Límite Norte de los lotes números 11, 12 y 13 de la sección XXIX sobre la laguna Carrilauquen y el Río Barrancos, hasta su intersección con el lote 16 de la sección mencionada.
Este— Límite Este de los lotes 17, 24, 4, 7, 14, 17 y 24 de la misma sección hasta el Arroyo Blanco, y éste y su prolongación, Arroyo Tilhué hasta su confluencia con el Río Neuquen.
Sur — Río Neuquen, desde su confluencia con el Arroyo Tilhué, hasta el límite Oeste del lote 10 de la fracción D de la sección XXX
Oeste— Límite Este de las secciones XXXIII y XXXII

II. — MINAS
Norte — Límite Norte de la sección XXXII, que lo es también con la provincia de Mendoza.
Este — Departamento Chos Malal.
Sur — Río Neuquen, hasta el arroyo Picuitan, y éste hasta la Cordillera de los Andes.
Oeste — Límite con Chile en la Cordillera de los Andes.

III.— Río COLORADO ARRIBA
Norte — Río Barrancos, desde su intersección con el límite
Este del departamento Chos-Malal, hasta el río Colorado, y éste hasta el meridiano 10° de Buenos Aires.
Este — Meridiano 10° de Buenos Aires.
Sur — Límite Norte de los lotes 4, 3, 2 y 1 de la fracción B de la sección XXVIII y su prolongación al Oeste hasta el río Neuquen.
Oeste— Río Neuquen y departamento de Chos-Malal

IV.— NORQUÍN Norte— Departamentos II. y I.
Este — Río Neuquen, desde su confluencia con el arroyo Tilhué, hasta su confluencia con el río Agrio.
Sur — Río Agrio, hasta el río Covuncó: éste hasta el arroyo Codihué y su prolongación al Oeste hasta la Cordillera de los Andes.
Oeste — Límite con Chile en la Cordillera de los Andes.

V. — LAS LAJAS
Norte — Departamento Ñorquín y el río Neuquen, hasta su confluencia con el arroyo Covuncó, en el Paso de los Indios.
Este y Sur — Arroyo Covuncó, desde el Paso de los Indios, hasta tocar con la sección XXL
Oeste — Límite Nordeste de las secciones XXI y XXII, hasta el departamento de Ñorquín.

VI.— AÑELO
Norte — Departamento Río Colorado Arriba.
Este— Meridiano 10° de Buenos Aires.
Sur- -Río Neuquen.
Oeste — Río Neuquen.

VIL— PICÚ-LEOFÚ Norte — Departamento Las Lajas.
Este — Límites Oeste de las secciones VII, VI, V, y IV.
Sur — Río Limay, desde la intersección de la línea indicada hasta la desembocadura del Río Picú-Leofú.
Oeste — Río Picú-Leofú hasta su intersección con el límite Oeste de la sección XX; éste hasta el límite Norte de la misma sección; y éste hasta su intersección con el arroyo Covuncó.

VIII. — CONFLUENCIA
Capital: pueblo Neuquén.
Norte — Departamento Añelo, hasta el Río Neuquén, y éste hasta su desembocadura en el Río Negro.
Este — Rio Neuquén.
Sur — Rio Limay, desde su confluencia con el Neuquén, hasta el límite Este del departamento Picú-Leofú.
Oeste— Departamento Picú-Leofú.

IX.— ALUMINÉ
Norte — Departamento de Ñorquín.
Este — Departamento de Las Lajas y arroyo Cateluin desde su confluencia con el río Malleu hasta la sierra de Chachü y su prolongación hasta el límite Norte del departamento Picú-Leofú.
Sur — Arroyo Cateluin.
Oeste — Rio Malleu desde su confluencia con el Cateluin hasta el lago Tromen y su prolongación al Oeste hasta el límite con Chile en la Cordillera de los Andes y éste hasta el departamento Ñorquín.

X.— LIMAY CENTRO
Norte — Departamentos de Aluminé y Picú-Leofú,
Este — Departamento Picú-Leofú
Sur — Rio Limay desde la confluencia del Picú-Leofú hasta el límite Oeste de la sección XXIV.
Oeste— Límite Oeste de las secciones XXIV, XXV y XXVI departamento Aluminé

XI.— COLLÓN-CURA
Norte — Departamento Aluminé.
Este — Departamento Limay Centro.
Sur — Rio Limay desde el límite Oeste del departamento Limay Centro hasta la desembocadura del rio Collón Cura.
Oeste — Rio Collón Cura y departamento Aluminé.

XII.— Los LAGOS
Capital: Junín de los Andes.
Norte — Departamento Aluminé.
Este — Departamento Collón Cura.
Sur — Rio Limay y Territorio del Río Negro.
Oeste — Límite con Chile en la Cordillera de los Andes.

VI.- RIO NEGRO editar

Art. 12 Queda dividido el Territorio del Río Negro en siete departamentos con los nombres y límites siguientes;

I. — VIEDMA
Capital: pueblo de Viedma, que lo será también del Territorio.
Norte — Río Negro.
Este — Océano Atlántico.
Sur— Paralelo 42°, que lo divide del Territorio del Chubut.
Oeste — Meridiano 7°, al Oeste de Buenos Aires.
Este departamento queda subdividido en seis distritos:
A — Viedma
Capital: Viedma.
Norte — Río Negro.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Océano Atlántico.
Oeste — La línea divisoria entre los lotes 2 y 3 de la Sección I ó sea entre el ejido de Viedma y propiedad de Piedrabuena, Puente Berraute, siguiendo esta línea hasta el límite Sudoeste de la sección I y desde este punto, la mitad Sudoeste del lote 9 sección I, AI, siguiendo las líneas Este de los lotes 11, 20 y 21 fracción G de la misma sección.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles:
CUARTEL 1
Nordeste— Río Negro, desde su desembocadura, río arriba, hasta el costado Sudeste del campo propiedad de José María Barnes.
Noroeste — La prolongación del límite Nordeste hasta encontrar el límite Norte del lote 18 sección 1ª A, I.Sudoeste — El límite Sudoeste de la primera sección del Valle, hasta la costa del Océano.
Sudeste — Océano Atlántico.
CUARTEL 2
Nordeste — Río Negro, arrancando del límite Noroeste del cuartel 1, río arriba, hasta llegar al puente Coronel Berraute.
Sudeste — cuartel 1.
Sudoeste Linea que divide la sección del Valle de la 1a. A, I.
Noroeste — Distrito San Javier.
CUARTEL 3
Nordeste — Limite Sudoeste de la sección del Valle, arrancando del extremo Nordeste del lote 24 sección A, I hasta el límite del distrito San Javier.
Noroeste — La mitad Sudeste del lote 9 sección 1ª A, I.
Oeste— La línea divisoria de los lotes 11 y 12, 20 y 19 fracción G sección 1ª A, I.
Sur— La línea Norte de los lotes 22, 23 y 24 de la misma sección.
CUARTEL 4
Norte — El límite Sur del cuartel 3.
Noreste— Límite Este del lote 24 sección Ia, A, I.
Oeste— La linea Este del lote 21.
Sur — Océano Atlántico, hasta el límite Sud-Oeste de la sección del Valle.

B. — San Javier
Capital: Paso de la Piedra.
Noreste — Río Negro.
Sudeste — Distrito 1° de Viedma.
Sur — Océano Atlántico.
Oeste— Distrito San Antonio, ó sea la línea divisoria de los lotes 14 y 15, 7 y G de la fracción F sección 1° A, I y la línea Noroeste del lote 2 de la Sección 2a del Valle, hasta la costa del río.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles.
CUARTEL 1
Sudeste— El distrito de la Capital, desde la costa del Rio Negro hasta el límite Sudoeste de la Sección del Valle.
Nordeste — El Río Negro, desde el puente Coronel Berraute, río arriba, hasta el costado Noroeste del lote 9 sección II del Valle.
Noroeste — -El costado Noroeste del lote 9 hasta el límite Sudoeste de la sección del Valle.
Sudoeste — El limite Sudoeste de la sección del Valle.
CUARTEL 2
Sudeste — El cuartel 1.
Nordeste — Río Negro, río arriba hasta el zanjón de Oyuela.
Noroeste — El límite Sudeste de la propiedad de Clemente Núñez, hasta el Sudoeste de la Sección del Valle.
Sudoeste — El límite Sudoeste de la Sudoeste del Valle.
CUARTEL 3
Nordeste— El límite Sudoeste de los cuarteles 1 y 2.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 17 y 16, 24 y 25, 4 y 5 fracción E y F, sección 1° A, I.
Sur — El limite Norte de los lotes 6 y 20 de la misma sección.
Este— Distrito de la Capital.
CUARTEL 4
Norte —La línea Norte de los lotes 6 y 20.
Sud — Océano Atlántico.
Este — Límite Este de los lotes 20 y 21.
Oste — Limite Oeste de los lotes 6 y 15, todos de la sección 1ª A, I.

C — -Cubanea
Capital: Zanjón de Oyuela.
Nordeste —La costa del Río Negro, arrancando del zanón de Oyuela ó sea del límite Sudeste del distrito San Javier, río arriba, hasta el punto conocido por Primera Angostura, ó sea límite Noroeste del lote 3 sección III del Valle.
Sudeste — El distrito San Javier y la línea Norte Sud que divide los lotes 17 y 16, 24 y 25, 4 y 5 Fracción E y F de la sección 1ª A, I.
Sur — Distrito San Antonio, ó sea una línea de Sudoeste á Sudeste que corta los lotes 4, 3, 22, 21 fracción F. y E.
Oeste — La Línea que divide los lotes 6 y 20, 5 y 11, 25 y 10 de la fracción C, D y E cuadrando al Este hasta la prolongación del límite Sudoeste, del lote 3 sección III del Valle, y esta misma línea hasta la costa del río en la Primera Angostura.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuateles.
CUARTEL 1
Noroeste — Río Negro, desde el límite Sudoeste del distrito San Javier, río arriba, hasta el límite Sudeste de la propiedad de Beltrán Neguelúa, ó sea el límite Sudoeste del lote 14, sección III.
Sudeste — Distrito San Javier.
Sudoeste — Límite Sudoeste de las secciones II y III.
Noroeste— El límite Sudoeste del lote 14, hasta la costa del rio.
CUARTEL 2
Desde el límite Noroeste del cuartel 1, siguiendo río arriba hasta la Primera Angostura y desde este punto al Sur hasta el límite Sudoeste de la sección III y por el Sudoeste el límite Sudoeste de la sección III, hasta el cuartel 1, siguiendo el límite Noroeste del lote 14, hasta la costa del río.
CUARTEL 3
Noroeste— El límite Sudoeste de la sección III del Valle, desde el límite Noroeste del lote 13, fracción E, sección 1ª A, I, hasta encontrar el límite Norte del lote 10 de la misma sección, fracción E.
Sur — La línea Norte que divide los lotes 1 1 y 20, 12 y 19, 13 y 18, de la fracción E.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 25 y 10, y 11, fraciones C, D y E.
CUARTEL 4
Norte — El cuartel 3 y el límite Noreste del lote 17 fracción E.
Este — Distrito San Javier.
Sur — Distrito San Antonio.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 6 y 20 fracción D y E. D.

D. —General Frías
Capital: pueblo del mismo nombre.
Nordeste — Río Negro, de la Primera Angostura, río arriba hasta el límite Noroeste del lote 15 sección V del Valle.
Este — Distrito Cubanea.
Sudoeste — La misma línea Sudoeste del lote 15, prolongada al Sur hasta encontrar el límite Norte del lote 9 fracción C, sección 1ª A, I.
Oeste — La línea que divide los lotes 9 y 10, 11 y 12, 20 y 19, 21 y 22, fracción C, sección 1ª A, I.
Sur- El distrito San Antonio, ó sea una línea que divide díagonalmente de Sudeste á Noroeste los lotes 2, 3, 7 y 6 de la fracción D.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles:
CUARTEL 1
Noreste — El Río Negro desde la Primera Angostura, río arriba, hasta el límite Noroeste del lote 8 sección IV, propiedad de Ignacio Aramburú, ó sea la segunda Angostura.
Noroeste — El limite Noroeste del lote 8 prolongado al Sur hasta el límite Sudoeste de la sección IV.
Sudeste -Distrito Cubanea.
Sudoeste — Límite Sudoeste de las secciones III y IV.
CUARTEL 2
Noroeste — El límite Noroeste del lote 15 hasta la línea Sudeste de la sección V.
Nordeste — El Río Negro, río arriba, hasta el límite Noreste del lote 15 sección V.
Sudeste — Cuartel 1.
Sudoeste — Límite Sudoeste de la sección V y IV del Valle hasta el límite del cuartel 1.
CUARTEL 3
Nordeste — Los límites Sudoeste de las secciones III, IV y V del Valle, desde el límite Sudeste del cuartel 1 hasta el límite Noroeste del cuartel 2.
Noroeste — La línea Norte del lote 9 y la que divide los lotes 10 y 9, 11 y 12, 20 y 19 de la fracción C, sección 1 A, 1
Sur — La linea que divide los lotes 19 y 22, 18 y 23, 17 y 24, 16 y 25, 1 y 10 de la fracción C y E de la misma sección.
CUARTEL 4
Norte — El cuartel 3 desde el ángulo Noreste del lote 25 fracción C, hasta el ángulo Noroeste del lote 22 déla misma fracción.
Este — Distrito Cubanea.
Sudoeste — Una línea diagonal límite del distrito San Antonio.
Oeste — Línea que divide los lotes 21 y 22 fracción C.

E. — General Conesa
Capital: pueblo del mismo nombre.
Nordeste — Rio Negro, desde el distrito General Frías, río arriba, hasta el límite Sudoeste del lote 3 sección VII
Este y Sudeste — Distrito General Frías.
Sur — Distrito San Antonio ó sea la línea que divide los lotes 10 y 11, 9 y 12, 8 y 13, 7 y 14, 6 y 15. 21 y 1, prolongada desde el ángulo Nordeste del lote I fracción D sección 1ª A. I hasta el meridiano 7°.
Oeste — El meridiano 7° de Buenos Aires, que lo divide del departamento Veinticinco de Mayo.
Queda subdividido este distrito en siete cuarteles:
CUARTEL 1.
Nordeste— El Río Negro, desde el límite del distrito General Frías, rio arriba hasta el límite Noroeste del lote 1 de la sección V.
Sudeste — Distrito General Frías.
Sudoeste— Límite Sudoeste de la sección V.
Noroeste — Límite Noroeste del lote 1° sección V.
CUARTEL 2
Nordeste — El Río Negro, rio arriba hasta el límite Noroeste del lote 3 de la sección VI. Sudeste — Cuartel 1.
Sudoeste— Limite Sudoeste de la sección VI del Valle.
Noroeste — El Límite Noroeste del lote 3 de la misma sección.
CUARTEL 3
Nordeste— El Río Negro, desde el límite del cuartel 2 rio arriba, hasta el meridiano 7°.
Sudeste— Cuartel 2.
Sudoeste — -El límite Sudoeste en las secciones VI y VII.
Noroeste — Meridiano 7° de Buenos Aires y distrito Alvaro Barros.
CUARTEL 4
Nordeste — Limite Sudoeste de las secciones VI y VII del Valle, desde el limite Noroeste del lote 10 de la Sección VI hasta el meridiano 7°.
Este — Linea divisoria de los lotes 19 y 18, 12 y 13. 9 y 8, hasta tocar el limite Sudoeste de la Sección VI del Valle.
Sur — Línea divisoria de los lotes 20 y 21, 19 y 22 fracción A. sección 1ª A, I prolongada desde el ángulo Nor-Este del lote 22 hasta ei meridiano 7°.
Oeste — Departamento Veinticinco de Mayo.
CUARTEL 5
Nordeste— Límite Sudoeste de las secciones V y VI del Valle, desde el distrito Frías hasta la linea Noroeste del lote 9 de la fracción VI.
Este y Sudeste — Distrito General Frías.
Sur— Línea divisoria de los lotes 18 y 23, 17 y 24, 16 y 25, 10 y 11 de la fracción A y C sección 1ª A, I.
Oeste — Cuartel 4.
CUARTEL 6
Norte — Cuartel 5.
Este — Distrito General Frías.
Sur — Distrito San Antonio.
Oeste — Línea divisoria de los lotes 22 y 23, 2 y 3, 9 y 8 de la fracción A y B. de la sección 1° A, I.
CUARTEL 7
Norte — Cuartel 4.
Este— Cuartel 6.
Sur — Distrito San Antonio.
Oeste— Meridiano 7 de Buenos Aires.

F. — San Antonio. Capital: puerto del mismo nombre.
Norte — Distrito General Conesa.
Nordeste — Una línea diagonal que arrancando del ángulo Nordeste del lote 7° fracción F. corte en dirección Noroeste los lotes 4, 3, 22,21, 6, 73 y 2 de la fracción D, E y F lindando con los distritos Cubanea Frías.
Este — Distrito San Javier.
Sur — Océano Atlántico.
Oeste — El meridiano 7° de Buenos Aires, hasta el paralelo 42.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles.
CUARTEL 1
Noroeste — Distrito Cubanea.
Este — Distrito San Javier.
Sur— Océano Atlántico.
Oeste— La línea divisoria de los lotes 15 y 21, 16 y 1, 25 y 10 de la fracción F D y E de la sección 1° A, I-
CUARTEL 2
Aguada de los Loros.
Noroeste El Distrito General Frías.
Este— Cuartel 1.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 1 y 2, 10 y 9,11 y 12 de la fracción D.
CUARTEL 3
Puerto San Antonio.
Norte— Distrito General Conesa.
Este— Cuartel 2.
Sur — El Océano Atlántico y la prolongación del límite Sur del lote 20 de la fracción B, sección 1ª A, I, hasta el meridiano 7°.
Oeste— El meridiano 7° de Buenos Aires, límite del departamento.
CUARTEL 4
Sierra Grande.
Norte— Cuartel 3.
Este — Océano Atlántico.
Sur— Paralelo 42° límite con la Gobernación del Chubut.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires, límite del departamento.

II.— CORONEL PRINGLES
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte— Río Colorado
Este — Meridiano 5°, limite con Buenos Aires.
Sur — Río Negro.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires.
Queda dividido este departamento en tres distritos que se denominarán con letras y comprenden:
A. — Coronel Pringles
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte — La línea Sur que divide los lotes 25 y 5, 24 y 4, 23 y 3, 22 y 2, 21 y 1, fracción F y B de la sección VI, 25 y ñ 24 y 4 fracción C y A de la misma sección.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Río Negro desde el meridiano 5° hasta el límite Este del lote 13 fracción D sección VI.
Oeste — Distrito General Villegas.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles.
CUARTEL 1 -
Norte— La línea divisoria de los lotes 15 y 6, 7 y 14, 8 y 13 de la fracción C, sección VI.
Este — El meridiano 5° desde la costa del Río Negro hasta el ángulo Sudeste del lote 6 fracción C.
Sur— El Rín Negro, desde el Meridiano 5° hasta el límite Este del lote 2 de la fracción E de la misma sección.
Oeste— La línea divisoria de los lotes 2 y 3, 22 y 23-19 y 18, 12 y 13 de la fracción C y E sección VI.
CUARTEL 2
Norte — La linea divisoria de los lotes 12 y 9, 10 y 11-fracción C, lo y 6, 7 y 14 fracción II sección VI.
Este — Cuartel 1.
Sur— Río Negro, desde la línea Este del lote 2° fracción E, río arriba, hasta la línea Este del lote 13 fracción D sección VI.
Oeste — La línea Este del lote 13 fracción D.
CUARTEL 3
Norte — La línea divisoria de los lotes 16 y 25, 17 y 24, y 18 y 23; 19 y 22, 20 y 21 fracción B, 16 y 25, 17 y 24 fracción A.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur— Cuarteles 1 y 2.
Oeste — Distrito General Villegas.
CUARTEL 4
Norte — Distrito Adolfo Alsina.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Cuartel 3.
Oeste — Distrito General Villegas.

B. — Adolfo Alsina Capital- pueblo Buena Parada.
Norte— Río Colorado desde el meridiano 5° al meridiano 6°.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Distrito Pringles y General Villegas.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires.
Queda subdividido este distrito en seis cuarteles:
CUARTEL 1 — Buena Parada.
Norte — Rio Colorado.
Este — Rio Colorado.
Sur — Línea divisoria de los lotes 8 y 13, 9 y 12, 10 y 11, fracción F, sección VI, 6 y 15, 7 y 14 fracción G.
Oeste línea divisoria de los lotes 8 y 7, 3 y 4, 23 y 24, 18 y 17 fracción G y H. de la misma sección.
CUARTEL 2 — Juan de Garay.
Norte — Rio Colorado, dssde el límite Oeste del lote 17 fracción H, río arriba, hasta el límite Oeste del lote 13 de la fracción F, sección XI.
Este— Cuartel 1.
Sur — La línea divisoria de los lotes 8 y 13, 9 y 12, 10 y 11, 6 y 15, 7 y 14 fracción G y B, sección VI y XI.
Oeste — Línea divisoria de los lotes 8 y 7, 3 y 4, 23 ,y 24, 18 y 17, 13 y 14 fracción B y F sección XI.
CUARTEL 3 — Pichi-Mahuida.
Norte — Río Colorado.
Este— Cuartel 2.
Sur — Línea divisoria de los lotes 8 y 13, 9 y 12, 10 y 11, 6 y 15, 7 y 14 de las fracciones B y A sección XI.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires.
CUARTEL 4
Norte— Cuartel 3.
Oeste — Línea divisoria de los lotes 13 y 14, 18 y 17, 23 y 24, de la fracción B sección XI.
Sur — Distrito General Villegas.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires.
CUARTEL 5
Norte— Cuartel 2.
Este — La línea divisoria de los lotes 13 y 14, 18 y 17, 23 y 24 de la fracción G, sección VI.
Sur — Distrito General Villegas.
Oeste — Cuartel 4.
CUARTEL 6
Norte— Cuartel 1.
Este — Meridiano 5° de Buenos Aires.
Sur — Distrito Coronel Pringles.
Oeste — Cuartel 5.

C. — General Villegas.
Norte — Distrito Adolfo Alsina.
Este — Distrito Coronel Pringles.
Sur — Rio Negro desde Pringles hasta el meridiano 7° de Buenos Aires.
Oeste — Meridiano 7° de Buenos Aires.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles:
CUARTEL 1
Norte — La línea divisoria de los lotes 18 y 23, 19 y 22-20 y 21, 16 y 25, 17 y 24 de la fracción A y B, sección VI y C sección XI.
Este — Distrito Coronel Pringles.
Sur— Río Negro, desde el Cuartel 2 del Distrito Pringles hasta la línea Este del lote 3 de la fracción C, sección XI.
Oeste — Línea divisoria de los lotes 3 y 4, 23 y 24 fracción C, sección XI.
CUARTEL 2
Norte — Cuartel 5 del distrito Adolfo Alsina.
Este — El cuartel 4 del distrito Pringles,
Sur— Cuartel 1.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 3 y 4, 8 y 13 y 14, 18 -y 17 fracción C, sección XI.
CUARTEL 3
Norte — El cuartel 4 del distrito Adolfo Alsina.
Este — El cuartel 2.
Sur — La línea divisoria de los lotes 13 y 18, 12 y 19, 11 y 20, 15 y 16, 14 y 17 de la fracción C y D de la sección XI ó sea el meridiano 7°.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 3 y 4, 5 y 7, 4 y 14 fracción D, sección XI.
CUARTEL 4
Norte— Cuartel 3.
Este— Cuartel 1.
Sur y Oeste — Río Negro desde el cuartel 1 hasta el meridiano 7° de Buenos Aires.

III. — AVELLANEDA
Capital: pueblo de Choele Choel, sobre el Río Negro.
Norte — Río Colorado, desde el meridiano 7° al meridiano 8° de Buenos Aires.
Este — Meridiano 7° y los Distritos Adolfo Alsina y General Villegas.
Sur — Río Negro, del meridiano 7° al 8° de Buenos Aires.
Oeste — Meridiano 8° y Departamento General Roca.
Queda subdividido este departamento en cinco distritos:

A. — Choele- Choel
Capital: pueblo del mismo nombre sobre el Río Negro.
Norte — La línea divisoria de los lotes 1 y • 10, 2 y 9, 3 y 8 de la fracción A de la sección XI.
Este — Distrito Adolfo Alsiua y General Villegas, dé Coronel Pringles.
Sur — Río Negro, desde el meridiano 7° hasta el límite Este del lote 13 de la fracción D de la sección XVI.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 8 y 10, 13 y 11 de la fracción A y D de las secciones XI y XVI.

B. — Benjamín Zorrilla
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte — Río Colorado, desde el meridiano 7° de Buenos Aires hasta el límite Oeste del lote 11 de la fracción E, sección XI.
Este — El distrito Adolfo Alsina.
Sur — Distrito Choele Choel.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 3 y 1, 23 y 21, 18 y 20 de la fracción A y E de la sección XI y A y D de la sección XVI.

C. — Estación Choele-Choel
Capital: la Estación de su nombre.
Norte — Río Colorado, desde el distrito Benjamín Zorrilla, río arriba, hasta el límite Este del lote 7, fracción Bt sección XVI.
Este— Los distritos Benjamín Zorrilla y Choele-Choel.
Sur — Río Negro, desde el distrito Choele-Choel, río arriba, hasta el límite Este del lote 7 fracción C, sección XVI.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 7 y (3, 14 y 15, 17 y 1(3, 24 y 25, 4 y 5. 7 y (3 de las fracciones C y B sección XVI.

D. — Chimpay
Capital: la Estación de su nombre.
Norte — Rio Colorado, desde el distrito Estación Choele Choel, rio arriba, hasta el límite Oeste del. lote 8 fracción B, sección XXI,
Este — Dietrito Estación Choele-Choel.
Sur— El Río Negro, desde el distrito Choele-Choel, río arriba, hasta el límite Oeste del lote 3 de la fracción C,
sección XXI.
Oeste — La línea divisoria de los lotes 9 y 8, 12 y 13, 19 y 18, 22 y 23, 2 y 3 de la fracción B y C de la sección XXI.

E. — Chelforó
Capital: la Estación de su nombre.
Norte — Río Colorado, desde el distrito Chimpay hasta el meridiano 8°.
Este — Distrito Chimpay.
Sur — Río Negro, desde el distrito Chimpay río arriba, hasta el límite Oeste del lote 1, fracción C, sección XXI
Oeste— Meridiano 8° y el Departamento General Roca.

IV.— GENERAL ROCA
Capital: pueblo de su nombre.
Norte— Río Colorado.
Este — Departamento Avellaneda.
Sur — Río Negro.
Oeste — Territorio del Neuquen.
Queda subdividido este departamento, en siete distritos:
A. Comprende toda la Colonia General Roca, y su capital será el pueblo del mismo nombre.
B. Comprende la letra A de la sección XXVI.
C. Comprende la letra B de la sección XXVI.
D. Comprende la letra A de la sección XXI.
E. Comprende la letra C de la sección XXV y D de la sección XX.
F. Comprende la letra D de la sección XXV.
G- Comprende la letra A de la sección XXV y la parte de la fracción D de la sección XXIV, existente en este Territorio y la Colonia Catriel.

V. — VEINTICINCO DE MAYO.
Norte — Rio Negro, desde el meridiano 9° de Buenos Aires hasta el 7°.
Este — Meridiano 7° de Buenos Aires, limite con el departamento Viedma.
Sur — Paralelo 42° límite con el Territorio del Chubut.
Oeste — Meridiano 9°.
Este departamento queda subdivido en dos distritos:
A. Coronel Alvaro Barros.
Capital: Santa Rosa.
Norte — Rio Negro, desde el meridiano 7° limite Sudoeste del departamento Viedma, siguiendo rio arriba hasta el meridiano 9°, límite Sur del departamento Nueve de Julio.
Este — Meridiano 7°, límite Oeste del departamento Viedma.
Sur — Paralelo 40°.
Oeste — Meridiano 9°.
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles.
CUARTEL 1
Norte — Rio Negro, desde el meridiano 7° río arriba, hasta el punto conocido por Chimpay Sur.
Este — Meridiano 7°
Sur— Paralelo 40°
Oeste — Una línea que arrancando del Río Negro en Chimpay Sur, se prolongue hasta el paralelo 40°
CUARTEL 2
Norte — Río Negro, desde Chimpay Sur, siguiendo hasta al punto conocido por Chelforó Sur.
Este — Cuartel 1
Sur paralelo 40°
Oeste — Una línea, que arrancando de la costa del Río Negro en Chelforó Sur se prolongue hasta el paralelo 40
CUARTEL 3
Norte — Río Negro, desde Chelforó Sur siguiendo río arriba, hasta el punto conocido por Chinchinales Sur,
Este— Cuartel 2.
Sur— Paralelo 40°
Oeste — Una línea que arrancando de la costa del río Negro en Chinchinales Sur, se prolongue hasta el paralelo 40°
CUARTEL 4
Norte — Río Negro, desde Chinchinales Sur, río arriba hasta el meridiano 9°.
Este— Cuartel 3.
Sur— Paralelo 40°.
Oeste — Meridiano 9°, límite divisorio con el departamento Nueve de Julio.

B. — Valcheta
Capital: pueblo de su nombre.
Norte — Paralelo 40°, límite del distrito Alvaro Barros.
Este — Meridiano 7°, límite del departamento Viedma.
Sur — Paralelo 42°, límite con el Chubut.
Oeste — Meridiano 9°
Queda subdividido este distrito en cuatro cuarteles:
CUARTEL 1
Valcheta Capital: pueblo de su nombre.
Norte— Paralelo 40°
Este— Meridiano 7°
Sur — Paralelo 41°
Oeste — Meridiano 8°
CUARTEL 2
Sierra Grande.
Norte Paralelo 41° (Sierra Colorada Este).
Este— Meridiano 7° Sur — Paralelo 42°, límite con el Chubut. Oeste Meridiano 8° (Cerro Comunicurá y nacientes del arroyo Treneta.
CUARTEL 3
Sierra Colorada.
Norte— Paralelo 40° (Cerro Sumapilleo).
Este— Meridiano 8°
Sur — Paralelo 41° (Sierra Colorada Oeste).
Oeste — Meridiano 9° (Las Lagunitas).
CUARTEL 4
Norte— Paralelo 41°
Este — Meridiano 8° (Arroyo Treneta).
Sur — Paralelo 42°, limite con el Chubut.
Oeste — Meridiano 9° (Cerro Tromen y Nillen).

VI — NUEVE DE JULIO
Norte — Ríos Limay y Negro.
Este — Meridiano 9°, que lo divide del departamento Veinticinco de Mayo.
Sur— Paralelo 42° límite con el Chubut.
Oeste — Meridiano 11°.
Este departamento queda subdividido en dos distritos:
A.— El Cuy
Capital: el punto de su nombre.
Norte — Río Negro.
Este— Meridiano 9° límite con el departamento Veinticinco de Mayo.
Sur — Una línea que partiendo del punto denominado Curalauquen, sobre el límite Este del departamento Bariloche, pase por los puntos conocidos por Muliiguay, Cuy y Queempumyen, hasta encontrar el meridiano 9° límite Oeste del departamento Veinticinco de Mayo.
Oeste — Meridiano 1 1° límite con el departamento Bariloche.
Queda subdividido este distrito en dos cuarteles.
CUARTEL 1
Norte — Ríos Limay y Negro, desde el meridiano 9° límite Oeste del departamento Veinticinco de Mayo, río arriba, hasta el límite Oeste de la sección XX.
Este — Meridiano 9° límite con el departamento Veinticinco de Mayo.
Sur — Línea divisoria de los distritos El Cuy y Presidente Uriburu.
Oeste —El punto conocido por El Cuy y una línea que se prolongará desde el río Limay, hacia el Sur. hasta la línea divisoria de los distritos El Cuy y Presidente Uriburu.
CUARTEL 2
Norte — Rio Limay, desde el cuartel 1 hasta el meridiano 11° (cerca del punto conocido por Fortín Alarcón.
Este — Cuartel 1 .
Sur — Distrito Presidente Uriburu, comprendiendo los parajes conocidos por Michiguay y Cuy.
Oeste— Meridiano 11° que lo divide del departamento Bariloche.

B. — Presidente Uriburu
Capital: Questrequile.
Norte — Distrito El Cuy.
Este — Meridiano 9° que lo divide del departamento Veinticinco de Mayo.
Sur — Paralelo 42 límite con el Chubut.
Oeste— Meridiano 11° que lo divide del departamento Bariloche.
Este distrito queda subdivido en dos cuarteles:
CUARTEL 1
Norte— Distrito El Cuy.
Este— Meridiano 9° límite con el distrito Valcheta.
Sur — Paralelo 42° límite con el Chubut.
Oeste— Una línea de Norte á Sur que una el puuto conocido por el Cuy al Paraleló 42°.
CUARTEL 2
Norte— El Cuy.
Este- -Cuartel 1.
Sur — Paralelo 42° límite con el Chubut.
Oeste — Meridiano 11° que lo divide del departamento Bariloche.

VII— BARILOCHE
Norte — Lago Nahuel Huapí y río Limay, límites con el Territorio del Neuquen.
Este — Meridiano 11°, que lo divide del departamento Nueve de Julio.
Sur — Paralelo 42° límite con el Chubut.
Oeste — Límite con Chile.
Queda subdividido este departamento en cuatro distritos.
DISTRITO A.
Norte — Rio Limay desde el meridiano 11° (inmediaciones del Fortín Alarcón) rio arriba, hasta el límite Oeste de la sección XXVIII (cerca del arroyo Hechiceras).
Este — Meridiano 11° límite con el departamento Nueve de Julio.
Sur — Paralelo 41°
Oeste— Una línea que partiendo del limite Oeste de la sección XXVIII con rumbo al Sur, termine en el paralelo 41.

DISTRITO B. Norte — Río Limay, desde el límite Oeste del distrito A, río arriba hasta la naciente del Limay en el Lago.
Este — Distrito A .
Sur — Paralelo 14°
Oeste — Naciente del Río Limay, desde el Paralelo 41°, río abajo, hasta el límite Norte.

DISTRITO C. Norte — Distrito A.
Este — Meridiano 11° límite del departamento Nueve de Sur — Paralelo 42° límite con el Chubut.
Oeste — Meridiano 12°

DISTRITO D. Norte — Paralelo 41° límite del distrito B y el lago Nahuel Huapí, límite con el territorio del Neuquen
Este — Meridiano 12°, límite del distrito C.
Sur — Paralelo 42°, límite con el Chubut
Oeste — Límite con Chile.

VII.—CHUBUT editar

Art. 13 Queda dividido el Territorio del Chubut, en cuatro departamentos con los nombres y límites siguientes, según el Plano publicado el 15 de Febrero de 1900 por la Dirección de Tierras y Colonias.

I. — RAWSON
Capital: pueblo Rawson, que lo será también del Territorio.
Norte — Paralelo 42°, límite con el Territorio del Río Negro.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Límite Norte de la colonia Sarmiento hasta el río Chico.
Oeste — Río Chico hasta la línea Sur del ensanche de la colonia Chubut, la prolongación hacia el Norte del límite Oeste de la concesión Walker, la línea Oeste formada por las chacras 127 al 194 A, la línea Oeste de los campos del Ferrocarril Central del Chubut hasta el límite del ensanche de la colonia Chubut, y la línea Este de la sección A II de la mensura practicada en aqueL Territorio.
Este departamento queda subdividído en cuatro distritos:


A. — Rawson
Capital: pueblo Rawson.
Norte — Golfo Nuevo.
Este — Océano Atlántico.
Sur— La línea Sur del ensanche de la colonia de su nombre.
Oeste — Departamento Gaimán hasta el valle y en éste la línea Oeste de las chacras 69 á 73 y el límite Este de los campos de la compañía del Ferrocarril Central del Chubut.

B.— Trelew
Capital: pueblo Trelew.
Norte— Paralelo 42° límite con el Río Negro.
Este — Golfo de San Matías, Golfo de San José, la línea Este de la propiedad de E. Moy en la Península de Valdés y el Golfo Nuevo y distrito Rawson.
Sur — Distrito Rawson y departamento Gaimán.
Oeste — Departamento Gaimán.

C. — Península de Valdés
Capital: puerto Pirámides.
Norte — Golfo de San José y Golfo de San Matías.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Océano Atlántico y Golfo Nuevo.
Oeste — Golfo Nuevo, Trelew y Golfo de San José.

D. — Camarones
Capital: pueblo Camarones,
Norte — Distrito Rawson y departamento Guaminí.
Este Océano Atlántico.
Sur — Colonia Sarmiento del departamento del mismo nombre.
Oeste — Río Chico, que lo divide del departamento Sarmiento.

II. — GAIMAN
Capital: pueblo Gaimán.
Norte — Paralelo 42° límite con el Rio Negro.
Este— Departamento Rawson.
Sur— Limite Sur de la sección C, I de la mensura de aquel Territorio, y su prolongación al Este hasta el río Chico.
Oeste— El meridiano 10° al Oeste de Buenos Aires, (límite Oeste de las secciones I y H de la mensura de aquel territorio).
Este departamento queda dividido en tres distritos.

A — -Gaimán
Capital: pueblo Gaimán.
Norte— Sección A II, de la mensura de aquel Territorio, el distrito Trelew.
Este— Distrito Trelew y Rawson.
Sur — Distrito Camarones del departamento Rawson.
Oeste — Secciones B I y C I de la mensura de aquel Territorio.

B— Telsen
Capital: Comisaría de Telsen.
Norte— Paralelo 42° límite con el territorio del Río Negro.
Este — Distrito Trelew, del departamento Rawson.
Sur — Secciones B, I y B, 1 1 de la mensura de aquel Territorio.
Oeste— Meridiano 10° al Oeste de Buenos Aires, límite del departamento 16 de Octubre.

C — Valle de las plumas
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte— Distrito Trelew.
Este — Distrito Caimán.
Sur — Departamento Sarmiento.
Oeste — Meridiano 10°, límite con el departamento Diez y seis de Octubre.

III— DIEZ Y SEIS DE OCTUBRE
Norte— Paralelo 42. limite con Río Negro.
Este — Meridiano 10. al Oeste de Buenos Aires, límite con el departamento Gaimán.
Sur — El límite Sur de las secciones H, I; H, II y H, III; de las mensuras de aquel territorio, y su prolongación al Oeste hasta el límite con Chile.
Oeste — Límite con Chile.
Este departamento queda subdividido en cuatro distritos:

A — Diez y seis de Octubre
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte — -Límite de la sección I, II de la mensura de aquel territorio y su prolongación al Oeste hasta el límite con Chile.
Este — Límite Oeste de la sección I, I de la mensura de aquel territorio.
Sur — Límite Norte de las secciones H, II y H, III de la mensura de aquel territorio y su prolongación al Oeste hasta el límite con Chile.
Oeste — Limite con Chile.

B. — Paso de los Indios
Capital: sitio de la capilla católica del Paso de los Indios.
Norte — Límite Norte de la sección I I de la mensura de aquel territorio.
Este — Paralelo 10° al Oeste de Buenos Aires, límite con el departamento Gaimán.
Sur — Departamento Sarmiento. Oeste — Limite Este de las secciones H, II é I II de la mensura de aquel territorio.

C —San Martín del Chubut
Capital: trazado del pueblo de su nombre.
Norte — Distrito Diez y seis de Octubre.
Este — Distrito Paso de los Indios.
Sur —Departamento Sarmiento.
Oeste — Límite con Chile.

D . — Cushamen
Capital: traza del pueblo de su nombre.
Norte — Paralelo 42° límite con el territorio del Río Negro.
Este — Meridiano 10° al Oeste de Buenos Aires, límite con el departamento de Gaimán.
Sur — Distritos Diez y seis de Octubre y Paso de los Indios.
Oeste — Límite con Chile.

IV — SARMIENTO
Capital: Colonia de su nombre.
Norte — Departamentos 16 de Octubre y Gaimán.
Este — Departamento Rawson y Océano Atlántico.
Sur — Paralelo 46° límite con el Territorio de Santa Cruz.
Oeste — Límite con Chile.

VII— SANTA CRUZ editar

Articulo 14. — Queda dividido el Territorio de Santa Cruz, cuya capital será Puerto Gallegos, en cinco departamentos con los nombres y límites siguientes:

I — DESEADO.
Capital: Puerto Deseado,
Norte — Paralelo 46°, que lo divide del Territorio del Chubut.
Este Océano Atlántico.
Sur — Río Seco.
Oeste — Limite con Chile.
Este departamento queda subdividido en dos distritos:

A — Deseado.
Norte — Paralelo 46°, que lo divide del Territorio del Chubut.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Río Deseado.
Oeste — Límite con Chile.

B—Rio Seco
Norte — Rio Deseado.
Este — Océano Atlántico.
Sur— Río Seco.
Oeste — Límite con Chile.

II SAN JULIÁN
Capital: pueblo San Julián.
Norte — Río Seco, que lo divide del departamento Deseado.
Este — Océano Atlántico.
Sur — La Línea límite Sur de las secciones VII, XIII, XXI y XXVIII del plano de mensura de este Territorio.
Oeste — Límite con Chile.
Este departamento queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenden:

A. Las fracciones A, B, C y D de la sección VII del plano.
B. La sección XIII del plano.
C. La sección XXI del plano.
D. La sección XXVIII del plano, hasta el limite con Chile.

III. — SANTA CRUZ
Capital: pueblo Santa Cruz.
Norte — Departamento San Julián.
Este — Océano Atlántico.
Sur— Límite Sur de las secciones XIV, XXII y XXIX del plano de mensura de este Territorio.
Oeste — Limite con Chile.
Este departamento queda subdividido en tres distritos que se que se denominarán con letras y comprenden:

A. La fracción A de la sección VIII y la sección XIV del plano de mensura de este Territorio.
B. Sección XXII del plano de mensura de este territorio.
C. Sección XXIX del plano de mensura de este Territorio, hasta el límite con Chile.

IV.— COYLE
Capital: puerto Coyle.
Norte — Departamento Santa Cruz.
Este — Océano Atlántico.
Sur— El limite Sur de las. secciones XV, XXIII y XXX del plano de mensura de este Territorio y su prolongación hasta el límite con Chile.
Oste — Límite con Chile.
Este departamento queda subdividido en cinco distritos que se denominarán con letras y comprenderán:

A. Las fracciones A y D de la sección XV.
B. Las fracciones B y C de la sección XXIII.
C. Las fracciones A y D de la sección XXIII.
D. Las fracciones B y C de la sección XXX.
E. Las fracciones A y D de la sección XXX y el resto del departamento hasta el límite con Chile.

V. — Rio GALLEGOS
Capital: pueblo del mismo nombre.
Norte- -Departamento Coyle.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Límite con Chile.
Oeste Limite con Chile.
Este departamento queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenden:

A. La Sección XVI del pltmo de mensura de este Territorio
B. Las fracciones B y C de la sección XXIV del plano de mensura de este Territorio.
C. Las fracciones A y D de la sección XXIV del plano de mensura de este Territorio.
D. La sección XXXI, hasta el limite con Chile

IX.— TIERRA DEL FUEGO editar

Art. 15. Queda dividido el Territorio de la Tierra del Fuego en cuatro departamentos, con los nombres y límites siguientes:

I. — SAN SEBASTIÁN.
Capital: Establecimiento de Río Grande.
Norte — Océano Atlántico.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Límite con Chile.

II. — USHUAIA
Capital: Ushuaia, que lo será también del Territorio.
Norte— Paralelo 54° que lo divide del departamento San Sebastián.
Este — Meridiano 9° de Buenos Aires.
Sur — Canal del Beagle. límite con Chile.
Oeste — Límite con Chile.

III.— BAHÍA TETHYS
Norte— Océano Atlántico.
Este — Océano Atlántico.
Sur — Canal del Beagle y Océano Atlántico.
Oeste — Meridiano 9°, límite con el departamento Ushuaia.

IV. — ISLA DE LOS ESTADOS.
Comprenden las islas del mismo nombre y todas las otras que se encuentran en el Atlántico bajo la soberanía de derecho de la República Argentina.

X.— LOS ANDES. editar

Art. 16. Queda dividido el Territorio de Los Andes en cuatro departamentos, con los nombres y límites siguientes:

I.— SUSQUES, Ó DEL NORTE.
Capital: Caseríos de Susques.
Norte — República de Bolivia.
Este — Cordillera Oriental hasta la República de Bolivia.
Sur — Línea que, partiendo del Abra de Chorrillos y siguiendo el camino de Tocamar á Catua, vaya hasta la Aguada Rosló, en la cordillera Occidental.
Oeste — Límite con Chile,

II. — PASTOS GRANDES ó DEL CENTRO
Capital: Caserío de Pastos Grandes.
Norte — Límite Sur del Departamento Susques.
Este — Cordillera Oriental hasta el Abra de Chorrillos.
Sur — Línea que, partiendo del Cerro Ratones, se dirija á la Sierra de Arcibarca, terminando en el Cerro del Azufre, de la Cordillera Occidental.
Oeste — Límite con Chile.

III. — ANTOFAGASTA DE LA SIERRA
Capital: Caserío del mismo nombre.
Norte — Límite Sur del Departamento Pastos Grandes.
Este — La Cordillera Oriental hasta el Cerro Ratones.
Sur — Cordillera de San Buenaventura.
Oeste— Límite con Chile.

IV. — SAN ANTONIO DE LOS COBRES
Capital: pueblo del mismo nombre, que lo será también del Territorio. Cuesta de Acay, línea recta á Peñas Blancas; de Peñas Blancas, linea recta á Pastos Chicos; de Pastos Chicos al Abra de Chorrillos, y desde ese punto, línea recta hasta la cuesta de Acay.

Art. 17 Quedan derogados todos los decretos y disposiciones administrativas sobre límites, anteriores al presente, en cuanto le sean opuestos.

Art. 18 Comuniquese, publíquese y dése al Registro Nacional.

ROCA. J. A.

GONZÁLEZ.