Constitución de la Junta provisional de gobierno de las ciudades amigas del Valle del Cauca


Constitución de la Junta provisional de gobierno de las ciudades amigas del Valle del Cauca
(1° de febrero de 1811)

En la sala consistorial de esta muy noble y muy leal ciudad de Santiago de Cali, a primero de febrero del año de mil ochocientos once, los señores de la Junta provisional de gobierno de las seis ciudades amigas del valle del Cauca, habiendo precedido citación en forma legal del muy ilustre cabildo, del señor vicario eclesiástico, de los reverendos prelados regulares, del cuerpo militar, de los empleados en Rentas, y de todo el pueblo, viendo el peligro que amenaza a las ciudades amigas y confederadas, las diferentes disposiciones hostiles que toma el señor gobernador de Popayán, don Miguel Tacón, los diferentes puntos que tiene cubiertos con guardias avanzadas, la interceptación de la correspondencia que debe girar con la franqueza prevenida por las reales órdenes, los alistamientos de tropas, acuartelamiento de las mismas y pertrechos de guerra, que continúa con manifiesto agravio de estas ciudades pacíficas; que a pesar de tan graves insultos y provocaciones se han mantenido y mantienen quietas, sin tomar ni aun las providencias más necesarias para su defensa y seguridad; las seducciones por medio de emisarios y de algunos devotos del mismo gobernador, que no conociendo las justas miras de estos pueblos y la necesidad de su independencia, la de librarse del yugo francés, y conservarle estos dominios a nuestro legítimo soberano el señor don Fernando Séptimo, sacrifican la patria a miras individuales; observando todo, y que el sufrimiento de estos pueblos sólo ha servido para que se les ultraje, amenace y pretenda subyugar, valiéndose del detestable arbitrio de la seducción y engaño, exponiéndonos a ser el objeto del odio y la indignación de todo el Reino, o su mayor parte, que ha sacudido el yugo opresor del antiguo gobierno; acordaron de común consentimiento y de su libre y espontánea voluntad, formalizar un cuerpo que, con el título de Junta provisional de gobierno de las ciudades amigas del Valle del Cauca, concentrase en un punto la autoridad que pudiese obrar legalmente en todos los pueblos, con la energía y celeridad que demandan las circunstancias, sin necesidad de entenderse los muy ilustres cabildos por recíprocos oficios, retardándose el cumplimiento de las particulares providencias que tomaba cada ciudad, naciendo de allí una desorganización capaz de envolver a estos pueblos en su ruina.

Y habiendo, en consecuencia de todo, elegido sus diputados los muy ilustres cabildos de la presente confederación, se asignó el día de hoy para la instalación solemne, que se verificó después de una breve y expresiva arenga del señor alcalde ordinario, de primera nominación, que preside este acto, en que manifestó la necesidad e importancia de este establecimiento, que iba a poner a estos pueblos en el pie más respetable de defensa y seguridad, y a libertarlos de las asechanzas de los enemigos domésticos, que minan ocultamente y tratan de vender la patria.

En cuya virtud, puestos de rodillas los señores vocales, prestaron juramento en manos del señor alcalde presidente, por Dios Nuestro Señor, la Santa Cruz y Sagrados Evangelios, ofreciendo cumplir bien, fiel y legalmente sus respectivas diputaciones, y ratificando la defensa de nuestra santa religión, sin permitir otra, fidelidad y vasallaje al señor don Fernando Séptimo, nuestro amado soberano, y conservar estos lugares para él mismo, sacrificándose gloriosamente por la patria. Seguidamente se procedió por suerte a señalar el lugar correspondiente a los señores vocales, y resultó: en primero, el señor doctor don José María Cabal, por la ciudad de Caloto; en segundo, el señor doctor don Joaquín Fernández de Soto, por la de Buga; en tercero, el reverendo padre fray José Joaquín Meléndez, por la de Cartago; en cuarto, el señor doctor don José María de Cuero, por Anserma; en quinto, el reverendo padre fray José Joaquín de Escobar, por Toro; y en sexto, el señor don Joaquín de Cayzedo y Cuero, por esta ciudad; y habiendo ocupado sus respectivos asientos, seguidamente procedieron a prestar juramento de obediencia a este cuerpo, el muy ilustre cabildo por sí y como representante del pueblo; el señor vicario eclesiástico, por el clero secular; los reverendos prelados, por el regular; y el señor coronel comandante don Antonio Baraya y demás oficialidad, por el cuerpo militar; habiendo, en consecuencia, quedado solemne y legalmente instalada la Junta Superior de Gobierno de la Seis Ciudades amigas del Valle del Cauca, con el objeto de consular a su defensa y seguridad territorial.

Con lo que se concluyó esta acta, que firman sus señorías, mandando que de este acuerdo se pase copia legalizada al muy ilustre cabildo: que al día siguiente se cante una misa solemne de gracias al Señor por tan feliz establecimiento, que se ilumine la ciudad y hagan otras públicas demostraciones de regocijo. Por ante mí el presente escribano, de que doy fe.

Jerónimo de Escobar, José María Cabal, Joaquín Fernández de Soto, Fray José Joaquín Meléndez, José María de Cuero y Cayzedo, Joaquín de Cayzedo y Cuero, Francisco Cabal, José Fernández de Córdoba, Ignacio Matías Polanco, José María Mallarino, Domingo Pérez de Montoya, José María Alomía, doctor Juan Ignacio Montalbo, Fray Hipólito Garzón, Prior, Fray Pedro de Herrera, Fray Manuel Palacio, Prior, Fray Jacinto Ortiz, Com., Fray Ignacio Monroy, Gregorio Camacho, Cristóbal de Cayzedo, Francisco Antonio de Perea, Nicolás del Campo, Juan Antonio de Dorronsoro, Martín Guerra, Francisco Molina” Rendón, doctor Ignacio Ildefonso Núñez, José Joaquín Vélez, Francisco Antonio Fernández de Córdoba, doctor José Antonio Borrero, José Borrero.

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