Decimoctava pregunta

Si hay algún Esquilmo en el término, a quién pertenece, que número de Ganado viene al esquileo a él, y qué utilidad da a su Dueño cada año.

A la pregunta diez y ocho dijeron que en esta villa y su termino no ay casa alguna que sirba para esquileo de ganados y solo se haze este particularmente de los que tienen sus vezinos cuios esquilmos y utilidades regulan en esta forma:

  • A Iusebia Diaz de zincuenta y seis obejas que tiene regulando de utilidad anual cada una seis reales de vellon con desquento de pastos de inbierno fuera del termino y demas dispendios importan trescientos treinta y seis reales de vellon.
  • A Francisco Matheos de ciento y diez y siete obejas que tiene al mismo respecto importa su utilidad setecientos y dos reales de vellon
  • A Juan Hernandez Mayor por veintiuna obejas y ocho carneros, al respecto estas de cinco reales cada uno y seis las ovejas, importan ciento y sesenta y seis reales de vellon.
  • A Juan Diaz por doscientas veinte y tres obejas y diez y ocho carneros que tiene regulado al mismo respecto importan mil quatrocientos veinte y ocho reales.
  • A Gabriel Lenamor por diez obejas, sesenta reales
  • A Juan Hernandez por doze ovejas, setenta y dos reales
  • A Joseph Diaz por ocho ovejas quarenta y ocho reales

Que todas las expresadas partidas de esquilmos importan dos mil ochozientos y doce reales.


Referencias
  • Archivo General de Simancas, Dirección General de Rentas, 1ª Remesa, Libro 613, folios 448-469