Carta de Diego Portales a Antonio Garfias (13 de mayo de 1832)


Mayo 13 de 1832.

Mi querido Garfias:

Si hay algún bien en la vida es el consuelo de tener un amigo a quien entregarse y que merezca este título sagrado.

Tenga Vd. Paciencia. Debe saber mis relaciones con Constanza Nordenflicht. No es del caso entrar en historia tan desagradable y en que tendría que hacer yo mismo mi panegírico. Sabe Vd. Que tengo dos chicos de élla: que quiero y compadezco a la que está en el colegio y que , a más, no está fuera de mi deber propender a hacerla feliz en cuanto pueda. Declaro a Vd. También, que no he contraído obligación alguna con su madre y que para la puntual asistencia que ha recibido siempre de mí, no he tenido otro móvil, que mi propio honor, la compasión y el deber de reparar los daños que hubiese recibido por mi causa.

Después de estos antecedentes, debo poner en su noticia que se haya gravemente enferma y que la escarlatina puede concluir de un momento a otro con sus días: quiero ser menos desgraciados a los inocentes frutos de mi indiscreción y juventudes, casándome con la madre en artículo de muerte y, al efecto, cuando llegue el caso será Vd. avisado por los facultativos o uno de ellos, para que se presente a representarme y contraer a mi nombre: para esto remito a Vd. el poder necesario.

Debo prevenirle que formada mi firme resolución de morir soltero, no he tenido embarazo y he estado siempre determinado a dar el paso que hoy le encargo; pero con la precisa calidad de que la enferma no dé ya, si es posible, señales de vida: hace cinco años desahuciada y abandonada de los médicos y hasta del Ministro que la auxiliaba: hice varias tentativas para dirigirme a su casa con este mismo objeto; pero me fue imposible vencer el temor de que sobreviviese a aquella enfermedad. Yo no tendría consuelo en la vida, y me desesperaría si me viere casado: esta declaración reglará la conducta de Vd. y me avanza a aconsejarle que, si le es posible, se case, a mi nombre después de muerta la consorte: creo que no faltaría a su honradez consintiendo en in engaño que a nadie perjudica y que va a hacer bien a unas infelices e inocentes criaturas. Constanza hizo su testamento cerrado en aquel entonces; deja por herederos y por albacea y tutor a don Manuel Rengifo, en cuyo poder se hayan esas disposiciones. De consiguiente, el engaño no perjudica a sus hermanos que podrían heredarla ab-intestato. En fin, a Vd. me entrego y esta consideración sólo puede hacerme suspender toda otra instrucción. Tengo despedazada el alma, por lo que no me contraigo a sus cartas que he recibido. Adiós.

D. Portales.

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