Boletín Oficial de El Salvador/Tomo 3/Número 1
América Central. República del Salvador.
Poder Ejecutivo
editarMinisterio de Relaciones Exteriores
editarDiario del Ministerio de Relaciones Exteriores, Justicia y Negocios Eclesiásticos
editarAcuerdo número 68, declarando sin lugar la solicitud de la Municipalidad de Atiquizaya, en que pide el establecimiento de una judicatura de 1ª instancia en aquel Distrito.
Nota número 97 al Director de la Imprenta Nacional, previniéndole remita á la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia 50 ejemplares mas del Boletin Oficial, por no ser suficientes los 284 que se le dirigen para proveer á todas las oficinas y empleados judiciales de la República.
Acuerdo número 18 concediendo al exequatur de estilo á la patente de Cónsul de Nicaragua en San Miguel y La-Union; expedida á favor del Señor Don José Dolores Games por aquel Gobierno.
Nota número 41 al Señor Don José Dolores Games devolviéndole su patente con el exequatur respectivo.
Nota número 98 al Secretario del Supremo Tribunal de Justicia trascribiéndole un acuerdo de este Ministerio, en que se destina al reo rematado Eusebio Mercado de Chalatenango, á trabajar con la cadena para pagar el tiempo que le falta para cumplir su condena.
Nota número 99 al mismo Secretario, invitando por su medio, al Supremo Tribunal, para que se sirva acompañar al Ejecutivo á la funcion religiosa del Córpus, que tendrá lugar el 4 del actual á las ocho de la mañana.
Nota número 17 manifestándole que aun no se ha comunicado á este Ministerio el dia en que tomò posesion de la judicatura de 1ª instancia el Licenciado Don Juan María Villatoro, y que por esta razón no se ha dado el aviso correspondiente.
Nota número 42 al Ministro de Relaciones Exteriores de Costa-Rica, rindiéndole las gracias por el aviso que se sirve dar á este Ministerio, de que luego mandará las colecciones de leyes que se le pidieron, con el fin de tenerlas á la vista hoy que se está haciendo la codificacion de las de esta República.
Nota número 43 al Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, participándole que se puso el exequatur de estilo á la patente de Cónsul de aquella República en las plazas de San Miguel y La-Union, expedida por su Gobierno á favor del Señor Don José Dolores Games.
Nota número 45 al Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, contestándole su oficio de 22 del próximo pasado Mayo, en que incluye una copia del Tratado celebrado entre aquella República y la de Guatemala, y proponiendo á este Gobierno celebrar otro semejante. Para realizar dicha proposicion, este Ministerio dirige al de Nicaragua una copia de una extradicion de criminales para que, si aquel Gobierno lo tuviese á bien, se agregue al Tratado que se desea.
Acuerdo número 19 nombrando Cònsul del Salvador en Cádiz al Señor Don Bernardino de Sabrino.
Acuerdo número 70 admitiendo al Br. Pasante Don Julian Escoto la renuncia que hace del cargo de Fiscal del Jurado de este Departamento.
Notas números 100 y 101 trascribiendo el acuerdo anterior al renunciante y á la Corte Suprema de Justicia.
Nota número 102 al Fiscal del Jurado del Distrito de Sonsonate de enterado: que durante el mes de Mayo último se ha reunido el Tribunal del Jurado en aquel Distrito.
Nota número 103 al Fiscal del Jurado del Distrito de Cojutepeque: de enterado, que se reuniò dos veces el Jurado en aquel Distrito el mes de Mayo último.
Acuerdo número 20 admitiendo al Licenciado Don Jacinto Castellanos la renuncia que hace de Sub-Secretario de Estado en los Despachos de Relaciones Ex-
Ministerio de Instrucción Pública
editarReglamento de instruccion primaria de la República del Salvador
editarTítulo V
editarArt. 161.—Las escuelas principales superiores se estableceran en las cabeceras de Distrito.
Art. 162.—Todas las poblaciones de la República tendran escuelas primarias elementales sostenidas con los fondos destinados á la Instruccion pública.
Art. 163.—El mínimum de niños que deben concurrir á una escuela, es de veinte.
Art. 164.—Queda á cargo de las Juntas de Instruccion departamentales y de las municipalidades, bajo su responsabilidad, la plantacion de escuelas en las respectivas poblaciones.
Art. 165.—Siempre que se plantee una nueva escuela se pondrá en conocimiento del Director de Instruccion primaria, quien lo comunicará á la Secretaría de Estado de Instruccion pública.
Art. 166.—Al establecerse una escuela se le proveerá de todo lo necesario á expensas de los fondos nacionales; y despues correrá á cargo de las municipalidades la conservacion, mejoras y reparos de los edificios, la compra de libros, útiles y el gasto en los premios de las respectivas escuelas.
Art. 167.—Toda escuela primaria estará bajo la direccion y gobierno de un Director.
Art. 168.—Cuando el número de niños que asistan ordinariamente a una escuela primaria, pase de ciento cincuenta, la escuela deberá tener un Sub-Director, y si el número pasase de doscientos, se establecerá una nueva escuela.
Art. 169.—Siempre que conforme al artículo anterior deban establecerse en la cabecera de un Distrito dos escuelas públicas, una de ellas será elemental y la otra superior.
Art. 170.—Los Directores y Sub-Directores de escuela son nombrados por las Juntas de Instruccion pública departamentales. La Junta dará aviso de cada nombramiento al Director general para los efectos de ley.
...
...
...
...
...
Título VI
editarModelo A
editar
Modelo B
editarModelo C
editarMinisterio de Instrucción Pública
editarCalificaciones de Jurados
editar
Tesorería General
editarEstado que demuestra los Ingresos y Egresos de la Tesorería general correspondiente al mes de Junio de 1874
editarSegun la anterior demostracion resultaron de existencia al 30 de Junio próximo pasado conco mil diez pesos ochenta centavos.
Tesorería general de Ejército y Hacienda: San Salvador, Julio 15 de 1874.
Manuel ANdrade.—Miguel Villacorta.
Tribunal de Cuentas
editarEstadística
editarVarias son las leyes que se han emitido sobre esta materia importantísima; todas ellas encarecen su utilidad, su absoluta urjencia.
El Código gubernativo, económico y municipal y antes de él, leyes del msimo carácter imponen á las autoridades del órden administrativo la formacion de la estadística; pero son tantas y tan variadas las atribuciones que les detalla la ley, la materia es de suyo tan vasta y tan compleja, que los trabajos sobre estadística que hasta ahora se han obtenido, se refieren casi exclusivamente al movimiento de la poblacion.
Estos inconvenientes prácticos han indicado el sistema de comisiones; mediante la aplicacion de
Opúsculo
editarNoticias generales sobre la República del Salvador reunidas y publicadas por F. de P. S.
editarBajo este título ha visto la Repùblica en Lima un precioso op´suculo escrito por el distinguido caballero Don Francisco de Pau[...] Suarez.
Con gusto hemos leído este interesante trabajo que honra á el autor y que es de grande utilidad para nuestro pais. En efecto: el Señor Suarez ha logrado reun[...] con laboriosidad é inteligencia un gran número de datos estadístico sobre la República, que dán una idea bastante completa y exacta de su estado actual, haciéndolo conocer del extranjero, cuando tan ignorada se encuentra del resto del mundo, los mismos que otros paises latino-americanos.
De una manera general dá el Señor Suarez idea del Salvador en cuanto á su posicion geográfica, clima producciones é industria; rentas, instruccion, pública, vías de comunicacion, telégrafos y correso; deuda nacional, presupuesto, &, &, terminando su estudio con la importante contrata del Banco Hipotecario-Agrícola Salvadoreño de que él es el concesionario.
El autor se ha servido en la confeccion de su obra de datos oficiales auténticos y de las oras de varios escritores que se han ocupado de la América-Central y en especial del Salvador.
Este opúsculo será leído con agrado é interes por todos los Salvadoreños, no lo dudamos, quienes sabran apreciarlo debidamente.
De nuestra parte reciba el Sr. Suarez muestras sinceras de agradecimiento por ese beneficio positivo que nos hace, ayudándonos á hacer conocer á nuestro país en el exterior.
Exposiciones
editar
Estadística de poblacion
editarNotaria de hipotecas
editar
Guatemala
editar
Movimiento Marítimo
editarAvisos Oficiales
editar
Avisos Particulares
editar