Archivo:Escudo Colonial de Portoviejo.JPG

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Resumen

Descripción
Español: Dibujo Original del Escudo Colonial de Portoviejo constado en la Real Cédula del 17 de Octubre de 1540 dirigida a Don Baltasar García Alguacil Mayor del Cabildo de Puerto Viejo. El diseño heráldico se describe así: Don Carlos, etc. Por cuanto por parte de vos Baltazar García Vezino de la Villa de Villa Nueba de Puerto Viejo ques en la provincia del Perú de las nuestras Yndias del Mar Oceano, nos a sydo hecha rrelación que podrá ser veynte y cinco años poco más o menos que vos con deseo de nos, supe pasasteis a la dicha provincia donde nos aveís servydo con vuestra persona, armas y cavallos, especialmente en la pacificación de las provynzias de Puerto Viejo e Caçiques della que estavan rrevelados y en el descubrimyento del rrío de Daule e que venydo dello oviese sabido que el Marqués Don Francisco Piçarro estava afincado en la çibdad de los Rreyes fuisteiz con el Capitán Gonçalo de Olmos en socorro del dicho Marqués e que en todo lo susodicho aveís pasadoz grandes trabajos como dixisteíz constava y parefçía por una información de qu…. años en el nuestro Consejo Rreal de las Yndias por vuestra parte fue hecha la rrelaçión e nos fue suplicado en rrenumeración de los dichos vuestros servizios y porque de vos y dellos quedase perpetua memoria vos mandasenos dar por armas un escudo que esté en él un grifo con sus alaz; la mytad de medio arriba a manera de águila negra rrampante con las manos y pico de colorado y oro; y la otra mytad de medio del cuerpo abaxo a manera de león de color de oro con las uñas de oro en campo azul y la otra mytad de medio arriba en campo de oro, y por orla quatro cabeças de sierpes abiertas las bocas de oro y verdes que salgan de los cantones altos y bajos de la dicha orla en campo colorado y por amble un yelmo cerrado con su rrollo dorado y por devisa el dicho medio grifo abiertas las alas de color negro y braços y pico de oro con sus erascoles y dependencias a follajes de azul y oro, o como la nuestra merced fuese e nos lo acatando los dichos vuestros servizios e porque de vos e dellos quede memoria perpetua, e vos e vuestros dezcendientes sean más honrrados y por la presente (cedula) vos hazemos merced y queremos y mandamos que podáis traer e tener por vuestras armas, anotadas las dichas armas que suzo de haze mynción un escudo a tal como este según que aquí que va figurado y pintado; las quales vos damos por vuestras armas conozçidas y queremos y es nuestra merced y voluntad que vos e vuestros hijos e desendientes dellos de cada uno dellos las yevéis e tengáis e podáis traer e poner en vuestros rreposteros y casas y en los de cada uno de los dichos vuestros hijos e desçendientes dellos e de cada uno dellos y en las otras partes y lugares que vos y ellos que fueredes e por bien confiere dar e por esta nuestra carta o por su traslado o sygnado de Escrivano Público encargamos al Ilustrísimo Príncipe nuestro muy caro e muy amado nyeto e hijo; e mandamos a los Ynfantes nuestros muy caros hijos y hermanos, e a los Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos homes, Maestres de las Hordenes, Priores, Comendadores, e Subcomendadores, Alcaydes de los Castillos, e Cajas Fuertes; e llanas, a los del nuestro Consejo, Presydente e Oydores , Alcaldes, Alguaciles de mi Casa y Corte y Chançillerías e a todos los Consejos, Corregidores, Jurados, Cavalleros, Escuderos, e Homes Buenos de todas las çibdades e villas e lugares de estos dichos nuestros Reynos e Señoríos e de las dichas nuestras Yndias, Yslas e Tierra Firme del Mar Oceano, así a los que agora son, como a los que serán de aquí adelante, y a cada uno de aquí adelante en vuestros consejos, lugares e jurisdicciones e cumplan e hagan guardar y cumplir , vos hazemos la dicha merced que a my (voluntad) vos hazemos de las dichas armas ques agan e tengan por vuestras armas conocidas e vos las usaren como tal lo poner e traer vos e a los dichos vuestros hijos e desendientes dello e cada uno dellos e que en ello y en parte dello, embargo o contradicción alguna, vos no pongan ni consientan poner en tiempo alguno ni por alguna manera, so pena dela nuestra merced de diez mil maravedíes para la nuestra cámara a cada uno que lo contrario hiziere. Dada en la Villa de Madrid diez y zyete días del mes de Otubre de myll e quenyentos e quarenta años. Fr. Cardenalis Hispalensis. Yo, Francisco de los Covos. Secretario de Su Cesárea y Católica Magestad, la fize escrevir por su mandado el Gobernador en su nombre y firmada del Dotor Beltrán, el Obispo de Lugo, y el Dotor Bernal y el Licenciado Gutiérrez Velázquez.(Archivo General de Indias, PATRONATO,169,N.2,A.1540,R.3). La composición heráldica de este emblema de la misma manera históricamente ha trascendido su simbología funcional pública, puesto que tradicionalmente se lo ha designado como las armas de Portoviejo, su uso también está vinculado a los sucesores y herederos que lo fueron del Alguacil Mayor del cabildo Baltazar García, queda incógnito saber si la sucedida presencia de algunos García en el cabildo de Puerto Viejo son descendientes o no de quien obtuvo del Rey este privilegio de representarse con un escudo. Este sello oficial fue la primicia legal del diseño heráldico actual que representa a la ciudad y cantón de Portoviejo, según lo que corresponde a las actuales leyes de la legislación municipal ecuatoriana vigentes ahora.Consultado y compartido por el usuario Jodison Javier García Alcivar
Fecha
Fuente Historia Colonial de San Gregorio de Portoviejo
Autor JOJAGAL, tomado el diseño de los libros e investigaciones que el historiador ecuatoriano Ramiro Molina García realizó en el Archivo General de Indias en la ciudad de Sevilla (España), y que posteriormente publicó sus obras sobre la Historia Colonial de la Muy Leal y Muy Noble Ciudad de San Gregorio de Puerto Viejo (Portoviejo), localizada en las inmediaciones de la costa ecuatoriana.

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